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Impuesto inmobiliario de partes comunes El descuento del 40% habrá que tramitarlo en el SERACARH
[BPN-15/05/26] El pasado 14 de abril, el administrador gubernamental de Ingresos Públicos, Germán Krivocapich, estableció el procedimiento para que los consorcios accedan a la bonificación del 40% del Impuesto Inmobiliario en las áreas comunes de sus edificios. En primer término, la disposición delegó la tramitación del beneficio fiscal en el Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Renta y Horizontal (SERACARH). Esta entidad está conformada por el SUTERH -el integrante de mayor peso político y económico- y las tres entidades de administradores que firman los convenios colectivos del sector (AIERH, CAPHyAI y UADI). En segundo lugar, se determinó la documentación que los administradores deben presentar ante el SERACARH en representación de los consorcios: - Aunque la norma otorga el beneficio a quienes cuenten con al menos un trabajador, la reglamentación exige detallar en una declaración jurada a la totalidad del personal en relación de dependencia. - Se requiere una declaración jurada que precise el destino (vivienda u oficina) de las unidades funcionales del inmueble. - Se exige copia de los formularios 931 presentados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) de todos los empleados. - A pesar de que la bonificación es para el edificio, se exige el número de partida de las unidades funcionales cuyo destino sea vivienda u oficina. El 29 de abril, la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) -entidad miembro del SERACARH- aclaró que el beneficio es voluntario y que la AGIP aún debe determinar el método de cálculo de la bonificación. El costo de la gestión La reglamentación, establecida por la Resolución 155/AGIP, se basa en un acuerdo previo firmado entre la AGIP y el SERACARH el 7 de abril. Tras analizar el texto original, se destacan los siguientes puntos: - El SERACARH deberá proveer, a su propio costo, el personal, el material, los equipos e instalaciones necesarios para las tramitaciones, asumiendo la responsabilidad exclusiva sobre los mismos. - El servicio del SERACARH será gratuito para el Gobierno de la CABA. Los contratos derivados del convenio deben incluir una cláusula que aclare que los fondos son provistos por el SERACARH, deslindando de responsabilidad económica/financiera al GCBA. - El acuerdo entre las partes tendrá vigencia hasta el 7 de marzo de 2028 y se prorrogará automáticamente por periodos anuales. -
En nombre del SERACARH, firmó el convenio Patricia Fernández,
vicepresidenta del AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y
Horizontal) |
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