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22 de Abril de 2024 - Nº 775

Sueldos Abril de 2024

Tarde pero homologada

El domingo 14 de abril se homologaron 4 escalas salariales: enero, febrero, marzo y abril 2024  Después de muchos acuerdos paritarios se volvió a la sana costumbre de incorporar las escalas en los acuerdos  Con una inflación de dos dígitos por mes, recién en abril los trabajadores cobrarán las diferencias liquidadas desde enero a la fecha.

[BPN-22/04/24] El pasado domingo 14 de abril se homologaron las cuatro escalas salariales incorporadas en los dos acuerdos paritarios: el primero, firmado el 23 de enero y el segundo el 8 de abril. Como novedad de importancia, es de destacar que volvió la buena práctica de incorporar a los acuerdos las escalas salariales. En el primero, se adjuntaron las escalas de enero y febrero; en el segundo, las correspondientes a marzo y abril.

Si se compara la escala salarial de enero con la que se confeccionaron los recibos de ese mes y la homologada...


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Sueldos Abril de 2024

Tarde pero homologada

Fabiana Lizarralde

[BPN-22/04/24] El pasado domingo 14 de abril se homologaron las cuatro escalas salariales incorporadas en los dos acuerdos paritarios: el primero, firmado el 23 de enero y el segundo el 8 de abril. Como novedad de importancia, es de destacar que volvió la buena práctica de incorporar a los acuerdos las escalas salariales. En el primero, se adjuntaron las escalas de enero y febrero; en el segundo, las correspondientes a marzo y abril.

Si se compara la escala salarial de enero -con la que se confeccionaron los recibos de ese mes- y la homologada el 14 de abril, el incremento de los valores ronda el 16,28%. Después de esta actualización, la de febrero tiene un 45% de aumento sobre la de enero, la de marzo un 10% sobre la de febrero y la de abril un 4% de incremento sobre la de marzo.

El valor básico con el que se liquidó el recibo de enero 2024 de un Encargado permanente con vivienda de 4° categoría fue de $261.835. En la escala homologada ese valor se transformó en $304.467 (16,28% de aumento). En febrero pasó a $441.477 (45% más), en marzo a $485.624 (10% de incremento) y a $505.049 en abril (4% de aumento).

En el mes de abril, habrá que liquidar los ajustes definitivos correspondientes al mes de enero, febrero y marzo además del recibo de abril. No podemos dejar de remarcar que este mes no solo habrá que trabajar por 4 sino que el trabajador recibirá los ajustes correspondientes mucho tiempo después del que le hubiera correspondido y que fueron destratados por el sindicato que dice representarlos.

Desde fines de febrero se ocupó de comunicar de diversas maneras y por todos los medios a su alcance que el acuerdo estaba homologado cuando no era así y hasta impulsaron a trabajadores que enviaran cartas documentos a sus empleadores exigiendo la liquidación de los haberes actualizados cuando no estaba homologado el acuerdo.

Solo lograron generar un malestar generalizado que no dejó a nadie fuera. Los encargados fueron mal informados, los administradores fueron tironeados por los encargados de un lado y los propietarios del otro. Por su parte, los consorcistas -quienes tienen que afrontar el pago de los ajustes- no sabían lo que pasaba, recibían información contradictoria y también quedaban en el medio de idas y vueltas. Por último, los que liquidan sueldos hicieron todo lo posible para no dejar a los encargados con sueldos más bajos que enero proponiendo adelantar a cuenta de una homologación que se suponía que más tarde o más temprano se iba a producir, trabajaron el triple contra reloj.

Un verdadero despropósito.

Escala Abril 2024

Abril 2024

RESOL – 82/2024 – APN – ST#MT

FUNCION

1° Categoría

2° Categoría

3° Categoría

4° Categoría

Encargado Permanente con vivienda

606.059

580.807

555.554

505.049

Encargado Permanente sin vivienda

712.362

682.680

652.998

593.635

Ayudante Permanente con vivienda

606.059

580.807

555.554

505.049

Ayudante Permanente sin vivienda

712.362

682.680

652.998

593.635

Ayudante Media jornada

356.181

341.340

326.499

296.817

Personal Asimilado Con vivienda

606.059

580.807

555.554

505.049

Personal Asimilado Sin vivienda

712.362

682.680

652.998

593.635

Mayordomo Con vivienda

628.554

602.364

576.175

523.795

Mayordomo Sin vivienda

741.463

710.569

679.675

617.886

Intendente

907.544

907.544

907.544

907.544

Personal con más 1 función con vivienda

606.059

580.807

555.554

505.049

Personal con más 1 función sin vivienda

712.362

682.680

652.998

593.635

Encargado Guardacoches con vivienda

534.372

534.372

534.372

534.372

Encargado Guardacoches sin vivienda

580.286

580.286

580.286

580.286

Personal Vigilancia Nocturna

641.782

641.782

641.782

641.782

Personal Vigilancia Diurna

597.521

597.521

597.521

597.521

Personal Vigilancia Media Jornada

298.760

298.760

298.760

298.760

Encargado No Permanente Con vivienda

287.533

287.533

287.533

287.533

Encargado No Permanente Sin vivienda

312.507

312.507

312.507

312.507

Ayudante Temporario

585.324

585.324

585.324

585.324

Ayudante Temporario Media Jornada

292.662

292.662

292.662

292.662

Adicionales

Para Cualquiera de las Categorías

Personal Jornalizado no más 18 horas ( según ART. 7 INC. P HORA)

6.052,40

Suplente con horario por día

26.429,00

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

1.083,00

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA

18.653,20

Valor vivienda

3.978,60

Plus por antigüedad conf. Resolución 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%)

5.936,30

Plus por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%)

11.872,70

Plus limpieza de cocheras

14.779,00

Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades

21.881,90

Plus Jardín

14.779,00

Plus Zona Desfavorable

50%

Titulo de Encargado Integral de Edificio

10%

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

24.861,90

Revisar y controlar

Abril 2024: Varios

1)

Escala salarial vigente (Res. 1522/2023 del 2 de agosto de 2023 y Res. 2291/2023)

Abril 2024

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 4/2024)

* A partir del 1° de febrero de 2024: $180.000 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $900 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de marzo de 2024: $202.800 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $1014 por hora para los trabajadores jornalizados.

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de abril: 2

(Fuente)

Feriados inamovibles

Feriados trasladables

Feriados Turisticos

Feriado turístico: 1

Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas: 2

5)

Días no laborables de abril: 5

(Fuente)

Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán (Id al-Fitr): 10

Primeros dos días de la Pascua Judía: 23, 24

Últimos dos días de la Pascua Judía: 29, 30

Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos: 24

Días no laborables

6)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS.

Para tener en cuenta a la hora de liquidar

Abril 2024: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%)

1)

Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%)

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

7)

Seguro Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10)

0,75%

8)

Fondo de Educación y Comunicación (Res. 547/2023) Tope máximo: lo que se descuenta por la cuota sindical. Se aplica una vez al año en el mes que se llevan a cabo las paritarias del sector.

-

Y ahora, a cargo del empleador

Abril 2024: Contribuciones patronales = 30,75% + ART + Etc...

1)

Jubilación

10,77%

2)

Ley 19032 / INSSJP

1,58%

4)

FNE

0,95%

3)

Obra Social + ANSSAL

6,00%

5)

Asignaciones Familiares

4,70%

6)

CPF (Boletas del sindicato)

1,50%

7)

FMVDD (Boletas del sindicato)

4,00%

8)

Contribución Solidaria OS CCT 589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día (Según boletas sindicato 03/2023).

$5.800

9)

SERACARH (Boletas del sindicato)

0,50%

10)

Seguro Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10)

0,75%

11)

Valor de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 04/2024  (Disposición SRT 9/2023)

$615

12)

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

$175.89

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¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


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2º Edición Nº DCCLXXV

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