Sueldos
Abril de 2024
Tarde
pero homologada
El
domingo 14 de abril se homologaron 4 escalas salariales: enero, febrero,
marzo y abril 2024 Después
de muchos acuerdos paritarios se volvió a la sana costumbre de incorporar
las escalas en los acuerdos Con
una inflación de dos dígitos por mes, recién en abril los trabajadores
cobrarán las diferencias liquidadas desde enero a la fecha.
[BPN-22/04/24]
El pasado domingo 14 de abril se homologaron las cuatro escalas salariales
incorporadas en los dos acuerdos paritarios: el primero, firmado el 23 de
enero y el segundo el 8 de abril. Como novedad de importancia, es de
destacar que volvió la buena práctica de incorporar a los acuerdos las
escalas salariales. En el primero, se adjuntaron las escalas de enero y
febrero; en el segundo, las correspondientes a marzo y abril.
Si se compara la escala salarial de enero con la que se confeccionaron los recibos de ese mes y la homologada...
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Sueldos
Abril de 2024
Tarde
pero homologada
[BPN-22/04/24]
El pasado domingo 14 de abril se homologaron las cuatro escalas salariales
incorporadas en los dos acuerdos paritarios: el primero, firmado el 23 de
enero y el segundo el 8 de abril. Como novedad de importancia, es de
destacar que volvió la buena práctica de incorporar a los acuerdos las
escalas salariales. En el primero, se adjuntaron las escalas de enero y
febrero; en el segundo, las correspondientes a marzo y abril.
Si
se compara la escala salarial de enero -con la que se confeccionaron los
recibos de ese mes- y la homologada el 14 de abril, el incremento de los
valores ronda el 16,28%. Después de esta actualización, la de febrero
tiene un 45% de aumento sobre la de enero, la de marzo un 10% sobre la de
febrero y la de abril un 4% de incremento sobre la de marzo.
El
valor básico con el que se liquidó el recibo de enero 2024 de un
Encargado permanente con vivienda de 4° categoría fue de $261.835. En la
escala homologada ese valor se transformó en $304.467 (16,28% de
aumento). En febrero pasó a $441.477 (45% más), en marzo a $485.624 (10%
de incremento) y a $505.049 en abril (4% de aumento).
En
el mes de abril, habrá que liquidar los ajustes definitivos
correspondientes al mes de enero, febrero y marzo además del recibo de
abril. No podemos dejar de remarcar que este mes no solo habrá que
trabajar por 4 sino que el trabajador recibirá los ajustes
correspondientes mucho tiempo después del que le hubiera correspondido y
que fueron destratados por el sindicato que dice representarlos.
Desde
fines de febrero se ocupó de comunicar de diversas maneras y por todos
los medios a su alcance que el acuerdo estaba homologado cuando no era
así y hasta impulsaron a trabajadores que enviaran cartas documentos a
sus empleadores exigiendo la liquidación de los haberes actualizados
cuando no estaba homologado el acuerdo.
Solo
lograron generar un malestar generalizado que no dejó a nadie fuera. Los
encargados fueron mal informados, los administradores fueron tironeados
por los encargados de un lado y los propietarios del otro. Por su parte, los
consorcistas -quienes tienen que afrontar el pago de los ajustes- no
sabían lo que pasaba, recibían información contradictoria y también
quedaban en el medio de idas y vueltas. Por último, los que liquidan
sueldos hicieron todo lo posible para no dejar a los encargados con
sueldos más bajos que enero proponiendo adelantar a cuenta de una
homologación que se suponía que más tarde o más temprano se iba a
producir, trabajaron el triple contra reloj.
Un
verdadero despropósito.
Escala
Abril 2024
Abril
2024
RESOL
– 82/2024 – APN – ST#MT |
FUNCION |
1°
Categoría |
2°
Categoría |
3°
Categoría |
4°
Categoría |
Encargado
Permanente con vivienda |
606.059 |
580.807 |
555.554 |
505.049 |
Encargado
Permanente sin vivienda |
712.362 |
682.680 |
652.998 |
593.635 |
Ayudante
Permanente con vivienda |
606.059 |
580.807 |
555.554 |
505.049 |
Ayudante
Permanente sin vivienda |
712.362 |
682.680 |
652.998 |
593.635 |
Ayudante
Media jornada |
356.181 |
341.340 |
326.499 |
296.817 |
Personal
Asimilado Con vivienda |
606.059 |
580.807 |
555.554 |
505.049 |
Personal
Asimilado Sin vivienda |
712.362 |
682.680 |
652.998 |
593.635 |
Mayordomo
Con vivienda |
628.554 |
602.364 |
576.175 |
523.795 |
Mayordomo
Sin vivienda |
741.463 |
710.569 |
679.675 |
617.886 |
Intendente |
907.544 |
907.544 |
907.544 |
907.544 |
Personal
con más 1 función con vivienda |
606.059 |
580.807 |
555.554 |
505.049 |
Personal
con más 1 función sin vivienda |
712.362 |
682.680 |
652.998 |
593.635 |
Encargado
Guardacoches con vivienda |
534.372 |
534.372 |
534.372 |
534.372 |
Encargado
Guardacoches sin vivienda |
580.286 |
580.286 |
580.286 |
580.286 |
Personal
Vigilancia Nocturna |
641.782 |
641.782 |
641.782 |
641.782 |
Personal
Vigilancia Diurna |
597.521 |
597.521 |
597.521 |
597.521 |
Personal
Vigilancia Media Jornada |
298.760 |
298.760 |
298.760 |
298.760 |
Encargado
No Permanente Con vivienda |
287.533 |
287.533 |
287.533 |
287.533 |
Encargado
No Permanente Sin vivienda |
312.507 |
312.507 |
312.507 |
312.507 |
Ayudante
Temporario |
585.324 |
585.324 |
585.324 |
585.324 |
Ayudante
Temporario Media Jornada |
292.662 |
292.662 |
292.662 |
292.662 |
Adicionales
Para
Cualquiera de las Categorías |
Personal
Jornalizado no más 18 horas ( según ART. 7 INC. P HORA) |
6.052,40 |
Suplente
con horario por día |
26.429,00 |
Retiro
de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina |
1.083,00 |
Clasificación
de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA |
18.653,20 |
Valor
vivienda |
3.978,60 |
Plus
por antigüedad conf. Resolución 106/09 - inc. D, e, h, n y p del
art. 7 y 8 por año (1%) |
5.936,30 |
Plus
por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%) |
11.872,70 |
Plus
limpieza de cocheras |
14.779,00 |
Plus
movimiento de coches - hasta 20 unidades |
21.881,90 |
Plus
Jardín |
14.779,00 |
Plus
Zona Desfavorable |
50% |
Titulo
de Encargado Integral de Edificio |
10% |
Plus
limpieza de piletas y mantenimiento del agua |
24.861,90 |
Revisar
y controlar
Abril
2024: Varios |
1) |
Escala
salarial vigente (Res. 1522/2023 del 2 de agosto de 2023 y Res.
2291/2023) |
Abril
2024 |
2) |
Sueldo
Mínimo Vital y Móvil
(Resolución
4/2024) |
* A
partir del 1° de febrero de 2024: $180.000 para todos los
trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de
trabajo y $900 por hora para los trabajadores jornalizados.
*
A partir del 1° de marzo de 2024: $202.800 para todos los
trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de
trabajo y $1014 por hora para los trabajadores jornalizados. |
3) |
Asignaciones
familiares |
A
partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de
la Seguridad Social liquidará en forma directa las
Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el
Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones
familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga
financiera a través del pago anticipado del beneficio. |
4) |
Feriados de
abril: 2
(Fuente) |
Feriado
turístico: 1
Día
del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas: 2 |
|
5) |
Días
no laborables de abril: 5
(Fuente) |
Fiesta
de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán (Id al-Fitr): 10
Primeros
dos días de la Pascua Judía: 23, 24
Últimos
dos días de la Pascua Judía: 29, 30
Día
de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos: 24
|
6) |
Formulario
931
(Res.
2407/08 y Dto. 1448/08) |
Según
la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe
utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro
de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS. |
Para
tener en cuenta a la hora de liquidar
Abril
2024: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%) |
1) |
Aporte
Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007) |
11% |
2) |
INSSJP
(Ley 19032) |
3% |
3) |
Aporte
sindical |
2% |
4) |
Aporte
Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%) |
3% |
5) |
Caja
de Protección a la familia |
1% |
6) |
Fondo
para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD) |
1% |
7) |
Seguro
Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10) |
0,75% |
8) |
Fondo
de Educación y Comunicación (Res. 547/2023) Tope máximo: lo que
se descuenta por la cuota sindical. Se aplica una vez al año en el
mes que se llevan a cabo las paritarias del sector. |
- |
Y
ahora, a cargo del empleador
Abril
2024: Contribuciones patronales = 30,75% + ART + Etc... |
1) |
Jubilación |
10,77% |
2) |
Ley
19032 / INSSJP |
1,58% |
4) |
FNE |
0,95% |
3) |
Obra
Social + ANSSAL |
6,00% |
5) |
Asignaciones
Familiares |
4,70% |
6) |
CPF
(Boletas del sindicato) |
1,50% |
7) |
FMVDD
(Boletas del sindicato) |
4,00% |
8) |
Contribución
Solidaria OS CCT
589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día (Según
boletas sindicato 03/2023). |
$5.800 |
9) |
SERACARH
(Boletas del sindicato) |
0,50% |
10) |
Seguro
Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10) |
0,75% |
11) |
Valor
de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 04/2024 (Disposición
SRT 9/2023) |
$615 |
12) |
Seguro
Colectivo de Vida Obligatorio |
$175.89 |
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
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