| 
                         
                         
                         
                       | 
                    
                      
                      
                        Registro
                      Público de Administradores de la CABA 
                      
                      Más
                      del 10% de los multados por el RPA es reincidente 
                      
                      Sin
                      embargo Defensa y Protección del Consumidor de la CABA -a
                      la hora de evaluar la segunda o tercera sanción- sólo en
                      un tercio de los casos tomó en cuenta la reincidencia  
                      En los restantes dos tercios resaltó explícitamente que
                      no eran reincidentes o no mencionó el tema. 
                      
                      [BPN-15/05/20]
                      Del total de multados por el Registro Público de
                      Administradores  (RPA) porteño el 10,6% es
                      reincidente. Sin embargo de esa cantidad, Defensa y
                      Protección del Consumidor  de la CABA sólo en el
                      34,4% de los casos tomó en cuenta la reincidencia a la
                      hora de evaluar la sanción a aplicar. En el restante
                      65.6% resaltó explícitamente que no lo eran o se abstuvo
                      de mencionar el tema. 
                      Para
                      realizar este trabajo, la redacción de Pequeñas
                      Noticias consideró las disposiciones... 
                       | 
                     
                 
       | 
     
   
                         
  
    
      | 
            | 
      
        
          | 
      
          | 
     
   
                         
  
    
      | 
      
        Consorcios
      en tiempos de pandemia 
      
      Carrillo
      y Larreta se reunieron con encargados para agradecer 
      
      El
      secretario de Atención y Gestión Ciudadana de la CABA, informó que
      junto a Horacio Rodríguez Larreta se reunió con encargados de edificios
      para agradecerles personalmente "su colaboración en estos
      momentos"  
      En una encuesta realizada por Pequeñas Noticias el 52% opinó que el
      encargado colabora con las personas mayores y el 43% opinó que no.
        | 
      
      
        Consorcios
      en tipos de pandemia 
      
      Falleció
      uno de los primeros encargados de edificio por COVID-19 
      
      Se
      trataba de Antonio Ángel Castillo, un hombre de buena salud, de 60 años
      que cumplía tareas dos veces por semana en un edificio porteño  
      El 11 de abril fue a la Clínica de la Ciudad por primera vez, el 13 se lo
      internó y el 26 falleció  
      Sería uno de los primeros casos de un trabajador del sector que fallece
      por este motivo.
        | 
     
   
   
  
    
      | 
          
  | 
     
   
   
  
    
      
                  
                    
                      | 
                      
                        CASIPH 
                      
                      Sin
                      ayuda del Gobierno nacional y local no alcanzan las
                      expensas 
                      
                      La
                      Cámara Argentina de Sistemas Informáticos para la PH
                      denunció que ni el Gobierno nacional ni el porteño tomó
                      ninguna medida relevante para paliar la situación de los
                      consorcios y sus habitantes causada por la cuarentena  
                      Reveló que el Banco Ciudad suspende la firma de los
                      administradores en las Cuenta Consorcio a pesar que el
                      GCABA prorrogó sus mandatos automáticamente mediante una
                      disposición.
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
                        Consorcios
                      en tipos de pandemia 
                      
                      Awad
                      reclamó a los bancos accesibilidad a Larreta asistencia 
                      
                      El
                      presidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal
                      denunció que los cajeros automáticos, los servicios
                      informáticos y telefónicos que prestan los bancos no
                      cumplen con las exigencias de accesibilidad previstos por
                      la normativa  
                      Pidió también al jefe de Gobierno porteño que destine
                      voluntarios para atender a personas con discapacidad.
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
                        Consorcios
                      en tiempos de pandemia 
                      
                      A
                      partir de mañana vuelven las mudanzas
                      en la CABA 
                      
                      Podrán
                      comenzar a partir del sábado 16 de mayo y se habilitarán
                      sólo para los fines de semana  
                      Así lo resolvió el Ministerio de Desarrollo Económico y
                      Producción porteño  
                      Aprobó también un estricto protocolo de higiene.
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
                        Víctor
                      Santa María 
                      
                      Parte
                      de la programación de Radio del Plata será del Grupo
                      Octubre 
                      
                      Salvo
                      espacios ya comprometidos previamente manejará la
                      programación de lunes a viernes de las seis a la
                      medianoche  
                      Mientras tanto los trabajadores de Página/12 denuncian
                      que desde el segundo semestre del año pasado no hay
                      recomposiciones paritarias y que la mayoría de los trabajadores del medio está por debajo de la línea de
                      pobreza.
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                        Rincón Solidario 
                      Le solicité el permiso de circulación 
                      por la Dra. Diana Sevitz 
                       | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
       Correo
      de Lectores 
                      
      ¿Hasta
      cuándo el "incremento
      solidario"? 
      (22/04/2020) 
                       | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
       Correo
      de Lectores 
                      
      ¿Qué debo hacer para administrar
      consorcios? 
                      (12/05/2020) 
                       | 
                     
                   
       | 
      
                  
                    
                      | 
                      
                        Consorcios
                      en tipos de pandemia 
                      
                      Encargados
                      de edificios denuncian abusos 
                      
                      El
                      Frente Nacional de Trabajadores de Edificios denunció que
                      hay trabajadores que recibieron amenazas de rebajas en sus
                      salarios o de despido si no trabajaban a tiempo completo y
                      que no se les entregan los elementos de higiene para
                      protegerse del Coronavirus.
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
                        Registro
                      Público de Administradores de la CABA 
                      
                      Se
                      prorrogó la actualización de la matrícula del RPA 
                      
                      Esta
                      cuarta prórroga se estableció a causa del "aislamiento
                      social, preventivo y obligatorio" que el Gobierno
                      nacional estableció para proteger la salud pública  
                      El plazo para actualizar la matrícula de los
                      administradores vencerá el 24 de mayo  
                      En total se extendió un mes y 23 días.
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
                        Consorcios
                      en tiempos de pandemia 
                      
                      A
                      pesar de las advertencias siguen los problemas con
                      médicos 
                      
                      En
                      esta oportunidad un consorcio en Caballito impidió a más
                      de 20 profesionales de la salud ingresar a sus
                      consultorios  
                      Un fiscal general radicó una denuncia penal por amenazas
                      agravada que de prosperar acarrearía una pena a los
                      responsables de entre 5 a 10 años de prisión.
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
                        Índices
                      de aumentos salariales para la propiedad horizontal 
                      Tampoco
                      en mayo las escalas salariales aumentaron 
                      
                      Este
                      mes las escalas salariales no tuvieron aumentos  
                      Se mantiene el "bono solidario" de
                      cuatro mil pesos hasta nuevas paritarias  
                      Según la inflación estimada por el Banco Central, este
                      mes las escalas salariales perderán 2,5 puntos
                      porcentuales contra la inflación  
                      Aunque el acumulado anual se apreció 6,41 puntos
                      porcentuales, el interanual perdió 3,77 puntos contra la
                      inflación.
                      
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
       Correo
      de Lectores 
                      
      Cómo deducir la parte que abonará el Estado  
      (27/04/2020) 
                       | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
       Correo
      de Lectores 
                      
      ¿El SUTERH ha extendido sus
      vencimientos? 
      (17/04/2020) 
                       | 
                     
                   
                  
       | 
     
   
  
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Registro
      Público de Administradores de la CABA 
      
      Más
      del 10% de los multados por el RPA es reincidente 
      
        
      [BPN-15/05/20]
                      Del total de multados por el Registro Público de
                      Administradores (RPA) porteño el 10,6% es
                      reincidente. Sin embargo de esa cantidad, Defensa y
                      Protección del Consumidor de la CABA sólo en el 34,4% de los
                      casos tomó en cuenta la reincidencia a la hora de
                      evaluar la sanción a aplicar. En el restante
                      65.6% resaltó explícitamente que no lo eran o se abstuvo
                      de mencionar el tema. 
      Para
      realizar este trabajo, la redacción de Pequeñas Noticias
      consideró las disposiciones sancionatorias publicadas en el
      Boletín Oficial durante 4 años, 11 meses, y 1 día que
      transcurrieron desde el 29 de mayo de 2014 hasta el 30 de abril de 2020.
      Ese período abarca dos gestiones al frente de la DGDyPC: hasta diciembre
      de 2015 Edgardo Aoun y desde enero de 2016 Vilma Bouza. 
      De
      la misma surgió que se abrieron causas
      administrativas a 579 administradores de las cuales 21 concluyeron en sobreseimientos y ocho en
      apercibimientos. O sea que fueron sancionados con una multa dineraria 558
      mandatarios. 
      De
      los 558 administradores sancionados 55 recibieron dos multas
      (reincidentes) y cuatro tres multas (doble reincidencia). El tiempo
      promedio de reincidencia fue de 10 meses y 16 días. 
      Sin
      embargo de 32 casos de reincidencia analizados por la redacción de Pequeñas
      Noticias surgió que a la hora de evaluar la pena de la segunda
      sanción, la dirección general de Defensa y Protección del
      Consumidor en 18 casos (56,3%) consideró explícitamente que el infractor
      no era reincidente y en tres (9,4%) no mencionó el tema. Sólo en 11
      casos (34,4%) destacó que el administrador era reincidente y mencionó la
      disposición sancionatoria previa. 
      La
      fórmula jurídica que utiliza la repartición para asegurar que el
      administrador no es reincidente es: "Finalmente, hay que tener
      especial consideración que el citado no es reincidente". 
      
      El
      caso de N 
      
      Llamó
      la atención que la administración N fue sancionada en tres
      oportunidades: una el 27 de septiembre de 2017 (BO: 15/11/18), otra el 20
      de marzo de 2019 (BO: 22/07/19) y el 11 de noviembre de ese año (BO:
      29/04/20). Cuando se emite la segunda disposición sancionatoria ya se
      había publicado en el Boletín Oficial la primera y sin embargo se
      destacó que no era reincidente. Recién en los considerandos de la
      tercera sanción se destacaron las dos anteriores. 
      
      El
      caso de MAS 
      
      El
      caso de la administración MAS fue más llamativo aún. También fue
      sancionada en tres oportunidades: el 29 de junio de 2017 (BO: 4/12/19), el
      30 de agosto de ese año (BO: 1/11/19) y el 12 de noviembre de 2018 (BO:
      8/01/20). En la disposición de la segunda sanción se resaltó que era
      reincidente pero ya en la tercera se señaló: "hay que tener
      especial consideración que la citada no es reincidente". 
      
      El
      caso de GGB 
      
      La
      administración GGB fue sancionada tres veces durante el 2017: una el 31
      de julio (BO: 22/06/18), otra el 1º de septiembre (BO: 03/09/18) y otra
      el 26 de octubre (25/01/19). Sin embargo, a pesar de los meses
      transcurridos entre las tres, en la segunda y la tercera disposición
      sancionatoria se destacó que no era reincidente. 
      
      El
      caso de MGL 
      
      A
      la administración MGL se la sancionó dos veces durante 2018 con cinco
      meses de diferencia: una el 19 de marzo en la que se la multó con 9.015
      pesos (BO: 5/11/19) y la otra el 30 de agosto en que se la apercibió (BO:
      15/11/19). En la segunda se destacó, para evaluar la pena, que no era
      reincidente. 
      
      El
      caso de CAR 
      
      Se
      encontraron casos en los que con diferencia de días se sancionó dos
      veces a un administrador y –como es de suponer- en ambos se destacó que
      no cuenta con antecedentes. Tal es el caso de la administración CAR que
      fue sancionada en dos oportunidades en el mes de octubre de 2017; una el
      día 6 y otra el 26 (BO: 28/12/17 y 20/12/17). 
      
      El
      caso de JAG 
      
      Por
      último, hubo casos –los menos- en que al administrador no se le perdonó
      ningún antecedente. Tal es de la administración JAG que recibió tres
      multas: una el 20 de octubre de 2016 (BO: 31/10/17), otra el 9 de abril de
      2019 (BO: 15/08/19) y una última el 22 de agosto de ese mismo año (BO:
      7/04/20). En todos los casos se recordó que era reincidente a la hora de
      fijar la pena    
       | 
     
   
 
  
    | 
        
    
  | 
    
  
    
  | 
   
 
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Consorcios
      en tiempos de pandemia 
      
      Carrillo
      y Larreta se reunieron con encargados para agradecer 
      
        
      
      Se
      aprecia que Facundo Carrillo, único participante de camisa blanca, está
      sin barbijo.   
       
      [BPN-15/05/20]
      El pasado 23 de abril, Facundo Carrillo, secretario de Atención y
      Gestión Ciudadana de la CABA, informó que junto a Horacio Rodríguez
      Larreta se reunió con encargados de edificios para agradecerles
      personalmente "su colaboración en estos momentos". 
      Así
      lo hizo saber a través de su cuenta de Twitter @facucarrillo en la cual
      expresó "Junto a @horaciorlarreta nos reunimos con encargados de
      edificios para agradecerles su colaboración en estos momentos. Gracias
      por ayudar y asistir a los vecinos, sobre todo a los adultos mayores que
      los necesitan, y por reforzar la limpieza en los edificios". 
      En
      las fotos que acompañó su publicación se puede apreciar que tanto
      Carrillo como Rodríguez Larreta en las fotos de frente están de riguroso
      barbijo pero Carrillo no lo tenía puesto cuando fue fotografiado de
      espaldas <vínculo>.
      Por otra parte el funcionario no explicó qué trabajadores estuvieron
      presentes ni según qué criterio fueron elegidos para estar ahí. 
      Al
      momento de redactar esta nota la publicación había cosechado 31 "Me
      gusta" y fue reenviada 6 veces. Su cuenta posee casi ocho mil
      seguidores y él –a su vez- sigue a casi dos mil personas. 
      
      Había
      un acuerdo 
      
      Es
      de recordar que el 20 de marzo, Carrillo y Víctor Santa María,
      secretario general del Sindicato Único de Edificios de Renta y
      Horizontal (SUTERH) habían firmado un convenio de
      colaboración recíproca con el fin de informar a los administradores de
      consorcios y a los encargados de edificios sobre las medidas adoptadas
      para la limpieza e higienización de los espacios comunes de los
      consorcios de la CABA. 
      Aparte
      del deber de informar sobre la pandemia, se destacó que el sindicato
      comprometió a los trabajadores del sector a dos tareas: la primera fue
      asistir voluntariamente a aquellos propietarios o inquilinos que formen
      parte del grupo de alto riesgo sanitario y la segunda lo puso en la
      situación delicada –teniendo en cuenta que el consorcio es su
      empleador- de denunciar los incumplimientos de la obligación de
      aislamiento obligatorio poniendo a disposición de los propietarios o
      inquilinos los canales que ofrecen tanto el Gobierno de la CABA como el de
      la Nación para reportar dichos incumplimientos [1]. 
      Sobre
      este acuerdo, el Adm. Jorge Hernández, presidente de la Fundación
      Reunión de Administradores (FRA), había opinado: "No
      conozco en detalle ese acuerdo, pero por algunos de los intervinientes y
      sus antecedentes se me ocurre que es como otra de sus habituales empanadas
      sin relleno, es decir hecho para el autobombo en los medios de
      comunicación sin nada de contenido que pueda ayudar a la comunidad
      consorcial" [2]. 
      
      Pequeñas
      Noticias quiso saber 
      
      El
      27 de abril Pequeñas Noticias realizó una rápida encuesta para
      saber si en los consorcios donde viven, administran o trabajan los
      participantes de su grupo de Facebook, los encargados asisten a las
      personas mayores. Al momento de confeccionar esta nota el 52% había
      opinado que sí, el 43% que no y el 4% que no sabía. 
      Las
      opiniones fueron muy diversas: mientras Nélida (administradora) expresó
      que "ayudan mucho", Graciela (también administradora) opinó
      que "muy poco en algunos [consorcios]. Apenas en otros"    
      
      --- 
      [1]
      BPN Nº 678 del 16/04/20: "Carrillo
      y Santa María firmaron un convenio de colaboración". 
      [2]
      BPN Nº 678 del 16/04/20: "Jorge
      Hernández, sin barbijo ni tapaboca".
        | 
     
   
 
  
    |     
    
    
    
    
              
    
    
    
    
    
  | 
    
      
    
    
    
    
    
  | 
   
 
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Consorcios
      en tipos de pandemia 
      
      Falleció
      uno de los primeros encargados de edificio por COVID-19 
      
        
      [BPN-15/05/20]
      El pasado 26 de abril falleció a causa del Coronavirus el encargado de
      edificio, Antonio Ángel Castillo. Tenía 60 años y durante la
      cuarentena cumplía labores en el consorcio de Marcelo T. de Alvear al
      1.200 dos veces por semana. Sería uno de los primeros encargados de
      edificio que fallece por este motivo. Lo sobrevivieron su esposa Estela
      y sus hijos Ángela y Manuel, ambos mayores de edad. 
      Por
      otra parte, el 8 de mayo el Sindicato Único de Trabajadores de
      Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) publicó en su página
      de Facebook una nota de pésame para "los familiares y allegados de
      los dos encargados fallecidos a causa del COVID-19, que se encontraban
      dentro de los grupos de riesgo". Sin mencionar el nombre de los
      fallecidos agregó: "Además, acompañamos a los nueve encargados
      internados por coronavirus y a quienes ya lograron recuperarse"
      aunque recalcó que "todos los contagios se produjeron antes de que
      comience la cuarentena" < fuente
      original>.
      
      Antonio
      Ángel Castillo 
      
      En
      diálogo con Pequeñas Noticias su hijo contó que se trataba de
      una persona sana, que se había desempeñado habitualmente en trabajos
      físicos exigentes como es el de la construcción y gustaba de andar en
      bicicleta. Recordó que, en su momento, integró el equipo de trabajadores
      que construyó el edificio en el que posteriormente trabajó durante 22
      años. En el plano personal, Manuel destacó que era un hombre reservado
      cuya prioridad era cuidar de su familia. 
      Explicó
      que hasta la implantación de la cuarentena cumplió con su trabajo diario
      normalmente. Agregó que hasta el día 19 de marzo él no estaba incluido
      en el grupo de riesgo a causa de la edad porque en ese momento el tope
      eran los 65 años. Sin embargo al día siguiente el Gobierno nacional
      bajó ese límite a los 60 años con lo cual él quedó automáticamente
      incluido dentro del grupo que estaba exceptuado de presentarse en el lugar
      de trabajo. Ante esta situación y luego de algunas negociaciones Antonio
      acordó con la administración trabajar dos veces por semana y así lo
      hizo hasta el sábado 11 de abril. Ese día se sintió mal y luego de
      cumplir su jornada de trabajo se acercó a la Clínica de la Ciudad. 
      Manuel
      relató que si bien se le realizaron estudios para detectar si estaba
      contagiado con el virus COVID-19 los médicos deciden enviarlo a su casa. 
      El
      lunes 13 de abril la situación de Antonio había empeorado muchísimo y
      su familia llamó a una ambulancia que finalmente se demoró ocho horas en
      llegar. Ante esa tardanza y viendo el sufrimiento de su padre, su hijo por
      sus propios medios lo llevó a la Clínica de la Ciudad donde ingresó a
      terapia intensiva. Trece días después falleció. 
      Durante
      el tiempo que el padre estuvo enfermo, su hijo Manuel estuvo a cargo de
      todos los trámites y con la ayuda de su abogado consiguió que el SUTERH
      (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal)
      le reconociera parte de los gastos del sepelio. 
      Manuel
      contó que su familia -tras el fatal desenlace- recibió el pésame de la
      administración, de sus compañeros de trabajo en el edificio y de otros
      amigos, también encargados de edificios. 
      Ante
      la pregunta casi obligada de Pequeñas Noticias, reconoció que no
      se comunicaron con ellos nadie del Sindicato ni ninguno de los
      consorcistas para los que trabajó    
       | 
     
   
 
        
          
            | 
                
  | 
           
         
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       CASIPH 
      
      Sin
      ayuda del Gobierno nacional y local no alcanzan las expensas 
      
        
      
      Gabriel
      Rollandi, presidente de CASIPH [foto archivo Pequeñas Noticias]. 
      
       
      [BPN-15/05/20]
      El pasado 5 de mayo, la Cámara Argentina de Sistemas Informáticos
      para la Propiedad Horizontal (CASIPH) denunció que ni el
      Gobierno nacional ni el porteño tomó ninguna medida relevante para
      paliar la situación de los consorcios y sus habitantes causada por la
      cuarentena que causó la pandemia del Coronavirus (COVID-19). 
      En
      primer término, al Gobierno nacional le reprochó el haber dejado de lado
      a los consorcios de los beneficios y el cuidado promovido por el ATP
      (Programa de Asistencia al Trabajo y la Productividad) y no
      haberles establecido ningún beneficio impositivo ni diferimiento en el
      pago de obligaciones mientras permite que los servicios públicos sigan
      enviando facturas "por valores indignantes". 
      En
      segundo lugar le recriminó a la gestión de Horacio Rodríguez Larreta
      que no prorrogó los vencimientos de ABL y demás exigencias técnico
      administrativas. Destacó especialmente que como mínimo se esperaba que
      el Banco Ciudad "no suspendiera la firma de las Cuentas
      Consorcio por falta de renovación de cargos [a los administradores],
      cosa que viene sucediendo en plena pandemia a pesar de que sus mandatos
      fueron prorrogados por el mismo GCBA en forma automática" [1]. 
      La
      comisión directiva de CASIPH explicó que los vecinos además de hacer
      equilibrio en sus situaciones particulares están invirtiendo sumas
      importantes en el cuidado de sus trabajadores que son considerados
      esenciales y en muchos casos cargando el costo de los reemplazos de
      aquellos que están en situación de riesgo. 
      Agregaron
      también que sin ayuda no alcanzan las expensas y recordaron:
      "quienes viven en consorcios están siendo doblemente castigados,
      tanto a nivel personal como por ser integrantes del edificio donde
      viven". 
      Por
      último advirtieron: "Sin expensas se pierden los servicios, se
      pierde la higiene y se pierde la seguridad en nuestra propia casa con
      consecuencias dramáticas". 
      Así
      lo dio a conocer mediante un comunicado publicado el jueves 7 en su
      página de Facebook < vínculo>
        
      --- 
      [1]
      BPN Nº 678 del 16/04/20: "Se
      prorrogó el mandato de los administradores hasta fin de mayo".
        | 
     
   
 
  
    |     
    
    
    
    
              
    
    
    
    
    
  | 
    
      
    
    
    
    
    
  | 
   
 
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Consorcios
      en tipos de pandemia 
      
      Encargados
      de edificios denuncian abusos 
      
        
      
      Gabriel
      Irala, presidente del Frente Nacional de Trabajadores de Edificios
      (FreNTE) [foto archivo Pequeñas Noticias]. 
       
      
      [BPN-15/05/20]
      El pasado 21 de abril, el Frente Nacional de Trabajadores de Edificios
      (FreNTE) denunció que trabajadores de distintas provincias
      recibieron amenazas de rebajas en sus salarios o de despido si no
      trabajaban a tiempo completo y que no se les entregan los elementos de
      higiene para protegerse del Coronavirus". 
      Explicaron:
      "Estos intentos de abusos tienen como finalidad amedrentar para
      generar miedo a perder la fuente laboral o bien desprestigiar nuestro
      trabajo para así lograr que el consorcio los despida y poder colocar
      empresas de limpieza las cuales están directa o indirectamente
      relacionadas con ellos mismos". 
      El
      FreNTE agrupa organizaciones de encargados de edificios de Rosario, Santa
      Fe, Capital Federal, Córdoba, Tucumán, Bahía Blanca, Catamarca,
      Bariloche y Mar Del Plata. 
      
      Pequeñas
      Noticias difundió este comunicado en su página de Facebook donde
      alcanzó a más de mil personas, fue reenviado seis veces y cosechó casi
      620 interacciones. 
      
      Rebajas
      de salarios/despidos 
      
      Es
      de recordar que el artículo 2º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
      329/20 ordenó: "Prohíbense los despidos sin justa causa y por las
      causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de
      sesenta días contados a partir de la fecha de publicación
      del presente decreto en el Boletín Oficial". Se publicó en el
      Boletín Oficial el 31 de marzo por lo que la prohibición tendría
      vigencia hasta el 31 de mayo. 
      El
      artículo 3º de ese DNU estableció por su parte: "Prohíbense las
      suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de
      trabajo por el plazo de sesenta 60 días, contados a partir de la fecha
      publicación del presente decreto en el Boletín Oficial". 
      Por
      último el artículo 4º reza: "Los despidos y las suspensiones que
      se dispongan en violación de lo dispuesto en el artículo 2° y primer
      párrafo del artículo 3º del presente decreto, no producirán efecto
      alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus
      condiciones actuales". 
      
      Elemento
      de protección 
      
      El
      artículo 2º de la Resolución 233/20 del Ministerio de Trabajo,
      Empleo y Seguridad Social establece que "los empleadores de los
      trabajadores y trabajadoras mencionadas en el artículo precedente,
      deberán establecer cronogramas de prestación de servicios reducidos a
      los estrictamente necesarios y deberán otorgar los elementos idóneos de
      limpieza, cuidado, seguridad y prevención, con el objetivo de disminuir
      el nivel de exposición de estos trabajadores y trabajadoras". 
      Estos
      elementos son barbijos o tapabocas, alcohol en gel, lavandina, guantes de
      latex para la limpieza y guantes de descarne (seguridad industrial) para
      la disposición de la basura. 
      En
      diálogo con Pequeñas Noticias, Gabriel Irala, presidente
      del FreNTE, explicó que existe mucha presión por parte de los
      administradores para que los encargados cumplan horario completo a pesar
      de que el Ministerio de Trabajo explícitamente ordenó que el cronograma de
      prestación del servicio deba ser reducido y las tareas a realizar en el
      consorcio estar circunscriptas o las estrictamente esenciales. 
      Por
      otra parte tranquilizó a sus compañeros explicando que el administrador
      no posee la potestad de despedir al personal del consorcio sin el respaldo
      de una asamblea de copropietarios que así lo disponga. Como antecedente
      se puede mencionar que el inciso f) del artículo 2067 del Código Civil y
      Comercial de la Nación establece que el administrador tiene derecho a
      "nombrar y despedir al personal del consorcio, con acuerdo de
      la asamblea convocada al efecto". 
      Finalmente
      el comunicado explicó: "Tenemos leyes que nos protegen mientras que
      nosotros hagamos nuestro trabajo con responsabilidad, acatando nuestro CCT
      589/10 y el DNU decretado por nuestro Presidente. Nadie puede poner en
      peligro nuestra fuente laboral, por lo tanto no debemos tener temor a
      ninguna amenaza ni intento de amedrentamiento. Somos trabajadores
      esenciales en esta pandemia. Mostremos compromiso y responsabilidad que
      todo va a estar bien, Dios mediante"    
       | 
     
   
 
  
    |     
    
    
    
    
              
    
    
    
    
    
  | 
    
      
    
    
    
    
            
    
    
    
    
    
  | 
   
 
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Consorcios
      en tipos de pandemia 
      
      Awad reclamó a los bancos accesibilidad a Larreta asistencia 
      
        
      
      Eduardo
      Awad, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y
      coordinador de la Comisión de Discapacidad [foto archivo Pequeñas
      Noticias]. 
       
      
      [BPN-15/05/20]
      El pasado 14 de febrero, El Dr. Eduardo Awad, en su carácter de
      presidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal (CPACF),
      denunció que los cajeros automáticos, los servicios informáticos y telefónicos que prestan los bancos no cumplen con las exigencias de
      accesibilidad previstos en la normativa que impuso el Banco Central de la
      República Argentina en 2013. Esta discriminación contra las personas con
      discapacidad agrava su situación por el aislamiento que les causa la
      cuarentena obligatoria que se impuso por la pandemia del Coronavirus. 
      Así
      se lo hizo saber al Banco Central de la República Argentina con
      copia al presidente de la Nación, Dr. Alberto Fernández y al
      ministro de Desarrollo Social, Lic. Daniel Arroyo. Ese mismo día
      también lo difundió en su cuenta de Facebook < vínculo>.
      En
      otro orden de cosas pero dentro del mismo tema, Awad explicó a Pequeñas
      Noticias que el Gobierno de la ciudad de Buenos Aires tiene un grupo
      de 40 mil voluntarios para asistir a los adultos mayores y que le
      solicitó a Horacio Rodríguez Larreta "que incluya, dentro de
      los grupos a asistir, a las personas con discapacidad en la ciudad de
      Buenos Aires. Hay 450 mil personas con discapacidad muchas de las cuales,
      necesitarían de esa asistencia". 
      Entre
      los ejemplos de aquellos que necesitan ayuda mencionó: "Ciegos que
      viven solos o con otras personas con discapacidad, con personas mayores;
      personas en silla de ruedas, etc.". 
      Con
      respecto a la solicitud de asistencia de voluntarios a personas con
      discapacidad que le realizó a Rodríguez Larreta, el presidente del CPACF
      informó a este medio: "Lo estoy manejando en comunicación directa
      con el jefe de Gobierno. Me llama y lo llamo permanentemente por este tema
      y otros". 
      
      Los
      servicios financieros 
      
      Las
      normas sobre "Protección de los usuarios de servicios
      financieros" que obligó a las entidades financieras a tomar los
      recaudos necesarios para evitar que se produzcan actos discriminatorios
      contra su clientela, incluidos aquellos con discapacidad, fue aprobada por
      el BCRA el 24 de enero de 2013 mediante la Comunicación "A"
      5.388. 
      Como
      "claro acto discriminatorio" Awad detalló: 
      1.-
      Ausencia de cajeros adaptados con el correspondiente audio. 
      2.-
      Los cajeros adaptados, sólo tienen las operaciones de: "Consulta de
      saldo", "Extracción" y "Cambio de clave". 
      3.-
      La accesibilidad al espacio físico no se respeta. 
      4.-
      Los sitios web, en su desarrollo, desconocen la normativa de acceso a la
      información pública (Ley 26.653) y las recomendaciones de la W3C de
      accesibilidad en la WCAG 2.0. 
      5.-
      Solicitar turnos a través del sitio principal es imposible y sin opción
      telefónica. 
      5.-
      Se observa en el servicio de homebanking y las aplicaciones la
      ausencia de buenas prácticas de accesibilidad y con operaciones
      restringidas al uso de tokens, por ejemplo:
      "Transferencias". 
      6.-
      Los tokens como segundo factor de seguridad son imposibles de
      utilizar por falta de accesibilidad. Para sacarlo hay que ir a un cajero
      automático que no tiene dentro de sus opciones la de obtener esta clave. 
      7.-
      Las billeteras de pago y Cuenta DNI, anunciadas para la inclusión, son
      totalmente inaccesibles hasta para registrarse y ni contar para la
      extracción de dinero en los cajeros (Punto Efectivo) que tampoco tienen
      la opción accesible. 
      8.-
      La atención telefónica requiere una clave que muchas veces no se
      encuentra en poder del usuario y tiene que ir al cajero a sacarla (Clave
      de Canales) que tampoco se encuentra en el listado de operaciones
      accesibles al colectivo de personas con discapacidad visual. 
      9.-
      Para la atención en casas operativas o sucursales, el Manual de
      procedimientos y atención prioritaria no existen    
       | 
     
   
 
  
    |     
    
    
    
    
              
    
    
    
    
            
    
    
    
    
    
  | 
    
      
    
    
    
    
    
  | 
   
 
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Registro
      Público de Administradores de la CABA 
      
      Se
      prorrogó la actualización de la matrícula del RPA 
      
      ![Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA [foto archivo Pequeñas Noticias].](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2020/05/bpn_680/VilmaBouza2.jpg)  
      
      Vilma
      Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor de
      la CABA [foto archivo Pequeñas Noticias]. 
       
      
      [BPN-15/05/20]
      El pasado 27 de abril, la directora general de Defensa y Protección
      del Consumidor de la CABA, Vilma Bouza, prorrogó hasta el 24
      de mayo el plazo para la actualización de matrícula de los
      administradores, "los plazos administrativos correspondientes a las
      actuaciones en trámite" y la realización de audiencias en las sedes
      comunales. 
      Es
      la cuarta prórroga que se ordena a causa del Coronavirus: la primera que
      se estableció para la actualización de la matrícula fue desde el 1º de
      abril hasta el 12 [1], la segunda hasta el 26 de abril [2],
      la tercera hasta el 10 de mayo [3] y la cuarta hasta el 24 de
      mayo. En total se extendieron estos plazos 53 días (un mes y 23 días). 
      Así
      lo dispuso mediante la Disposición 3.156 del 12 de mayo que se publicó
      en el Boletín Oficial el 14 de mayo de 2020. 
      
      Actualización
      de la matrícula 
      
      El
      2 de abril el artículo 5º de la Disposición 2594 de la DGDyPC ordenó:
      "Prorrógase excepcionalmente por el término de sesenta (60) días
      corridos, el plazo para la actualización de matrícula de aquellos
      administradores cuya obligación se encontraba prevista (conforme lo
      indicado en el último certificado expedido por este Organismo, respecto
      del período anterior) en el plazo comprendido entre los días 01 de abril
      y hasta el 12 de abril de 2020 inclusive". 
      El
      13 de abril la Disposición 2627 modificó la finalización del plazo que
      había establecido el artículo 5º de su predecesora. El texto final
      estableció: "... en el plazo comprendido entre los días 01 de abril
      y hasta el 26 de abril de 2020 inclusive". 
      La
      Disposición 2718 simplemente determinó: "Prorrógase, hasta el día
      10 de mayo de 2020 inclusive, el plazo establecido en el artículo 5° de
      la Disposición N° 2594/DGDYPC/20, modificado por el artículo 3° de la
      Disposición N° 2627/DGDYPC/20". 
      Por
      último la Disposición 3156 ordenó: "Prorrógase, hasta el día 24
      de mayo de 2020 inclusive, el plazo establecido en el artículo 3° de la
      Disposición N° 2718/DGDYPC/20". 
      La
      novedad es que agregó: "El plazo dispuesto en los artículos
      precedentes se considerará prorrogado en forma automática, conforme las
      extensiones que eventualmente disponga el Poder Ejecutivo Nacional en
      relación a la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio,
      por el término allí previsto". 
      O
      sea que ya no habrá más disposiciones, si el Poder Ejecutivo extiende la
      cuarentena automáticamente se extenderá el plazo para actualizar la
      matrícula de los administradores    
      
      --- 
      [1]
      Disposición 2594/DGDyPC/20. 
      [2]
      Disposición 2627/DGDyPC/20. 
      [3]
      Disposición 2718//DGDyPC/20.
        | 
     
    
      
 
       | 
     
   
      
        
          | 
              
    
    
    
    
    
    
    
    
    
          
  | 
          
              
    
    
    
          
  | 
         
       
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Consorcios
      en tiempos de pandemia 
      
      A
      partir de mañana vuelven las mudanzas en la CABA 
      
        
      [BPN-15/05/20]
      El pasado 12 de mayo, el Gobierno de la CABA autorizó las mudanzas de
      propietarios o inquilinos sólo durante los fines de semana a partir del
      sábado 16 de mayo. Las empresas y sus empleados deberán cumplir con un
      estricto protocolo de higiene. 
      Sin
      embargo el Gobierno porteño, en su sitio web oficial, explicó: "El
      aislamiento social y obligatorio en las casas continúa en la Ciudad.
      Está centrado en la responsabilidad de la gente y las medidas se
      sostienen en un delicado equilibrio que depende en gran medida de la
      autorregulación. Este plan de apertura gradual de actividades coordinado
      con el Gobierno Nacional y el de la Provincia de Buenos Aires será
      evaluado y si es necesario podría volverse a atrás con las medidas. La
      salud sigue siendo la prioridad en una pandemia en la que la circulación
      de la gente marca la evolución de los contagios". 
      Las
      mudanzas y el "protocolo para el funcionamiento de actividad de
      fletes y mini fletes para mudanzas para prevención y manejo de casos de
      COVID-19" fueron autorizadas por la Resolución
      127 y su anexo
      firmada por José Luis Giusti, ministro de Desarrollo Económico y
      Producción. 
      La
      Cámara Argentina Empresarial del Flete y Miniflete (CAEFyM)
      promueve que las empresas y sus trabajadores adopten las siguientes
      medidas sanitarias: 
      1.-
      Ingreso limitado de personas previa desinfección de sus manos con alcohol
      en gel u otro desinfectante equivalente y uso de tapaboca o barbijo. 
      2.-
      Utilizar tapabocas y evitar tocarse la cara sin lavarse las manos o
      utilizar alcohol en gel previamente. 
      3.-
      Tener y utilizar los elementos de cuidado y desinfección. 
      4.-
      Mantener una distancia social mínima de 1,5 metros. 
      5.-
      Ventilar frecuentemente y durante 10 minutos el camión y dejarlo al sol
      cuando sea posible. 
      6.-
      Rotular utensilios propios y de uso exclusivo (tazas, cucharas,
      lapiceras). 
      7.-
      Desinfectar constantemente el volante, el picaporte y aquello que se
      encuentre dentro de sus metros como vidrio y luneta. 
      8.-
      En la limpieza incluir objetos de uso propio: billetera, lapicera,
      superficie de tabletas, teléfonos móviles y cargadores. En servicio, se
      debe cambiar su muda de ropa    
       | 
     
    
      
 
       | 
     
    
      | 
        
      
  | 
      
        
    
    
    
    
      
  | 
     
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Consorcios
      en tiempos de pandemia 
      
      A
      pesar de las advertencias siguen los problemas con médicos 
      
        
      
      Av.
      Acoyte y Av. Rivadavia, un clásico de la geografía porteña. 
       
      
      [BPN-15/05/20]
      A pesar de las advertencias de la Defensoría del Pueblo de la
      CABA, un consorcio de Caballito impidió a más de veinte profesionales de
      la salud atender a sus pacientes de PAMI en los consultorios que poseen en
      ese edificio. Sólo permitió ingresar a los "odontólogos y sus
      correspondientes ayudantes y pacientes que deban hacer tratamientos de
      urgencia". 
      El
      hecho se conoció el sábado 2 de mayo y cuatro días después la Unidad
      Fiscal de Investigación (UFI) especializada en delitos contra
      el PAMI formuló una denuncia penal contra el consorcio en la que se
      contempla el presunto delito de amenazas. Fue iniciada por el fiscal
      federal Javier Arzubi Calvo, titular de la UFI del PAMI y recayó
      en la Fiscalía Federal Nº 7, de Comodoro Py. 
      Fuentes
      de las fiscalías señalaron a Página/12 que en los próximos días se
      tomarán distintas medidas de prueba "a los efectos de que se
      investigue la conducta de los responsables de la administración del
      Consorcio de copropietarios". 
      El
      fiscal aclaró: "Considero que los sucesos descriptos y atribuidos a
      los responsables de la administración del consorcio de copropietarios
      mencionado se encontrarían incursos en el delito previsto en el artículo
      149" bis del Código Penal [1]", y agregó que para
      él lo sucedido encuadraría en la tipificación según la cual constituye
      delito hacer "uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a
      hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad". La figura "a
      su vez se ve agravada cuando ‘las amenazas tuvieren como propósito el
      de compeler a una persona a hacer abandono del país, de una provincia o
      de los lugares de su residencia habitual o de trabajo" (artículo
      149º ter). 
      Es
      de destacar que si bien el delito de amenazas especificado por el
      artículo 149 bis contempla una pena de seis meses a dos años de
      privación de la libertad, el artículo 149º ter agrava la pena a entre
      cinco a 10 años de prisión o reclusión. 
      
      Los
      hechos 
      
      La
      cara visible de la denuncia fue el infectólogo Rubén Solari, jefe
      de sala del Hospital Muñiz que en su consulta privada es médico
      de cabecera para afiliados de PAMI. Éste explicó a Página/12 que el
      consorcio no había comunicado nada. Sólo se enteraron por la seguridad
      del edifico en el momento en que les impidió la entrada. 
      La
      nota de la administradora del consorcio dirigida al encargado de seguridad
      asegura que "se deberán cumplir y hacer cumplir las normas emanadas
      del Poder Ejecutivo Nacional y del Gobierno de la Ciudad de Buenos
      Aires". Añade que "según la legislación vigente [...] solo se
      permitirá el ingreso al edificio de los propietarios e inquilinos que
      habiten el edificio, personal de mantenimiento propio del edificio y
      externo acompañado por personal del edificio". 
      En
      ese sentido, detalló que "solo podrán ingresar odontólogos y sus
      correspondientes ayudantes y pacientes que deban hacer tratamientos de
      urgencia". Todos ellos deben dejar acreditado "nombre y apellido
      del profesional interviniente, día y hora del tratamiento" y hacer
      "llegar a esta administración" toda esa información privada.
      Además, detalla, "queda terminante prohibido el ingreso y
      circularización de cualquier otra especialidad que no sea la antes dicha,
      y para lo que adjunto normativa expresa de los gobiernos nacional y de
      ciudad. Los consultorios de otras especialidades no están autorizados por
      ahora". 
      El
      médico Solari relató que la administración adujo "que se basa en
      normativas del Gobierno nacional porque entre las últimas excepciones
      habilitadas durante el aislamiento hay un inciso, el 5, que habla sobre
      atención médica", y agregó: "Pero ese inciso se refiere a
      atención médica y odontológica programada para enfermedades crónicas
      con turnos previos tomados". 
      "Nosotros
      atendemos con turnos previos, no hay urgencias ni personas que llegan a
      atenderse sin turno previo y por supuesto que se atiende con todos los
      recaudos necesarios de distancia de media hora entre turno y turno,
      tapabocas y todos los cuidados desde que comenzó la cuarentena",
      añadió el especialista. 
      
      Es
      de recordar 
      
      El
      4 de abril -luego de varios incidentes contra médicos y empleados
      farmacéuticos- el Defensor del Pueblo de la CABA, Alejandro Amor,
      le había solicitado al titular del Registro Público de
      Administradores (RPA) que –por intermedio de sus mandatarios-
      se notifique a todos los consorcios que se abstengan de hostigar,
      amenazar, discriminar, escrachar o insultar a aquellas personas que
      trabajan en el ámbito sanitario, ya sean médicos, enfermeros,
      farmacéuticos, entre otros. Advirtió que estas acciones pueden
      constituir delitos penales o contravenciones locales y puso a disposición
      de los vecinos [2]. 
      Cuatro
      días después, el 8 de abril, el RPA difundió un comunicado por correo
      electrónico a todos sus administradores registrados en el que informó
      que la Defensoría del Pueblo había "iniciado actuaciones de oficio
      en relación a los sucesivos hechos de hostigamiento, amenazas,
      discriminación, escraches e insultos de vecinos para con aquellas
      personas que trabajan en el ámbito sanitario". 
      En
      ese comunicado solicitó a los administradores que informen "a cada
      uno de los consorcios administrados que los propietarios deberán
      abstenerse de realizar acciones como las citadas precedentemente, debiendo
      en caso de verificarse alguna de ellas, poner en conocimiento a la
      Defensoría del Pueblo, a fin de que dicho organismo inicie las denuncias
      que estimase corresponder"    
      
      --- 
      [1]
      Artículo 149 bis del Código Penal Argentino: "Será reprimido con
      prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para
      alarmar o amedrentar a una o más personas. En este caso la pena será de
      uno a tres años de prisión si se emplearen armas o si las amenazas
      fueren anónimas. 
      "Será
      reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que
      hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no
      hacer o tolerar algo contra su voluntad". 
      Artículo
      149º ter.- "En el caso del último apartado del artículo anterior,
      la pena será: 
      "1)
      De tres a seis años de prisión o reclusión si se emplearen armas o si
      las amenazas fueren anónimas; 2) De cinco a diez años de prisión o
      reclusión en los siguientes casos: 
      "a)
      Si las amenazas tuvieren como propósito la obtención de alguna medida o
      concesión por parte de cualquier miembro de los poderes públicos; 
      "b)
      Si las amenazas tuvieren como propósito el de compeler a una
      persona a hacer abandono del país, de una provincia o de
      los lugares de su residencia habitual o de trabajo". 
      [2]
      BPN Nº 678 del 16/04/20: "Alejandro
      Amor exige que se deje de hostigar al personal sanitario". 
       | 
     
   
 
  
    |     
    
    
    
    
              
    
    
    
    
    
  | 
    
      
    
    
    
    
    
  | 
   
 
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Víctor
      Santa María 
      
      Parte
      de la programación de Radio del Plata será del Grupo Octubre 
      
        
      
      Víctor
      Santa María, titular del SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de
      Edificios de Renta y Horizontal) y presidente del PJ porteño [foto
      archivo Pequeñas Noticias]. 
      
       
      [BPN-15/05/20]
      Los primeros días de mayo trascendió que el Grupo Octubre de Víctor
      Santa María se hará cargo de parte de la programación de la AM 1030
      Del Plata. Santa María es titular del SUTERH (Sindicato Único
      de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) y presidente del
      PJ porteño. 
      Así
      lo hizo saber el matutino La Nación que agregó: "Se llegó a un
      acuerdo por tres años para manejar parte de la programación de lunes a
      viernes, de 6 a 0 hs. Afuera de este acuerdo quedan las madrugadas y los
      fines de semana" y los espacios previamente pactados. En este sentido
      Gustavo Hoyo, su director, aclaró: "Hay espacios que nosotros
      ya teníamos comprometidos, como la llegada de Jorge Rial, que se
      hará cargo de la segunda mañana (de 9 a 12) una vez que finalice la
      cuarenta". 
      La
      radio pertenece a Electroingeniería SA de Santiago y Osvaldo
      Acosta y Gerardo Ferreyra desde 2009 y actualmente busca
      superar conflictos gremiales y económicos. La llegada del Grupo Octubre
      buscaría asegurar una programación lineal y sin sobresaltos que permita
      mejorar la economía de la empresa solventando deudas y gastos [1]. 
      
      Mientras
      tanto en Página/12 
      
      Días
      antes, el 1º de mayo, la Comisión Interna de Página/12 –otro medio
      del Grupo Octubre- denunció que desde el segundo semestre del año pasado
      no hubo recomposiciones salariales. Explicaron que durante el último año
      los trabajadores del medio promediaron un aumento salarial de 25% cuando
      la inflación superó el 50%. "El holding que encabeza Víctor Santa
      María, sin acusar recibo de esa situación y sin voluntad de negociar con
      los verdaderos representantes de los trabajadores, no otorgó un solo peso
      para compensarla", explicaron [2]. 
      En
      diálogo con Pequeñas Noticias, uno de los delegados de SiPreBA
      (Sindicato de Prensa de BA) amplió que si bien recibieron el
      "incremento solidario" no se contempló para el sector ninguna
      compensación por su trabajo durante la pandemia de Coronavirus. Lo que
      sí, destacó que el pago de los sueldos más importantes se abonaron en
      dos cuotas. 
      Finalmente
      comentaron que "si a comienzos de 2016 el sueldo de un redactor
      estaba cuatro mil pesos por encima de la canasta básica, hoy la gran
      mayoría estamos muy por debajo de la línea de pobreza". 
      Santa
      María y la crisis de la pandemia 
      Por
      su parte, en el marco del Ciclo de Entrevistas organizado por los alumnos
      de Periodismo de Perfil, Santa María ante la pregunta ¿Cómo afronta el
      Grupo Octubre la crisis derivada de la pandemia? explicó: "Tuvimos
      que adaptarnos. Cuidamos a los trabajadores con estrictas medidas de
      seguridad. Implementamos el teletrabajo, impulsamos la web del diario (que
      creció bastante el último mes y con pocos recursos) y resguardamos a
      quienes pertenecen a grupos de riesgo. Con respecto a lo económico, la
      pauta privada cayó entre 30% y 35%. Eso nos afectó mucho, ya que
      nosotros veníamos sin pauta oficial desde la gestión de Macri y Vidal, y
      con muy poca pauta del gobierno de Larreta. Por otro lado, el periodismo
      es el sector que peor paritaria tuvo en 2019" [3]    
      
      --- 
      [1]
      La Nación del 5/05/20: "El
      Grupo Octubre manejará parte de la programación de Radio del Plata". 
      [2]
      Blog Trabajadores de Página/12 del 1/05/20: "1º
      de mayo: esencial es el salario". 
      [3]
      Perfil del 11/05/20: "Víctor
      Santa María: ‘Tuve miedo de ir preso durante el gobierno de Macri’".
        | 
     
   
 
  
    
      
       
       | 
     
   
  
    | 
       ENCARGADO:
      Estoy buscando un puesto de encargado a jornada completa o de media
      jornada. Es para tener un ingreso seguro ya que tengos mis pequeños emprendimientos - Nombre:
       Adrián Gómez - Llamar al teléfono: (11) 5903-0290 -
      durante todo el día - Localidad: Vicente López / Pcia. de Buenos Aires - Correo electrónico:
      yosoydelrojo_10@hotmail.com
      
      | 
   
  
    | 
       ENCARGADA DE EDIFICIO SIN
      VIVIENDA: Busco trabajo en la zona de CABA. Tengo 54 años. Soy muy responsable, sostén de familia. Amplia disponibilidad horaria. Experiencia y referencias. - Nombre:
       Mónica Esther Martuccio - Llamar al teléfono: (11) 5928-6240
      de 8 a 22 hs - Localidad: CABA - Correo electrónico:  mona_066@hotmail.com
      
      
      | 
   
  
    | 
       ADMINISTRATIVA EN ADMINISTRACIONES DE
      CONSORCIOS: Actualmente me desempeño freelance, realizando
      liquidaciones de expensas, sueldos, rubrica de libros, DDJJ ante RPA,
      registros de ascensores, de empleadores. Cuento con vasta experiencia en
      el área administrativa de consorcios en tareas como conciliaciones
      bancarias, trato con proveedores, con propietarios conflictivos, etc. -
      Nombre:
       Maria Barreiro  - Localidad: Capital Federal - Correo
      electrónico:
       eugeniabarreiro@gmail.com
      
      
      | 
   
  
    | 
       PERSONAL
      DE LIMPIEZA: busco trabajo de limpieza. Tengo experiencia y soy
      responsable habituado al trabajo. Soy de zona norte Vicente Lopez -
      Nombre: Horacio Torres  - Llamar al teléfono:
      4711-6367  - durante todo el dia - Localidad: Olivos / Pcia. de
      Buenos Aires - Correo electrónico:  miguel11hora@protonmail.com
      
      | 
   
  
    | 
       ENCARGADO PERMANENTE
      / SUPLENCIAS: Vivo en Recoleta - Amplia experiencia en el rubro -
      Zonas más trabajadas: Recoleta, Palermo, Almagro, Balvanera, San Nicolas
      - Nombre:
      Juan Carlos Tacacho  - Llamar al teléfono: (11) 3357-0531 las 24
      hs. - Localidad: Recoleta / CABA - Correo electrónico:
      j_ranking@hotmail.com
      
      | 
   
  
    | 
        ENCARGADO DE
      EDIFICIO: Hola soy Leandro y hago suplencias de encargado o ayudante
      de edificio. Tengo experiencia, soy educado y responsable. Horario full
      time. Si es necesario doy numero de referencia - Nombre:  Leandro Tomassoni 
      - Llamar al teléfono: (11) 3042-0945 o (0237) 463-6316 de 8 a 23 hs. -
      Localidad: Paso del Rey / Pcia. de Buenos Aires - Correo electrónico: marianaliendro23@gmail.com
      
      
      | 
   
  
    | 
       ENCARGADO
      EDIFICIO: Busco trabajo en la CABA como encargado, suplencias o
      franquero - Nombre:
       Jorge Alejandro Garibotti  - Llamar al teléfono: (11) 3814-0928 
      - Localidad: CABA / Buenos Aires - Correo electrónico:  avui1967@gmail.com
      
      
      | 
   
  
    | 
       CUIDADOS DE PERSONAS Y NIÑOS DAMA DE COMPAÑÍA:
      Señora muy responsable con experiencia en cuidados de niños y personas.
      Trato cordial con experiencia y referencias - Nombre:
       Mirta Camino  - Llamar al teléfono: (11) 6486-1310 
      durante todo el dia - Localidad: Villa del Parque / CABA - Correo
      electrónico:   mirtasavoy@hotmail.com
      
      | 
   
  
    | 
       EMPLEADA EN ADMNISTRACION DE
      CONSORCIOS: Soy administradora de consorcios matriculada. No
      administro ninguno. Hace 2 años que estoy desempleada y necesito
      trabajar. Tengo 46 años - Nombre:  Edith Tuschi  - Llamar al
      teléfono: (15) 2752-8814
      de 9 a 20:00 horas - Localidad: CABA - Correo electrónico: edithtuschi@gmail.com
      
      | 
   
  
    | 
       ENCARGADO O SUPLENTE DE PEQUEÑOS, MEDIANOS Y GRANDES
      CONSORCIOS: Busco trabajo preferentemente en Capital Federal. Tengo
      experiencia en conserjería de edificios tanto de pequeños como medianos
      y grandes. Referencias comprobables. - Nombre:
      Ricardo Milano  - Llamar al teléfono: (15)2251-8835 de 9 a 20 hs.
      - Localidad: CABA / Buenos Aires - Correo electrónico:   milano.ricardo88@gmail.com
      
       
     | 
   
 
  
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Índices
      de aumentos salariales para la propiedad horizontal 
      
      Tampoco
      en mayo las escalas salariales aumentaron 
      
        
      [BPN-15/05/20]
      Las escalas salariales [1] del sector de la propiedad
      horizontal no se mueven desde marzo, si bien la inflación de este año
      fue aumentando a un promedio de un 2,32% en un rango que fue desde el 1,5%
      en abril hasta un 3,3% en marzo. 
      Según
      estimados del Banco Central de la República Argentina (BCA)
      en mayo y por segundo mes consecutivo los ingresos de los encargados
      perderán frente a la variación de precios 2,5 puntos porcentuales. 
      Por
      otra parte, si bien en el acumulado anual sus escalas salariales muestran
      una apreciación con respecto a la inflación del 6,41% en términos
      interanuales se depreciaron en un 3,77%. 
      
      INDEC 
      
      Según
      el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el INDEC
      la inflación de abril fue de un 1,5% mientras que el Relevamiento de
      Expectativas del Mercado (REM) que mide el Banco Central de
      la República Argentina (BCRA) estimó que la de mayo será de
      un 2,5%. Según estos números, la inflación acumulada anual será de un
      12,14% y la interanual de un 44,84%. 
      
      Jubilados 
      
      En
      mayo los haberes de los jubilados disminuirán en tres mil pesos con
      respecto al mes pasado porque en abril recibieron un bono extraordinario
      por esa cifra que –por lo que se sabe hasta ahora- no se repetirá este
      mes. En términos porcentuales esto significará un retroceso de un
      -15,88% con respecto a abril. En billetes, en mayo el haber mínimo será
      de 15.892 pesos contra los 18.892 de abril.. 
      En
      diciembre del año pasado ese haber estuvo en 19.068 pesos -a causa de un
      bono de 5 mil pesos que se repitió en enero- por lo que el aumento
      acumulado anual también arrojará números negativos: -34,12%. 
      Por
      último, el incremento interanual estuvo en el 52,81%. En mayo del año
      pasado el haber mínimo estuvo fijado en los 10.400 pesos mensuales. 
      
      
        
          | 
                | 
          
             Escalas
            Salariales  | 
          
             INDEC/REM  | 
         
        
          | 
             Incremento
            mensual  | 
          
             ---  | 
          
             2,50%  | 
         
        
          | 
             Acumulado
            anual  | 
          
             18,55%  | 
          
             12,14%  | 
         
        
          | 
             Incremento
            Interanual  | 
          
             41,07%  | 
          
             44,84%  | 
         
       
      
      El
      incremento mensual 
      
      Durante
      mayo no aumentaron las escalas salariales con respecto a abril. Se mantuvo
      el "Incremento solidario" de cuatro ml pesos mensuales para
      todas funciones de jornada completa y la mitad para los de media jornada
      que ordenó el Decreto de Necesidad y Urgencia 14/20 del 3 de enero (BO:
      4/03/20) [2]. 
      
      El
      incremento anual acumulado 
      
      El
      incremento acumulado de las escalas salariales durante los primeros cinco
      meses del año se mantuvo sin variantes en el 18,55%. 
      El
      promedio de las escalas salariales durante diciembre del 2019 fue de
      37.866 pesos y durante mayo fue de 44.889 pesos. 
      
      El
      incremento interanual 
      
      Desde
      marzo de 2019 hasta mayo de 2020 las escalas salariales crecieron un
      41,07%. 
      En
      mayo del año pasado el promedio de las escalas salariales fue de 31.820
      pesos mensuales mientras que ese mes de este año fue de 44.889 pesos. 
      
      El
      promedio interanual 
      
      Por
      su parte el promedio de las escalas salariales de los primeros cinco meses
      del año pasado contra el promedio de esos meses durante este año fue de
      un aumento del 55,15%    
      
      --- 
      [1]
      Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
      de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
      cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500 pesos otorgados por el
      Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y
      septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto
      haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional
      mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó
      el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para
      enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes. 
      [2]
      BPN Nº 672 del 15/01/20: "Este
      mes las escalas suben en tres mil y en febrero en mil más".
        | 
     
   
       
  
    
      | 
  
      
  | 
     
   
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
       Rincón
      Solidario 
      Le
      solicité el permiso de circulación
      por la Dra. Diana Sevitz 
        
      Buenas
      tardes Dra. Diana Sevitz: 
      Leí
      atentamente su publicación y tengo una pregunta. 
      La
      administradora de mi edificio repartió las expensas en papel como lo hace
      habitualmente, le cobró las expensas a personas mayores de 60 años y le
      pagó al portero que vive en el edificio ingresando al mismo sin barbijo.
      La misma no posee domicilio en la proximidad del consorcio. 
      Al
      respecto de lo sucedido le solicité el permiso de circulación el cual no
      exhibió. 
      Si
      esta situación volviera a repetirse, ¿cómo me aconseja enfrentar esta
      situación? 
      Saludos
      cordiales 
      Manuel 
      (22/04/2020) 
      Estimado
      Manuel: 
      Estamos
      viviendo épocas anormales y de mucha incertidumbre. Algunas profesiones
      han sido literalmente prohibidas para ejercer en forma personal y entre
      ellas les ha tocado a los administradores. Un error jurídico como los
      muchos que se han cometido cuando quien legisla no es el poder
      legislativo si no el ejecutivo por decretos de necesidad y urgencia.
      Obviamente en estas circunstancias los DNU no son indiscutibles por ahora.
      Quien los haya confeccionado no tiene idea del rol de los administradores
      en un consorcio y de la importancia que tienen éstos para que nuestros
      edificios sigan funcionando, aún en estos momentos. Sin ejercer ninguna
      defensa para los administradores, esta es la cruda realidad de lo que
      ocurre hoy. 
      Sin administradores en función y sin encargados limpiando nuestras casas,
      los edificios se hubieran vuelto un caos. 
      Que
      su administrador haya repartido las expensas a los mayores de 60 años,
      surge de la potestad que tiene ese parte de la población de adultos
      mayores, de ser exceptuados conforme lo normado por el artículo 1º de la
      Disposición 2592/GCABA del pasado 18 de marzo que admite que por razones
      fundadas se pueda solicitar que se entregue las expensas en formato papel.
      Quiero suponer que el administrador habrá evaluado las razones del pedido
      de estas personas para que sean entregadas en ese formato. 
      Que
      haya cobrado las expensas a las personas mayores de 60 años será porque
      su consorcio no tiene cuenta corriente y si las tiene tal vez el
      administrador haya querido ayudarlas dado que algunas no se encuentran
      familiarizadas, con el manejo bancario. 
      Respecto
      al certificado de desplazamiento -o mal llamado salvoconducto- solamente
      debe ser exhibido ante las autoridades policiales, únicas autorizadas
      para corroborar que se cumpla con el aislamiento sanitario obligatorio. Si
      bien los administradores no son considerados como profesionales esenciales
      -una omisión jurídica muy grave- existen situaciones que ameritan que el
      administrador concurra al edificio. 
      Respecto
      del barbijo, desconozco qué día el administrador concurrió, si fue antes
      del 12 de abril no era obligatorio el uso del mismo conforme la
      Resolución 15. A partir de esa fecha es obligatorio su uso en todo el
      ámbito de la CABA. 
      Después
      de estas breves explicaciones vertidas, si Ud. considera que su
      administrador incumple el DNU 260/2020 y sus prórrogas, tiene la facultad
      de hacer la denuncia ante las autoridades de aplicación. 
      Esperando
      haber respondido su inquietud, lo saludo muy atte. 
      Dra.
      Diana Sevitz    
      --- 
      La
      Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal
      y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa
      de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre
      temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le
      puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar
      o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.
        | 
     
   
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Correo
      de Lectores 
      
      Cómo
      deducir la parte que abonará el Estado 
      
      Buenas
      tardes: 
      He
      leído su nota acerca de cómo liquidar abril y quería consultar si
      tienen algo de información nueva acerca de cómo deducir la parte que
      abonará el Estado ya que he obtenido el beneficio. 
      Gracias 
      Carolina 
      (27/04/2020) 
      
      ¡Hola
      Carolina!  
      Sí,
      todos estamos pensando en eso y a medida que pasan los días vamos
      descubriendo cómo hacerlo. Varios pueden ser los casos, según se hayan
      abonado o no los sueldos de abril 2020 y la Cámara de Propiedad
      Horizontal lo explica en su Circular N° 76 del mes de mayo en el punto 4
      y 5. Aquí lo compartimos: 
      4)
      Sueldos del mes de abril 
      Dado
      que AFIP comenzó a notificar a los consorcios a partir del 11 de mayo y
      que según plazos legales el 7 de mayo pasado venció el plazo para abonar
      los haberes de abril, en este caso dependerá de lo que haya hecho cada
      consorcio: 
      4.1)
      En caso de haber abonado íntegramente el sueldo de abril, de acuerdo a la
      Resolución 408/2020 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el
      monto ahora transferido por el Estado debe considerarse a cuenta del
      sueldo de mayo de 2020.  
      4.2)
      En caso de no haber abonado los haberes de abril, el empleador deberá
      pagar la diferencia entre el monto neto según recibo de sueldo menos el
      importe del salario complementario transferido por Anses. 
      4.3)
      En caso de haber efectuado un pago parcial, deberá considerar ahora el
      monto del salario complementario afrontado por Anses. Si existiera
      diferencia a favor del empleador, quedará a cuenta del período mayo, en
      tanto que, si la diferencia es a favor del empleado, deberá abonarla
      ahora. 
      5)
      Confección de los recibos de sueldos 
      Si
      bien está sujeto a las situaciones descriptas en el punto anterior, en
      los recibos de sueldos de abril o mayo según corresponda debe
      explicitarse en un renglón por separado y con la leyenda "salario
      complementario" el monto abonado por Anses. La sumatoria de este
      valor más la parte abonada por el empleador debe coincidir con el monto
      del salario neto que le hubiera correspondido percibir al trabajador en
      caso de que no existiera el beneficio. 
      Vale
      la pena transcribir también el punto 6 de la misma circular para
      enfatizar que lo abonado por Anses debe aportar y contribuir para todas
      las cargas sociales salvo que se haya obtenido el beneficio del Programa
      ATP: 
      6)
      Confección de la Declaración Jurada de Cargas Sociales 
      En
      primer lugar, destacamos que todo lo expuesto previamente vinculado al
      salario complementario no tiene ninguna incidencia en el Formulario F 931.
      Para lo que es cargas sociales existe otro beneficio adicional que estará
      dado por prórroga por 60 días para el pago o bien reducción del 95 % de
      las contribuciones SIPA dentro de las contribuciones de seguridad social.
      En primer lugar, habrá que verificar en el Domicilio Fiscal Electrónico
      cual es el beneficio obtenido. 
      A)
      En caso de obtener prórroga serán categorizados en Sistema Registral con
      el código 460. En el formulario F 931 en la última ventana incorpora una
      desagregación ya que el ítem código 351 comprende tanto las
      contribuciones al SIPA como a otros subsistemas. En el ejemplo que
      mostramos a continuación, para el período abril 2020 el total de las
      contribuciones de seguridad social asciende a $ 24.001,76, de los cuales $
      12.757,70 corresponden al SIPA (con lo que su pago goza de la prórroga de
      60 días) en tanto que $ 11.244,06 no y deben ser abonados junto con el
      resto de los conceptos en las fechas de vencimiento excepcionales
      establecidas para mayo (18, 19 y 20 según CUIT). Por lo que ahora el
      sistema hace la apertura que se muestra en la siguiente imagen:  
        
      Por
      último, a los efectos de generar el VEP para poder ingresar el pago, AFIP
      informa la manera de proceder: Deberá generar el VEP desde esta
      aplicación normalmente para todos los impuestos salvo el 351
      (Contribuciones de Seguridad Social). Luego generar un VEP adicional
      dentro del servicio 'Presentación de DDJJ y Pagos' – Grupo de Tipos de
      Pagos 'OTROS PAGOS (Seleccionando Impuesto)' – Tipo de Pago 'AFIP –
      OTROS PAGOS'. De esta forma podrá seleccionar el
      Impuesto-Concepto-Subconcepto '351- 369-019' con el importe calculado por
      el aplicativo correspondiente a las Contribuciones NO SIPA (quedando
      pendiente de ingreso las del SIPA según la prórroga del Dcto. 332). En
      tanto que para efectuar el pago de la parte postergada se deberá ingresar
      351- 368-019 
      B)
      En caso de obtener la reducción serán categorizados en Sistema Registral
      con el código 461. En este caso el formulario F 931 hará los cálculos
      de manera automática considerando esta reducción. Por último la
      Resolución General AFIP Nº 4711 que instrumenta todos estos cambios
      indica que en cualquiera de los dos casos antes mencionados los
      empleadores que hubieran presentado las declaraciones juradas
      determinativas y nominativas de sus obligaciones con destino a la
      seguridad social correspondientes a los períodos devengados marzo y/o
      abril de 2020, sin detallar en forma discriminada las contribuciones
      patronales con destino al SIPA de las restantes contribuciones, deberán
      -de corresponder- rectificar la/las misma/mismas hasta el día 31 de mayo
      de 2020, a efectos de registrar en forma precisa dicha información. 
      El
      trabajo que requieren las presentaciones de todos estos meses es arduo y
      lleva mucho tiempo. 
      Un
      saludo grandote. 
      MFL    
       | 
     
   
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Correo
      de Lectores 
      
      ¿Hasta
      cuándo el "incremento solidario"? 
      
      Buenas
      tardes: 
      Consulto,
      ¿en el mes de abril con los sueldos también se debe liquidar el rubro
      “incremento solidario” del Decreto 14/2020? ¿No hubo ya paritarias en
      marzo? 
      Gracias 
      Alfredo 
      (22/04/2020) 
      
      Hola
      Alfredo: 
      Se
      debe seguir pagando hasta las próximas paritarias. En ese momento será
      absorbido.  
      En
      marzo se aplicó a las escalas salariales el último tramo del aumento del
      9,5% pactado el año pasado. Le recomiendo leer la nota “Sueldos Marzo
      2020: Un
      mes totalmente atípico” del 18/03/20. 
      Un
      saludo cordial. 
      CGdeR    
       | 
     
   
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Correo
      de Lectores 
      
      ¿El
      SUTERH ha extendido sus vencimientos? 
      
      Buenos
      días: 
      Dada
      la situación actual y debido a que la recaudación de expensas no se está realizando en tiempo y forma ni en su totalidad,
      quería consultar si
      el SUTERH ha otorgado extender sus vencimientos sin recargo dentro del mes
      para todos los rubros que hay que abonarles 
      Desde
      ya muchas gracias. 
      Cordiales
      saludos. 
      Atte. 
      Sin
      nombre 
      (17/04/2020) 
      
      ¡Hola!  
      Es
      una muy buena pregunta o -mejor dicho- sugerencia. Hasta la fecha todas
      las boletas sindicales que he confeccionado de los meses correspondientes a
      marzo y abril de 2020 con fechas posteriores a las indicadas en cada
      vencimiento han generado los intereses de siempre. 
      Por
      lo tanto la respuesta a tu consulta es que el SUTERH no ha resignado ni un
      solo centavo ni ha corrido en un solo día los vencimientos. 
      Además,
      las boletas del curso del SERACARH no permiten abonarlas por débito y
      solo se pueden generar para pagar en efectivo. Su vencimiento, por el
      momento, es el 29 de mayo próximo. 
      Un
      saludo grandote. 
      MFL    
       | 
     
   
  
    
      
 
       | 
     
    
      | 
      
       Correo
      de Lectores 
      
      ¿Qué
      debo hacer para administrar consorcios? 
      
      Hola: 
      Soy
      Martillero y Corredor Matriculado en la provincia de Buenos Aires, pronto
      a jubilarme. 
      Mis
      consultas son: 
      ¿De
      irme a vivir a la CABA mi título me habilita para administrar consorcios? 
      Si
      no es así, ¿qué debo hacer para quedar habilitado? ¿Tengo que realizar
      algún curso? ¿La inscripción en el registro tiene algún costo?  
      Muchas
      gracias. 
      Hugo
      (Trenque Lauquen / Provincia de Buenos Aires) 
      (12/05/2020) 
      
      Estimado
      Hugo: 
      1.-
      En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires existe un Registro Público de
      Administradores en el cual es obligatorio inscribirse para ejercer esa
      actividad. 
      Su
      creación y regulación fue ordenado por la Ley 941 <vínculo>
      y su artículo 4º establece exactamente los siete requisitos que debe Ud.
      cumplir para inscribirse: 
      a)
      Nombre y apellido o razón social. Para el caso de personas jurídicas,
      adicionalmente: copia del contrato social, modificaciones y última
      designación de autoridades, con sus debidas inscripciones. 
      b)
      Constitución de domicilio especial en la Ciudad. 
      c)
      Número de C.U.I.T./C.U.I.L. 
      d)
      Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y
      Estadística Criminal. 
      e)
      Informe expedido por el Registro de Juicios Universales. 
      f)
      Certificado de aprobación de la capacitación dictada por las entidades
      autorizadas que establezca la Autoridad de Aplicación. Dicha
      capacitación debe contar con al menos una (1) carga horaria de ciento
      veinte (120) horas, la que debe ser revalidada anualmente mediante un
      curso de actualización con una carga horaria mínima de diez (10) horas.
      Los contenidos básicos de ambas capacitaciones son fijados por la
      autoridad de aplicación. 
      g)
      Certificado de libre deuda expedido por el Registro de Deudores/as
      Alimentarios/as Morosos/as. 
      2.-
      Como habrá podido observar para poder inscribirse debe realizar un curso
      una primera vez y cada año realizar otro curso de actualización. La
      lista de entidades habilitadas para dictar cursos para el Registro
      Público de Administradores (RPA) se encuentra en el sitio web de Defensa
      y Protección del Consumidor porteño <vínculo>.
      De todas formas le facilito un acceso a la lista habilitada al día de hoy
      <vínculo>. 
      3.-
      La inscripción al RPA porteño es gratuita pero sí tiene costo el “Certificado
      expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal”,
      el “Informe expedido por el Registro de Juicios Universales” y el
      curso de inscripción. 
      Por otra parte –igual que para ejercer la profesión de martillero o
      corredor inmobiliario- Ud. debe estar inscripto en la AFIP lo que conlleva
      implícito el costo de los impuestos de rigor que imponen la Nación y el
      Estado local. 
      Un
      saludo cordial. 
      CGdeR    
       | 
     
   
  
      
        
          | 
        
          
  | 
         
        
          | 
       ACCABA:
      
      Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 
      ACoPH:
      
      Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata). 
      ACRA:
      
      Arbitros de Consumo de la República Argentina. 
      ADEPROH:
      
      Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
      Propiedad Horizontal RA. 
      AFIP:
      
      Administración Federal de Ingresos Públicos. 
      AGIP:
      
      Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. 
      AIERH:
      
      Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal. 
      AIPH:
      
      Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
      AIPH. 
      APARA:
      Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina. 
      APH:
      Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal. 
      API:
      
      Asocición Propietarios de Inmuebles. 
      APIPH:
      
      Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal. 
      APBR:
      
      Asociación de Propietarios de Bienes Raíces. 
      APROPHMAR:
      
      Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata. 
      CAAC:
      Confederación Argentina de
      Administradores de Consorcios. 
      CABA:
      
      Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 
      CACCyC:
      
      Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas. 
      CAPHBByZ:
      
      Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
      Zona. 
      CAPHPBA:
      
      Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires. 
      CAPHyAI:
      
      Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias. 
      CAPRA:
      
      Cámara de Propietarios de la República Argentina. 
      CASIPH:
      Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal. 
      CCT:
      
      Convenio Colectivo de Trabajo. 
      CDI:
      Clave de Identificación. 
      CECAF:
      Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines. 
      CEDDDA:
      Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental. 
      CGPC:
      
      Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As. 
           | 
          
       CIA:
      
      Cámara Inmobiliaria Argentina. 
      COAPLA:
      
      Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina. 
      CEPRARA:
      Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina 
      CUCICBA:
      
      Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA. 
      CUIL:
      
      Clave Única de Identificación Laboral. 
      CUIT:
      
      Clave Única de Identificación Tributaria. 
      FAC:
      
      Federación Argentina de Consorcios. 
      FAPHRA:
      Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina 
      FATERyH:
      
      Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal. 
      FECIBA:
      
      Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires. 
      FEDECO:
      
      Federación de Asociaciones de Consorcios. 
      FRA:
      
      Fundación Reunión de Administradores. 
      ICI:
      
      Instituto de Capacitación Inmobiliaria. 
      INADI:
      
      Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo. 
      IxE:
      Indignados por expensas. 
      LCPH:
      
      Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal. 
      RCD:
      Red de Consorcistas Damnificados. 
      ReDeCo:
      Reafirmación de los Derechos del Consorcista. 
      SEARA:
      Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina. 
      SERACARH:
      Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal. 
      SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires. 
      SUTERH:
      
      Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal. 
      UADI:
      
      Unión Administradores de Inmuebles. 
      UCRA:
      
      Unión de Consorcistas de la República Argentina. 
      UITEC:
      Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
       ULAI:
      Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
       UMIPH:
      
      
      Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
            | 
         
       
 
  
    | 
   Boletín
  de Pequeñas Noticias
   Número
  de Edición:
  680 [
  DCLXXX ] [1ª Edición] 
  Fecha
  de publicación: 15 de mayo de
  2020 
  Director
  y propietario:
  
  Claudio García de Rivas 
  Redes
  sociales: Página
  Facebook,
  Grupo
  Facebook, Twitter 
  Dirección:
  
  
  Gral.
 César Díaz 2761
  (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono:
  3526-1806 -  Móvil:
   
 (11) 5981-3791 - E-mail:
  pequenasnoticias@gmail.com
  - URL´s:
  www.pequenasnoticias.com.ar
  - Horario: 10 a 17 hs. 
  
   
  
  Datos
  personales del suscripto: 
    
  Nombre
  y apellido:  !*LAST_NAME*!, 
  !*FIRST_NAME*! 
  E-mail:
  !*EMAIL*! 
   
  
  Los
  suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro
  Nacional de Bases de Datos) 
    
   
  
     | 
    
 
  Si quiere suscribir, en forma gratuita a un
  amigo al  Boletín de Pequeñas
  Noticias  tiene que mandarnos un e-mail a: suscripcion@PequenasNoticias.com.ar
  con la palabra SUSCRIPCIÓN GRATUITA   en
  el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si
  existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos
  conoció y, por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la
  suscripción envíenos un e-mail desde el e-mail de su suscripción
  con las palabras CANCELAR
  SUSCRIPCIÓN  en el asunto del mensaje.
  
        
      Tanto
      las
  notas firmadas como los avisos publicitarios pagos y las gacetillas de prensa
      son responsabilidad de sus autores y no necesariamente representan la
      opinión del editor. Registro de Propiedad Intelectual en trámite.
  9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas
  Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas
  registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad
  de sus respectivos dueños y/o representantes legales.
  
  
    | 
        Socio
      fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal
      (UMIPH)
  | 
   
 
     | 
   
  
    | 
               Las
              notas firmadas reflejan las opiniones de sus autores y no
              necesariamente las de Pequeñas Noticias - La
              presencia tanto de las publicidades como de las gacetillas de
              prensa no implican juicio de valor sobre los productos y/o
              servicios que puedan ofrecer
              -  Prohibida
      la reproducción total o parcial sin la autorización escrita de Pequeñas
      Noticias. 
      | 
   
  
    
               
     | 
   
 
       |