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Ante el pedido de prórroga del mandato de los administradores

Zulberti pidió la intervención de la Defensoría del Pueblo

[BPN-15/04/21] A raíz de la prórroga para los mandatos de los administradores pedida por la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) [1], el pasado 23 de marzo Andrés Zulberti, coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, alertó a la Defensoría del Pueblo de la CABA que la Ley 941 no habilita a Defensa del Consumidor porteño a establecer regulaciones sobre temas que son exclusivamente de índole privado.

En diálogo con Pequeñas Noticias, Zulberti explicó que ante la posibilidad de que se establezca una décima prórroga -lo que le pareció exagerado- solicitó a la Defensoría del Pueblo su intervención", y agregó: "Los administradores tuvieron tiempo suficiente para realizar las asambleas en sus consorcios para poner a consideración de los propietarios la rendición de cuentas anual y la renovación -o no- de su mandato".

Explicó que "La poca o nula asistencia de los propietarios a las asambleas fue, es y será un asunto de cada consorcio. Es más, la Disposición N° 5.313 fue publicada en el BOCABA el 05/01/21 y la prórroga se extendió por tres meses. Fue mucho más que las disposiciones anteriores que fueron de un mes. Si bien esos meses fueron en el tiempo estival, los administradores tuvieron el tiempo suficiente para realizar asambleas".

Por otra parte, argumentó: "Si bien podría ser cierto que en algunos casos pueden existir ciertos inconvenientes para que el adulto mayor pueda acceder a la tecnología, no existe impedimento para que dicho propietario dé un poder a su vecino/propietario para que lo represente".

Por último, señaló: "Si el administrador es mayor de 60 años o es una persona de riesgo y se trata de la rendición de cuenta y la renovación o remoción de su mandato no es necesario que esté presente para realizar la asamblea. El administrador entrega al consejo, si lo hay, o a cualquier otro propietario toda la documentación respaldatoria (con los días de anticipación según reglamento). El día de la asamblea se aprueba o rechaza la renovación del mandato. Luego se firma el acta y se envía copia por mail al administrador donde se enterará de los resuelto".

Finalmente, el 29 de marzo la Defensoría del Pueblo porteña tomó la denuncia de Zulberti y abrió el expediente número 6468/21 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 701 del 23/03/21: "La CAPHyAI solicitará una prórroga excepcional para los mandatos".

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