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12 de julio de 2019 - Nº 660

Paritarias propiedad horizontal 2019

Se habría firmado un acuerdo por el 27% para el sector

Según rumores, el aumento se habría firmado en tres cuotas de 9% La primera sería en julio, la segunda los últimos meses antes de fin de año y la tercera durante los primeros meses del año que viene El acuerdo estaría vigente hasta junio de 2020.

[BPN-12/07/19] Las tres entidades de administradores habilitadas para firmar los convenios colectivos de trabajo [1] y la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) habrían firmado un acuerdo para incrementar entre un 27% y un 29% las escalas salariales vigentes. El aumento sería en tres tramos y estaría vigente hasta junio del año que viene...


 

 

Proyecto de ley porteño

Buscan definir por ley las expensas ordinarias y extraordinarias

A fines del mes pasado, Inquilinos Agrupados presentó un proyecto de ley para que en Ley 941 se definan taxativamente las expensas ordinarias y las extraordinarias Hizo suyo la iniciativa una legisladora de Unidad Ciudadana.

Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Este año los salarios acumularían un 45%

De confirmarse el aumento del 9% para los salarios de julio, el incremento anual acumulado sería del 45%, el interanual llegaría al 73% y el promedio de los primeros siete meses de este año sería un 57% mayor que el del mismo periodo del año pasado.


Administración Global


Registro Público de Administradores porteño

Prosperaron sólo el 36% de las denuncias de 2018

De las 1.314 denuncias que presentaron los consorcistas contra sus administradores por infracciones a la Ley 941 en 2018 prosperaron sólo 478 De esa cantidad de disposiciones internas sancionatorias hasta ahora se publicaron 15 Si los números no cambian, ese año de cada mil denuncias se habrá sancionado casi 23 administradores.

Primer semestre 2018 vs. 2019

Las sanciones contra administradores subieron un 83%

Por otra parte, de acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial, durante el primer semestre del año el monto de las multas en pesos aumentó un 28% y en dólares se redujo en un 24% comparado con el mismo período del año anterior Durante este año, el tiempo trascurrido entre la firma de la sanción hasta su publicación en el Boletín Oficial fue de un año, cuatro meses y 15 días.


Plataforma de Pagos


Causas judiciales contra Consorcio Participativo

Una cuarta comuna se presentará como ‘amicus curiae

A fines del mes pasado, durante el plenario del Consejo Consultivo de la Comuna 14 se aprobó por amplia mayoría presentarse como "amicus curiae" en las causas judiciales que se están tramitando contra la Aplicación Oficial Consorcio Participativo.


Elecciones nacionales 2019

Eduardo Awad ya comenzó su campaña

El Dr. Eduardo Awad, precandidato a primer diputado nacional por el Partido Autonomista Nacional, adelantó cuatro de sus iniciativas para bajar las expensas en los consorcios de propietarios Propondrá también que los funcionarios que no cumplan con sus promesas durante el debate presidencial sean sancionados La entrevista completa.


Convenio de la CAPHyAI con el IVC

La CAPHyAI designará los administradores de la Villa Olímpica

La Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias firmó un convenio con el Instituto de la Vivienda porteño para seleccionar y designar los administradores de los 29 edificios que conforman el Barrio Olímpico La entidad será responsable de su desempeño, idoneidad y profesionalismo.


4ª edición de "Administrando en los tiempos del nuevo Código Civil..."

¡¡¡ El primer sorteo del año !!!

En esta oportunidad sortearemos cinco libros de la Dra. Diana Sevitz y la Cra. Liliana Corzo Los libros se sortearán entre los suscriptos al Boletín de Pequeñas Noticias y los seguidores/participantes del grupo/sitio en Facebook Esta nueva edición se terminó de imprimir la semana pasada.


Rincón Solidario
Manifestó que corresponde que se liquiden los honorarios

por la Dra. Diana Sevitz.


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Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados

Declaración Jurada Formulario 931

El aplicativo de la AFIP no funcionó durante el cierre de expensas

Desde el viernes 28 de junio y hasta el 1º de julio por la tarde, no funcionó el aplicativo "Declaración en línea" con el que se liquidan los aportes y contribuciones de la Seguridad Social y la Obra Social, entre otros Todos los meses más de ocho mil administradores cierran las expensas que deben abonar unas dos millones de personas que viven en la CABA.


Liga del Consorcista

Alertan que se sigue pretendiendo crear un colegio

La Dra. Rita Sessa, vicepresidenta de la Fundación Liga del Consorcista, alertó que "hay administradores que siguen pretendiendo crear un colegio único de administradores" Explicó sobre la relación de consumo existente, la carrera universitaria y la constitucionalidad de ese colegio.


Federación de Administradores de Propiedad Horizontal

La CAPHyAI estaría abierta a reintegrarse a FAPHRA

El vicepresidente 1º de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias no descartó reincorporarse a la Federación de Administradores de Propiedad Horizontal La ruptura se había producido en junio del año pasado.


Gisela Marziotta y Página/12

Horacio Verbitsky cruzó más de un par de veces a Santa María

El periodista había adelantado que Gisela Marziotta acompañaría a Matías Lammens por ser "amiga íntima de [Víctor] Santa María" También develó en detalle las razones por las cuales se alejó de Página/12.


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Correo de Lectores

El ejercicio financiero de un consorcio

(28/06/2019)


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Pequeñas Noticias

Nosotros

Acompañan a Pequeñas Noticvias en este número.

Curso Liquidación de Sueldos para Propiedad Horizontal

Siro, Servicio Integral de Recaudación Banco Roela

Administración Global

Plataforma de Pagos

Administración Bernetti

Cra. Viviana B. Grinberg

CASIPH (Cámara Argentina de Sistemas Informáticos para Propiedad Horizontal)

Caldén, control de plagas

Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI)

Pewen Sistemas: Servicios informáticos para administradores y consorcios

Administración Claudio López

Administración Liliana Silvia Bo

Curso/Taller Liquidación de Sueldos para Propiedad Horizontal

Libro Todo sobre Consorcios del Dr. Osvaldo Loisi

Marta Granados - Administraciones

Pequeñas Noticias... minuto a minuto en Twitter

Mariú Cáceres: Diseño gráfico y fotografía

Pequeñas Noticias: La herramienta exacta

Cultura de Trabajo


Paritarias propiedad horizontal 2019

Se habría firmado un acuerdo por el 27% para el sector

De acuerdo a como se apliquen los aumentos a las escalas, éstos podrían sumar el 28,5% o el 31,29%.

De acuerdo a como se apliquen los aumentos a las escalas, éstos podrían sumar el 28,5% o el 31,29%.


[BPN-12/07/19] Las tres entidades de administradores habilitadas para firmar los convenios colectivos de trabajo [1] y la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) habrían firmado un acuerdo para incrementar entre un 27% y un 29% las escalas salariales vigentes. El aumento sería en tres tramos y estaría vigente hasta junio del año que viene.

A pesar del hermetismo que en general rodean las negociaciones de los aumentos salariales, llegaron a la redacción de Pequeñas Noticias rumores de ciertos sectores del Ministerio de Producción y Trabajo que el primer tramo del aumento sería de un 9% para los sueldos de julio que se liquidan los primeros días de agosto. El segundo de un porcentaje similar, se aplicaría los últimos meses de este año y el último durante los primeros meses del año que viene.

La suma aritmética de los tres tramos da un aumento del 27% pero si cada aumento se aplicara sobre la escala del mes anterior el porcentaje trepa al 29%.

No trascendió si el acuerdo firmado agregó o modificó el articulado del convenio colectivo de trabajo vigente.

El SUTERH (Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal) no hizo ninguna mención en su sitio web institucional sobre el acuerdo logrado. Tampoco habló del tema otro miembro paritario recientemente incorporado, la Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal (APH).

Es de esperar que de confirmarse toda esta información, en esta oportunidad la homologación de acuerdo llegue antes de fin de julio para que los administradores puedan liquidar normalmente los sueldos sin tener que realizar luego costosas modificaciones o liquidaciones adicionales para el aumento acordado Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] La Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


Proyecto de ley porteño

Buscan definir por ley las expensas ordinarias y extraordinarias

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [foto Pequeñas Noticias]

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [foto Pequeñas Noticias]


[BPN-12/07/19] El pasado 28 de junio, Florencia Presta, referente de Inquilinos Agrupados, presentó un proyecto de ley en la Legislatura porteña para que queden definidos los conceptos de "Expensas ordinarias" y "Expensas extraordinarias". Para lograrlo propone modificar el inciso j) de la Ley 941.

Es de recordar que ese inciso ya establece la obligatoriedad de "Indicar en forma separada y diferenciada los importes que correspondan a expensas ordinarias y extraordinarias". Lo que agrega la iniciativa son dos definiciones que, para una mayor claridad, separamos en dos párrafos separados:

1.- "Se entiende por ‘Expensas ordinarias’ todos aquel/os gastos administrativos, de funcionamiento y de conservación o de cosas o espacios comunes para preservar el buen funcionamiento del inmueble".

2.- "Se entiende por ‘Expensas extraordinarias’ aquel/as decididas en la asamblea que representen una inversión, arreglo extraordinario mejora en las condiciones del inmueble, así como el reemplazo de materiales o elementos que integran el patrimonio del consorcio".

Es de resaltar que –de ser aprobado- los administradores de consorcios deberán seguir discriminando los gastos ordinarios de los extraordinarios pero según estos criterios porque las infracciones al artículo 10º, en su conjunto, son pasibles de multas tal como lo establece el artículo 15º de la Ley 941.

El mismo día que fue presentado el proyecto, la legisladora María Andrea Conde (Unidad Ciudadana) formalmente lo hizo propio lo cual es clave para su impulso cuando se hace una presentación ciudadana. Este bloque legislativo actualmente cuenta con ocho miembros y su presidente es Mariano Recalde.

La iniciativa consta de dos artículos de los cuales uno es de forma e ingresó con el número de expediente 1820-P-2019 <texto original>.

Fundamentos

Presta argumentó que "no existe una norma jurídica que instituya con precisión cuales gastos son ordinarios y cuales extraordinarios, pero eso no impide que puedan identificarse de acuerdo a su naturaleza y contexto. Esto ha generado numerosísimos inconvenientes y no menos contrariedades judiciales al ser involucradas las expensas ‘comunes’ con las ‘ordinarias’ y a discriminarse expensas ‘extraordinarias’ como expensas ‘ordinarias’. Este acumulado de errores contraria la noción de expensa como gasto, convirtiéndolo en una suerte de ficción".

Agregó también: "su naturaleza no puede alterarse según lo decida el administrador o una asamblea. Hay que precisar cuáles son las expensas ordinarias y extraordinarias. Su diferenciación no puede quedar al criterio del administrador, que la mayoría de las veces, es injusto para el inquilino; teniendo que soportar gastos significativos en un edificio que se encuentra temporalmente".

Reiteró que "en la práctica habitual, un concepto simple como gastos del consorcio, se halla envuelto en una vaguedad jurídica de modo que el inquilino nunca sabe puntualmente a qué tipo de gastos se refiere la cláusula del contrato de locación que lo obliga a pagar ‘expensas’. Incluso aun cuando se obliga sólo a pagar expensas ordinarias, no existe un criterio clara de precisión, por lo cual se terminan liquidando la mayoría de los gastos extraordinarios como ordinarios".

En síntesis afirmó: "El locatario no debe hacerse cargo del pago de las expensas que se generan por cuestiones extraordinarias según lo previsto en nuestro ordenamiento jurídico, debido a que ella redundarla en un enriquecimiento sin causa por parte del propietario".

Por último explicó: "Contar con información clara y precisa en las liquidaciones de expensas es clave para la transparencia de la gesti6n de las administraciones de consorcio, y deviene en una instrumento eficaz para propender a la equidad de las partes y evitar abusos de cualquier tipo, que par desconocimiento y/o falta de información puedan generarse. La aludida distinción deviene necesaria a los fines de evitar conflictos entre las partes y fundamentalmente para evitar arbitrariedades y abusos que redundan en perjuicios de la parte más vulnerable de la relación jurídica" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Caldén: Control de plagas.


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Este año los salarios acumularían un 45%

Hasta mayo, los salarios acompañaron el Indice de Precios al Consumidor (INDEC)

Hasta mayo, los salarios acompañaron el Indice de Precios al Consumidor (INDEC)


[BPN-12/07/19] De confirmarse el aumento para los haberes de julio del 9%, el incremento acumulado anual de los salarios de los encargados de edificios sería de casi un 45% y el interanual de casi un 73%. Por último, el valor promedio de las escalas salariales de los primeros siete meses de este año sería de casi un 57% con respecto al mismo período del año anterior.

Por otra parte, el INDEC informó que hasta mayo de este año, el aumento acumulado nacional fue del 19,20% y del 19% para el Gran Buenos Aires. El aumento interanual nacional fue del 57,3% y el del Gran Buenos Aires de 56,8%.

Por último, este año los haberes mínimos de los jubilados llevarán acumulados hasta julio un 23,84% de aumento y a fin de mes el incremento interanual habrá sido de un 42,39%.

El incremento mensual

Al momento del cierre de esta edición no se contaba con la confirmación del aumento acordado para las escalas salariales de la propiedad horizontal y los números estimados están sujetos a confirmación o modificación. De todas formas, según los rumores que circulan por ciertos sectores del Ministerio de Producción y Trabajo el aumento para julio será del 9% <ver nota>.

Como no hay otros aumentos de acuerdos anteriores el incremento mensual sería del 9%. El promedio de las funciones "Encargado permanente" con y sin vivienda para las cuatro categorías fue en junio de 31.820 pesos mensuales mientras que en julio sería de 34.684 pesos mensuales.

El incremento acumulado

En diciembre del año pasado el promedio de las escalas salariales descriptas era de 23.882 pesos mensuales mientras que este julio sería de 34.684 pesos. Según estos números, el incremento acumulado anual estará en el 45,23%

El incremento interanual

El incremento interanual del promedio de las cuatro categorías de las dos primeras funciones de las escalas salariales del sector fue de un 73,07%.

En julio de 2018 el salario promedio de esas dos funciones fue de 20.040 pesos mensuales, mientras que en julio de este año sería de 34.684 pesos.

El incremento promedio

En promedio, durante los primeros siete meses de este año las escalas salariales de los encargados de edificios fueron de un 56,76% mayor que las del mismo período del año pasado Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.


Registro Público de Administradores porteño

Prosperaron sólo el 36% de las denuncias de 2018

De las 1.314 denuncias presentadas se firmaron 478 disposiciones sancionatorias de las cuales se publicaron, hasta ahora, sólo 15.

De las 1.314 denuncias presentadas se firmaron 478 disposiciones sancionatorias de las cuales se publicaron, hasta ahora, sólo 15.


[BPN-12/07/19] Durante el año 2018, los consorcistas porteños presentaron 1.314 denuncias contra los administradores de consorcios ante la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA. Prosperaron sólo el 36% de esas denuncias, o sea que de esas denuncias se firmaron 478 disposiciones sancionatorias. Sin embargo -ya a mediados de 2019- de esas sanciones firmadas sólo se publicaron 15 (3,14%) en el Boletín Oficial. En resumen, de cada 1.000 denuncias –al día de hoy- sólo se sancionan 11,4 administradores.

Es de suponer que –si todo sigue igual- hasta fin de año la cantidad disposiciones sancionatorias publicadas en el Boletín Oficial se duplicará. En ese caso se habrán publicado 30 disposiciones y de cada 1.000 denuncias casi 23 se concretarán en sanciones publicadas en el Boletín Oficial.

Las preguntas son: ¿qué pasó con las 836 denuncias que no se concretaron en una sanción y qué pasó con las 463 disposiciones sancionatorias que no se publicaron en el Boletín Oficial? ¿Todas fueron apeladas y desestimadas por la justicia? ¿Por qué el porcentaje que se concreta desde la denuncia hasta la sanción publicada es tan bajo? ¿Qué es lo que se hace mal o no se hace?

Este año se pudo constatar que desde que se firmó una disposición sancionatoria hasta que se publicó en el Boletín Oficial transcurrieron un año, cuatro meses y 15 días. El año pasado ese tiempo fue bastante inferior, se demoraron 11 meses y 23 días, una diferencia de cuatro meses y 21 días.

En 2016 pasó algo parecido, las 1.050 denuncias que presentaron los vecinos se tradujeron en 432 disposiciones sancionatorias de las cuales sólo 27 se publicaron en el Boletín Oficial. O sea que 618 denuncias no procedieron y -más tarde- 405 disposiciones sancionatorias no se concretaron en su publicación en el Boletín Oficial [1].

Es de recordar

Ya la Auditoría General de la CABA (AGCBA) había informado que durante el 2016 la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) resolvió sólo el 10% de las denuncias que ingresaron ese año por todo concepto. Observó también inconsistencias en el registro de cantidad de denuncias y su clasificación por subrubros y advirtió que tiene escasez de personal en dos áreas claves: faltan abogados e inspectores.

El informe fue emitido el 13 de marzo pasado y ese proyecto llevó el número 5.17.09 [2] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 611 del 9/08/17: "De las 21 sanciones firmes sólo se publicaron 11".

[2] BPN 656 Nº del 14/05/19: "Defensa del Consumidor resolvió sólo el 10% de las denuncias".


Servicios informáticos para administradores y consorcios.

Administración López.


Primer semestre 2018 vs. 2019

Las sanciones contra administradores subieron un 83%

Durante el primer semestre de 2018 se sancionaron 35 administradores mientras que en 2019 fue de 64.

Durante el primer semestre de 2018 se sancionaron 35 administradores mientras que en 2019 fue de 64.


[BPN-12/07/19] Según lo publicado en el Boletín Oficial, durante el primer semestre del año, comparado con el mismo período dela año anterior, la cantidad de administradores sancionados se incrementó en un 83%, el monto de las multas en pesos aumentó un 28% [1] y en dólares se redujo en un 24%.

Este año, el tiempo que transcurre desde que se firma una sanción hasta que se publica en el Boletín Oficial se incrementó en cuatro meses y 21 días. Durante los primeros seis meses del año 2018 ese tiempo era de 11 meses y 23 días y en 2018 fue de 1 año, cuatro meses y 15 días.

Cantidad de multas

Durante el primer semestre de este año se publicaron 60 disposiciones sancionatorias contra 64 administradores de consorcios mientras que durante el mismo período de 2018 la cantidad de administradores sancionados fue de 35. El incremento interanual fue de un 82,86%.

La mayor multa de este año fue de 77.888 pesos el 18 de febrero de 2018 (BO: 20/05/19) y la menor fue de 4.600 pesos el 26 de octubre de 2018 (BO: 12/06/19).

Del total de administradores multados este año y publicados en el Boletín Oficial, 38 (59%) fueron varones, 22 (34%) fueron mujeres y 4 (6%) fueron empresas. Con respecto al año pasado las multas contra los varones aumentaron un 111%, las de las mujeres un 57% y las de las empresas un 33%.

Montos en pesos

Según lo publicado en el Boletín Oficial, durante la primera mitad de este año se recaudaron 1.435.242 pesos, un 28% más que durante ese mismo período del año anterior. El año pasado, durante ese período la recaudación total fue de 1.117.371 pesos.

Montos en dólares

Este año esa recaudación en dólares bajó casi un 24%. Durante el primer semestre del año pasado se recaudaron 46.924 dólares, este año 35.792 y la diferencia entre ambos fue de 11.132 dólares menos.

La cotización promedio del dólar en enero de 2018 fue de 18,51 pesos por cada moneda estadounidense y el 22 de junio de ese año fue de 29,12 pesos. Por su parte en enero de este año el dólar había llegado a 37,7 pesos mientras que el último día laborable de junio estuvo en 42,5. Para realizar los cálculos se tomó el promedio de cada semestre.

Demora en la publicación

Durante la primera mitad del año, el tiempo trascurrido entre la firma de la sanción hasta su publicación en el Boletín Oficial fue de un año, cuatro meses y 15 días (502 días corridos) mientras que el año pasado fue de 11 meses y 23 días (358 días). El incremento en el tiempo de publicación fue de 4 meses y 21 días.

La disposición que más rápido se resolvió tardó solo 55 días (un mes y 24 días) en ser publicada, mientras en la otra punta hubo una que tardó 713 días en ser publicada (un año, 11 meses y 12 días) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Para una mayor claridad en la lectura se redondearon algunos decimales según las reglas matemáticas convencionales.


Administración Liliana Silvia Bo

Curso/Taller de Sueldos para la Propiedad Horizontal.


Causas judiciales contra Consorcio Participativo

Una cuarta comuna se presentará como ‘amicus curiae’

La Comuna 14 es el de mayor extensión de la ciudad con una superficie total de 15,6 km2.

La Comuna 14 es el de mayor extensión de la ciudad con una superficie total de 15,6 km2.


[BPN-12/07/19] El pasado 26 de junio, durante el plenario del Consejo Consultivo de la Comuna 14 se aprobó por amplia mayoría presentarse como "amicus curiae" [1] en las causas judiciales que se están tramitando contra la Aplicación Oficial Consorcio Participativo [2]. Representará a los vecinos la coordinadora de la Comisión de Consorcios de esa comuna, la Cra. Silvia Aller Atucha.

Con esta última ya son cuatro las comunas que de una manera u otra decidieron participar en las demandas contra la ley de autoría de Facundo Carrillo, secretario de Atención y Gestión Ciudadana, que creará una aplicación oficial que concentrará los datos económicos, laborales y privados de propietarios e inquilinos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [3].

El tema se trató en el Salón Blanco de esa sede comunal, participaron 40 vecinos y –salvo dos que se abstuvieron- el resto votó por la afirmativa.

La Comuna 14 es el de mayor extensión de la ciudad con una superficie total de 15,6 km2 y su población al 2010 era de 225.970 vecinos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] El amicus curiae es una expresión latina utilizada para referirse a presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio, que ofrecen voluntariamente su opinión frente a algún punto de derecho u otro aspecto relacionado, para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso. Gómez Orozco, José Alejandro (2016). Diccionario jurídico aplicado. Medellín, Colombia: Librería Jurídica Sánchez R Ltda. p. 80.

[2] BPN Nº 635 del 12/07/18: "El Proyecto Carrillo se convirtió en la Ley 5.983" y BPN Nº 635 del 12/07/18: "Los 10 artículos de Consorcio Participativo".

[3] BPN Nº 658 del 13/06/19:"Ya son tres las comunas que se presentan como ‘amicus curiae’".


Tercera edición del libro Todo sobre Consorcios del Dr. Osvaldo Loisi.

Marta Granados - Administraciones


Declaración Jurada Formulario 931

El aplicativo de la AFIP no funcionó durante el cierre de expensas

Sede de la AFIP frente a la Plaza de Mayo [Foto: archivo Pequeñas Noticias]

Sede de la AFIP frente a la Plaza de Mayo [Foto: archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-12/07/19] Desde el pasado viernes 28 de junio y hasta el 1º de julio por la tarde, no funcionó el aplicativo "Declaración en línea" con el que se liquidan los aportes y contribuciones de la Seguridad Social y la Obra Social, entre otros.

Este desperfecto se produjo justo cuando los administradores de consorcios y las empresas liquidadoras de expensas y sueldos y jornales estaban abocados al cierre de los sueldos del personal de los consorcios de propietarios como parte del cierre de las expensas de junio y produjo incertidumbre y atrasos en el sector.

Así lo informó la Cámara Argentina de Sistemas Informáticos para la Propiedad Horizontal (CASIPH) el 1º de julio mediante un comunicado que distribuyó por sus redes sociales.

El impacto

Para entender el impacto, hay que recordar que en esos pocos días -sólo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- todos los meses más de 8 mil administradores registrados cierran las expensas que deben pagar unas dos millones de personas que viven en propiedad horizontal.

Otro tema a tener en cuenta es que -cuando el cierre de expensas cae durante un fin de semana o un feriado- muchos administradores los trabajan para estar en condiciones de pagar sueldos y repartir expensas durante el primer día hábil de la semana.

Literalmente

Textualmente CASIPH informó:

"Desde el día viernes 28 de junio de 2019 el sitio web de la AFIP está realizando tareas de mantenimiento, generando problemas con la presentación de las DDJJ (Declaraciones Juradas) en línea, lo que incluye específicamente las presentación de las DDJJ-F931 (Cargas sociales).

Por tal motivo, informamos a nuestros asociados que se han visto afectadas todas las tareas de presentación a tal fin y que entendemos que en el día de la fecha, se estará normalizando. Esto puede afectar la tarea de nuestros asociados y la de sus clientes al no poder concretar cierres de expensas, debiéndolos postergar. Lamentamos el inconveniente y confiamos una pronta solución".

A últimas horas de la tarde de ese lunes el servicio se restableció Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Pequeñas Noticias minuto a minuto en Twitter


Elecciones nacionales 2019

Eduardo Awad ya comenzó su campaña

Dr. Eduardo Awad [Foto: archvo Pequeñas Noticias 2015]

Dr. Eduardo Awad [Foto: archvo Pequeñas Noticias 2015]


[BPN-12/07/19] En diálogo con Pequeñas Noticias, el Dr. Eduardo Awad, precandidato a primer diputado nacional por el Partido Autonomista Nacional (PAN), adelantó cuatro de sus propuestas para bajar las expensas en los consorcios de propietarios: la eliminación del impuesto al cheque; que las prestadoras de servicios (electricidad, gas y agua) categoricen a los consorcios como residenciales y no como grandes consumidores; subir el mínimo no imponible que se aplica a los aportes y contribuciones del personal de los consorcios y la creación de créditos blando para el mantenimiento de los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal.

Es de recordar que el 9 de marzo, Awad había aceptado una propuesta para ser candidato a diputado nacional que le realizara el presidente del Partido Autonomista Nacional y exsenador, José Antonio Romero Feris [1].

El 22 de junio, firmó su aceptación al cargo representando a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por su partido, Romero Feris se postula para presidente de la nación y el Dr. Guillermo Sueldo para vicepresidente.

El Dr. Awad es el presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, el presidente del Instituto de Propiedad Horizontal de esa entidad y columnista del programa "Sábado tempranísimo" conducido por Marcelo Bonelli que se emite por Radio Mitre y otros programas de radio y TV por cable.

La entrevista

Pequeñas Noticias: ¿El Partido Autonomista Nacional al que Ud. pertenece va sólo o como parte de algún frente?

Eduardo Awad: No, va solo.

PN: ¿Cómo define a este partido? ¿Cómo un partido de derecha, de centro o de izquierda?

EA: Yo voy como como extrapartidario y a mí no me interesa definir el partido, ni me interesa la ubicación que tenga el partido. Es un partido que se interesó en que yo encabece su lista de diputados nacionales y yo puse la condición de ser extrapartidario.

PN: ¿Eso le permitirá votar según su conciencia o va tener que votar según los lineamientos del partido?

EA: Yo no voy hacer un levantamanos, voy a ser alguien que va a votar de acuerdo a las convicciones que yo mismo tenga.

PN: Usted adelantó que va a presentar soluciones para la problemática de los consorcio, ¿Cuáles serían esas propuestas?

EA: Yo quiero presentar proyectos de ley -en la medida que se pueda- para lograr o tratar de que se baje el costo de las expensas que están impagables. Por ejemplo:

1.- Una de las cuestiones puede ser hacer que los consorcios no deban pagar el impuesto al cheque porque el consorcio no es una empresa y no tiene fines de lucro. El consorcio lo que hace es recaudar expensas que las gasta en el mantenimiento pero de eso no le queda ganancia.

2.- Otra puede ser que no puedan tomar a los consorcios como grandes consumidores sino como residenciales para las tarifas de luz, gas y agua.

3.- Otra cuestión puede ser que se suba el mínimo no imponible de los aportes y contribuciones las cargas sociales de los empleados de los consorcios. Por ejemplo, el consorcio en lugar de pagar cargas sociales desde un sueldo de diez mil pesos –por decir alguna cifra- lo empiece a pagar recién cuando el sueldo es de quince mil o diecisiete mil pesos. Como hicieron con el campo que levantaron el mínimo no imponible. Entonces pagarían menos, tanto el consorcio como su empleado.

4.- Hacer que los bancos oficiales -que están llenos de plata- creen una línea de crédito realmente blandos para que los consorcios puedan reparar, por ejemplo, las goteras que tienen la gente desde hace años y que no pueden reparar porque no tienen plata. Esto va a beneficiar a la gente de los consorcios y va a crear ciento de miles puestos de trabajo.

Por ahora eso, y –en otro orden de cosas- tengo la idea de que sean vinculante las promesas que hagan los candidatos en el marco del debate presencial. Ahora hay una ley que dice que el debate presidencial es obligatorio y que lo debemos pagar nosotros. Todos los ciudadanos debemos solventar un marco para que los candidatos se sienten a mentir pagados por nosotros.

PN: Esto es interesante.

EA: Seguro porque lo que prometan en el debate lo van a tener que cumplir, sino serán sancionados de la manera que la reglamentación indique para que no mientan en el marco de un debate pagado por los ciudadanos. Antes no lo pagaba nadie pero ahora que es obligatorio que lo pagamos nosotros les estamos pagando un escenario, un equipo de televisión, etc. para que nos mientan a nosotros mismos".

PN: Usted quiere que sea vinculante, con sanciones.

EA: Si, claro.

PN: ¿Esas sanciones serían penales o administrativas?

EA: Supongo que tendrán que ser administrativas, no sé eso quedará para el debate. Le aclaro que eso ya lo dije en algunos medios y el otro día lo escuche a Alberto Lavagna (Frente Consenso Federal 2030) decir que era idea de él. Sin embargo yo lo vengo hace tres o cuatro meses.

PN: ¿Alguna otra iniciativa?

EA: Por ahora tengo eso. Tengo algunas más pero no, no, no valen la pena. Lo que sí es importante es que me voy a ocupar de las personas con discapacidad.

PN: Y el tema las mascotas.

EA: Exactamente, no humanos.

PN: ¿Usted estas propuestas -estoy hablando de la propiedad horizontal- las elaboro solo o con un equipo?

EA: Solo.

PN: ¿Qué recepción tuvieron sus propuestas en los consorcistas que los conocieron?

EA: Excelente porque todas tienden a bajar el costo de las expensas y en este momento el índice de morosidad esta por las nubes y la morosidad se traduce -en muchos casos- en juicios ejecutivos y eso significa el remate de la vivienda y eso significa gente en la calle.

PN: ¿Qué chance tiene de superar el mínimo necesario para ingresar al parlamento?

EA: No lo sé.

PN: ¿Hicieron mediciones, hicieron encuestas?

EA: Supongo que estarán haciendo pero a mí no me interesan.

PN: ¿Si accede a su banca usted abandonaría la presidencia del Colegio Público de Abogados?

EA: No porque yo tengo mandato hasta junio del año que viene Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 652 del 14/03/19: "Eduardo Awad será candidato a diputado nacional".


Para difundir sus productos o servicios Pequeñas Noticias es la herramienta exacta.

Cultura de Trabajo


Liga del Consorcista

Alertan que se sigue pretendiendo crear un colegio

La Dra. Rita Sessa [Foto: archivo de Pequeñas Noticias 2014]

La Dra. Rita Sessa [Foto: archivo de Pequeñas Noticias 2014]


[BPN-12/07/19] El pasado 28 de junio, la Dra. Rita Sessa, vicepresidenta de la Fundación Liga del Consorcista, alertó que "hay administradores que siguen pretendiendo un colegio único de administradores" y agregó: "Lo que pretenden los administradores de consorcios está viciado. Vuelven a la carga porque esa ilegítima pretensión ya se discutió en la Legislatura porteña en 2003 y fue rechazada". Así lo hizo saber por medio de un artículo firmado en el sitio web de la Fundación.

Es de recordar que en 2007 hubo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una última iniciativa para colegiar a los administradores que motorizada por Diego Santilli y Jorge Enríquez (por aquel entonces del bloque Juntos por Buenos Aires) que no prosperó [1].

Por otra parte, a principios de este año, el presidente de la Cámara de Administradores de la Ciudad de La Plata, Adm. Nicolás Juárez Ocampo, había adelantado a Pequeñas Noticias que uno de los objetivos de su gestión sería la creación de un Colegio Público de Administradores de Consorcio en el entendimiento que un Registro Público de Administradores en la provincia "va a traer más controversias que soluciones entre los distintos actores de la vida consorcial" [2].

"Existe una relación de consumo"

La Dra. Sessa comenzó argumentando que entre administradores, consorcios y consorcistas existe una relación de consumo "en los términos y alcances de la Ley Nacional 24.240 en su texto vigente, con las reformas del Código Civil y Comercial de la Nación".

Agregó que "los administradores insisten con estar al margen del régimen de consumidores para lo cual necesitan de una carrera universitaria y un colegio que los agrupe. De esa forma estarían excluidos conforme la ley vigente (Art. 2º de la Ley 24.240) [3].

La carrera universitaria

Consideró que no es necesario una carrera terciaria para administrar y que exigirla sería de dudosa constitucionalidad: "No creo necesario crear una carrera terciaria específica para administrar bienes de terceros. La matrícula o registro que hoy entrega la CABA es constancia legítima y suficiente, por estar facultada para hacerlo. Al margen que sería de dudosa constitucionalidad exigirle a un propietario que para administrar su patrimonio tenga título terciario".

Gerentes de patrimonio ajeno

Recordó que los administradores no ejercen una profesión liberal, que serían gerentes del patrimonio de terceros y no cabe la posibilidad jurídica de colegiación de gerentes. "El presidente de la Fundación Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal, Dr. Osvaldo Loisi, ha sido muy explícito en fundamentar las razones por las que un colegio único de administradores no sería legítimo dado que son administradores de bienes ajenos. No ejercen una profesión liberal. Serían gerentes de patrimonio de terceros y no cabe la posibilidad jurídica de agremiación de gerentes".

"¿Qué se pretende?"

La Dra. Sessa consideró que los administradores pretenden lograr dos objetivos. El primero es "tener una caja propia" y el segundo eludir las multas que les aplica el Registro Público de Administradores porteño. En sus palabras explicó: "En el fondo lo que los administradores quieren con esta propuesta es tener una caja propia y también liberarse de las sanciones de un ente independiente de carácter estatal, como ocurre ahora, con las multas que adecuadamente aplica la dirección de consumidores de la CABA".

"Muchos más son propietarios"

Ya redondeando aclaró: "Hay muchos administradores pero muchos más son los propietarios de unidades funcionales. A ellos hay que proteger, porque suelen verse ninguneados por ciertos malos administradores, y terminan viendo caer el valor venal y de renta de sus propiedades ante la impericia o la corrupción existente. Es cierto que hay muchos buenos gerentes del dinero ajeno, que escuchan a los propietarios y actúan con inteligencia y honestidad, pero no son mayoría".

Por último pidió: "Debemos rechazar las maniobras de lobbies que golpean a las puertas de los políticos con el fin de procurarse leyes a medida" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 334 del 14/11/07: "Terremoto".

[2] BPN Nº 652 del 14/03/19: "Los cuatro objetivos de la nueva comisión directiva".

[3] Artículo 2º de la Ley 24.140: "No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales reconocidos oficialmente o autoridad facultada para ello, pero sí la publicidad que se haga de su ofrecimiento. Ante la presentación de denuncias, que no se vincularen con la publicidad de los servicios, presentadas por los usuarios y consumidores, la autoridad de aplicación de esta ley informará al denunciante sobre el ente que controle la respectiva matrícula a los efectos de su tramitación".


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

CUIDADOS DE PERSONAS Y NIÑOS DAMA DE COMPAÑÍA: Señora muy responsable con experiencia en cuidados de niños y personas. Trato cordial con experiencia y referencias - Nombre: Mirta Camino - Llamar al teléfono: (11) 6486-1310 durante todo el dia - Localidad: Villa del Parque / CABA - Correo electrónico: mirtasavoy@hotmail.com

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SUPLENCIA DE PORTERÍA: Busco trabajo por Capital Federal o zona oeste. Tengo amplio conocimiento, soy una persona comprometida y responsable con la labor. Trabajé como encargado de limpieza en Monte Grande y realicé tareas de suplencias como portero - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195 de 8 a 22 - Localidad: Ciudad Evita / CABA - Correo electrónico: fernando_torres83@hotmail.com

SUPLENTE DE EDIFICIOS: Hola tengo 19 años y ya realize suplencia en edificio, trabajé en una fabrica de troquelados, lavadero y camillero. Actualmente no trabajo y mis horarios son full time - Nombre: Brian Ariel Mansilla - Llamar al teléfono: (11) 5768-3032 - en cualquier horario - Localidad: Claypole / Buenos Aires - Correo electrónico: soydevelez1007@gmail.com

ENCARGADO PERMANENTE SIN VIVIENDA: busco trabajo en CABA permanente, suplente o fin de semana - Nombre: Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono: (11) 3814-0928 durante todo el dia - Localidad: CABA / Buenos Aires - Correo electrónico: avui1967@gmail.com

ENCARGADA DE EDIFICIO / LIMPIEZA DE EDIFICIOS: Me ofrezco para tareas de limpieza o encargada de edificios de media jornada en CABA sin vivienda, tengo conocimientos en el rubro. - Nombre: Dora Galeano Cuenca - Llamar al teléfono: (11) 6212-8235 de 9 a 19 hs - Localidad: Palermo / CABA - Correo electrónico: galeanodoralice@gmail.com

 

Convenio de la CAPHyAI con el IVC

La CAPHyAI designará los administradores de la Villa Olímpica

Edificios de la Villa Olimpica [fotos Gobierno de la CABA]

Edificios de la Villa Olimpica [fotos Gobierno de la CABA]


[BPN-12/07/19] El pasado 3/06/2019, la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) firmó un convenio con el Instituto de la Vivienda (IVC) porteño para seleccionar y designar los administradores de los 29 edificios que conforman el Barrio Olímpico.

La entidad de administradores será responsable del desempeño, la idoneidad, el profesionalismo, el criterio justo y ecuánime de las administraciones designadas y durante los primeros tres meses será la encargada de abonar sus honorarios a los administradores designados. También deberá supervisar que los administradores designados cumplan con el reglamento de copropiedad de cada edificio evitando que lleven a cabo interpretaciones capciosas o forzadas, que favorezcan o perjudiquen los intereses de los consorcistas, colegas o terceros".

Será también responsable de garantizar que a los tres meses de su designación, cada una de las administraciones convoque a asamblea extraordinaria para que los consorcistas ratifiquen o rectifiquen la continuidad de su mandato. De ser ratificados, sus honorarios serán abonados directamente por el consorcio.

Tal cual lo establece el artículo 13º de la Ley 941 (Registro Público de Administradores de la CABA) al año vencerá el año de su designación original y una asamblea deberá ratificar su mandato.

En diálogo con Pequeñas Noticias, el Adm. Miguel Ángel Summa, vicepresidente 1º de la CAPHyAI, informó que la selección de los administradores para esos 29 edificios se hará entre los socios que cuenten con la mejor trayectoria en la entidad, y agregó que los honorarios serán más que justos.

El acuerdo fue refrendado por Juan Ignacio Maquieyra, presidente del IVC, Daniel Tocco en su caracter de presidente de la CAPHyAI y Mario Guillermo Mazzini, secretario.

La Villa Olímpica

En octubre de 2018, Buenos Aires fue la sede de los Juegos Olímpicos de la Juventud por primera vez en su historia.

En esa oportunidad el Gobierno porteño afirmó que "además de ser un incentivo único para el desarrollo urbano y la cultura deportiva de la Ciudad, se trata de una oportunidad para reutilizar las instalaciones que se construyeron en beneficio de los vecinos".

Explicaron que la construcción de la Villa Olímpica, que albergó a los deportistas y ocupa 50 hectáreas dentro del Parque de la Ciudad en la Comuna 8, fue destinada a viviendas y espacios verdes y prometieron que se adjudicarán a familias mediante un sistema de créditos accesibles. En su oportunidad anunciaron que construirían 31 edificios de hasta siete pisos que contendrían 1.200 viviendas.

Para aquellos interesados, el GCABA publicó dos videos: uno sobre la construcción de la Villa Olimpica <vínculo> y otro sobre el interior de los departamentos <vínculoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Federación de Administradores de Propiedad Horizontal

La CAPHyAI estaría abierta a reintegrarse a FAPHRA

Adm. Miguel Ángel Suma.

Adm. Miguel Ángel Suma.


[BPN-12/07/19] Durante los últimos días de mayo trascendió que a mediados del año pasado la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) se retiró de la Federación de Administradores de Propiedad Horizontal (FAPHRA). Sin embargo, en diálogo con Pequeñas Noticias, Miguel Ángel Summa, el vicepresidente 1º de la entidad consideró conveniente reincorporarse a la Federación: "Creemos que ha pasado tiempo suficiente para poder evaluar, tanto nosotros como cada uno de los integrantes de FAPHRA, cómo están las cosas; por eso consideramos conveniente reincorporarnos si nos lo solicitan".

Pequeñas Noticias: A la redacción llegaron versiones de que la CAPHyAI se separó de la FAPHRA. ¿Cuándo sucedió esta ruptura?

Miguel Ángel Summa: En la asamblea anual realizada en junio de 2018 se informó sobre la dimisión de la CAPHyAI en FAPHRA, tanto a los cargos que ocupaba en el Consejo Directivo como en su carácter de socia fundadora.

PN: ¿Cuál fue el motivo -o los motivos- de esta decisión?

MAS: Considerando el interés que volcó la Cámara en la formación de esta Federación -el 5 de diciembre de 2013 se firmó su acta constitutiva-, nos abocamos en primer lugar a su inscripción en la IGJ y en la AFIP para darle la figura legal que corresponde y la cual es necesaria para representar verdaderamente a todos los administradores de este país ante cualquier organismo público o privado. Al cumplirse el cierre del segundo ejercicio económico (31 de marzo de 2018) correspondía tratar en la asamblea anual la aprobación del balance y la distribución de cargos. En dicha asamblea expusimos nuestro punto de vista sobre el desarrollo de diferentes temas y al no poder concordar con los integrantes que representan a las otras cámaras asociadas a la Federación decidimos dar un paso al costado y permitir que los integrantes del Consejo Directivo avancen con su estrategia, en beneficio a dicha Institución.

PN: ¿La CAPHyAI estaría abierta a volver a integrarse nuevamente a FAPHRA? ¿Bajo qué condiciones?

MAS: Transcurrido un año ya de nuestra renuncia, creemos que ha pasado tiempo suficiente para poder evaluar, tanto nosotros como cada uno de los integrantes de FAPHRA cómo están las cosas. Por eso consideramos conveniente reincorporarnos si nos lo solicitan. En cuanto a las condiciones, lo que más nos interesa es ponernos de acuerdo en cuanto a que se fijen metas claras, un plan de trabajo y que se cumplan todas. El resto se deberá tratar en Consejo Directivo.

PN: ¿Qué puede agregar sobre este tema?

MAS: Estamos interesados en el posicionamiento de FAPHRA en la sociedad porque tenemos la convicción de que los problemas de la propiedad horizontal, en menor o mayor escala, son iguales en cada punto de nuestro país y la mejor manera de brindar apoyo a nuestros colegas administradores como así también a nuestros clientes, los consorcistas, es trabajando en conjunto bajo una misma bandera, la de FAPHRA Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


4ª edición de "Administrando en los tiempos del nuevo Código Civil..."

¡¡¡ El primer sorteo del año !!!

Esta edición agrega nueva jurisprudencia y doctrina

Esta edición agrega nueva jurisprudencia y doctrina


[BPN-12/07/19] A partir de ahora los lectores de Pequeñas Noticias podrán inscribirse en el primer sorteo de cinco ejemplares de la 4ª edición del libro "Administrando en los tiempos del nuevo Código Civil y Comercial" de autoría de la Dra. Diana Sevitz y la Cra. Liliana Corzo. Los ejemplares fueron provistos gentilmente por sus autoras.

Hasta el 15 de agosto, se sortearán los cinco libros entre los suscriptos al Boletín de Pequeñas Noticias y los participantes de la Página de Pequeñas Noticias <vínculo> y del Grupo de Pequeñas Noticias en Facebook <vínculo>.

En diálogo con Pequeñas Noticias la Dra. Sevitz contó que empezó a trabajar en esta nueva edición con la Cra. Corzo durante los primeros meses de este año cuando entendieron que este año no habría más modificaciones en las ordenanzas, agregó que recopilar y ordenar el material les llevó cuatro meses y muchísimo trabajo.

Pequeñas Noticias: ¿Qué novedades introduce este libro con respecto a la tercera edición?

Dra. Diana Sevitz: El libro en esta 4ª edición, agrega con nueva jurisprudencia y doctrina aspectos que no se encontraban muy desarrollados durante el año 2108.

Con la Cra. Corzo hemos revisado toda la normativa que ha quedado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que toda la comunidad esté al tanto de lo que se debe cumplir. El año pasado existieron muchas que fueron modificadas y que gravitan sobre el consorcio y sobre la actividad del administrador porque están relacionadas con sus declaraciones juradas anuales. También fue revisada toda la doctrina imperante a cuatro años de la vigencia del Código Civil y Comercial y se actualizó con jurisprudencia novedosa.

PN: ¿Cuándo empezaron a trabajar en esta nueva edición?

DS: Empezamos a trabajar en esta nueva edición cuando entendimos que por este año no habría más modificaciones de las ordenanzas. Recopilar y revisar el material nos llevó muchísimo trabajo, tal vez más que escribirlo. Fue alrededor de cuatro meses.

PN: ¿Cuándo salió de la imprenta?

DS: Salió el pasado 5 de julio. Consideramos que es, a la fecha, la única obra que al día de hoy se encuentra actualizada. Es un gran trabajo actualizar una obra, nosotras desde nuestro lugar de autoras y editoras de nuestros propios libros, entendemos la responsabilidad de efectuar anualmente este trabajo para entregar una herramienta eficaz no sólo a nuestros alumnos sino a toda la comunidad consorcial.

Esta edición cuenta con 365 páginas, tiene 16 capítulos y una breve biografía de las autoras. Los libros fueron impresos por Lulemar Impresiones.

Como participar: suscriptos

Los suscriptos al Boletín de Pequeñas Noticias podrán participar enviando un email al correo electrónico a primersorteo2019@gmail.com

Como participar: Facebook

Para participar del sorteo, los seguidores/participantes del grupo/sitio del medio en Facebook deben cumplir dos condiciones:

1.- Ingresar a la página o el grupo de Facebook de Pequeñas Noticias y dar "me gusta" (like en inglés) a la publicación del sorteo del 12 de julio titulada "¡¡¡ Empezó el primer sorteo del año !!!" <vínculo>.

2.- Compartir esa publicación en su propio muro en modo público, para que pueda ser verificado.

El sorteo se realizará sólo entre quienes hayan cumplido con las dos condiciones.

Los ganadores tendrán 7 días corridos (una semana) para retirar su ejemplar de nuestra oficina. Sin excepción no se harán envíos. De no hacerlo así y pasado ese plazo se sorteará entre los restantes participantes o se regalarán a una entidad de consorcistas para que lo distribuyan entre sus asociados Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Gisela Marziotta y Página/12

Horacio Verbitsky cruzó más de un par de veces a Santa María

Horacio Verbitsky en el programa "Habrá consecuencias" de "El Detape Radio".

Horacio Verbitsky en el programa "Habrá consecuencias" de "El Detape Radio".


[BPN-12/07/19] El pasado 24 de junio, Horacio Verbitsky adelantó que Gisela Marziotta acompañaría a Matías Lammens como candidata a vicejefe de Gobierno porteño en la fórmula Alianza Frente de Todos por ser "amiga íntima de [Víctor] Santa María" presidente del Partido Justicialista porteño y titular del Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal (SUTERH).

Dos semanas después y en otro orden de cosas, Verbitsky develó que se retiró de Página/12 porque Santa María le censurara dos notas: una sobre el blanqueo de la familia presidencial y otra sobre el juez Claudio Bonadio. Es de señalar que en las dos oportunidades que Pequeñas Noticias conversó con delegados de Página/12 por los conflictos gremiales que atraviesa el matutino, éstos afirmaron que no existía censura en el diario [1]. Verbitsky lo desmiente.

Marziotta y los medios

Al día siguiente que Verbitsky adelantara la candidatura de Marziotta en el programa "Habrá consecuencias" que se emite por "El Destape Radio" los grandes medios lo confirmaban señalando que había sido impulsada por Víctor Santa María.

Así Clarín tituló: "Elecciones 2019: Impulsada por Santa María, Gisela Marziotta acompañará a Matías Lammens en la fórmula K en la Ciudad" [2] mientras que Perfil informó: "El nombramiento de Marziotta, impulsada por Víctor Santa María, es una compensación al sector del jefe del PJ porteño tras un cierre de listas que lo dejó herido, luego de que La Cámpora prácticamente se adueñara de las designaciones" [3].

Por su parte, Tiempo Argentino el 26 de junio señaló: "La postulación de Marziotta fue respaldada por el presidente del PJ porteño y jefe del sindicato de los encargados de edificios (SUTERH), Víctor Santa María. Hasta este martes el cargo estuvo en debate entre dos contendientes, la periodista y la legisladora [Victoria Montenegro] que llegó a política a partir de su historia de nieta recuperada".

Página 12 levantó la noticia recién el 27 de junio sin hacer ninguna mención a Santa María. Sólo recordó que en las últimas elecciones legislativas, Marziotta ocupó el quinto lugar de la lista de candidatos a diputados nacionales de Unidad Ciudadana que encabezó Daniel Filmus: "La boleta arañó el 22 por ciento y obtuvo sólo tres bancas", señalaron no sin cierta picardía. Es de recordar que Marziotta no sólo es columnista de ese diario sino que también conduce un programa de radio en la AM 750. Ambos le pertenecen a Santa María.

Verbitsky y Marziotta

RadioCut reprodujo un fragmento del programa "Habrá Consecuencias" del 24 de junio [4]:

Horacio Verbitsky: En el frente de Los Fernández, en la Ciudad de Buenos Aires, queda por definir la vicejefatura de Gobierno...

Voz masculina: [lo interrumpe]

HV: ¿Qué datos tenés vos?

VM: Gisela Marziotta va a ser la candidata a vice según me confirmaron ayer tres fuentes de tres sectores distintos que están ahí en esta discusión.

HV: Gisela Marziotta era la colaboradora de Mariano Grondona en su programa paleontológico de la década pasada y en el año 2.000 era columnista del Nuevediario de Canal 9 y hay una filmación de ella -que yo vi ayer- en la cual esta periodista comenta el otorgamiento del documento de identidad de Flor de la V –que dice ‘ahora puedo llamarme Flor Trinidad’ y muestra el documento que le dieron- diciendo ‘pero no es mujer, sólo tiene tetas y las mujeres somos mucho más que tetas. Además tiene pene, no es una mujer, es un travesti y a las cosas hay que llamarlas por su nombre’. Bueno, Gisela Marziotta 19 años después es posiblemente candidata a vicejefe por el notable mérito de ser amiga íntima del presidente del Partido Justicialista de la Capital, Víctor Santa María. Son cosas que dan vergüenza ajena.

Verbitsky y Página/12

El 16 de junio, en la ciudad de Córdoba, Horacio Verbitsky denunció que "Página 12 censura a sus empleados y es parte de un sistema de encubrimiento" y agregó: "Me censuró. Hay compañeros muy queridos pero quien decide es [el propietario] el ‘portero’ [Víctor] Santa María. Hoy es parte de un sistema de encubrimiento al gobierno nacional", sentenció. Así lo informó cba24n [5].

El 8 de julio, en la ciudad de Córdoba, amplió sus dichos y bajo el título: "Macri presionó a Víctor Santa María para que me silencie", el Mendoza Post reprodujo el diálogo que según Verbitsky se produjo entre él y Santa María.

Para entender el contexto, Verbitsky comenzó explicando: "Simultáneamente [a los aprietes en el canal de Noticias C5N] es la presión del gobierno a Víctor Santa María para que me silencie a mí en Página/12. A mí Santa María me dice que lo están amenazando con meterlo preso para justificar que me está censurando dos notas, una sobre el blanqueo de la familia presidencial y otra sobre el Dr. Glock [el juez Claudio Bonadio]. Me dice que no las puedo publicar".

Horacio Verbitsky: Bueno, si vos no podés publicar esas notas yo no puedo trabajar con vos, porque no he llegado a esta altura de mi vida para aceptar que vengas a censurarme porque te amenacen. A mí me han amenazado muchas veces de muchas cosas y no me han frenado de esa manera.

Víctor Santa María: Lo que pasa es que mi mamá llora todo el día porque me van a meter preso.

HV: Consultá un psicólogo, viejo, eso no te lo puedo resolver yo, ¿qué puedo hacer yo si tu mamá llora?

VSM: No, no lo tomes así, son estos temas nada más.

HV: Hoy son estos temas. Porque si vos lo que sentís es que te tienen con una daga al cuello, el problema no es el tema sino la daga. Hoy son estos temas pero mañana va a ser cualquier otro y yo eso no lo puedo aceptar.

El video original con estos dichos se puede ver en la publicación que realizó El Destape Radio en su cuenta de Twitter [7] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 584 del 1/09/16: "En septiembre se reanudaría el conflicto de Página/12" y BPN Nº 641 del 11/10/18: "Los trabajadores de Página|12 vs. su empleador 'progre'".

[2] Clarín del 25/06/19: "Impulsada por Santa María, Gisela Marziotta acompañará a Matías Lammens en la fórmula K en la Ciudad".

[3] Perfil del 27/06/19: "Gisela Marziotta será la compañera de fórmula de Matías Lammens en la Ciudad de Buenos Aires".

[4] RadioCut del 24/06/19: "Horacio Verbitsky: ‘Gisela Marziotta será candidata a vicejefa por ser amiga íntima de Santamaría’".

[5] cba24n del 25/06/19: "Página 12 censura a sus empleados y es parte de un sistema de encubrimiento".

[6] Mendoza Post del 8/07/19: "Verbitsky: ‘Macri presionó a Víctor Santa María para que me silencie’".

[7] El Destape Radio del 1/07/19: "#HabráConsecuencias | @VerbitskyH te cuenta la censura de @mauriciomacri".


Rincón Solidario

Dra. Diana SevitzContesta la Corresponde que se liquiden los honorarios

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Manifestó que corresponde que se liquiden los honorarios

Estimados amigos:

Mi consulta es la siguiente. 

En mi consorcio se decidió por asamblea la remoción del administrador al 30 de junio. El mandato según el acta de nombramiento debería vencer el 30 de noviembre.

El administrador entoces manifestó que el es un mandatario con designación por un periodo determinado y -si bien el consorcio tiene el derecho de remoción- corresponde que se liquiden los honorarios hasta la terminación del periodo que se le había otorgado aun cuando deje la administración al 30 de junio de 2019.

¿Es asi, tiene ese derecho y si lo reclamara judicialmente se lo otorgarían?

Muchas gracias y saludos

Juan Carlos

(22/06/2019) 

Sr. Juan Carlos:

Es un tema un poco vidrioso, ya que el nuevo Código Civil y Comercial establece que:

"Artículo 2066.- Designación y remoción. El administrador designado en el reglamento de propiedad horizontal cesa en oportunidad de la primera asamblea si no es ratificado en ella. La primera asamblea debe realizarse dentro de los noventa días de cumplidos los dos años del otorgamiento del reglamento o del momento en que se encuentren ocupadas el cincuenta por ciento de las unidades funcionales, lo que ocurra primero".

Los administradores sucesivos deben ser nombrados y removidos por la asamblea, sin que ello importe la reforma del reglamento de propiedad horizontal. Pueden ser removidos sin expresión de causa.

Adjunto un fallo muy revelador Poder Judicial de la Nación:

CAMARA CIVIL - SALA A 63313/2011 "SC/ CONS DE PROPIETARIOS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS".

...como consecuencia de la remoción sin causa decidida por la asamblea de copropietarios antes del vencimiento del plazo por el cual fue designado para administrar el consorcio demandado.- 

Es decir, en la fundamentación del recurso, el accionante insiste en que tiene derecho a la indemnización requerida.

Sin embargo, no han sido rebatidos los argumentos centrales de la decisión impugnada que han llevado a la Sra. Magistrada de la anterior instancia a decidir en sentido contrario al sostenido por el actor al promover esta demanda y que reitera en oportunidad de expresar agravios.-

III.- Sólo a mayor abundamiento, corresponde afirmar que el pronunciamiento dictado en la instancia de grado resulta ajustado a derecho.-

En tal sentido, resulta indudable que el administrador resulta ser el representante del consorcio, siendo aplicables a dicho vínculo las reglas del mandato.-

Siendo así, cabe recordar que el Art. 1.970 del Código Civil indica que "el mandante puede revocar el mandato siempre que quiera..." lo cual da cuenta de los términos generales y liberales en que la ley consagra la revocabilidad del mandato. Por cierto que muchos mandatarios, en especial los administradores, cuyo cargo es habitualmente oneroso, pueden verse perjudicados por la decisión de los propietarios, mas la revocabilidad surge de la ley -por tanto se presume conocida- y es propia de la situación: constituye una circunstancia a la que siempre supieron estaban expuestos (conf. CNCiv., esta Sala, L. 585.734 del 2/3/12, voto del Dr. Molteni).- 

Las reglas de mandato se rigen exclusivamente por la confianza y en la cual, la falta de esta última, no da lugar a resarcimiento alguno. Atar la revocabilidad a la indemnización daría lugar a una relativa irrevocabilidad, pues el consorcio que tuviera intención de despachar a su administrador tendría que pensarlo varias veces pese al estado de tirantez y recelo, según el tiempo faltante y el monto que estuviera dispuesto o en condiciones de pagar. Es que, la fijación de un plazo para la gestión de un administrador no le garantiza el término (conf. Highton, Elena "Propiedad horizontal y prehorizontalidad", ed. Hammurabi, año 2007, 2º edición renovada y ampliada, págs. 583/584).- 

En similar sentido, coincidiendo con la postura expuesta precedentemente, se ha dicho que son frecuentes los casos en que los consorcistas quedan "prisioneros" de un administrador que de mil y una maneras intenta impedir su remoción. Mal haría el derecho en otorgarle una herramienta más para que éste se aferre a seguir en un cargo para el cual ya no cuenta con la confianza de su mandante, sino todo lo contrario, el rechazo (conf. Cossari, Nelson G. A. "Responsabilidad del administrador en la propiedad horizontal", publicado en SJA 9/11/2011).- 

Sobre la base de los principios señalados, cabe indicar que del acta de la asamblea llevada a cabo el día 21 de diciembre de 2010 surge que se decidió la remoción de Héctor Américo, a partir del 31 de diciembre de 2010. En dicha oportunidad se dejó constancia que "...aun cuando el reglamento no exige causales de remoción del administrador, se lo remueve por falta de confianza" (cfr. fs. 64).- 

De lo expuesto se colige que, tal como lo ha postulado el actor en oportunidad de interponer la demanda, al momento de decidirse la remoción del administrador no se invocó causal alguna que le fuera imputable, limitándose a alegar los copropietarios la falta de confianza.-

En tal sentido, se ha dicho que en los casos de remoción sin causa, generalmente lo que se plantea es falta de confianza o afinidad por parte del consorcio con el administrador, o a veces se presenta una administración con mejores condiciones y los copropietarios deciden cambiar de administración sin un motivo concreto (conf. Smayevsky, Miriam y Penna, Marcela A. "Propiedad horizontal", pág. 333. pto. VIII.4.3.1).- 

No se pierde de vista que en oportunidad de contestar la demanda, la administradora del consorcio mencionó diversas situaciones que dieron origen a la decisión adoptada por la asamblea. Empero, dichas manifestaciones no logran enervar lo decidido y expresado en el acta de asamblea en la cual se dejó claramente establecido que la remoción no obedecía a causal imputable al administrador removido, sino a la falta de confianza de los copropietarios.-

Es más, ha sido el propio demandante quien ha erigido su reclamo en la inexistencia de causal alguna que originara su remoción. Por tal motivo, resulta incongruente que alegue, en oportunidad de fundar su recurso, la existencia de causales no probadas que -como ya se ha visto- no fueron expresadas en la asamblea al momento de disponerse la destitución en el cargo.- 

En virtud de las consideraciones ensayadas, considero que no ha existido obrar antijurídico alguno por parte del consorcio que pueda dar origen a un deber de indemnizar a favor del accionante.- 

Es que, como fuera puesto de resalto, la fijación de un lapso para la gestión del administrador no le asegura un plazo de inamovilidad, motivo por el cual la remoción fundada en la falta de confianza no puede dar lugar a resarcimiento alguno.- 

En consecuencia, debo afirmar que la sentencia recurrida se encuentra debidamente fundada y resulta ajustada a derecho.-

Del Libro de Acuerdos de la Sala "A" de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.-de las Acordadas 38/13, 31/11 y concordantes, comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la C.S.J.N. en la forma de práctica y devuélvase.

Como siempre lo manifiesto este es un caso, si el consorcio entiende que no se dan estos supuestos o el admiistrador considera lo contarrio podrán recurrir a la justicia, los fallos son solo indicativos, el juez puede fallar de otras maneras. 

Es materia opinable.-

Dra. Diana Sevitz Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.


Correo de Lectores

El ejercicio financiero de un consorcio

Hola:

¿Cómo empiezo el ejercicio financiero de un consorcio que liquida a mes vencido?

Por ejemplo:

1.- Tomo un edificio el 1 de junio.

2.- Comienzo con un fondo de $100.000, el dia dos empiezo pagando el sueldo de mayo y todos los demás gastos mensuales.

3.- A fin de mes gasté los $100.000 y vuelvo a armar las nuevas liquidacion de expensas pero a su vez los propietarios me estan pagando las expensas.

¿Entonces cuanto tengo de fondo, 100.000 o 200.000?

Diego [Rosario/Santa Fe]

(28/06/2019)

Hola Diego:

Si vos sos el nuevo administrador y tu primera expensa es la del mes de junio, tu gestión arranca con $0. Durante el mes de junio vas a recibir la cobranza del mes anterior y es probable que la administración saliente te entregue un saldo o no. Mientras tanto vas a ir abonando los gastos que se presenten en el mes de junio con el dinero que tengas, ¿¿es así??

Tus Estado Financiero al finalizar el mes de junio va a estar formado, más o menos, de la siguiente manera:

Saldo al 30/05/2019 $0.-

Entregado por Administración anterior: $1000.-

Cobrado durante el mes de junio: $100.-

Gastos realizados en el mes de junio: -$900.-

Saldo al 30/06/2019: $200

¿Queda claro? Los números son solo ilustrativos. Espero haberte ayudado.

Un saludo grandote

MFL Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FAPH: Foro de Abogados de Propiedad Horizontal.

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 660 [ DCLX ] [1ª Edición]

Fecha de publicación: 12 de Julio de 2019

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