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La remoción de un encargado suplente por el Dr. Pablo Acuña

Dr. Pablo Acuña

Buenas noches:

Necesito por favor me informen si un encargado suplente puede ser removido de su cargo por el administrador y el consejo de propietarios o se necesita de una asamblea para tomar esa decisión.

Muchas gracias y aguardo su respuesta.

Andrea

(30/03/2021) 

Estimada Andrea:

El Código Civil y Comercial es claro en que las contrataciones y los despidos son potestad de la asamblea (Artículo 2058º, inc c) y ya no una atribución del administrador como supo ser facultado por muchos reglamentos de propiedad horizontal (antes, reglamentos de copropiedad y administración).

Ahora bien, no puedo evitar notar que aquí se trata de un “suplente”. Habría que estudiar los pormenores del caso; pero yo entiendo que el espíritu de la norma protege a la persona jurídica de que su mandatario lo embarque en vínculos contractuales de largo plazo y le someta a obligaciones de la naturaleza que implican convertirse en un empleador. No obstante, un suplente es una contratación que se encuadra en circunstancias específicas (cubrir licencias, por ejemplo). No crea puestos nuevos, sino que cubre espacios de vacancia. Si la causa que originó la contratación se extingue, no veo razón por la cual el administrador debería necesitar una autorización para culminar la relación.

Le reitero que mi abordaje atiende a una especulación sobre el caso puntual. No obstante, al principio de mis líneas, he expuesto la columna vertebral de la cuestión, con la letra del código de fondo.

Esperando sea de ayuda, le saludo muy atte.

Pablo Acuña Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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Pablo E. Acuña es abogado (UBA), administrador de consorcios, profesor del posgrado de Administración de Consorcios en la UNLP, es columnista en medios especializados en propiedad horizontal, es fundador de “Pintando Horizontes Magazine” y es director del Centro CIMA. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a pabloa@alas-admconsorcios.info o contactarlo en su sitio web www.administracionalas.com.


    

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