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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General

Lic. Alicia ArenazaPiernas que no pueden moverse y ojos que no pueden ver.

por la Lic Alicia Arenaza (*)

Luego de ver una nota editorial aparecida en el diario Clarín del 11 de junio próximo pasado, me vino la inquietud, de abrir un espacio de reflexión referente a la accesibilidad de los sujetos con discapacidad física a los edificios donde habitan.

Habiendo encontrado excelente esta publicación que usted nos ofrece todas las semanas y estando éste dirigida justamente a quienes se encargan de administrar edificios, es que me animo a hacerle llegar estas  reflexiones.

Para comenzar parafraseando al arquitecto Livingston diré: “Lo importante no es la arquitectura sino lo que ésta permite o impide en términos de relaciones entre los hombres y su entorno, es decir, en términos de vida”.

Me pregunto, qué es lo que hace que las leyes, normas, decretos, no se cumplan... y tampoco se sancione a quienes no lo cumplen.

Hacer accesibles los servicios de la comunidad a todos los ciudadanos incluidas las personas con movilidad reducida ha quedado establecido, no sólo en los Derechos Humanos sino que luego, se lo precisa en el  Programa de Acción Mundial de Naciones Unidas de 1981, ratificado más tarde en las Normas Uniformes sobre la igualdad de  Oportunidades para  las personas con discapacidad.  Ambos documentos establecen para todas las naciones principios y normas para lograr el objetivo de la anhelada - pero escurridiza- paridad de oportunidades.

Argentina a través de un abanico de legislación al respecto no ha quedado a la zaga, al menos en la teoría. Pero la dificultad nacional parecería radicar en ese trayecto misterioso que separa la teoría de la práctica.  Porque a pesar de la legislación vigente, no sólo muchas provincias no se han adherido, sino que además no se la obedece.

La Ley Nacional 24.314 y su Decreto 914/97 establecen y reglamentan  la prioridad de la supresión de las barreras física en la vía pública, en los edificios de uso público,  en los edificios de vivienda y en el transporte. La  Ley 161 - Adhesión a lo dispuesto por la Ley 22.431 modificada por Ley 24.314 referido al acceso y traslado de personas con necesidades especiales en ascensor: www.accesible.com.ar/biblioteca/bibliografia-otros.htm

Así también en el boletín Oficial N° 1197, del 29 de marzo de 2001 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se incorporan las  modificaciones al código de edificación de la C.A.B.A, apoyándose en dicha ley. “Accesibilidad para personas con  necesidades especiales.”

Ya en el Año Internacional del Discapacitado, hace veintiún  años, se reglamentó como obligatoria la construcción de rampas de acceso a los edificios antes de otorgarles el final de obra. Si se reglamentó no se cumple en gran cantidad de casos. Ley 22431

En situaciones donde se muda una persona con imposibilidades físicas, la construcción de rampa de acceso, termina muchas veces en pleitos judiciales... Pleitos que, apelando a la estética tienen como objetivo que la misma no se construya.

“Se trata de dividir para entender, la estética por un lado, el uso (la vida) por otro. Pero la realidad es menos prolija" nos dice el arquitecto Livingstong, a lo que nosotros agregaremos: si lo será que nos hizo a algunos hasta con piernas que no pueden moverse u ojos que no pueden ver.

Algunos de estos pleitos terminan bien: la bendita rampa, por fin se construye y con sorpresa veremos subir por la misma: señoras con los cochecitos de bebé, niños a los que les resulta más divertida que la trillada escalera, ancianos y por supuesto también a quien inició la querella para conseguirla.

El fundamento económico no puede explicarlo todo.

El caso de los teléfonos públicos colocados a una altura que cualquiera que se encuentre ubicado a menos de un metro cincuenta, le impide discar, demuestra que lo económico no está siempre en el fondo de la verdad. Pensemos, si no, en el ahorro que puede implicar los metros y metros de cable y caño de todos los teléfonos públicos, si se los colocara más bajo. En una de esas, con el excedente se podrían colocar semáforos sonoros para los ciegos.

Rampas, teléfonos a la altura de enanos y lisiados, semáforos sonoros. Si todo esto se hiciera presente no podríamos seguir negando lo que se nos aparece a los ojos.

¿Tal vez su no existencia hable de la necesidad de tapar y ocultar todo lo que nos denuncia, lo que no queremos ver.?

La percepción incluye a todo el sujeto humano, también su ideología.

Cuando se ataca la posibilidad de percibir de un modo adecuado también se ataca, inexorablemente, la capacidad de conectarse de forma acertada con la realidad a fin de construir un mundo más útil. Para nosotros y los otros.

¿Perteneceremos a una sociedad discapacitada y discapacitante?. Discapacitante en tanto nos incita a la sordera, a la ceguera, a la imposibilidad de utilizar nuestras capacidades intelectuales para aproximarnos a descubrir e implementar recursos que hagan de este mundo un lugar digno de ser vivido por todos.

Entiendo en ese sentido que todos y en especial quienes tenemos  la oportunidad de trabajar en pos de esta situación, tendríamos que tener como principal objetivo ayudar a vivir mejor. Ni más ni menos.

¿O estaremos propiciando, quizá sin quererlo, una sociedad donde se busca reducir el número de los que entran en carrera para que los supuestos capacitados tengan mayores posibilidades de alcanzar la meta?.

Dice R. Livingston: "La ciudad, las calles, los monumentos, los parques, actúan como espejos que devuelven a la comunidad su propia imagen, manteniendo y devolviendo la identidad social " .

Me pregunto: ¿Qué ocurre con la identidad de los habitantes de una ciudad que no se atreve a devolver la imagen de lo distinto?.

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(*) La Licenciada Alicia Arenaza es Lic. en psicología egresada de la UBA, Master en Psiconeuroinmunoendocrinología de la Universidad de Ciencias Biomédicas Dr. René Favaloro y Master en Integración de Personas con Discapacidad Universidad de Salamanca. Trabaja hace 25 años en la atención de sujetos discapacitados y sus familias, coordina talleres de Sexualidad y  Discapacidad, Neuropsicóloga en diagnóstico y  rehabilitación de pacientes neurológicos y coordinadora de talleres de memoria.Se desempeña como psicóloga en VITRA ( vivienda trabajo y capacitación de lisiado grave) y en el Primer Centro Médico Argentino en Psiconeuroinmunoendocrinlogía.

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