'

Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Rincón Solidario

Reemplazar al administrador y presentar a uno nuevo por el Dr. Pablo Acuña

Dr. Pablo Acuña

Estimados:

Quisiera saber cuáles son los pasos a seguir cuando se reemplaza al administrador y presentar a uno nuevo.

Ocurre que en mi consorcio, en plena asamblea y antes de consultar a TODOS los consorcistas, un grupo de ellos ya había realizado reuniones (de las cuales nunca supe) y trajeron a la misma a la "nueva administradora" elegida a dedo por ellos.

O sea, estuvo "presente" durante todo el proceso. ¿Se puede impugnar este acto?

Gracias 

Susana [CABA]
(10/07/23)

Estimada Susana:

El acto de la designación de un nuevo administrador debe instrumentarse en el marco de la asamblea, legalmente constituida y en cuyo orden del día se encuentre el tratamiento de esta cuestión.

En ese sentido debe procederse a la postulación los interesados para encabezar el órgano de la administración y someterse al voto de los propietarios y sus apoderados presentes buscando alcanzar la mayoría necesaria. Aquí entra en juego el artículo 2060º del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) como dispositivo previsto para alcanzar la mayoría prevista a través de la comunicación a los ausentes.

Respecto a la dinámica en el proceso de selección, en cada consorcio es distinta. Algunos reglamentos incluso tienen previsto plazos de presentación de propuestas en instancias preliminares. Pero si ninguna referencia se hace al respecto es usual en el “folklore consorcial” que haya reuniones previas entre los grupos interesados. No hay nada para impugnar al respecto de estos encuentros informales puesto que este no es el espacio de selección “a dedo” sino que una designación se realiza  como mencione al principio sometiendo la cuestión a la votación del órgano de la asamblea.

Se podría impulsar una acción judicial de impugnación de la asamblea, si ésta careciera de vicios, como por ejemplo, defectos de la convocatoria o el tratamiento de un tema así sin estar previsto en el orden del día.

Esperando haber sido de utilidad, le saludo muy cordialmente.

Pablo Acuña Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

Pablo E. Acuña es abogado (UBA), administrador de consorcios, profesor del posgrado de Administración de Consorcios en la UNLP, es columnista en medios especializados en propiedad horizontal, es fundador de “Pintando Horizontes Magazine” y es director del Centro CIMA. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a contacto@administracionalas.com o contactarlo en su sitio web www.administracionalas.com.


    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '