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Perdieron el derecho a las vacaciones por el Dr. Enrique Miguel Albisu

Dr. Enrique Miguel Albisu

Buenas noches:

Como administradores de consorcios nos llegó el comentario que aquellos encargados que tuvieron que acogerse al beneficio del ASPO perdieron el derecho a las vacaciones pendientes del periodo 2021.

Aparentemente la información se la suministraron a una encargada desde el sector gremiales del SUTHER.

Agradeceríamos sus comentarios para no incurrir en errores involuntarios.

Desde ya muchas gracias

Juan Manuel

(28/09/2021)

Estimado Juan Manuel:

Respecto del tema vacaciones entendemos que hay que diferenciar dos momentos distintos durante la pandemia:

a) El que va desde marzo de 2020 en que se dicta el ASPO, donde prácticamente ninguna persona podía salir de sus casas, viajar, etc. etc, con lo cual durante tal período, no se podían desde ya otorgar vacaciones.

b) Luego tenemos otro período que va desde el 30 de noviembre de 2020 en adelante, donde se dicta el DISPO es decir, donde se liberalizó muchas actividades, ya se podía salir, viajar, etc. etc. con lo cual el empleador en ese momento pudo haber otorgado las vacaciones faltantes del año 2020 y desde ya las del año 2021.

Ahora bien, siguiendo el criterio de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) las vacaciones se otorgan hasta el mes de abril, en este caso abril 2021, donde el empleador perfectamente pudo otorgar las faltantes del año 2020 y las del año 2021.

Si el empleador no las otorgó, la LCT establece que el empleado se las puede tomar en el mes de mayo (en este caso mayo 2021) avisando al empleador que se la tomará, y las mismas no pueden pasar del 31 de mayo.

Si el trabajador, no optó por ello, las vacaciones CADUCAN, ya que el empleado no las quiso tomar.- (Art. 157º de la LCT)

Un saludo cordial

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El Dr. Enrique Miguel Albisu es abogado laborista especializado en propiedad horizontal desde hace más de 40 años, es autor del libro "Manual práctico para los trabajadores y empleadores de la propiedad horizontal" y se desempeña como asesor de la CAPHyAI.


    

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