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Ahora el curso del SERACARH aumentó un 157%

Fotoilustración (Gráfico)

[BPN-15/01/26] Este año, el curso del SERACARH, de carácter obligatorio para los encargados de edificios, aumentó un 157% con respecto a 2025. El valor de la capacitación pasó de 70 mil a 180 mil pesos por trabajador. Esta cifra contrasta con la inflación prevista para el año, estimada en un 19,6%.

Por otra parte, el año pasado el curso ya había sufrido un incremento del 133,3%, al pasar de 30 mil a 70 mil pesos, mientras que la inflación durante 2025 fue del 30,6%. Desde su creación en 2012, cuando se impuso con un valor inicial de 500 pesos, el costo total de la capacitación aumentó un 35.900%.

Frecuencia y alcance geográfico

Esta obligación es bienal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), mientras que en la provincia de Buenos Aires mantiene una periodicidad anual. Por esta razón, la mayoría de los consorcios porteños quedaron exceptuados del pago durante los años 2019, 2021, 2023 y 2025. No obstante, el criterio vigente establece que, si un encargado no realiza el curso el año que le corresponde, deberá hacerlo obligatoriamente al siguiente.

De acuerdo con datos de la Secretaría de Trabajo, durante 2025 hubo un promedio de 53.625 puestos de trabajo en la propiedad horizontal en todo el país. La provincia de Buenos Aires y la CABA —distritos donde el curso es mayoritariamente obligatorio— representan el 89,1% de ese total, es decir, 47.777 puestos.

Estimación de recaudación

Si este año se mantienen dichas cifras y cada trabajador realiza el curso, el SERACARH recaudará en CABA casi 6.900 millones de pesos (4,7 millones de dólares al tipo de cambio oficial) solo por este concepto. En la provincia de Buenos Aires, la cifra alcanzaría los 1.700 millones de pesos, equivalentes a 1,2 millones de dólares. En total, desde su creación, el curso habría costado a los consorcistas porteños más de 36 millones de dólares.

Año

Valor

Puestos de Trabajo

Costo en $

Costo en u$s

2012

500

46.698

23.348.860,6

5.134.229,1

2013

500

46.639

23.319.615,2

4.271.284,0

2014

700

35.405

24.783.185,4

3.053.751,4

2015

850

35.891

30.507.065,8

3.292.642,6

2016

1.050

37.712

39.597.498,4

2.667.746,3

2017

1.450

39.615

57.442.255,7

3.449.613,0

2018

1.600

39.506

63.209.371,1

2.241.826,8

2020

3.800

40.538

154.043.061,7

2.147.511,2

2022

5.320

40.144

213.565.576,1

1.599.058,9

2023

12.000

9.742

116.902.215,0

385.174,7

2024

30.000

48.171

1.445.139.968,0

1.560.556,2

2025

70.000

9.526

666.815.940,5

536.177,9

2026

180.000

47.777

8.599.885.363,5

5.914.985,0

 

11.458.559.976,9

36.254.557,0

El marco legal en CABA y provincia

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Legislatura aprobó en 2018 la Ley 6.004, que modificó la Ley 4.803. A partir de allí, se estableció que los consorcios deben pagar la capacitación de sus encargados cada dos años.

En la provincia de Buenos Aires, el curso se impuso mediante la Ley 14.701, que creó el Registro Público de Administradores de Consorcios (RPAC) bonaerense. El artículo 9º de dicha norma ordena que los administradores aseguren la asistencia de los trabajadores a cursos de capacitación al menos una vez por año. Al respecto, Marcos Hernández, primer director del RPAC, señaló que la obligación rige para todos los trabajadores habituales del consorcio, independientemente de su afiliación gremial.

Antecedentes de la norma

El origen de esta obligación se remonta al 28 de noviembre de 2013, cuando la Legislatura porteña aprobó un proyecto de ley de Oscar Zago —entonces legislador del PRO— que obliga a los administradores a exhortar al personal a concurrir a estas capacitaciones. La autoridad de aplicación es la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad.

La ley exige que la capacitación sea dictada por una institución conformada por representantes de todos los sectores de la actividad reconocidos por el Ministerio de Trabajo de la Nación. Hasta la fecha, el SERACARH es la única entidad que cumple con tales requisitos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


    

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