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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


RPA en escobarense

El administrador de Escobar se debe inscribir en dos registros

Foto del Consejo Deliberante del partido de Escobar

Foto del Consejo Deliberante del partido de Escobar


[BPN-15/06/23] El pasado 17 de mayo el Consejo Deliberante del partido de Escobar creó un Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, Barrios Cerrados, Clubes de Campo y Administraciones Fiduciarias que funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Ingresos Públicos.

Es de recordar que en la provincia de Buenos Aires -a la que pertenece el partido de Escobar- ya puso en marcha un Registro Público de Administradores provincial por lo que los administradores de ese partido estarán doblemente obligados. Es más, los ediles pusieron como requisito para inscribirse en el Registro escobarense que se debe estar inscripto en el provincial (inciso f del artículo 3º).

El RPA de Escobar no distingue entre administradores ad honorem y profesionales: "Las personas físicas o jurídicas que administren uno o más consorcios de propiedad horizontal, Barrios Cerrados, Clubes de Campo, Administraciones Fiduciarias o similares bajo cualquier forma jurídica a título oneroso o gratuito del Partido de Escobar deben inscribirse en el Registro creado por la presente norma, mediante la presentación del formulario que al efecto confeccione la autoridad de aplicación" (artículo 2º).

El Curso del SERACARH

Para su inscripción también le imponen al administrador la presentación de conocido "Curso del SERACARH" de todos los "trabajadores habituales del consorcio" exactamente igual que en provincia. Al obligar a los trabajadores habituales podría abrir la puerta para imponerles este curso a los trabajadores de maestranza de las empresas de limpieza.

Textualmente ordena que los administradores deben presentar: "Certificación de Seguridad e Higiene de los trabajadores habituales del consorcio: cursos de capacitación sobre seguridad e higiene, al menos una vez por año, cuyo dictado estará a cargo de instituciones especializadas conformadas por representantes de todos los sectores de la actividad oficialmente reconocidos por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Bs. As. El curso deberá involucrar, como mínimo, los siguientes tópicos: prevención de accidentes; orden y limpieza; medidas de prevención de accidentes e incendios; normas de evacuación de edificios y primeros auxilios" (inciso k del artículo 3º).

Acceso público

El Registro será de acceso público pudiendo cualquier interesado informarse respecto de todo inscripto acerca de los datos exigidos en para su inscripción así como de las observaciones que se le hubieren registrado en los dos últimos años (artículo 8º).

Las obligaciones

Las obligaciones del administrador es una sola: presentar una declaración jurada anual con la lista de los consorcios que administra; los comprobantes de los pagos de aportes, contribuciones y pagos sindicales convencionales; y un Certificado fiscal emitido por la Municipalidad.

El mandato

El plazo del mandato del administrador será de un año salvo que en el reglamento de copropiedad y administración se estipule otros plazos o sea por tiempo indeterminado.

La Ordenanza recibió el número 6122 y cuenta con 15 artículos de los cuales uno es de forma [texto original] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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