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Artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo Ahora el Certificado de Trabajo podrá ser digital
[BPN-15/06/26] El pasado 15 de mayo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA/ex AFIP) estableció que los Certificados de Trabajo previstos por el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo podrán emitirse en formato digital. Sin embargo, desde febrero de este año, en dicho documento se deben consignar "las capacitaciones realizadas" por el trabajador. El empleador tiene la obligación de entregar este certificado cuando se extingue la relación laboral, independientemente de la causa de la desvinculación. La medida se implementó a través de la Resolución General 5848/2026, publicada en el Boletín Oficial el 18 de mayo de 2026.Sus puntos más relevantes La normativa permite que el empleador cumpla con su obligación legal mediante la emisión del certificado tanto en formato papel como digital: En formato digital: Se emite electrónicamente y no requiere firma hológrafa ni digital del empleador. La autoridad considera que la validación de la identidad mediante la clave fiscal es suficiente. En formato físico: Se imprime por duplicado y requiere las firmas del empleador y del trabajador para su validez. El contenido del certificado Para la elaboración del documento (Formulario F.984), el sistema utiliza automáticamente la información de las bases de datos de ARCA sobre: - Altas, bajas y modificaciones de la relación laboral. - Liquidaciones de sueldos informadas. - Declaraciones juradas de aportes y contribuciones (F.931). Las capacitaciones Respecto a las capacitaciones, se deben incluir: Legales y por convenio: Cursos de seguridad e higiene, RCP, Ley Micaela u otros obligatorios por la Ley de Riesgos del Trabajo o el Convenio Colectivo. En el caso de los encargados de edificios, se deberá incluir el curso del SERACARH. Externas: Carreras, posgrados o cursos externos cuyo arancel haya sido financiado por la empresa. Internas o informales: Talleres propios de la compañía, e-learning, charlas de inducción y capacitación continua. Funcionalidades para el trabajador A través del servicio "Trabajo en Blanco", los empleados pueden: - Acceder directamente al Certificado de Trabajo Artículo 80 - LCT emitido digitalmente. - Obtener el Certificado Digital de Ingresos Laborales (CDIL) de los últimos seis meses, el cual incluye un código QR para verificar su validez. - Consultar su situación registral e imprimir su constancia. - Utilizar un "Buzón de Observaciones" para reportar irregularidades detectadas en su registro. Certificado de servicios y remuneraciones (ANSES) Este certificado (previsto en la Ley 24.241 para fines previsionales) se confecciona mediante el sistema informático de la ANSES, pero es accesible desde el módulo de "Simplificación Registral" de ARCA. Casos especiales y vigencia Períodos anteriores a julio de 1994 : Si la certificación incluye estos períodos, el documento del sistema debe complementarse con una constancia manual basada en los libros de sueldos históricos del empleador![]() ![]() |
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