|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Registro Público de Administradores porteño Sólo una de cada ocho denuncias se concretó en una sanción
Ya en detalle, a pesar de que durante el 2024 las denuncias crecieron en un 33,2%, las disposiciones sancionatorias bajaron en un 21,2%. Una diferencia de 54 puntos porcentuales que hace suponer que quedaron sin respuesta 2.457 denuncias. Una explicación posible a esta gran diferencia podría ser que una parte de éstas hayan concluido en un acuerdo conciliatorio entre el administrador denunciado y el consorcista denunciante que debería haber sido homologado por la autoridad de aplicación. Sin embargo, el Registro Público de Administradores no está en condiciones de informar cuántas fueron. En marzo del año pasado la redacción de Pequeñas Noticias había realizado una solicitud de información pública (Ley 104) en la que pidió detallar la cantidad de disposiciones homologatorias de acuerdos conciliatorios realizadas por denuncias contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley 941 a lo que se le contestó que el sistema informático no permite discriminar entre homologaciones efectuadas en el marco de las Leyes 24.240 (Defensa del Consumidor) y 941 [1].
En la tabla se puede observar que durante el primer año de la gestión de Carlos Traboulsi la publicación de las sanciones en el Boletín Oficial cayó de 84,2% a un 79,4% (-4,7 pp) y durante el segundo al 74,4% (5 pp). O sea que ya hace dos años que lentamente va aumentando la cantidad de sanciones no publicadas en el Boletín Oficial con el consecuente perjuicio para el control social de los matriculados. A la ecuación agregamos las denuncias Durante el 2024 una de cada 7,8 (12,8%) denuncias se concretó en una disposición sancionatoria contra el administrador y una de cada 10,5 (9,5%) denuncias también se publicó en el Boletín Oficial.
El porcentaje de lo efectivamente sancionado contra las denuncias realizadas (12,8%) atraviesa mínimos históricos mientras que el porcentaje de las publicaciones en el boletín contra las renuncias recibidas (9,5%) es igual al producido por Vilma Bouza durante su cuarto año de gestión al frente de Defensa y Protección al Consumidor. Ahora sumamos las apeladas... El hecho de que Defensa del Consumidor termine sancionando a un administrador no siempre finaliza el trámite. En promedio un 17,8% de las sanciones se recurren a la Justicia ya sea para anularlas o para bajar sus montos.
...y agregamos la falta de pago Aún si la multa no fue recurrida a la justicia, hay en promedio un 37,8% de las sanciones que deben ser cobradas con el auxilio de la Justicia (ejecuciones fiscales):
Para
entender estos números hay que recordar que durante buena parte de estos
años el Gobierno de la CABA se estuvo tomando en promedio cerca de tres
años para iniciar las demandas por falta de pago de las multas --- [1] BPN Nº 774 del 15/04/24: "El RPA desconoce cuántos acuerdos conciliatorios homologó". |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
![]() |
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '