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Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba

Los administradores de Córdoba acordaron pagar los 5 mil pesos

Adm. Juan Carlo Brembilla (foto página Facebook de CAPH Córdoba)

Adm. Juan Carlo Brembilla (foto página Facebook de CAPH Córdoba)


[BPN-13/06/19] El pasado 22 de mayo, la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba (CAPH) informó que acordó con el SUTERyH (Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal) local que todos los trabajadores del sector reciban los cinco mil pesos previstos por el decreto presidencial Nº 1043/18.

Según lo comunicado, el pago de la suma no remunerativa se concretará en dos cuotas: un 50% con los salarios de mayo -que se abonan a principio de junio- y el 50 % restante con los salarios de julio a pagar en agosto de este año. Es de destacar que la primera cuota se sumará al medio sueldo anual complementario que también se abona en junio.

Aclararon que "cuando la prestación del servicio fuese inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación en forma proporcional, conforme los mecanismos de liquidación previstos en el convenio colectivo de trabajo aplicable supletoriamente, según las reglas generales contenidas en la Ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo) y sus modificatorias".

Por último se destacó: "Los consorcios y conjuntos inmobiliarios que hubiesen abonado previamente la asignación referida precedentemente no se encuentran obligados al pago de la asignación extraordinaria no remunerativa convenida mediante la presente".

Las autoridades de la CAPH no especificaron en qué fecha se realizó el acuerdo ni aclararon si éste fue finalmente homologado por la autoridad laboral nacional o provincial.

Detallaron que fue firmado en el Ministerio de Trabajo de la Provincia bajo la supervisión del titular de esta cartera, Omar Sereno. Suscribieron el convenio el presidente de la CAPH, Juan Carlos Brembilla (con la presencia de los administradores Raúl Viqueira, Sebastián Sarría y Carlo Ieno) y en representación del SUTERyH Córdoba su secretario general, Hugo Ramón Fernández; su secretario adjunto, Mario Daniel Bussano; con los miembros de la comisión directiva Claudia López y Rodolfo González.

La entidad dio a conocer esta información en esa fecha al anochecer mediante una publicación en su página en Facebook <vínculo>. Su sitio web institucional no hizo mención sobre este tema <vínculo>.

Las diferentes interpretaciones

Como único argumento, la Cámara de Córdoba comunicó: "Ante las diferentes interpretaciones sobre la aplicabilidad del Bono establecido por el Gobierno nacional en el Decreto 1.043/18, la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba y el SUTERyH acordaron que todos los trabajadores del sector puedan recibir esta asistencia económica de carácter no remunerativo".

Es de recordar que desde el nacimiento mismo de este bono el 12 de noviembre de 2018, la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) viene sosteniendo una dura pulseada con el SUTERH sobre la legalidad de ese pago [1].

Para negar su obligatoriedad, las autoridades de la CAPHyAI se remitieron al primer párrafo del artículo 4º del Decreto 1.043/18 que expresa: "Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo que hubiesen pactado colectivamente un incremento sobre los ingresos de los trabajadores, en concepto de revisión salarial de la pauta oportunamente acordada en la negociación colectiva del año 2018, podrán compensar aquel aumento con la suma total de la asignación establecida en el artículo 1° del presente hasta su concurrencia, salvo que acuerden expresamente su no absorción".

Desde la otra vereda, el sindicato que dirige Víctor Santa María argumentó: "Respecto del bono de $5.000, de carácter no remunerativo, anunciado por el gobierno nacional, cabe consignar que deberá ser abonado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° del Decreto 1043/18", y agregó: "Asimismo, informamos que dicho bono no interfirió en el último acuerdo paritario llevado a cabo por las cámaras y nuestro sindicato".

El 9 de enero, la CAPHyAI público en su newsletter una entrevista con el Dr. Enrique Miguel Albisu, asesor laboral de la entidad, en la que explicó detalladamente los motivos por los cuáles considera que no corresponde el pago del polémico bono [2] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 646 del 13/12/18: "El culebrón del bono de 5 mil pesos".

[2] BPN Nº 22/01/19: "Nueva escala para enero, para febrero y…".

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