 Paritarias
2025
La
homologación tácita del último acuerdo podría llegar en junio
Las
tres entidades de administradores que representan a los consorcios en
paritarias y la FATERyH firmaron un acuerdo aclaratorio al celebrado el 25
de febrero
Eso corrió la fecha límite de su posible homologación tácita del
pasado 14 de abril al próximo 26 de junio.
[BPN-15/05/25]
El pasado 9 de mayo las tres entidades de administradores que representan
a los consorcios en paritarias y la Federación Argentina de
Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH) firmaron
un acuerdo aclaratorio del previamente celebrado el 25 de febrero.
En
ese documento aclararon:
1.-
Que la fecha del acta acuerdo...
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Paritarias
2024
El
Dr. Albisu refutó afirmaciones de Santa María
El
abogado laboralista Enrique Albisu refutó con argumentos jurídicos
cuatro afirmaciones que realizó Víctor Santa María sobre las
homologaciones de los acuerdos salariales
Entre otras aseguró: "Las homologaciones no son necesarias",
"responden a
una mirada empresarial", "el SUTERH tiene una paritaria especial", etc.
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Paritarias
2025
El
Gobierno anunció que no homologará aumentos superiores al 1%
Se
informó que se revisarán los acuerdos entre empleadores y sindicatos
firmados recientemente para bloquear aquellos que excedan el límite
establecido
Caputo apunta principalmente contra el acuerdo salarial firmado por
Armando Cavalieri
Los empleados de los administradores de consorcios están encuadrados
dentro de este sindicato.
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Registro
Público de Administradores porteño
Traboulsi
ordenó su primera expulsión del RPA
En
principio, Defensa del Consumidor detectó de oficio declaraciones juradas
faltantes y avanzando con el caso dos documentos falsos: el certificado de
un curso y un certificado de juicios universales
Se le aplicó una multa millonaria, se lo expulsó y se ordenó derivar el
expediente a la Justicia Penal.
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CIGSA
2025
Primer
Congreso Internacional de Propiedad Horizontal
De
la mano de la CAPHyAI, el 13 y 14 de noviembre llega a la Argentina CIGSA
25, el Primer Congreso Internacional de Propiedad Horizontal
Se trata no solo del encuentro más esperado del año, sino del congreso
mundial más importante del sector.
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Consorcistas
Nueva
asociación de copropietarios
Si
bien no realizó ninguna presentación pública de la entidad en las
últimas semanas publicó un sitio web oficial donde informó algunos de
sus objetivos
Está habilitada para funcionar desde enero de este año.
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Ciudad
de Mendoza
‘Programa
Mejores Fachadas’
Según
una ordenanza mendocina el Gobierno local colaborará con los vecinos
frentistas para remover, pintar o lavar las fachadas afectadas por
graffitis, pintadas, manchas y otras inscripciones no deseadas
Los consorcios también serán beneficiarios de este programa.
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Proyecto
de ley nacional
Proponen
eliminar los colegios profesionales
Una
diputada nacional presentó un proyecto de ley que busca desregular la
actividad de los profesionales universitarios y no universitarios
Propone eliminar la obligación del pago de tasas regulatorias, cuotas
colegiales o cualquier otro tipo de contribución obligatoria que
restrinja o condicione el ejercicio profesional.
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Recarga
de matafuegos
Quieren
extender la vigencia de la recarga de 12 a 18 meses
Un
legislador porteño presentó una iniciativa para extender la vigencia del
mantenimiento de los matafuegos y que los infractores a esta obligación
dispongan de un tiempo de gracia para regularizar su situación antes de
que se le aplique una sanción.
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Salario
Mínimo Vital y Móvil
Desde
abril a agosto el SMVM seguirá por debajo de la inflación
Se
establecieron los salarios mínimos vitales y móviles hasta agosto
En esa fecha habrán perdido tanto en el acumulado anual como en la
medición interanual
Esto se confirmará si se cumplen los pronósticos de inflación que
publica el Banco Central de la República Argentina
Otra vez, sin acuerdo debió laudar el representante del Estado.
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Gacetillas
Comisión de Propiedad Horizontal del Consejo Consultivo
Comuna 14: "La
guerra del fuego"
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Bolsa
de Trabajo
Avisos
Clasificados
OFRECIDOS
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Registro
Público de Administradores bonaerense
Finalmente
se nombró un nuevo director en el RPAC
Se
trata de un muchacho de 37 años, Lic. en Periodismo y Tecnología de la
Comunicación
Se develó que el RPAC estuvo formalmente acéfalo por lo menos tres meses
El nuevo director se desempeñó en diversos cargos públicos del Estado
provincial.
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ULADI
Se
creó una segunda entidad de administradores latinoamericana
Este
mes se creó la Unión Latinoamericana de Administradores Inmobiliarios
Se suma a la ya existente Unión Latinoamericana de Administradores e
Inmobiliarias (ULAI)
Por ahora trascendió que la componen representantes de Chile, México,
Argentina y Colombia.
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Medios
Consorcios
360 ganó el ‘Premio Binacional Río de los Pájaros’
Es
el 5º premio que gana Consorcios 360 a lo largo de sus casi tres años y
medio de vida
En 2024 fue galardonada con el premio "Raíces", en 2025 con el
"Premio Internacional Destino... Malvinas" y en 2023/2024 con el
"Faro de Oro de Mar del Plata".
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Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires
Leve
aumento de calderas, ascensores e instalaciones fijas
Durante
el 2024 en la Ciudad de Buenos Aires subió levemente la cantidad de
ascensores, calderas e instalaciones fijas contra incendios en la CABA
Este año sus obleas recaudarán más de 1,7 millones de dólares.
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Registro
Público de Administradores porteño
Proponen
una ambiciosa reforma de la Ley 941
Más
capacitación para administradores y consorcistas, seguro mínimo por mala
praxis, informar los juicios recibidos y cómo demostrar la condición de
propietario son algunas de los muchos cambios que un legislador porteño
propone introducir a la Ley 941.
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Ciudad
de Rosario, Santa Fe
Quieren
que los consorcios deban contar con generadores
Una
concejala rosarina presentó un proyecto para que los consorcios de
propietarios de una zona céntrica de la ciudad de Rosario deban contar
obligatoriamente con un grupo electrógeno que garantice el funcionamiento
de servicios mínimos.
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Encargados
vs. Empresas de limpieza
‘Pongan
las barbas en remojo’
El
secretario general SUTERyH de Mar del Plata advirtió a los
administradores de aquellos consorcios que contratan empresas de limpieza
que va a salir a "controlar todo"
Calcularon que para los 7 mil edificios de la ciudad hay sólo 1.200
afiliados.
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Este
mes las escalas perderán en los tres frentes
Si
hasta fin de mayo no aparece un acuerdo homologado, las escalas salariales
de los encargados de edificios de este mes perderán contra la inflación
mensual, la acumulada y la interanual
El haber mínimo de los jubilados que pagan expensas sin suerte, ganarán
muy poco en la medición mensual pero perderán en la acumulada y la
interanual.
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Paritarias
2025
La
homologación tácita del último acuerdo podría llegar en junio

[BPN-15/05/25]
El pasado 9 de mayo las tres entidades de administradores que representan
a los consorcios en paritarias y la Federación Argentina de
Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH) firmaron
un acuerdo aclaratorio del previamente celebrado el 25 de febrero.
En
ese documento aclararon:
1.-
Que la fecha del acta acuerdo fue del 25 de febrero. Es de recordar que en
el documento original faltaba el día aunque figuraba el mes, el año y
hasta la hora en que se reunieron los miembros paritarios.
2.-
Que el aumento del 1,1% en las escalas salariales fue "en concepto de
remuneración del mes de marzo de 2025". Como ya había adelantado Pequeñas
Noticias, en el acuerdo de fines de febrero no se especificó a qué
mes se debía aplicar.
3.-
Aclararon que la suma fija remuneratoria de 50 mil pesos se aplica a los
meses de marzo, abril y mayo. En el documento original esa porción de
texto no fue legible porque quedó superpuesto por leyendas automáticas
que inserta el sistema informático que utiliza el TAD.
4.-
Adjuntaron las escalas salariales desde febrero hasta mayo de 2025. Un
requerimiento que la Secretaría de Trabajo ya había realizado en
ocasiones anteriores.
Aclararon
especialmente que "las restantes cláusulas del acuerdo salarial
presentado en el mes de febrero del corriente que no se modifican en la
presente [aclaratoria] mantienen su contenido y vigencia.
Esto
hace alusión al aumento de la Contribución Solidaria a 24 mil pesos
mensuales indexados según los aumentos salariales y el nuevo bono del 20%
para junio de cada año que replica el acordado hace algunos años para
diciembre de cada año.
Ese
mismo día (9 de mayo) las cuatro entidades paritarias ratificaron el acta
aclaratoria del acuerdo.
El
12 de mayo la jefa de departamento de la Dirección de Negociación
Colectiva del Ministerio de Capital Humano se dirigió a la
Directora General para indicarle que corresponde que tome conocimiento del
expediente la Asesoría Técnico Legal "a los efectos de
indicar la tramitación a seguir".
Es
de destacar que luego de estas correcciones, la fecha inicial para
comenzar a calcular desde cuándo se debe considerar la homologación
tácita del acuerdo se corrió del 25 de febrero al 9 de mayo por lo que
-si no hay más observaciones- los 30 días hábiles vencerán el próximo
26 de junio  
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Paritarias 2024
El Dr. Albisu
refutó afirmaciones de Santa María
![Dr. Enrique Albisu, abogado laboralista especialista en propiedad horizontal [Foto archivo Pequeñas Noticias]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/EnriqueAlbisu2.jpg)
Dr.
Enrique Albisu, abogado laboralista especialista en propiedad horizontal
[Foto archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-15/05/25]
El pasado 7 de mayo el reconocido abogado laboralista Enrique Albisu
refutó con argumentos jurídicos las afirmaciones que realizó Víctor
Santa María (SUTERH) sobre las homologaciones de los acuerdos
salariales.
Entre
otras, las afirmaciones que fueron motivo del análisis jurídico del Dr.
Albisu fueron:
1.-
Las homologaciones no son necesarias si no hay objeción de alguna de las
partes.
2.-
La exigencia de homologación responde a una mirada empresarial.
3.-
El SUTERH tiene una paritaria especial según la cual la homologación no
es necesaria.
4.-
El 100% de los jueces fallan a favor del SUTERH cuando no se pagan los
aumentos.
Estas
afirmaciones las realizó el titular del SUTERH a sus afiliados en el
curso de un video que se transmitió en vivo por su canal @SuterhOsperyh
de YouTube [ ver
video original].
La
entrevista punto por punto
Pequeñas
Noticias: ¿Qué pasa si el Estado (Secretaria de Trabajo) no
homologa las paritarias (los acuerdos firmados entre la patronal y
los trabajadores)?
Enrique
Albisu : Todo acuerdo
paritario debe ser presentado ante la autoridad administrativa (hoy
Secretaría de Trabajo) para que el mismo sea homologado.-
Ahora
bien, supongamos que se hace la presentación y la autoridad
administrativa no dice ni hace nada, pasados los 30 días hábiles
administrativos que –aclaramos son de lunes a viernes descontando
los feriados que puedan darse en esos días- el acuerdo quedaría
homologado tácitamente según el artículo 6º de la Ley 23.546:
Las
convenciones colectivas de trabajo son homologadas por el Ministerio
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en su carácter
de autoridad de aplicación. La homologación deberá
producirse dentro de un plazo no mayor de treinta
días de recibida la solicitud, siempre que la convención
reúna todos los requisitos establecidos a tal efecto.
Transcurrido dicho plazo se la considerará tácitamente
homologada. |
PN:
¿Es verdad que la ley es clara y que dice que para todas las
actividades las homologaciones no son necesarias siempre y cuando no
haya objeción de alguna de las partes?
EA :
En primer lugar, si hay un acuerdo, quiere decir que las partes
están de acuerdo en lo que están firmando pero conforme la
legislación argentina todos los acuerdos paritarios -tal como un
convenio colectivo, modificación del acuerdo colectivo o nuevas
escalas salariales- sí o sí deben ser presentados ante la
Secretaría de Trabajo para su homologación.
Mientras
éste no quede homologado no es obligatoria para ninguna de
las partes tanto para los firmantes como para todos los
demás involucrados en el mismo (tal como son todos los trabajadores
y los empleadores de la actividad). Por ello no podemos decir que la
ley dice que un acuerdo paritario no es necesario que sea
homologado.
PN:
¿La exigencia de homologación responde a una mirada empresarial
para entorpecer o por imperio de las leyes vigentes?
EA:
Como se puede apreciar, luego de leer el artículo 6º de la Ley
23.546 que ya hemos transcrito, la homologación es una
exigencia de la ley y el que homologa no es ninguno de los
firmantes sino la autoridad administrativa (hoy Secretaría de
Trabajo).
En
la Argentina, la homologación por la autoridad administrativa
implica que el acuerdo presentado ha sido legalmente reconocido y
por lo tanto aprobado por la autoridad y cumplido ello pasa a ser
obligatorio no solo para los firmantes sino para toda la actividad:
los trabajadores y empleadores
PN:
¿Es verdad que el sindicato de encargados de edificios tiene una
paritaria especial desde el año pasado que establece que no es
necesaria la homologación y que por esa razón apenas se firma el
acuerdo el aumento es de automática aplicación?
EA:
No he leído ninguna ley del Congreso de la Nación que haya
resuelto que los acuerdos paritarios firmados por los representantes
de los trabajadores de edificios de propiedad horizontal y la parte
empleadora tienen el privilegio de una paritaria especial y por
tanto que no requiera su homologación.
Es
más, si ello existiera, los interesados en cada una de sus acuerdos
presentados a su homologación nos obligaría a preguntarnos ¿para
qué lo presentan a homologar si están eximidos de hacerlo? Tampoco
he escuchado de ninguna de las partes firmantes de tales acuerdos
que invoquen la ley especial (que reitero no la conozco) y digo esto
ya que si dicha norma existiera la publicarían con carteles
luminosos en la vía pública.
PN:
¿Un acuerdo paritario de este tenor podría permitir que se soslaye la homologación?
EA:
Si un convenio paritario presentado para su homologación no ha sido
homologado -tanto por la autoridad administrativa o tácitamente- no
es obligatorio para nadie. Cuando digo para nadie incluyo a los
firmantes del mismo. La homologación convierte el acuerdo en una
norma obligatoria. Si no ha sido homologado no es obligatorio para
las partes.
PN:
En su experiencia como litigante, ¿puede ser que los jueces en el
100% de los juicios por falta de pago de aumentos por la falta de
homologación haya fallado a favor del trabajador?
EA:
En lo personal, nunca me ha tocado ni iniciar un juicio reclamando
el pago de un aumento no homologado ni defender al empleador esa
circunstancia. No quiere decir que el hecho no pueda ser.
Estuve
revisando jurisprudencia al respecto y realmente no he encontrado
ningún fallo, que haya dicho que los acuerdos salariales no
homologados por la autoridad administrativa o que no quedaron
homologados tácitamente sean obligatorios para las partes
involucradas (trabajadores y empleadores).
Es
más, de haber ocurrido una cosa así seguramente que el abogado de
la parte empleadora, habría recurrido a la Corte Suprema de
Justicia, por "inaplicabilidad de ley". |
Las
afirmaciones de Santa María
El
martes 6 de mayo Víctor Santa María realizó una serie de
afirmaciones que motivó a Pequeñas Noticias una consulta con uno
de los abogados laboralistas más reconocidos en el sector de la propiedad
horizontal [ ver
video original].
Se
subrayaron aquellas afirmaciones que motivaron el pedido de la opinión
jurídica del letrado:
Uds.
saben que las paritarias las discutimos mes por mes. Hoy el Gobierno
lamentablemente tomó la medida de no homologar ninguna de las
paritarias. Por eso del paro anterior que hizo la Confederación
General del Trabajo (CGT) uno de los puntos del orden del
día de ese paro tenía que ver con la no homologación de las
paritarias.
Uds.
saben que la ley es clara dice que para todas las
actividades las homologaciones no son necesarias
siempre y cuando no haya objeción de ninguna de las partes.
Pero
sabemos que también hay una mirada del lado empresarial que
busca entorpecer este aumento salarial de todas las
actividades. Pero el SUTERH tiene una paritaria especial
que se ha discutido el año pasado según la cual no es
necesaria la homologación. Eso fue aprobado y homologado
por el Ministerio de Trabajo y también aprobado por todas las
partes. Por eso cada vez que se acuerda entre las tres cámaras del
sector y el Sindicato las paritarias son puestas en práctica
automáticamente sin necesidad de tener que recurrir a eso [la
homologación].
Por
eso cuando nos hemos presentado -porque algún administrador no lo
ha pagado- en algún juicio, el 100% de los juicios los ha
ganado el Sindicato porque la Justicia Laboral nos ha dado la razón
y por eso son justamente nuestros aumentos tenidos en cuenta en el
momento de ser liquidados. Más del 87% de los consorcios de la
Ciudad de Buenos Aires y del Gran Buenos Aires aprobaron las
paritarias y aplicaron las paritarias.
Así
que estamos muy contentos con eso y cualquier compañero que tenga
alguna dificultad por favor acérquese al Sindicato -Sarmiento 2040
en el 4º piso- para poder sacarse esa duda.
[...]
Estamos
discutiendo la paritaria para este mes que seguramente dentro de
pocos días esperemos poder comunicárselas también a todos Uds. |
El
video hasta el 8 de mayo había obtenido 597 vistas, 13 Me gusta y 4
comentarios de los cuales 2 son positivos, uno negativo y uno neutro  
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Paritarias
2025
El
Gobierno anunció que no homologará aumentos superiores al 1%
![Julio Cordero, secretario de Trabajo [Foto: Argentina.gob.ar]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/JulioCordero2.jpg)
Julio
Cordero, secretario de Trabajo [Foto: Argentina.gob.ar]
[BPN-15/05/25]
El pasado 3 de mayo el Gobierno Nacional anunció que no
homologará acuerdos salariales con aumentos que superen el 1%.
Desde
el Ministerio de Capital Humano, del cual depende la Secretaría de
Trabajo a cargo de Julio Cordero, se informó que se revisarán los
acuerdos entre empleadores y sindicatos firmados recientemente para
bloquear aquellos que excedan el límite establecido. "No se van a
homologar aumentos por encima del 1% mensual. Es un criterio general para
preservar el orden macroeconómico", aseguraron fuentes oficiales.
El
8 de mayo el Gobierno Nacional ratificó su determinación y se prepara
para resistir una ola de conflictividad. El jefe de Gabinete, Guillermo
Francos, admitió que se puso un techo a las paritarias y explicó:
"Si uno permite que el salario se vaya más allá de lo que se ha
establecido como pauta o como tope, obviamente los precios aumentan y los
que reclaman hoy por aumento del salario vuelven a pedirlo más adelante
porque otra vez suben los precios". "Todo es un ancla para la
inflación; establecer la relación del salario con los índices de
inflación es un ancla", agregó, aunque consideró que, más allá
del tope fijado, "los salarios le vienen ganando a la
inflación".
Mientras
tanto en propiedad horizontal, el pasado 9 de mayo las tres entidades de
administradores que representan a los consorcios en paritarias y la Federación
Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH)
firmaron un acuerdo aclarando cuatro puntos del convenio celebrado
previamente el 25 de febrero [ ver
nota].
Sin
embargo, el ministro de Economía, Luis Caputo, apunta
principalmente contra el acuerdo salarial firmado por FAECYS (Armando
Cavalieri) sobre el que adelantó que no será homologado. Es de
recordar que los empleados de los administradores de consorcios
están encuadrados dentro de este sindicato.
El
convenio rubricado durante la primera semana de este mes por Comercio y
las cámaras empresariales contempla un aumento acumulativo del 5,4%,
distribuido en tres tramos (1,9% en abril, 1,8% en mayo y 1,7% en junio),
más sumas fijas que se incorporarán a los básicos a partir de julio.
Con
respecto a la propiedad horizontal, se espera que -si bien los
consorcistas no participan en las discusiones paritarias- el SUTERH
comience a ejercer presión sobre consorcios, administradores y empresas
liquidadoras de sueldos para que acepten como homologados los acuerdos
logrados con las tres entidades de administradores que históricamente
acuerdan con el sindicato  
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Registro
Público de Administradores porteño
Traboulsi
ordenó su primera expulsión del RPA
![Edificio Cruz de Malta, sede del Registro Público de Administradores porteño [Foto Pequeñas Noticias].](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/EdificioCruzDeMalta2.jpg)
Edificio
Cruz de Malta, sede del Registro Público de Administradores porteño
[Foto Pequeñas Noticias].
[BPN-15/05/25]
El 11 de febrero Carlos Traboulsi, director general de Defensa y
Protección al Consumidor porteño, ordenó una multa de más de 4
millones de pesos y la expulsión de un administrador del Registro
Público de Administradores (RPA) porteño.
El
11 de abril el expulsado apeló la medida ante la Justicia porteña
recayendo la causa en la Sala 4 de la Cámara de Apelaciones en lo
Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo.
Al
día de hoy, la Disposición Sancionatoria Nº 647 no se publicó en el
Boletín Oficial.
Antecedentes
Defensa
del Consumidor detectó que un administrador no presentó las
Declaraciones Juradas de dos años de un consorcio y de un año de otro.
También descubrió que había presentado un certificado del curso de
actualización y un certificado de Juicios Universales adulterados.
En
noviembre de 2024 la DGDyPC lo notifica de las irregularidades y el
administrador presentó un descargo.
En
diciembre de 2024 "se lo intimó a que brindara explicaciones y
acompañara la documentación respaldatoria de lo que refiriera
[anteriormente] en su defensa" pero "no efectuó presentación
alguna".
Defensa
del Consumidor solicitó al Archivo General del Poder Judicial de la
Nación que informara si el Certificado del Registro de Juicios
Universales presentado por el imputado "fue emitido por esa oficina
en las condiciones que fuera presentado ante este Organismo ". La
respuesta fue negativa.
También
solicitó a la entidad que brindó el curso de capacitación al imputado
que informe si el certificado de aprobación del curso correspondía con
el emitido por la entidad. La respuesta fue negativa.
Cuando
se le pidieron explicaciones al imputado adujo que "no estaba al
tanto de esta tarea y, tras revisar, he decidido despedir a la persona
responsable de estas tareas dentro de la administración".
Los
funcionarios entonces le pidieron los datos del empleado y la denuncia
penal correspondiente por la adulteración/ falsificación de los
documentos incorporados en los precitados expedientes. No hubo respuesta.
La
sanción
Finalmente,
Defensa del Consumidor ordenó:
1.-
Una multa contra ese administrador de 4 mil unidades fijas que a razón de
1.017 pesos cada una llegó a la suma total de 4 millones de pesos
(4.068.000).
2.-
La exclusión del Registro Público de Administradores porteño.
3.-
Que se elevaran todas las actuaciones a la Justicia Penal, a efectos de
que se investigue la posible comisión de los delitos previstos en los
artículos 292º, 293º, 296º y concordantes del Código Penal de la
Nación Argentina.
¿Qué
dice el Código Penal?
Estos
artículos se ocupan de "falsificación de documentos en
general" y ordenan:
Artículo
292 .- El que
hiciere en todo o en parte un documento falso o adultere uno
verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, será reprimido con
reclusión o prisión de uno a seis años, si se tratare de un
instrumento público y con prisión de seis meses a
dos años, si se tratare de un instrumento privado.
Si
el documento falsificado o adulterado fuere de los destinados a
acreditar la identidad de las personas o la titularidad del dominio
o habilitación para circular de vehículos automotores, la pena
será de tres a ocho años.
Para
los efectos del párrafo anterior están equiparados a los
documentos destinados a acreditar la identidad de las personas,
aquellos que a tal fin se dieren a los integrantes de las fuerzas
armadas, de seguridad, policiales o penitenciarias, las cédulas de
identidad expedidas por autoridad pública competente, las libretas
cívicas o de enrolamiento, y los pasaportes, así como también los
certificados de parto y de nacimiento.
Artículo
293.- Será reprimido con reclusión o prisión de uno
a seis años, el que insertare o hiciere insertar en un instrumento
público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que
el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio.
Si
se tratase de los documentos o certificados mencionados en el
último párrafo del artículo anterior, la pena será de 3 a 8
años.
Artículo
296. - El que hiciere uso de un documento o certificado
falso o adulterado, será reprimido como si fuere autor de la
falsedad. |
 
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Registro
Público de Administradores bonaerense
Finalmente
se nombró un nuevo director en el RPAC
![Carlos Capasso en el círculo rojo frente al cartel del SUTERH [Foto públicas de redes sociales del funcionario **]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/CarlosCapasso2.jpg)
Carlos
Capasso en el círculo rojo frente al cartel del SUTERH [Foto públicas de
redes sociales del funcionario **]
[BPN-15/05/25]
El pasado 21 de abril, Juan Martín Mena, ministro de Justicia y
Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, nombró al Lic. Carlos
Capasso director del Registro Público de Administradores
bonaerense (RPAC).
Su
título oficial es "Responsable Ejecutivo de la Unidad de
Coordinación del Registro Público de Administradores de Consorcios de
Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires" con rango y
remuneración equivalente a director". Su nuevo cargo entró en
vigencia desde el pasado 1º de abril.
Así
lo ordenó el Ministro mediante la Resolución 812-MJyDHGP-2025 que se
publicó en el Boletín Oficial el 28 de abril [*].
Un
puesto vacante
Es
de destacar que en los fundamento de la norma que designó a Capasso como
director del RPAC se señaló que "el citado cargo se encuentra
vacante en razón del cese de Marcos Ariel Hernández mediante
RESOLUCIÓN 2025-141-GDEBA-MJyDHGP".
Eso
podría explicar la razón por la que la Dra. Silvia Andrea García,
directora provincial de Personas Jurídicas, no respondió a ninguno de los
pedidos formales que se le realizaron para que aclare quién estaba al
frente del RPAC luego de que Hernández fuera apartado [1].
El
único que sostenía la acefalía de esa repartición del Estado era Hernández que desde un programa de streaming
afirmó en
varias oportunidades que había sido reemplazado por un tal
"Guillermo". Se especuló que podría haber sido el Dr. Guillermo
Echeverría, un funcionario bonaerense que según su perfil en
LinkedIn se desempeñó casi 14 años en la Inspección General de
Justicia y durante los últimos tres meses como director de Registro
y Gestión Administrativa en la Dirección Provincial de Personas
Jurídicas.
Un
licenciado en comunicación
Otra
pregunta que quedó flotando en el aire es ¿por qué se nombró como
director del RPAC a un Lic. en Periodismo y Tecnología de la
Comunicación?
Lo
usual es que se nombren al frente de los diferentes registros público de
administradores a abogados con mayores o menores conocimientos sobre
propiedad horizontal. Algunos de ellos fueron estudiando los pormenores
específicos de la materia a lo largo de su gestión.
Una
de las explicaciones posibles es que se haya evaluado que el punto más
flojo de la gestión anterior del RPAC fue justamente la comunicación y
se haya querido imprimirle una impronta más profesional.
Otra
explicación descarta el enfoque profesional y se centra más en acuerdos
políticos y la necesidad de los altos funcionarios provinciales de un
hombre de confianza que en los conocimientos especializados sobre la
materia a gestionar del nuevo director.
¿Quién
es Carlos Capasso?
Carlos
Capasso es un muchacho de 37 años (clase 1988) que en 2010 estudió
periodismo en TEA recibiéndose de "Técnico Superior en Periodismo
Deportivo, Periodismo".
Desde
2011 hasta 2020 fue responsable de Comunicación Interna y Externa del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a jornada completa.
Desde
2019 hasta 2020 fue encargado de redes sociales del Senado de la Provincia
de Buenos Aires como autónomo.
Desde
2020 hasta 2023 fue director de Convenios y Cooperación Federal de la
Secretaría de Medios y Comunicación Pública a jornada completa.
Mientras
ejercía ese cargo, desde 2021 hasta 2023 estudió en la Universidad de
Concepción del Uruguay recibiéndose de Lic. en "Periodismo y
Tecnología de la Comunicación, Periodismo".
![Carlos Capasso en el círculo rojo frente al cartel del Grupo Octubre [Foto públicas de redes sociales del funcionario **]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/CarlosCapasso3.jpg)
Carlos
Capasso en el círculo rojo frente al cartel del Grupo Octubre [Foto
públicas de redes sociales del funcionario **]
Por
otra parte, en 2021 y 2024 tuvo participación activa en las elecciones de
comunas de la CABA por la Lista Celeste y Blanca del peronismo porteño.
Es de recordar que Víctor Santa María (SUTERH) fue
presidente del Partido Justicialista (PJ) de esta ciudad
desde 2014 hasta 2021 y desde entonces tanto él como su padre son
congresales en las comunas 3 y 1 respectivamente.
Desde
diciembre de 2024 trabaja a jornada completa como profesional de la
comunicación para una empresa privada [2].
En
la plataforma Dateas figura que su actividad es la "Edición
de periódicos, revistas y publicaciones periódicas" y que es
monotributista categoría "B". No integra sociedades ni es
empleador [3]  
---
[**]
Facebook Carlos
Capasso.
[*]
BO PBA del
28/04/25
[1]
BPN Nº 798 del 15/04/25: "Ya
van tres meses sin anuncio oficial sobre un nuevo director".
[2]
LinkedIn
Carlos Capasso.
[3]
Dateas
Carlos Capasso.
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CIGSA
2025
Primer
Congreso Internacional de Propiedad Horizontal

[BPN-15/05/25]
De la mano de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y
Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), llega a la Argentina CIGSA
25, el Primer Congreso Internacional de Propiedad Horizontal.
Se
trata no solo del encuentro más esperado del año, sino del congreso
mundial más importante del sector. Por su convocatoria, por la temática
a desarrollar y por la calidad de sus oradores.
La
capacitación de los administradores de propiedad horizontal es un pilar
fundamental para garantizar una gestión eficiente, transparente y
profesional, y este Congreso brindará las herramientas actualizadas para
el mejor desempeño de los administradores de propiedad horizontal.
¿Por
qué es importante esta convocatoria? Porque al reunir a expositores
nacionales e internacionales de los países más diversos, se ofrecerá un
amplio abanico sobre la situación actual y el futuro inmediato de nuestra
actividad.
No solo beneficia a los administradores en su desarrollo
laboral y en la mejora de sus competencias, sino que también repercute
directamente en el bienestar de los consorcistas, asegurando una mejor
convivencia y un manejo responsable de los recursos y bienes comunes.
Invertir en formación y capacitación es una estrategia clave para elevar
la calidad de la administración y fortalecer la confianza dentro de las
comunidades residenciales.
Quienes
deseen más información o inscribirse directamente al Congreso, pueden
hacerlo en www.cigsaargentina2025.com.ar.
Los
disertantes
Expertos
internacionales tendrán a su cargo las principales ponencias del
encuentro. A la fecha ya figuran como oradores Pepe Gutiérrez, Alfonso
Martínez y Víctor Arenas, España; Pilar Leguizamo, Laura
Salamanca y Luis Eduardo García, Colombia; Jeevan D´Mello,
Emitaros Árabes; Miguel Ángel Summa, Alejandro Casella, Albano
Laiuppa, Mayra Lucero y Leonardo Ríos Lovera, Argentina; Dawn
M. Bauman, EE.UU.; Leonardo Scheinder, Brasil; Aníbal
Ahumada y Miguel Madrid, Chile; Mara Cavazos, México y Mario
Tura, Italia  
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ULADI
Se
creó una segunda entidad de administradores latinoamericana
![Aníbal Ahumada, presidente de la ULADI durante una entrevista concedida a Tele13 Radio en Chile [fotograma video Tele13 Radio].](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/AnibalAhumada2.jpg)
Aníbal
Ahumada, presidente de la ULADI durante una entrevista concedida a Tele13
Radio en Chile [fotograma video Tele13 Radio].
[BPN-15/05/25]
El pasado 2 de mayo se creó la ULADI, una nueva Unión
Latinoamericana de Administradores Inmobiliarios.
Los
cuatro miembros de la comisión directiva cuyos nombres trascendieron son:
Aníbal Ahumada de Chile (presidente), Mara Cavazos
de México (vicepresidente), Miguel Ángel Summa de Argentina
(secretario) y María Teresa Arenas de Colombia (tesorera).
Según
sus fundadores, la creación de la ULADI "surge como resultado de un
esfuerzo conjunto por fortalecer la gestión y administración de
copropiedades [consorcios] en toda Latinoamérica. Los administradores
fundadores, junto a sus gremios o asociaciones han estado involucrados
activamente en numerosos congresos y jornadas de capacitación lo que ha
permitido el intercambio de experiencias y mejores prácticas entre los
distintos países de la región".
Agregaron
que "con la fundación de la ULADI se abre un nuevo capítulo en la
administración de inmuebles en América Latina, promoviendo no sólo la
excelencia en la gestión sino también la colaboración transnacional
formal en una industria que enfrenta desafíos comunes. La unión de
esfuerzos y conocimientos promete aportar un mayor nivel de
profesionalismo y estándares en la administración de la propiedad
horizontal, beneficiando en primer lugar a nosotros mismos, los
administradores y también a los copropietarios y residentes en toda
Latinoamérica".
Ya
existía la ULAI
Es
de recordar que el 20 de septiembre de 2013 tres entidades de
administradores argentinas y una de Brasil, Perú, Paraguay, Colombia,
Guatemala y Chile crearon la Unión Latinoamericana de Administradores
e Inmobiliarias (ULAI). Su principal objetivo era
profesionalizar la actividad en toda la región.
Según
explicaron, la diferencia más importante que existe entre las dos
entidades es que mientras que los socios de la ULAI son entidades de
administradores, a la ULADI se pueden asociar administradores no
federados, o sea que no pertenezcan a ninguna entidad del sector. Sin
embargo, dejan abierta la posibilidad de que también se puedan asociar
entidades como tales.
La
primera comisión directiva estuvo conformada por Ahumada de Chile
(presidente), Susana Figueroa de Guatemala (vicepresidenta)
y Germán Molano Baquero de Colombia (secretario) [1].
El
11 de noviembre de 2019 Miguel Ángel Summa había sido elegido presidente
de la ULAI en la ciudad de Panamá. En ese momento la CAPHyAI conducía las dos entidades más importantes que representan
administradores: la Unión mencionada y FAPHRA (Federación
Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad
Horizontal de la República Argentina) [2].
De
todos modos, la última actualización de la página en Facebook de la
entidad data del 8 de diciembre de 2017 en ocasión del 19º CONaMI (Congresso
Nacional Do Mercado Inmobiliario) de Salvador Bahía.
La
página web que informa ese sitio refiere a un emprendimiento en ingles
que no parece estar relacionado con la entidad  
---
[1]
BPN Nº 505 del 2/10/13: "Se
creó la Unión Latinoamericana de Administradores".
[2]
BPN Nº 670 del 15/12/19: "Miguel
Ángel Summa es el nuevo presidente de la CAPHyAI".
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Consorcistas
Nueva
asociación de copropietarios

[BPN-15/05/25]
El pasado 26 de abril una nueva entidad de consorcistas registró en NIC
Argentina su dominio en Internet. Se trata de la Asociación de
Propietarios de Inmuebles en La República Argentina (APINRA).
La
entidad fue autorizada a funcionar el 21 de enero de este año y se
aprobó su estatuto mediante la Resolución 51 de la IGJ.
Al
día de la redacción de esta nota [1] este medio no encontró
antecedentes de participación mediática representando a los
copropietarios de algunas de las autoridades de la nueva entidad. Tampoco
realizaron ninguna presentación pública de la entidad.
Según
su sitio web oficial son sus objetivos generales:
1)
Nuclear a propietarios de inmuebles radicados en la República Argentina
con la finalidad de proveer a la defensa común de sus intereses,
2)
preservar la propiedad privada como derecho constitucional fundamental,
3)
oponerse a los impuestos, tasas o contribuciones arbitrarios o excesivos,
4)
proponer y promover normas que beneficien a los propietarios y oponerse a
las que entiendan que los perjudican o resultan arbitrarias, impulsando la
reforma o derogación de normas de cualquier rango,
5)
representarlos ante las asociaciones sindicales u otras
corporaciones y
6)
difundir los beneficios de la propiedad privada en todos sus aspectos como
base de la prosperidad de la Nación.
Si
bien en su sitio web no hicieron pública la composición de su comisión
directiva, la Inspección General de Justicia informó a este medio que
son sus ocho integrantes:
Moira
Patricia Coupe
(presidenta) |
Máximo
Francisco León Barreto
(vicepresidente) |
Marcelo
Julián Hernández
(secretario) |
Roxana
María Kahale
(tesorera) |
Guillermo
Juan Cersónimo
(vocal) |
Jorge
Pablo Ibarborde
(vocal
suplente) |
Oscar
Roberto Jiménez Peña
(revisor
de cuenta titular) |
Adriana
Lujan Vaccaro
revisor
de cuenta suplente) |
Según
el medio digital realpolitik, Moira Patricia Coupe trabaja en el
Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde
hace más de una década e integra los equipos técnicos de Patricia
Bullrich desde 2020 [2]. Actualmente integra en el 10º lugar la lista
de candidatos a legisladores porteños por La Libertad Avanza
encabezada por Manuel Adorni [3].
Marcelo
Julián Hernández se desempeña desde el 1º de agosto de 2024 como
secretario de Coordinación Legal y Administrativa del Ministerio de
Desregulación y Transformación del Estado nombrado por Federico
Adolfo Sturzenegger [4].
En
términos generales, la comisión directiva está compuesta por un
arquitecto, un administrador y abogado y tres abogados. Ninguno de ellos
figura como corredor inmobiliario registrado en CUCICBA  
---
[1]
7/05/2025.
[2]
realpolitik del 29/04/25: "Los
suplentes de Manuel Adorni: Contratos con el estado y negocios offshore en
Miami".
[3]
electoralcaba.gob.ar.
[4]
Argentina.gob.ar.
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Medios
Consorcios
360 ganó el ‘Premio Binacional Río de los Pájaros’
![Claudio García de Rivas y Silvia Bercovsky reciben la estatuilla de manos del intendente de Concordia [Foto Pequeñas Noticias]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/PremioDeLosPajaros2.jpg)
Claudio
García de Rivas y Silvia Bercovsky reciben la estatuilla de manos del
intendente de Concordia [Foto Pequeñas Noticias]
[BPN-15/05/25]
El pasado viernes 25 de abril el programa de radio Consorcios 360
ganó el "Premio Binacional Río de los Pájaros" en la
categoría "Periodístico sobre Propiedad Horizontal"
otorgado por la "Fundación Paralelo Turístico".
La
gala de premiación se realizó en el salón de la Bodega Robinson en la
ciudad de Concordia (Entre Ríos). Entregó la estatuilla a Consorcios 360
su intendente, Francisco Azcué. En nombre de todo el equipo
asistieron a la gala Claudio García de Rivas (periodista), Silvia
Bercovsky (abogada) y Mariú Cáceres Quinde (asistente de
producción).
![Salón de la Bodega Robinson donde este año se realizó la premiación [Foto Pequeñas Noticias]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/PremioDeLosPajaros3.jpg)
Salón
de la Bodega Robinson donde este año se realizó la premiación [Foto
Pequeñas Noticias]
En
nombre de todo el equipo del popular programa de radio, García de Rivas
agradeció el premio a sus organizadores y a sus compañeros de equipo
faltantes: Daniel Sánchez Rivera (administrador), Diana Sevitz
(abogada) y Andrés Zulberti (consorcista).
Este
año la estatuilla representó a un pájaro carpintero real. Una
simpática ave de grandes patas con largos dedos y fuerte pico que le
permite extraer de los árboles las larvas e insectos con las que se
alimenta. Habita en Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay, Colombia y
Uruguay.
![Exterior de la Bodega Robinson [Foto Pequeñas Noticias]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/PremioDeLosPajaros4.jpg)
Exterior
de la Bodega Robinson [Foto Pequeñas Noticias]
En
la evaluación del programa los jurados -entre otras cosas- destacaron:
"Los participantes se divierten, se ríen, le dan [al programa] un
contexto descontracturado, a pesar de los temas abordados, lo que le
imprime una personalidad especial a la propuesta" y culminaron con un
valioso "¡Felicitaciones!".
Participaron
de la gala de premiación 120 medios de comunicación de toda Argentina y
Uruguay. Este premio -en palabras de los periodistas Alfredo Cacho
Rubio y Alejandra Rubio- es la más importante y mejor
organizada del interior del país.

Certificado
de la Fundación Paralelo Turístico
Este
es el 5º premio que gana Consorcios 360 a lo largo de sus casi tres años
y medio de vida. En 2024 fue galardonada con el premio
"Raíces", en 2025 con el "Premio Internacional Destino...
Malvinas" y en 2023/2024 con el "Faro de Oro de Mar del
Plata"  
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Ciudad
de Mendoza
‘Programa
Mejores Fachadas’
![Tanto viviendas como consorcios on beneficiarios de este programa [Foto municipalidad de Salta]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/ProgramaMejoresFachadas2.jpg)
Tanto
viviendas como consorcios on beneficiarios de este programa [Foto
municipalidad de Salta]
[BPN-15/05/25]
El pasado 21 de abril se promulgó una ordenanza en la ciudad de Mendoza
que impone el Gobierno local brindar mano de obra gratuita para realizar
tareas de pintura, remoción o lavado de las fachadas a aquellos vecinos
cuyas viviendas hayan sido afectadas por graffitis, pintadas, manchas y
otros tipos de inscripciones no deseadas. Por otra parte, establece
endurecer las sanciones para quienes realicen pintadas o inscripciones sin
autorización.
Los
autores de la ordenanza argumentaron que "los grafitis son
actualmente uno de los principales problemas estéticos a los que se
enfrentan gran cantidad de viviendas y edificios de nuestra ciudad",
y agregaron que "en los últimos años han crecido las intervenciones
clandestinas con pintura y productos similares en comercios y edificios
del centro de Mendoza".
En
el marco del "Programa Mejores Fachadas" el Gobierno local
aportará la mano de obra para las tareas de pintura, remoción o lavado
según corresponda y el propietario frentista comprará la pintura y la
totalidad de los materiales que sean necesarios para concretarlo.
La
mano de obra será sin cargo para los propietarios pero no incluirá la
realización de trabajos de albañilería como revoques o similares.
Éstos deberán ser efectuados por los vecinos solicitantes.
El
"Programa Mejores Fachadas" fue aprobado el 21 de abril por la
Ordenanza 4204/202 (BO: 11/04/25) y promulgada ese mismo día mediante el
Decreto Municipal Nº 439 (BO: 23/04/2025).
Los
requisitos
Para
poder beneficiarse del "Programa Mejores Fachadas", los vecinos
tendrán que cumplir algunos requisitos:
Ser
propietario del inmueble afectado y contar con la documentación
correspondiente.
Tener
la situación regularizada de tasas municipales o un plan de pagos
vigente.
Sobre
los consorcios de propietarios el artículo 3º de la Ordenanza Nº 4.204
establece:
Los
inmuebles registrados bajo el régimen de propiedad horizontal
podrán participar del Programa creado en la presente, siempre que
el consorcio cuente con personería jurídica pertinente [sic] y
tenga situación regularizada de tasas municipales por servicio a la
propiedad raíz, respecto del padrón correspondiente a la fachada a
intervenir. |
 
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Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires
Leve
aumento de calderas, ascensores e instalaciones fijas

[BPN-15/05/25]
Durante el 2024 en la Ciudad de Buenos Aires subió levemente la cantidad
de ascensores, calderas e instalaciones fijas contra incendios.
Ascensores
Durante
el año pasado la cantidad de ascensores, montacargas, montavehículos,
escaleras mecánicas, rampas móviles, artificios especiales, guardas
mecanizadas y otros sumaron 87.489 máquinas mientras que durante el 2024
habían sido 86.122 máquinas. La diferencia de 1.367 unidades representó
un incremento del 1,59% [1].
El
año pasado, los cuatro tipos de máquinas con más unidades fueron los
ascensores (80.604), los montacargas (3.729), montavehículos (1.695) y
escaleras mecánicas (790).
Calderas
Por
su parte, durante 2024 la cantidad de instalaciones térmicas descendió
en 1.510 unidades, una merma del 7,44% con respecto al 2023.
Este
año la Agencia Gubernamental de Control porteña no detalló la
composición de ese número: no informaron la cantidad de máquinas de
vapor de baja presión, de vapor de alta presión, de agua caliente, de
fluido térmico y termotanques [2].
Instalaciones
fijas
Por
último, durante el 2024 la cantidad de instalaciones fijas contra incendio
fue de 24.255, unas 928 más que durante el año anterior. El incremento
de un año a otro fue mínimo un 0,66% [3].

Las
obleas
El
25 de marzo de este año el Jefe de Gobierno porteño presentó un
proyecto de ley que -entre otras muchas cosas- busca que tres tasas
anuales cuyo costo recae mayoritariamente en los hombros de los
consorcistas porteños sean gratis [4].
Sin
embargo, la iniciativa todavía no fue sancionada por la Legislatura así
que mientras tanto el valor de la ‘oblea del ascensor’ sigue siendo de
10,080 pesos que multiplicado por las más de 87 mil máquinas
representará una erogación para los porteños de 882 millones de pesos o
más de un millón de dólares (1.071.929). Desde que se creó este
gravamen hasta ahora ya costó casi 29 millones de dólares (28.947.208).
La
oblea de las calderas e instalaciones fijas contra incendio fue fijado en
9.660 pesos que multiplicados por las 28.942 calderas y 24.255
instalaciones fijas sumará casi 514 millones de pesos o más de 620 mil
dólares.
A
pesar de los casi 36 millones de dólares que ya costaron todas estas
obleas sigue sin haber estadísticas oficiales sobre la cantidad de
siniestros que se produjeron por ascensores o calderas en mal estado ni la
cantidad de veces que la fuerza de bomberos utilizó las instalaciones
fijas contra incendio  
---
[1]
Calderas: Información provista el 10/01/25 por el subgerente operativa de
la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras del Ministerio
de Justicia.
[2]
Información provista el 13/02/25 por el subgerente operativo de la
Dirección General de 1.505Fiscalización y Control de Obras.
[3]
Información provista el 7/01/25 por el subgerente operativo de la
Dirección General de Fiscalización y Control de Obras.
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Proyecto
de ley nacional
Proponen
eliminar los colegios profesionales

[BPN-15/05/25]
El pasado 16 de abril la diputada nacional Marcela Marina Pagano (La
Libertad Avanza) presentó un proyecto de ley que busca desregular la
actividad de los profesionales universitarios y no universitarios. Para
lograrlo propone eliminar la obligación del pago de "tasas
regulatorias, cuotas colegiales o cualquier otro tipo de contribución
obligatoria que restrinja o condicione el ejercicio profesional".
Sostiene que de esta forma garantizará la igualdad de oportunidades para
todos los profesionales y promoverá el ejercicio libre de las profesiones
en diferentes jurisdicciones" (artículo 1º).
En
su lugar, la iniciativa busca crear un Registro Nacional de
Profesionales Universitarios y no Universitarios en el ámbito del Ministerio
de Capital Humano de la Nación en el que deberán inscribirse
gratuitamente todos aquellos que cuenten con un título de validez
nacional para ejercer su profesión en todo el territorio de la
República. Dicho Registro reemplazará la matrícula obligatoria en los
respectivos colegios, consejos, asociaciones de profesionales y organismos
análogos (artículo 2º).
El
proyecto ingresó por mesa de entradas con el número de expediente
1677-D-2025, consta de ocho artículos de los cuales uno es de forma y
está previsto que pase por las comisiones de Educación, Legislación
General y Presupuesto y Hacienda [ texto
original].
Sus
argumentos
La
diputada nacional argumentó: "La matrícula obligatoria es un
requisito que, en la mayoría de los casos, impone cargas económicas
considerables a los profesionales para poder ejercer su actividad. Un
ejemplo claro de ello se observa en el ámbito de la abogacía, donde la
matrícula, por ejemplo, en la Ciudad de Buenos Aires, para el ejercicio
de la profesión, tiene un costo de 2,6 UMA (que en enero de 2025 se
estipuló en $67.632), lo que equivale a $175.800".
Agregó
también: "Además del pago obligatorio a los colegios profesionales,
existen tasas regulatorias adicionales, que dificultan aún más el
ejercicio de profesiones en áreas especializadas".
Finalizó
señalando: "El presente proyecto tiene como propósito desregular la
actividad de los profesionales universitarios y no universitarios,
eliminando la obligación del pago de tasas regulatorias, cuotas
colegiales o cualquier otro tipo de contribución obligatoria que
restrinja o condicione el ejercicio profesional".
¿Qué
dice la ley?
Actualmente
el artículo 1º del Decreto 2.293 del año 1992 [ texto
original] firmado por el
presidente Carlos Menem y los ministros Domingo Cavallo y Jorge
Maiorano ordena:
Todo
profesional universitario o no universitario que posea un título
con validez nacional, podrá ejercer su actividad y oficio en todo
el territorio de la República Argentina, con una única
inscripción en el Colegio, asociación o registro que corresponda
al de su domicilio real.
Los
profesionales que ya se encontraren inscriptos o matriculados en
más de una jurisdicción deberán mantener al menos la que
corresponda a su domicilio real.
Los
profesionales que ya se encontraren inscriptos únicamente en
jurisdicciones distintas a la de su domicilio real, no estarán
obligados a inscribirse en esta última. En ninguna provincia o
municipio se podrá obligar a un profesional a realizar una
inscripción para el ejercicio de su profesión, de acuerdo a lo
dispuesto en este artículo.
El
presente artículo será exclusivamente aplicable a aquellas
profesiones para las que fuera obligatoria dicha matriculación. |
Los
colegios y la propiedad horizontal
Es
de recordar que a lo largo de los últimos 25 años hubo innumerables
intentos y propuestas en diferentes lugares del país para colegiar a los
administradores de consorcios. Para mencionar una del pasado cercano, el
último 13 de agosto una legisladora del bloque Socialista, Varinia
Drisun, presentó en la Cámara de Diputados de Santa Fe un proyecto
de ley que busca crear un Colegio de Administradores de Consorcios de
Propiedad Horizontal y Conjuntos Inmobiliarios en toda la provincia [1].
Una
profesión relacionada con la propiedad horizontal que sí logró la
colegiatura en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue la de Corredor
Inmobiliario. Luego de una larga lucha, el 17 de mayo de 2007 se aprobó
en la Legislatura porteña la Ley 2340 que creó el Colegio Único de
Corredores Inmobiliarios con el voto unánime de los 31 legisladores
porteños presentes [2]  
---
[1]
BPN Nº 788 del 15/11/24: "Buscan
crear un Colegio de Administradores en Santa Fe".
[2]
BPN Nº 322 del 05/06/07: "Esta
vez llegó para quedarse".
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ENCARGADO DE PORTERÍA
PERMANENTE: Buenos días! Me postulo para dicho puesto por la zona de Capital Federal, cuento con referencias comprobables, soy una persona trabajadora, puntual y responsable, cualquier otra duda estoy a disposición para
responder - Nombre: HÉCTOR FERNANDO ARRIOLA TORRES - Llamar al teléfono:
(11) 3006-5195 de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico:
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miembros de la CAPHyAI del CPCE - Nombre:
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/ (11)
6597-4834 durante todo el día - Localidad: Capital Federal -
Correo electrónico:
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ENCARGADO
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y resposable - Nombre:
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durante la mañana o tarde - Localidad: Olivos / Buenos Aires
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VIVIENDA: Poseo basta experiencia en el puesto - Referencias
comprobables - CV actualizado - Suplencias - Nombre: Roberto Nicolas Forte
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Balvanera / Capital Federal - Correo electrónico:
forterobertonicolas@gmail.com
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ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE
CONSORCIOS: Mi colaboración para con la empresa sería part-time.
Cuento con experiencia en el rubro. Mis tareas fueron tanto dentro como
fuera de las administraciones (trámites bancarios, pagos varios,
atención telefónica a los consorcistas y encargados,etc.) - Nombre: Pablo Isasmendi
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consorcio con o sin vivienda. Actualmente trabajo en una empresa de
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experiencia - Nombre:
Andrea Lugo - Llamar al teléfono: (11) 5059-4272 de 14 a
21 hs. - Localidad: La Boca / Capital Federal - Correo electrónico: andre-rmm@hotmail.com
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ENCARGADO DE EDIFICIO/CABA:
Soy Jorge Alejandro Garibotti, 57 años, casado y vivo en Belgrano/CABA.
Busco empleo como encargado preferiblemente en CABA, tiempo completo,
media jornada, etc. Tengo experiencia referencias y CV actualizado -
Nombre: Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono: (11) 3814-0928
o (11) 5415-4882 (esposa) a partir de las 13 hs. - Localidad: CABA
- Correo electrónico: avui1967@gmail.com
o griludi62@gmail.com
(mi esposa).
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Registro
Público de Administradores porteño
Proponen
una ambiciosa reforma de la Ley 941

[BPN-15/05/25]
El pasado 29 de abril el legislador porteño Yamil Santoro (Republicanos
Unidos) presentó un proyecto de ley que busca modificar la Ley 941
que creó el Registro Público de Administradores (RPA)
porteño para imponer nuevas exigencias y obligaciones a los
profesionales.
La
iniciativa consta de 8 artículos de los cuales uno es de forma, ingresó
por mesa de entrada de la Legislatura porteña con el número de
expediente 1.279 y se encuentra en la Comisión de Legislación General [ texto
original].
Más
capacitación
Según
la iniciativa de Santoro los administradores de consorcios onerosos
(profesionales) deberán realizar una capacitación en administración de
consorcios con una duración mínima de tres años académicos
en lugar del curso de 120 horas que rige actualmente.
El
legislador agregó también para los administradores voluntarios
(autoadministrados) un curso de capacitación en administración de
consorcios y un examen sobre contenidos mínimos.
El
proyecto de Yamil Santoro menciona que los administradores en caso de
rematriculación deben realizar un curso de actualización sin especificar
la cantidad de horas con que debe contar.
La
primera cláusula transitoria de la iniciativa estipula que los
administradores tendrán un plazo de cuatro años desde que
se promulgue la ley –en caso de ser aprobada- para presentar la
constancia de haber concluido los estudios requeridos. Para el caso de
administradores ad honorem o voluntarios el plazo se reduce a un año y
medio.
Juicios
y seguro
El
proyecto propone que en las declaraciones juradas (DDJJ) anuales el
administrador –y en el caso de corresponder los socios o los miembros
del directorio de las personas jurídicas- deban informar los juicios en
los que sean parte demandada. Esta información también la deberá
brindar al momento de su designación bajo pena de sanción disciplinaria.
También
deberá presentar un seguro de mala praxis por una suma no inferior a 350
mil Unidades Retributivas de Servicios (URS) por inmueble a
administrar, con cláusula de no repetición a favor del consorcio
contratante. El valor actual de la URS es de 805,08 pesos por lo que cada
consorcio estaría asegurado contra negligencias, imprudencias o falta de
habilidad en el desempeño profesional del administrador por casi 282
millones de pesos (281.778.000).
Condición
de propietario
La
iniciativa busca que el propietario para inscribirse debe presentar un
certificado de dominio actualizado emitido por Registro de la Propiedad
Inmueble que acredite su condición en lugar de la "descripción de
la unidad funcional de la cual es propietario con su número de matrícula
del Registro de la Propiedad Inmueble o, en su defecto, simple
declaración jurada de la totalidad de los copropietarios" que se
exige actualmente.
De
2 a 5 años
En
el certificado de acreditación del administrador deberán figurar las
sanciones que se le hubieran impuesto al administrador en los últimos
cinco años en lugar de los dos que se informan actualmente.
Busca
que también el buscador de administradores de la página web del
Registro Público de Administradores se informen las sanciones de los
últimos cinco años.
Poderes
a terceros
El
legislador agregó un inciso ‘u’ al artículo 9º que trata de las
obligaciones del administrador en el que lo imposibilita de "otorgar
poderes generales de administración a favor de cualquier tercero", y
agrega que "el escribano que formule dichos poderes será
solidariamente responsable, ante el consorcio contratante".
Infracciones
La
iniciativa agrega la falta "incumplimiento" a la ya existente de
"falseamiento de los datos" exigidos para la inscripción del
administrador. O sea que de ser aprobado el proyecto serán pasibles de
sanción tanto el incumplimiento como el falseamiento de esos datos.
Asambleas
virtuales
El
proyecto propone que las asambleas tanto ordinarias como extraordinarias
podrán ser virtuales y pone en cabeza del administrador la obligación
de grabarlas y conservarlas por dos años bajo pena de sanción. Por otra
parte, deberá volcar el resumen de las mismas en los respectivos libros
de asambleas.
Banco
Ciudad
La
iniciativa elimina el párrafo que garantiza la gratuidad de la mayoría
de los servicios que proporciona el Banco Ciudad de Buenos Aires. Éste
actualmente ordena: "Para los consorcios que soliciten la apertura de
la cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza como opción
la gratuidad de dicha cuenta la cual incluye el trámite de alta,
mantenimiento mensual, emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o
cualquier otro cargo que corresponda a la ciudad"  
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Recarga
de matafuegos
Quieren
extender la vigencia de la recarga de 12 a 18 meses

[BPN-15/05/25]
El pasado 28 de abril el legislador porteño Yamil Santoro (Republicanos
Unidos) presentó un proyecto de ley para que la vigencia de la
recarga o mantenimiento de los matafuegos se extienda a 18 meses y que los
infractores a esta obligación dispongan de tres meses para regularizar su
situación antes de que se le aplique una sanción.
La
iniciativa ingresó por mesa de entradas de la Legislatura porteña bajo
el número de expediente 1264, consta de 3 artículos de los cuales uno es
de forma y se encuentra en la Comisión de Planeamiento Urbano.
Mantenimiento
de los matafuegos
Para
lograr el primero de sus objetivos, propone modificar uno de los párrafos
del artículo 5.1.7.2 del Anexo A de la Ordenanza 34.421 (Código de
Edificación) que actualmente establece que la recarga o mantenimiento de
los matafuegos será cada año por otro que ordenará:
La
vigencia de la recarga o mantenimiento de los extintores
(matafuegos) es de dieciocho (18) meses. |
En
sus fundamentos explicó que "esta modificación responde a la
evolución de las tecnologías en la fabricación y mantenimiento de
equipos contra incendios, que permite una mayor durabilidad y eficiencia
en el uso de los extintores".
Tres
meses de gracia
El
segundo de sus objetivos se propone lograrlo insertando en el
artículo 2.1.1 del Anexo A de la Ley 451 (Régimen de Faltas de la Ciudad
de Buenos Aires) un párrafo que ordena:
Cuando
la infracción esté vinculada exclusivamente al vencimiento de los
elementos de prevención relacionados con la carga o el
mantenimiento, se intimará al responsable para que regularice la
situación en un plazo de 3 meses a partir de la fecha de
vencimiento.
Transcurrido
dicho plazo, se procederá a aplicar las sanciones correspondientes. |
A
la hora de justificar esta propuesta explicó: "Se incorpora una
nueva disposición en el Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires
que establece un sistema de intimación en caso de infracciones vinculadas
al vencimiento de la carga o el mantenimiento de los extintores", y
agregó: "Este enfoque busca dar un margen adecuado para la
corrección de la falta sin recurrir a medidas drásticas como la clausura
inmediata y promoviendo la colaboración en lugar de la sanción
automática"  
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Ciudad
de Rosario, Santa Fe
Quieren
que los consorcios deban contar con generadores

[BPN-15/05/25]
El pasado 8 de mayo la concejala María Fernanda Gigliani (Iniciativa
Popular) presentó un proyecto de ordenanza para que los consorcios de
propietarios de una zona céntrica de la ciudad de Rosario deban contar
obligatoriamente con un grupo electrógeno que garantice el funcionamiento
de ascensores, bombas de agua y luces de emergencia.
Según
la iniciativa, la zona está comprendida entre el Boulevard 27 de Febrero,
la Av. Francia y el río Paraná. Los proyectos de construcción de
edificios nuevos en esa zona deberán incluir en sus planos y
especificaciones técnicas la instalación del mencionado grupo
electrógeno. Este requisito será indispensable para la aprobación del
permiso de obra (artículo 1º).

Los
generadores serán obligatorios en la zona comprendida entre el Boulevard
27 de Febrero, la Av. Francia y el rio Paraná.
Los
edificios existentes deberán adecuarse a la normativa en un plazo no
mayor a 24 meses (artículo 2º).
Para
lograr su objetivo Gigliani propone agregar a la sección
"Instalaciones eléctricas" (sección 4.10.2) del Reglamento
de Edificación de la
ciudad de Rosario un párrafo que ordene:
Establézcase
la obligatoriedad de instalación de un grupo electrógeno o fuente
alternativa de electricidad en todos los edificios construidos y a
construirse en el área delimitada por el río Paraná, Blvd. 27 de
Febrero y Av. Francia.
Estas
fuentes alternativas de electricidad deberán garantizar, como
mínimo, el funcionamiento de ascensores, bombas de agua y sistemas
de iluminación de emergencia en espacios comunes.
Los
proyectos de construcción de edificios nuevos en la zona mencionada
deberán incluir en sus planos y especificaciones técnicas la
instalación del grupo electrógeno o fuente alternativa de
electricidad, siendo este requisito indispensable para la
aprobación del permiso de obra." |
La
iniciativa ingresó por mesa de entrada con el número 275104-P-2025,
cuenta con cuatro artículos de los cuales uno es de forma y se encuentra
en la Comisión de Planeamiento y Urbanismo [ texto
original].
Sus
fundamentos
Entre
otros argumentos, la concejala expuso:
Con
el aumento de la demanda -que en los últimos años ha sido
exponencial- se hizo imposible que la Empresa Provincial de la
Energía de Santa Fe (EPE) satisfaga la misma ya que sus
estructuras de distribución estaban pensadas para otro tipo de
requerimiento. Problemática que genera cada vez más interrupciones
en el servicio.
Dichas
interrupciones, en los edificios en altura, afectan especialmente a
los adultos mayores y personas con movilidad reducida quienes
dependen del suministro eléctrico para el uso de ascensores,
sistemas de salud y climatización, entre otros.
En
este mismo sentido la falta de energía en estos edificios genera
dificultades en el abastecimiento de agua, seguridad en accesos y
comunicación.
Asimismo
el déficit de este servicio en horarios nocturnos compromete la
seguridad pública y el bienestar de los ciudadanos/as, dificultando
el acceso a las viviendas y el normal desempeño de las fuerzas de
seguridad y emergencias médicas.
La
implementación de grupos electrógenos o fuentes alternativas de
electricidad en edificios nuevos o existentes en la zona con más
densidad poblacional de la ciudad permitiría mitigar los efectos de
los cortes de energía. |
 
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Salario
Mínimo Vital y Móvil
Desde
abril a agosto el SMVM seguirá por debajo de la inflación

[BPN-15/05/25]
El pasado 8 de mayo se publicó en el Boletín Oficial la
resolución que ordenó aumentar el Salario Mínimo Vital y Móvil
(SMVM) de abril, mayo, junio, julio y agosto a 302.600, 308.200,
313.400, 317.800 y 322.000 pesos mensuales respectivamente [ vínculo].
Se
calcula que el nuevo piso salarial impactará en unos 400 mil trabajadores
que se encuentran fuera de convenio.
Mensual
Estas
modificaciones significaran un aumento con respecto a su mes anterior del
1,95% para abril, del 1,85% para mayo, del 1,69% para junio, del 1,4% para
julio y del 1,32% para agosto.
Acumulado
anual
En
agosto el SMVM habrá acumulado en lo que va del año un aumento del
15,12% mientras que la inflación que mide el IPC [1] y estima
el REM [2] habrá sido del 22,18%.
Medición
interanual
Los
resultados de la medición interanual el SMVyM serán: en abril de un
36,89%, en mayo de un 31.53%, en junio de un 33,75%, en julio de un 25% y
en marzo de un 22,7%.
Mientras
tanto la inflación interanual de esos meses será de un 47,3%, un 45,32%,
un 41,99%, un 39,26% y un 36,05% respectivamente.
O
sea que en esos cuatro meses el SMVyM perderá contra la inflación -10,41
puntos porcentuales, -13,79, -8,24, -14,25 y -13,35 puntos porcentuales
respectivamente.
Salario
Mínimo Vital y Movil |
Período |
Resolución |
Fecha |
BO |
Jornada
Completa |
Hora
de Jornalizado |
marzo/2025 |
17/2024 |
23/12/2024 |
26/12/2024 |
296.832 |
1.484,16 |
abril/2025 |
5/2025 |
08/05/2025 |
09/05/2025 |
302.600 |
1.513,00 |
mayo/2025 |
5/2026 |
08/05/2025 |
09/05/2025 |
308.200 |
1.541,00 |
junio/2025 |
5/2027 |
08/05/2025 |
09/05/2025 |
313.400 |
1.567,00 |
julio/2025 |
5/2028 |
08/05/2025 |
09/05/2025 |
317.800 |
1.589,00 |
agosto/2025 |
5/2029 |
08/05/2025 |
09/05/2025 |
322.000 |
1.610,00 |
La
resolución que fue firmada el 8 de mayo llevó el número 5/2025 y fue
firmada por Claudia Silvana Testa, presidenta alterna del Consejo
Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil
y subsecretario de Trabajo del Ministerio de Capital Humano.
El
SMVM y la propiedad horizontal
Se
reitera que como ninguna escala salarial de los encargados de edificios es
inferior al SMVM, éste sólo es importante para la propiedad horizontal
porque se utiliza en el cálculo de los montos inembargables de los
sueldos.
Así
fue establecido por el Decreto 484/87 del 26 de marzo de 1987 que
reglamentó los artículos 120º, 147º y 147º de la Ley de Contrato de
Trabajo Nº 20.744.
Las
remuneraciones devengadas por los trabajadores en cada período
mensual, así como cada cuota del sueldo anual complementario son
inembargables hasta una suma equivalente al importe mensual del
Salario Mínimo Vital fijado de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 116 y siguientes del Régimen de Contrato de Trabajo
(LCT-TO por Decreto Nº 390/76). Las remuneraciones superiores a ese
importe serán embargables en la siguiente proporción:
1.-
Remuneraciones no superiores al doble del Salario Mínimo Vital
mensual, hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediere de
este último.
2.-
Retribuciones superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual,
hasta el veinte por ciento (20%). |
 
---
[1]
IPC: Índice de Precios al Consumidor que mide el INDEC.
[2]
REM: Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco
Central de la República Argentina (BCRA)
|
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Encargados
vs. Empresas de limpieza
‘Pongan
las barbas en remojo’
![Mario Fernández (secretario general) y Pablo Ravagni (secretario gremial) [Foto: LoQuePasa.net]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2025/05/bpn_800/SUTERyHMarDelPlata2.jpg)
Mario
Fernández (secretario general) y Pablo Ravagni (secretario gremial)
[Foto: LoQuePasa.net]
[BPN-15/05/25]
El pasado 9 de mayo trascendió que el secretario general del Sindicato
Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERyH)
de Mar del Plata, Mario Fernández, advirtió a los administradores
de aquellos consorcios que contratan empresas de limpieza: "Que
pongan las barbas en remojo porque vamos a salir a controlar de
todo".
Según
develó a un medio local calculan que hay más de 7 mil edificios en Mar
del Plata y SUTERyH Mar del Plata cuenta con "apenas 1.200
afiliados". Explicó que esto pasa porque "las administraciones
dicen que el consejo de administración las obliga a contratar empresas de
limpieza".
Según
informaron, el gremio inició un reempadronamiento de los trabajadores de
edificios y desplegaron inspecciones en aquellos consorcios donde
detectaron irregularidades no solo en la contratación de personal
tercerizado sino también en el incumplimiento de aportes previsionales y
de obra social. "Ya salimos a inspeccionar y vamos a tener reuniones
con la Cámara de Administradores y con los consorcios. No vamos a
permitir más esta situación", remarcó el dirigente.
El
secretario gremial Pablo Ravagni acusó directamente a algunas
administraciones de tener relación directa con las firmas tercerizadas:
"Muchas de esas empresas de limpieza son de las propias
administraciones. Les hacen creer a los propietarios que es más barato
que tener un encargado pero no es cierto. El encargado es más económico,
está todo el día en el edificio y se sabe quién es. Con las empresas de
limpieza cambian al personal todo el tiempo y no se sabe quién
entra", explicó.
Algunos
números
Es
de recordar que durante el año pasado en toda la Argentina disminuyó en
un -1,85% la cantidad de puestos de trabajo del sector de la propiedad
horizontal con respecto al mismo período del año pasado.
PROMEDIO
ANUAL |
Año |
Puestos
de trabajo |
Variación |
2015 |
50.316 |
1,37 |
2016 |
52.870 |
5,07 |
2017 |
55.538 |
5,05 |
2018 |
55.385 |
-0,28 |
2019 |
56.003 |
1,12 |
2020 |
56.831 |
1,48 |
2021 |
57.143 |
0,55 |
2022 |
56.279 |
-1,51 |
2023 |
54.841 |
-2,56 |
2024 |
53.826 |
-1,85 |
Es
el tercer año consecutivo que desciende la cantidad de puestos de
trabajo. Desde 2021 hasta 2024 se perdieron 3.317 puestos de trabajo
(7.143-54.841) lo que representó una caída de un 5,8% en promedio  
|
|
Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Este
mes las escalas perderán en los tres frentes

[BPN-15/05/25]
Durante el quinto mes de este 2025 el promedio de las escalas salariales
de los encargados de edificios [1] perderá -2,8 puntos porcentuales con
respecto al mes pasado, -22,31 pp en lo que va del año y -3,44 puntos en
el cálculo interanual.
Este
mes los cálculos se realizaron tomando en cuenta dos aspectos:
1.-
Se consideró homologado tácitamente desde el 14 de abril el acuerdo
firmado el 25 de febrero entre las tres entidades de administradores y el
SUTERH aunque ninguna de los cuatro hizo público oficialmente el acta
acuerdo tal cual lo establece la ley.
2.-
Si bien Víctor Santa María anunció un acuerdo paritario para
mayo aunque todo hace pensar que éste todavía no habría sido firmado.
El
incremento mensual
Si
no hay novedades durante la primera quincena de este mes, en mayo el
promedio de las escalas salariales no variará con respecto al mes pasado
y será de 867.118 pesos mensuales. Este promedio incluye el 1,1% acordado
para marzo y el tercer bono de 50 mil pesos para todas las
categorías correspondiente a mayo.
El
acumulado anual
En
mayo el promedio de las escalas salariales será un -7,62% menor con
respecto a diciembre del año pasado. Esto se debe a que –como todos los
años- en diciembre se pagó un bono del 20% que en enero no se cobró por
lo que los promedios de las escalas salariales el primer mes del año
bajaron.
Durante
el último mes del año pasado el promedio de las escalas salariales
estaba en 938.645 pesos mensuales.
La
medición interanual
El
incremento interanual de las escalas salariales desde mayo del año pasado
hasta el mismo mes de éste será de 41,88%.
El
promedio de las escalas salariales de mayo de 2024 fue de 611.143 pesos.
INDEC
Según
el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC la
inflación de abril fue de un 2,8% y para el Relevamiento de
Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central
de la República Argentina (BCRA) la inflación de mayo será
del 2,8%.
Según
estos números, la inflación interanual de este mes será de un
45,32%.
Jubilados
Mientras
tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en febrero será
de 366.481,75 pesos bruto a los que se deben descontar la "Obra
social s/haberes PAMI".
Esto
se debe a dos razones:
1-
En marzo del año pasado se estableció que el haber mínimo a partir de
julio se actualizará todos los meses de acuerdo a la inflación que
calcule el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que
elabora el INDEC (Decreto 274 del 22/03/24). Cómo la inflación de
marzo fue del 3,7% las jubilaciones de marzo aumentarán en un 3,73%
(Resolución 211 del 25 de abril).
2.-
Se volvió a otorgar un "Bono Extraordinario Previsional" por un
monto de hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 298 del 30 de abril.

En
dólares
En
dólares, este haber mínimo representa 324,73 dólares al precio oficial
o 317,3 dólares según el mercado blue [2].
Contra
la inflación
En
mayo del año pasado ese haber estuvo en 262.138,4 pesos.
Este
mes el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue positivo contra
la inflación mensual (0,2 puntos) y negativo contra el acumulado anual
(-3,5 puntos) y contra la medición interanual (-5,52 puntos).
En
enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s
312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes
debería haber sido de 505.718,38 pesos mensuales (u$s 438,26 promedio a
valor oficial).
Si
calculamos, mes a mes, la diferencia de lo que debió ganar un jubilado
siguiendo el ritmo de la inflación y lo que realmente percibió incluidos
los bonos extras, observamos que en total lo perdido desde enero de 2016
hasta mayo de 2025 fueron -2.088.059,43 pesos (u$s –1.809,52) incluida
la incidencia de los medios aguinaldos  
---
[1]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los
acordados en paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional incluido
el bono no remunerativo del 20% que se paga en diciembre.
[2]
14/05/2025.
|
|
|
ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
|
Boletín
de Pequeñas Noticias
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Edición
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