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                        Asignación
                      no remunerativa Decreto 665/2019 
                      
                      Los
                      cinco mil se liquidarán en dos cuotas 
                      
                      Los
                      trabajadores de los consorcios de propietarios recibirán
                      la asignación no remunerativa de cinco mil pesos
                      establecido por el Gobierno nacional en dos cuotas: la
                      primera con los salarios de octubre y la segunda con los
                      de noviembre  
                      Será proporcional y quienes trabajen media jornada
                      recibirán la mitad  
                      Ninguna entidad de consorcistas se
                      había quejado o había reclamado que el bono se pague en
                      cuotas. 
                      [BPN-15/10/19] Sorpresivamente y sin ningún motivo aparente, la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) firmó un acuerdo con las tres entidades de administradores que representan al sector empleador en paritarias
                      para que se pueda pagar el "bono" de 5 mil pesos que otorgó el Poder Ejecutivo nacional en dos cuotas iguales, una de 2.500 pesos...
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      | 
      
        Ley
      Carrillo 
      
      El
      TSJ decidirá quién tratará la demanda contra Consorcio Participativo 
      
      De
      acuerdo a este nuevo fallo el Tribunal Superior de Justicia deberá
      decidir si la demanda contra la Plataforma Oficial Consorcio Participativo
      la tratará el fuero federal o el local  
      Andrés Zulberti adelantó que si el resultado le es adverso recurrirá a
      la Suprema Corte de la Nación.
        | 
      
      
        Federación
      de Administradores de Propiedad Horizontal 
      
      La
      CAPHyAI se reincorporó a FAPHRA y Tocco es su presidente 
      
      En
      diálogo con Pequeñas Noticias, Daniel Tocco adelantó que durante los
      próximos dos años de su gestión luchará para conseguir la colegiación
      de la actividad y creará un código de ética para los administradores  
      Alertó que muchas denuncias contra los administradores son venganzas de
      los vecinos cuando no pueden imponer su voluntad a la del consorcio.
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                        ADEPROH
                      vs. Defensa del Consumidor porteño 
                      
                      Se
                      cayó la demanda de ADEPROH 
                      
                      De
                      no apelarse, finalizó así una pulseada que se inició
                      entre ADEPROH y la CAPHyAI que terminó involucrando a
                      Defensa del Consumidor porteño  
                      La jueza declaró perimida la causa porque durante 64
                      días no se llevaron actos procesales
                      "impulsorios" por parte de la demandante.
                        | 
                     
                    
                      
                         
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                        Colegio
                      Público de Abogados de la Capital Federal 
                      
                      Awad
                      firmó un acuerdo de cooperación con la UMET 
                      
                      Promediando
                      el mes de septiembre el presidente del Colegio Público de
                      Abogados de la Capital Federal, firmó un convenio de
                      cooperación con el rector de la Universidad Metropolitana
                      para la Educación y el Trabajo  
                      La universidad pertenece al Grupo Octubre del SUTERH.
                        | 
                     
                    
                      
                         
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                        Registro
                      Público de Administradores 
                      
                      El
                      RPA sancionó al presidente de APARA 
                      
                      El
                      presidente de la Asociación de Profesionales
                      Administradores de la RA, fue sancionado por cuatro
                      infracciones a la Ley 941  
                      Si bien había sido denunciado por cinco faltas, Defensa
                      del Consumidor porteño lo sobreseyó de una por ser
                      improcedente.
                        | 
                     
                    
                      
                         
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                        Desayuno
                      de trabajo organizado por Banco Roela 
                      
                      Sevitz
                      y Corzo ayudan a administrar en tiempo de crisis 
                      
                      El
                      diálogo, la observación, la capacitación permanente,
                      los replanteos y la reingeniería son herramientas
                      indispensables para los administradores en tiempos de
                      crisis  
                      Así lo aseguraron la Dra. Diana Sevitz y la Cra. Liliana
                      Corzo en la Universidad del Centro de Estudios
                      Macroeconómicos de Argentina.
                        | 
                     
                    
                      
                         
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                        SUTERH 
                      
                      Víctor
                      Santa María habría comprado el 40% del Grupo América 
                      
                      Osvaldo
                      Granados develó que el titular del Sindicato Único de
                      Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal compraría
                      un 30% que el grupo ponía a la venta  
                      Días después otro medio informó que finalmente compró
                      el 40%  
                      Santa María es dueño de Página/12 con el cual arrastra
                      hace años reclamos gremiales.
                        | 
                     
                    
                      
                         
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                        Campaña
                      presidencial 2019 
                      
                      El
                      Frente de Todos devolvió a Santa María su medio millón
                      de pesos 
                      
                      La
                      donación se habría hecho el 12 de agosto a través de
                      Edificar SA, una empresa que pertenece al SUTERH y FATERyH
                       
                      Se devolvió el 8 de octubre y se notificó que esos
                      fondos no se utilizaron para las PASO  
                      Está prohibido por ley que una entidad sindical haga
                      aportes de campaña directa o indirectamente.
                        | 
                     
                    
                      
                         
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                           | 
                      
                               Bolsa
                              de Trabajo 
                              Avisos Clasificados
                        | 
                     
                   
       | 
      
                  
                    
                      | 
                      
                        Defensa
                      y Protección del Consumidor porteño 
                      
                      Ahora
                      denuncias digitales contra administradores 
                      
                      Durante
                      la primera semana de octubre se habilitó un sistema de
                      denuncias digitales contra administradores que infringieron
                      la Ley 941  
                      Una fuente del Gobierno porteño adelantó que habrá una
                      versión para teléfonos móviles  
                      Afirmó que no le dieron difusión pública para evitar
                      "una catarata de denuncias".
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
                        Expensas
                      porteñas 
                      
                      Tombolini
                      anunció que subsidiará las expensas 
                      
                      Sin
                      embargo la letra chica de sus dichos aclara que se trata
                      de ampliar la tarifa social de electricidad, gas y agua
                      que se aplica a la unidad funcional de cada beneficiario a
                      la parte proporcional que le corresponde en los sectores
                      comunes  
                      Con mismo este objetivo ya existe hace seis meses un proyecto en
                      la Legislatura porteña y el Sindicato de Trabajadores
                      Pasivos había realizado ese mismo pedido a legisladores
                      nacionales.
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
                        Índices
                      de aumentos salariales para la propiedad horizontal 
                      
                      Las
                      escalas salariales acumulan en el año más de un 56% 
                      
                      Durante
                      el mes de octubre las escalas salariales de los
                      trabajadores del sector de la propiedad horizontal
                      subieron un 7,18% en promedio  
                      En términos interanuales el incremento fue de 65.5%  
                      Pequeñas Noticias analizó las escalas salariales en
                      relación al valor del dólar.
                        | 
                     
                    
                      
                         
                       | 
                     
                    
                      | 
                      
                        Cámara
                      Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad
                      Horizontal 
                      
                      CASIPH
                      comenzó a organizar encuentros de capacitación 
                      
                      Durante
                      el primer encuentro disertaron la Dra. Ana María Vila, el
                      Dr. Bartolomé Ángel Orfila y el Cr. Pablo Adrián
                      Schwarz  
                      Profundizaron sobre la interpretación de los reglamentos
                      preexistentes al nuevo Código Civil y Comercial de la
                      Nación y sobre la responsabilidad del administrador sobre
                      las retenciones obligatorias previsionales y a
                      proveedores.
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                        Página/12 
                      
                      Verbitsky
                      desmintió las tres afirmaciones de Santa María 
                      
                      El
                      mismo día que Víctor Santa María afirmaba que no había
                      censura en Página/12 y que Horacio Verbitsky había
                      cobrado un millón y medio de dólares en el marco de un
                      retiro voluntario, el periodista afirmó que se tuvo que
                      retirar porque sus notas eran censuradas, que no fue un
                      millón y medio y que no fue un retiro voluntario.
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                      de Opinión 
                      
                      Socios de negocios  
                       por el Sr. Juan Mauricio Araujo 
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                      de Lectores 
                      
                      Quiere saber
                      cómo liquida el aguinaldo el SUTERH 
                      (14/10/2019)
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       Asignación
      no remunerativa Decreto 665/2019 
      
      Los
      cinco mil se liquidarán en dos cuotas 
      
        
      [BPN-15/10/19]
      Sorpresivamente y sin ningún motivo aparente, la FATERyH (Federación
      Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) firmó
      un acuerdo con las tres entidades de administradores que representan al
      sector empleador en paritarias [1] para que se pueda pagar el
      "bono" de 5 mil pesos que otorgó el Poder Ejecutivo nacional en
      dos cuotas iguales, una de 2.500 pesos con los haberes de octubre y otra
      por el mismo importe con los haberes de noviembre. APH (Asociación
      Civil de Propietarios de Inmuebles de Renta y Horizontal) no
      participó de este acuerdo. 
      Es
      de tener en cuenta que: 
      1.-
      El pago del bono es obligatorio. 
      2.-
      La primera asignación se cobrará con los haberes de octubre que se
      liquidan a fin de ese mes y hasta el cuarto día hábil de noviembre. La
      segunda se cobrará con los haberes de noviembre que se liquidan a fin de
      ese mes y hasta el cuarto día hábil de diciembre. 
      3.-
      La asignación es no remunerativa, por lo tanto no se le
      descuentan ni al trabajador ni al empleador aportes, contribuciones ni
      obra social pero tampoco se la considera para el cálculo del aguinaldo y
      las vacaciones. 
      4.-
      Quienes trabajen media jornada, suplentes o trabajadores jornalizados,
      recibirán el pago de forma proporcional. 
      A
      la hora de liquidar este importe, la redacción de Pequeñas Noticias
      recomienda en el detalle del recibo de sueldo consignar "Asignación
      no remunerativa Decreto 665/2019 – 1ª cuota" o "2ª
      cuota", según corresponda. 
      Es
      de destacar que según el artículo 3º del Decreto 665/2019 la
      asignación de cinco mil pesos "se compensará en las próximas revisiones
      salariales" y por lo tanto los consorcios no podrán descontarlo
      unilateralmente de los aumentos que se otorgaron o se otorgarán en un
      futuro. Según el último acuerdo salarial están previstas dos cláusulas
      de revisión una en enero y la otra en abril de 2020. En la primera de
      ellas, el sector empleador debería descontar de las pretensiones
      salariales del SUTERH el "bono" otorgado. 
      
      La
      sorpresa 
      
      Llamó
      la atención que desde el primer momento –y hasta después de haber
      firmado el acuerdo- tanto la FATERyH como el SUTERH (Sindicato
      Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal) comunicaron desde
      sus sitios web institucionales que el bono se debería liquidar en un pago
      junto a los haberes de octubre. Así también lo ratificaron en sus redes
      sociales. 
      Por
      otra parte ninguna entidad de consorcistas se había
      quejado o realizado algún tipo de solicitud pública para que los
      consorcios sean exceptuados del pago de los 5 mil pesos o que éste se
      realice en cuotas. 
      Es
      de especial importancia señalar que APH -que en el pasado no lejano
      realizó varias denuncias a través de las redes sociales sobre los
      convenios colectivo firmados- tampoco realizó ninguna queja o petición
      para excluir a los encargados del bono de los 5 mil pesos, teniendo en
      cuenta que el decreto había realizado excepciones al beneficio: por
      ejemplo en su texto original excluyó al personal de casas particulares. 
      Desde
      el 25 de septiembre –fecha en que se firmó el decreto- a la fecha de la
      redacción de esta nota [2]  APH sólo realizó
      publicaciones en Facebook solicitando a los consorcistas que adhieran a su
      entidad. 
      
      Cronología 
      
      El
      25 de septiembre el presidente Mauricio Macri firmó el Decreto 665/2019
      [BO: 16/09/19] para que los 5 mil pesos se realicen en un pago. 
      El
      1º de octubre, -un día antes del Día del Encargado- la FATERyH, la
      CAPHyAI, el AIERH y UADI realizaron en la sede del SERACARH un acuerdo
      para realizar el pago en dos cuotas. 
      El
      4 de octubre, los miembros paritarios nombrados pidieron la homologación
      del acuerdo. 
      El
      7 de octubre el SUTERH hace público en su cuenta de Facebook que se
      realizará el pago en dos cuotas. No menciona que no está homologado. 
      
      La
      reacción de los encargados 
      
      Antes
      de que se supiera que el "bono" se va a pagar en dos cuotas, la mayor
      crítica que hicieron los encargados de edificios a la asignación de
      cinco mil pesos fue que es proporcional a la jornada de trabajo: 
      Una
      encargada se quejó de que quienes trabajan cuatro horas reciben sólo la
      mitad de la asignación y reprochó a Santa María que en lugar de
      ocuparse de esos temas pierde el tiempo tratando de ser presidente de
      Boca: Debe "preocuparse más por los trabajadores y la salud que es
      lo más importante". Su comentario recibió 18 respuestas, 35
      "Me gusta", 3 "Me encanta", un "Me asombra"
      y un "Me enoja". 
      Por
      último, otro encargado reflexionó: "No se quejen que puede ser
      peor. Miren Comercio, se lo pagan en cinco cuotas y encima sobre eso le
      hacen el descuento para la obra social cuando no corresponde. Y [a los de]
      media jornada igual, un proporcional y descuentos para la obra
      social"    
      
      --- 
      [1]
      CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
      Inmobiliarias), AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y
      Horizontal) y UADI (Unión Administradores de Inmuebles). 
      [2]
      15 de octubre de 2019. 
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       Ley
      Carrillo 
      
      El
      TSJ decidirá quién tratará la demanda contra Consorcio Participativo 
      
        
      
      Corte
      Suprema de Justicia de la Nación Argentina frente a Plaza Lavalle. 
      
       
      
      [BPN-15/10/19]
      El pasado 24 de septiembre, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso
      Administrativo y Tributario de la CABA resolvió que sea el Tribunal
      Superior de Justicia de la CABA quien resuelva si corresponde que la
      causa contra la Plataforma Oficial Consorcio Participativo la trate
      el fuero local o el federal. De no hacer lugar a la demanda original que
      sea tratado en el fuero federal, Andrés Zulberti adelantó que
      recurrirá a la Suprema Corte de la Nación. 
      El
      15 de febrero de este año, Zulberti, coordinador de la Comisión de
      Consorcios de la Comuna 3, presentó un amparo federal para que el
      Gobierno de la CABA sea obligado a abstenerse de recolectar y tratar
      informáticamente datos por medio de la Plataforma Oficial Consorcio
      Participativo de los cuales es titular por su condición de propietario de
      una unidad funcional en un consorcio de la CABA [1]. 
      En
      la demanda original acusó al Gobierno porteño de querer apropiarse de la
      información de los consorcios e impedir que éstos o sus mandatarios
      puedan elegir libremente la herramienta de trabajo más adecuada a sus
      necesidades. En sus palabras expresó: "Se desprende sin hesitación
      que mediante la imposición efectuada a los administradores de consorcios
      de dar el alta y mantener actualizados los datos del consorcio respectivo en un
      aplicativo, sistema o programa web destinado a la gestión administrativa
      del mismo, conforme se enuncia a lo largo del artículo 14º de la Ley
      5.983 (Consorcio Participativo), el GCBA pretende administrar y apropiarse
      de manera monopólica de la totalidad de la información relativa a los
      consorcios, impidiendo que los administradores de consorcios puedan elegir
      su herramienta de trabajo y adquiriendo en el camino una completa base de
      datos referida a los intereses económicos de los propietarios (verdaderos
      destinatarios de la medida), al mejor modo de la novela 1984, pero en
      2018". 
      El
      26 de febrero, el juez federal Marcelo Gota resolvió declarar la
      incompetencia del Juzgado a su cargo para entender en la demanda que
      realizó Zulberti contra la Aplicación Consorcio Participativo y
      remitirla a la oficina de asignación de causas de la Cámara en lo
      Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA a los fines de su
      asignación y posterior tramitación [2]. 
      El
      13 de marzo, Zulberti presentó la apelación a la declaración de
      incompetencia que resolvió el juez federal Gota [3]. 
      El
      18 de marzo, Gota volvió a declarar la incompetencia del juzgado a su
      cargo para entender en la acción iniciada por Zulberti [4]. 
      El
      3 de abril recae en la secretaría 46 del juzgado CAyT Nº 23 que está a
      cargo del juez Francisco Ferrer quien también tramita la causa
      "Tocco Daniel Roberto y otros contra GCABA sobre amparo –
      Aplicaciones móviles - Internet". 
      El
      4 de abril, el juez resolvió que existe "conexidad" entre la
      causa de Tocco y la de Zulberti. Textualmente argumentó: "...dada la
      vinculación que se advierte entre los objetos de la causa citada y estos
      actuados, a fin de evitar decisiones contradictorias respecto de las
      normas puestas en crisis por los actores, como así tampoco los
      fundamentos para esgrimir los respectivos cuestionamientos, corresponde
      declarar la conexidad de las presentes actuaciones con la causa
      "Tocco Daniel Roberto y otros contra [...]", expediente N°
      31249/2018-0 y remitirlas a la Secretaría 45 de este Juzgado, para su
      tramitación conjunta". 
      El
      3 de mayo, el juez Ferrer reiteró la conexidad entre las dos causas,
      denegó su inhibitoria para tratar el caso de Zulberti pero habilitó la
      apelación a la Cámara. 
      El
      9 de mayo, Zulberti apeló ante la Sala II de la Cámara Contencioso
      Administrativo y Tributario de la CABA. 
      El
      13 de mayo, pasó al Ministerio Público Fiscal de Cámara
      "Este" o "B" a cargo de la Dra. Nidia Cícero. 
      El
      7 de julio la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de
      la CABA rechazó el recurso interpuesto por Zulberti para que su causa
      contra el uso de sus datos sin permiso por la Plataforma Oficial Consorcio
      Participativo lo trate un tribunal federal [4]. 
      El
      22 de agosto, Zulberti presentó un amparo ante el Tribunal Superior de
      Justicia. La encargada de dar –o no- curso a este amparo fue la misma
      Cámara de Apelaciones. 
      El
      24 de septiembre lo aprobó pero -de no haberle dado curso- Zulberti
      podía haber apelado directamente al Tribunal Superior de Justicia en
      queja    
      
      --- 
      [1]
      BPN Nº 652 del 14/03/19: "Se
      presentó un amparo federal contra Consorcio Participativo". 
      [2]
      BPN Nº 652 del 14/03/19: "La
      Justicia Federal se declaró incompetente". 
      [3]
      BPN Nº 652 del 14/03/19: "Ya
      se apeló el primer amparo federal contra Consorcio Participativo". 
      [4]
      BPN Nº 662 del 15/08/19: "La
      Cámara de Apelaciones rechazó y Zulberti recurrirá al Supremo local". 
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       Federación
      de Administradores de Propiedad Horizontal 
      
      La
      CAPHyAI se reincorporó a FAPHRA y Tocco es su presidente 
      
        
      [BPN-15/10/19]
      El pasado 20 de septiembre, la Cámara Argentina de Propiedad
      Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) se
      reincorporó formalmente a la Federación
      de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de
      la República Argentina (FAPHRA). El Adm. Daniel Tocco,
      su nuevo presidente, adelantó que trabajará por la colegiación de la
      actividad y el desarrollo de un código de ética para los
      administradores. 
      Es
      de recordar que a mediados del año pasado la CAPHyAI se había retirado
      de FAPHRA por diferencias sobre algunos temas que afectaban al sector.
      Sin embargo durante la primera quincena de julio de este año, Miguel
      Ángel Summa, vicepresidente 1º de la Cámara, habiendo pasado un
      año, había considerado conveniente reincorporarse a la Federación si
      así lo solicitaban [1]. 
      
      La
      entrevista 
      
      Pequeñas
      Noticias : ¿Sos el nuevo
      presidente de FAPHRA?
      
      Daniel
      Tocco: La verdad que fue una decisión consensuada. Pedimos la
      reincorporación porque estamos convencidos de que tenemos que trabajar todos
      juntos por la colegiación. Hay
      algunas provincias que ya están tratando de avanzar en ese tema y
      agregamos la fuerza que pueda aportar la Cámara.  
      
      PN:
      ¿Cómo avanza la iniciativa de la Cámara de Santa Fe para conseguir la
      colegiación? 
      
      DT:
      No sólo Santa Fe. Tucumán y la ciudad de La Plata también están
      avanzando pero son todos proyectos que tienen un fondo muy político. Todo
      está atado a la voluntad de los legisladores y de su comprensión del
      tema. 
      
      PN:
      ¿Cuáles van a ser tus objetivos como presidente de FAPHRA durante los
      próximos dos años? 
      
      DT:
      Uno de mis objetivos será afianzar más la Federación, los lazos entre
      las instituciones; apuntar a la colegiación e iniciar una acción
      conjunta general para armar un código de ética y recomendaciones a nivel
      nacional y que cada entidad lo difunda a través de sus instituciones. Hoy
      el problema es que en muchos lugares administrar no requiere demasiados requisitos
      y hace que a algunos nos compliquen la vida y que paguemos justos por
      pecadores.  
      
      PN:
      Nosotros seguimos las multas que aplica el Registro Público de
      Administradores (RPA) porteño a los administradores. 
      
      DT:
      Ese es un tema que hay que analizar un poco. Yo creo que hay denuncias
      contra  administradores que realmente pueden ser válidas
      pero hay otras denuncias que son literalmente venganzas. Cuando no pueden
      imponer su voluntad hacen una denuncia para torcer la voluntad del
      consorcio. 
      
      PN:
      ¿Estás contento con la reincorporación de la CAPHyAI a FAPHRA? 
      
      DT:
      Sí. Aunque a veces no todas las decisiones son las acertadas. Sin embargo,
      la unión hace la fuerza y nosotros necesitamos el apoyo de la provincia y
      las provincias necesitaban nuestro apoyo. 
      
      PN:
      ¿FAPHRA va a participar de paritarias? 
      
      DT:
      No. No está habilitada por su propio estatuto. Lo que sí, cada cámara
      puede intervenir en su zona de influencia sobre temas muy específicos
      -como por ejemplo la zona sur del país-  e incorporar lo acordado al
      convenio colectivo nacional. 
      
      La
      asamblea 
      
      La
      reincorporación de la CAPHyAI a FAPHRA se realizó en el marco de una
      asamblea extraordinaria que se realizó en la cual se eligieron también
      nuevas autoridades para la entidad: Daniel Roberto Tocco (presidente),
      Adolfo Jäger (1º vicepresidente), Carlos Alberto Trayan (2º
      vicepresidente), Juan Carlos Brembilla (3º vicepresidente), Ariel Adelmo
      Coppari (secretario), Daniel Domingo Defrancesco (prosecretario), Mario
      Guillermo Mazzini (tesorero), Daniel Alejandro Echevarría (protesorero),
      Adriana Blanca Maurizi (1º vocal titular), Noemí Nélida Galussio (2º
      vocal titular), Susana Inés Quiroga (3º vocal titular), Armando Roque
      Caputo (1º vocal suplente) y Sebastián Julio Issac Líbano (2º vocal
      suplente). Por otra parte la comisión revisora de cuentas quedó
      conformada por: Arcángel Ibañez Díaz (1º titular), Guillermo Ernesto
      Isla Vieyra (2º titular) y Carlos Alberto Leno (1º suplente). 
      La
      entidad representa siete entidades de administradores con sede en cinco
      provincias: la CAPHyAI en la CABA; la Cámara de la Propiedad Horizontal
      de Santa Fe, 2° Circunscripción; la Cámara de Administradores de
      Consorcios y Propiedades de Tucumán; y la Cámara de la Propiedad
      Horizontal de Córdoba. En la provincia de Buenos Aires: la Cámara de
      Admiradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires, la
      Cámara de Administradores de Consorcios de la Plata y la Cámara de
      Administradores de Bahía Blanca. 
      Por
      otra parte se decidió que FAPRAH participe del 3° Congreso
      Latinoamericano de Administradores de Propiedad Horizontal organizado por
      la CAPHyAI. Para participar de un panel en esa oportunidad se designaron a
      los administradores Jäger, Trayan, Echevarría, Leno, Isla Vieyra y
      Coppari    
      
      --- 
      Foto:
      CAPHyAI. 
      [1]
      BPN Nº 660 del 12/07/19: "La
      CAPHyAI estaría abierta a reintegrarse a FAPHRA". 
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       ADEPROH
      vs. Defensa del Consumidor porteño 
      
      Se
      cayó la demanda de ADEPROH 
      
      ![Mercedes García, presidente de ADEPROH [Foto: archivo de Pequeñas Noticias]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2019/10/bpn_666/MercedesGarcia2.jpg)  
      
      Mercedes
      García, presidente de ADEPROH [Foto: archivo de Pequeñas Noticias] 
      
       
      [BPN-15/10/19]
      El pasado 13 de septiembre, el Juzgado 21 de 1ª instancia en lo
      Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA resolvió declarar
      perimida la acción de amparo que inició ADEPROH (Asociación
      Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad
      Horizontal RA) contra la Dirección de Defensa y Protección del
      Consumidor (DyPC) local para poder intervenir en un expediente
      administrativo abierto contra un administrador de consorcios sin
      autorización del titular de la unidad funcional o del consorcio. La DyPC
      le exigía una autorización expresa para ser parte de cada expediente. 
      En
      su fallo la jueza señaló que desde el 22 de mayo y hasta el 7 de agosto
      de este año no se han llevado a cabo actos procesales
      "impulsorios" por parte de la actora. El tiempo de inactividad
      transcurrido fue de 64 días corridos, sin contar la feria judicial que
      duró desde el 22 de julio hasta el 2 de agosto [1]. 
      Es
      de destacar que la Ley 2.145 (Ley de Amparo de la Ciudad Autónoma de
      Buenos Aires) establece textualmente en su artículo 23º que "se
      producirá la caducidad de la instancia del proceso cuando no se instare
      el curso del procedimiento dentro del plazo de treinta días, o de sesenta
      días en el caso de amparo colectivo. La caducidad puede ser declarada de
      oficio o a pedido de parte. Dicho plazo se computará desde la fecha de la
      última petición de las partes o resolución o actuación del Juez que
      tenga por objeto impulsar el proceso", y agrega: "El plazo
      correrá durante días inhábiles, salvo los que correspondan a la feria
      judicial. Para el cómputo del plazo se descontará el tiempo en que el
      proceso hubiere estado suspendido por acuerdo de las partes o por
      disposición del Juez siempre que la reanudación del trámite no quedare
      supeditada a actos procesales que debe cumplir la parte a quien incumbe
      impulsar el proceso". 
      El
      7/8/2019, el representante legal de la CAPHyAI planteó ante el tribunal
      que ya transcurrió el plazo previsto en el mencionado artículo 23º para
      que opere la caducidad de esa instancia judicial y señaló que el último
      movimiento "impulsorio" del expediente data del 22 de mayo de
      2019. 
      Por
      su parte ADEPROH señaló que quien formuló el planteo no resulta ser el
      demandado, sino una corporación con interés de impedir la resolución
      del asunto. Sin embargo el tribunal advirtió que ADEPROH no ha
      cuestionado la calidad de parte de la CAPHyAI por lo que no resultó un
      argumento atendible. 
      Por
      último citando jurisprudencia, la jueza argumentó que para evitar que
      los procesos se prolonguen injustificadamente en el tiempo, en detrimento
      de los valores jurídicos de paz y seguridad y en definitiva de una buena
      administración de justicia, corresponde hacer lugar al planteo formulado
      y resolvió declarar perimida la causa. 
      
      Antecedentes 
      
      La
      causa había sido iniciada el 16 de octubre del año pasado por María
      Mercedes García, titular de ADEPROH patrocinada por el Dr. Ariel
      Zumpano. 
      El
      11 de diciembre, la titular del juzgado, María Soledad Larrea,
      dispuso "otorgar a todas aquellas personas que tengan un interés
      jurídico relevante en integrar el proceso ya sea como actora o demandada,
      el plazo de diez días, a partir de que tomen efectivo conocimiento de la
      información para que se presenten en el expediente" [2]. 
      El
      1º de febrero, la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y
      Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) –representada por el Dr. Jorge
      Martin Irigoyen- se presentó ante el juzgado para solicitar que
      rechace la acción entablada por ADEPROH contra el Gobierno de la CABA.
      Entre sus argumento expuso que ADEPROH "pretende arrogarse una
      potestad pública de cuasi instrucción de sumarios fundados en la Ley
      941, o cuanto menos un rol acusatorio que resulta por lo pronto ajeno a la
      índole del derecho privado, que es de lo que en definitiva se trata"
      [3]    
      
      --- 
      [1]
      ERREIUS del 9/05/19: "La
      Corte determinó los días de la feria judicial de invierno 2019". 
      [2]
      BPN 648 del 11/01/19: "La
      Justicia invitó a sumarse al amparo de ADEPROH". 
      [3]
      BPN Nº 652 del 14/03/19: "La
      CAPHyAI se presentó en el amparo de ADEPROH" .
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       Defensa
      y Protección del Consumidor porteño 
      
      Ahora
      denuncias digitales contra administradores 
      
        
       
      [BPN-15/10/19]
      Durante la primera semana de octubre la Dirección General de Defensa y
      Protección del Consumidor porteña habilitó un sistema web para
      denunciar a los administradores que incumplen con la Ley 941 dentro de la
      plataforma oficial del Gobierno de la CABA. 
      La
      aplicación realizada no es para teléfonos móviles. Para realizar una
      denuncia se debe acceder desde una computadora de escritorio o una tableta
      en que haya instalado un navegador del tipo Google Chrome, Microsoft Edge,
      Mozilla Firefox, Brave u otros. 
      Una
      fuente del Gobierno de la CABA adelantó que este módulo de denuncias
      digitales contra administradores se desarrollará como aplicación para
      teléfonos móviles y explicó que no se difundió a nivel masivo –a
      pesar de que Horacio Rodríguez Larreta está en plena campaña
      electoral- para evitar "una catarata de denuncias". 
      
      miBA 
      
      El
      primer paso para realizar una denuncia es ingresar a la sección de
      trámites dentro de la plataforma miBA:  https://www.buenosaires.gob.ar/tramites.
      Si se posee una cuenta en dicha plataforma se deben ingresar con la
      dirección de correo y la contraseña registrada. De no ser así se debe
      registrar.
      
      Trámites 
      
      En
      la sección "Trámites" se debe bajar hasta que se encuentre el
      apartado "Defensa al consumidor". Está bastante abajo así que
      hay que tener paciencia. Una vez que se lo encuentre hay que cliquear en
      "Ver todos" y se abrirán cuatro opciones más. Elegir
      "Denuncia Digital a Administradores de Consorcio". 
      
      Denuncia
      digital 
      
      En
      esta página se detallan los requisitos que se le exigen a los
      propietarios o inquilinos para poder denunciar a un administrador y los
      pasos que se deben cumplir para iniciar el trámite. 
      La
      redacción de Pequeñas Noticias recomienda leer detenidamente todo
      el instructivo. Hay material que se debe escanear o fotografiar con el
      celular y datos que probablemente se deba buscar. Es conveniente tener
      todo ese material a mano antes de comenzar el trámite para evitar nervios
      e inconvenientes de última hora. 
      Si
      ya ingresó a la plataforma miBA y tiene la documentación necesaria a
      mano debe hacer clic en la palabra "web" dentro de la frase
      "Ingresá a la  web
      y seguí los pasos que indica el trámite".
      
      
      Solicitud
      de denuncia 
      
      En
      esta primera página se deben completar los datos del denunciante: Datos
      personales, domicilio y teléfonos de contacto. Si un dato a completar
      tiene un asterisco es porque es obligatorio y no se puede soslayar. 
      Una
      vez que terminó cliquear en "Siguiente" 
      
      Datos
      de la denuncia 
      
      En
      tipo de denuncia se debe cliquear "Administradores de consorcio (Ley
      941). 
      En
      el campo "Hechos" se deben describir los acontecimientos que
      motivaron tu denuncia. Deben ser concisos, claros y evitar narrar hechos o
      situaciones que no estén directamente ligados a la denuncia que se
      intenta impulsar. Si no está seguro de su escrito compártalo con algún
      familiar o amigo para ver si lo entiende tal cual lo redactó. 
      En
      el campo "Petitorio o pretensión" deberá especificar qué
      debería hacer u ofrecer el administrador para resolver su caso y que Ud.
      quede satisfecho. 
      Por
      ejemplo si en "Hechos" Ud. puede manifestar: "El
      administrador no entrega la documentación respaldatoria del
      consorcio" y en "Pretensión": "Entregar la
      documentación del consorcio de los años 2018 y lo que va del 2019".
      Tenga en cuenta que Ud. puede denunciar sólo infracciones a la Ley 941.
      El Registro Público de Administradores (RPA) creado por la
      Ley 941 no tiene potestad para intervenir en otros casos. Ante la duda
      puede consultar –de haber una- en la Comisión de Consorcios de su
      comuna, a alguna entidad de copropietarios o en el grupo de Facebook de Pequeñas
      Noticias. 
      En
      el campo "Motivo de la denuncia" se enumeran todas las infracciones posibles
      que contempla la Ley 941. Como se puede apreciar a continuación de su
      descripción figura el inciso, artículo y ley que se violentó. Se debe
      tildar la o las infracciones que cometió el administrador. Sin embargo,
      el día que la redacción de Pequeñas Noticias realizó esta
      prueba -por un defecto de programación- estos campos no se podían
      tildar. 
      Luego
      se deben cargar: 
      1.-
      Los pagos realizados (no obligatorio). 
      2.-
      Datos del denunciado (obligatorio). En este espacio se pueden agregar más
      denunciados. 
      A
      continuación se debe cargar la documentación respaldatoria: 
      1.-
      Copia del Documento Nacional de Identidad (obligatorio). 
      2.-
      La liquidación de expensas relacionada con la denuncia (obligatorio). 
      3.-
      Contrato de alquiler o factura de un servicio a tu nombre o título de
      propiedad (obligatorio). Como aclaración el Gobierno de la CABA explica
      que necesita que se adjunte un documento que compruebe la relación que
      existe entre el denunciante, la unidad funcional y el administrador. 
      4.-
      Nota, email o carta documento con el reclamo previo realizado al
      administrador (obligatorio). 
      5.-
      Documentos de prueba (obligatorio). De ser necesario, este es el espacio
      para proporcionar copia de otros documentos directamente relacionados con
      la denuncia realizada. 
      Luego
      de terminar la carga de los datos de esta página se debe hacer clic en
      "Siguiente". 
      
      Entrega 
      
      En
      esta nueva página se pide cargar una dirección de correo alternativa.
      Este campo no es obligatorio. 
      Si
      finalizó puede hacer clic en "Crear trámite". 
      
      Número
      de trámite 
      
      Si
      Ud. cargó bien o mal los datos, no importa, una nueva página le
      indicará: "¡Tu Solicitud de denuncia se creó exitosamente!",
      le proporcionará un número de trámite y le enviará casi
      instantáneamente un correo electrónico a su dirección declarada un
      correo con el asunto "Recibimos tu denuncia". ¡Ojo!, en el
      correo no figurará el número de trámite así que cuando aparezca en la
      última página de su trámite por Internet anótelo o capture la pantalla
      para futuras referencias o reclamos. 
      Ese
      trámite será analizado por un ser humano y si faltan datos o fueron
      incorrectamente consignados recibirá un correo electrónico pidiéndole
      que lo subsane, de no hacerlo en cinco días el trámite se anulará y
      deberá comenzar todo de nuevo    
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       Colegio
      Público de Abogados de la Capital Federal 
      
      Awad
      firmó un acuerdo de cooperación con la UMET 
      
      ![Dr. Eduardo Awad, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal [Foto: archivo de Pequeñas Noticias]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2019/10/bpn_666/EduardoAwad2.jpg)  
      
      Dr.
      Eduardo Awad, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital
      Federal [Foto: archivo de Pequeñas Noticias] 
      
       
      [BPN-15/10/19]
      El pasado 17 de septiembre, el Dr. Eduardo Awad, presidente del Colegio
      Público de Abogados de la Capital Federal, firmó un convenio de
      cooperación con el rector de la Universidad Metropolitana para la
      Educación y el Trabajo (UMET), Dr. Nicolás Trotta. 
      Textualmente,
      los cinco objetivos del convenio firmado son: 
      1.-
      Articular un sistema de cooperación amplia a los efectos de promover
      ofertas académicas de nivel universitario de posgrado y de extensión
      universitaria. 
      2.-
      Desarrollar conjuntamente programas de actualización, perfeccionamiento y
      capacitación. 
      3.-
      Favorecer el intercambio de información educativa, generando una
      comunicación eficaz entre ambas instituciones. 
      4.-
      Analizar el desarrollo de alternativas innovadoras para la relación y
      articulación entre las instituciones en el campo de la investigación,
      evaluación y actividades de extensión. 
      5.-
      Sistematizar y fortalecer los vínculos de cooperación para potenciar
      recíprocamente la presencia efectiva y la función de las instituciones
      signatarias en el medio educativo. 
      Esta
      universidad pertenece al Grupo Octubre que es a su vez propiedad
      del SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Renta y
      Horizontal) y cuyo titular, Víctor Santa María, es presidente
      del Partido Justicialista porteño. 
      Es
      de recordar que hace casi un mes -el 23 de agosto- Awad anunció que
      creará una asociación de consorcios y consorcistas con el objetivo de
      velar por sus derechos y representarlos en paritarias. En caso de
      concretar este proyecto y de ser admitido en paritarias, será con Santa
      María con quién debera negociar las condiciones laborales de los
      trabajadores del sector representando los intereses de los consorcios y
      copropietarios de todo el país [1]. 
      Awad
      había relanzado la creación de su entidad de consorcistas ante poco más
      de una docena de inmobiliarios en el stand de la Cámara Inmobiliaria
      Argentina (CIA) en la Expo Real Estate Argentina 2019.
      Agregó también que en este proyecto lo acompañarán Alejandro Juan
      Bennazar, presidente de la CIA, y Claudio Roberto Vodánovich,
      secretario general de esa entidad inmobiliaria    
      
      --- 
      [1]
      BPN Nº 664 del 13/09/19: "Awad
      relanzó su proyecto de crear una entidad de consorcistas". 
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       Expensas
      porteñas 
      
      Tombolini
      anunció que subsidiará las expensas 
      
      ![Matías Tombolini, junto a Sergios Abrevaya (GEN) y entidades de consorcistas en la Legislatura porteña [Foto: archivo Pequeñas Noticias]](https://www.pequenasnoticias.com.ar/boletines/2019/10/bpn_666/MatiasTombolini2.jpg)  
      
      Matías
      Tombolini, junto a Sergios Abrevaya (GEN) y entidades de consorcistas en
      la Legislatura porteña [Foto: archivo Pequeñas Noticias] 
      
       
      [BPN-15/10/19]
      El pasado 7 de octubre, Matías Tombolini, candidato a jefe de
      Gobierno porteño por Consenso Federal, anunció que de ser electo
      promoverá un subsidio a las expensas de inquilinos y propietarios
      beneficiarios de alguna ayuda económica de parte del Estado nacional o
      local. "El 35 por ciento de los vecinos debe expensas", aseguró
      sin mencionar fuentes. Otra medida que prometió tomar y que también
      afectaría a los consorcios de propietarios porteños será la de regular
      las tarifas de los servicios públicos. "En estos cuatro años, la
      luz subió 20 veces, el agua nueve, y el sueldo y las jubilaciones, apenas
      dos veces", afirmó [1]. 
      Así
      lo expresó ese lunes, junto a Roberto Lavagna, durante la
      presentación en la Ciudad de Buenos Aires de la "Fuerza Federal". 
      Tres
      días después, durante el debate de los candidatos a jefe de gobierno
      porteño del 10 de octubre, Tombolini brindó más detalles sobre su
      propuesta consorcial: ampliar la tarifa social de electricidad, gas y agua
      que se aplica a la unidad funcional de cada beneficiario a la parte
      proporcional que le corresponde en los sectores comunes. Sin embargo no
      precisó en qué porcentaje beneficiaría los castigados bolsillos de los
      consorcistas esta medida.  
      En
      otro orden de cosas y durante ese mismo debate, Horacio Rodríguez
      Larreta, actual jefe de Gobierno, no hizo mención alguna al tema
      expensas. No recordó su proyecto de principios de 2018 de bajarlas en un
      20%. Tampoco explicó ningún aspecto de su polémica "Plataforma Web
      Oficial Consorcio Participativo" que a poco de aprobarse en la
      Legislatura cosechó gran cantidad de rechazos y varias demandas
      judiciales por la concentración en manos del Estado de todos los datos
      comerciales y laborales tanto de los consorcios como de los propietarios e
      inquilinos. 
      Subsidio
      a las expensas 
      
      A
      pesar de que el matutino La Nación del día siguiente calificó la idea de
      Tombolini como "original" y un cambio en el "régimen de
      expensas", es de recordar que el pasado 21 de marzo Sergio
      Abrevaya (GEN) ya había presentado un proyecto de ley en este
      sentido [2]. 
      Una
      semana después, el Dr. Christian D'Alessandro, apoderado del Sindicato
      de Trabajadores Pasivos (STP), llamó a los diputados y
      senadores nacionales a a extender la tarifa social diferenciada
      de los servicios públicos que perciben los jubilados a su parte
      proporcional en los sectores comunes de sus consorcios. Pidió también
      que el Gobierno nacional frene los aumentos "desmedidos" de las
      tarifas de electricidad, gas y agua. "Cada vez hay más jubilados que
      están perdiendo la casa por no poder pagar las expensas" [3]
         
      
      --- 
      [1]
      ámbito del 8/10/19: "Lavagna
      compartió con Tombolini un acto de cara a las elecciones" 
      [2]
      BPN Nº 654 del 12/04/19: "Abrevaya
      quiere extender la tarifa social a las partes comunes". 
      [3]
      BPN Nº 654 del 12704/19: "¡Con
      los jubilados no!". 
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       Registro
      Público de Administradores 
      
      El
      RPA sancionó al presidente de APARA 
      
        
      [BPN-15/10/19]
      El 12 de enero del año pasado, el presidente de APARA (Asociación
      de Profesionales Administradores de la República Argentina fue
      sancionado con una multa de 43.425 mil pesos por el Registro Público
      de Administradores (RPA) porteño por cuatro infracciones a la
      Ley 941 y fue sobreseído de una quinta < boletín
      oficial>.
      La
      sanción contra el Cr. Jorge Scampini fue ordenada por la directora
      general de Defensa y Protección del Consumidor, Vilma Bouza,
      mediante la Disposición 34/DGDyPC/18 y fue publicada en el Boletín
      Oficial del 8 de octubre pasado. 
      Tal
      cual surge de la disposición sancionatoria fue denunciado por infringir
      los incisos b) y c) del artículo 9º, los incisos b) y e) del artículo
      10º y el artículo 12º de la Ley 941. Finalmente, luego que el
      mandatario proveyera las pruebas necesarias se desestimó la denuncia
      sobre el inciso c) del artículo 9º y fue sobreseído. 
      El
      presidente de APARA es también presidente de la comisión académica
      "Estudios sobre propiedad horizontal" del Consejo
      Profesional de Ciencias Económicas. Son objetivos de esta comisión:
      el desarrollo de normas técnicas y de investigación en materia de
      propiedad horizontal; la difusión de la actividad a la comunidad mediante
      la realización de congresos, conferencias, talleres, cursos u otro tipo
      de evento; la presencia de nuestros profesionales en los distintos
      organismos públicos o privados para la creación, actualización o
      modificación de leyes, normas, reglamentos o disposiciones que hacen a la
      propiedad horizontal; mantener relaciones interdisciplinarias con otras
      comisiones y buscar la plena vigencia de las incumbencias de la Ley 20.488
      con respecto a los administradores de consorcios en propiedad
      horizontal" [1]. 
      Por
      último, Scampini es presidente de la Comisión de Propiedad Horizontal
      de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA (Universidad
      de Buenos Aires) que el 15 de septiembre realizó su 5º reunión
      [2]. 
      
      El
      inciso b) del artículo 9º 
      
      La
      ley : "Atender a la
      conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes
      para el cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento
      edilicio e infraestructura, instalaciones...".
      
      La
      denuncia: "La denunciante comunica inconvenientes de humedad en
      habitación de la hija, en su habitación, living, y corte del suministro
      de agua en terraza, dejando asentado en dicho mail que estas falencias han
      sido comunicadas en reiteradas oportunidades a la administración, no
      obteniendo respuesta". 
      
      El
      descargo: "...surgen del balance del ejercicio contable regular
      que durante mi actuación como administrador en los periodos 06/2016 a
      05/2017, los fondos invertidos en trabajos que fue aprobado en la asamblea
      a tal fin...." y adjuntó "cuadro con la suma de dinero
      invertido para afrontar gastos de trabajos de mantenimiento pendientes y
      anteriores a su gestión...". 
      
      La
      sentencia: Bouza sentenció en los fundamentos que "la
      inobservancia del deber de atender a la conservación de las partes
      comunes del edificio que se administra importa un incumplimiento de las
      obligaciones que la normativa impone a los administradores y que resulta
      insoslayable para el adecuado ejercicio de la administración, lo que
      constituye un hecho grave que significa un perjuicio actual o potencial
      para los habitantes del consorcio administrado". 
      
      El
      inciso b) del artículo 10º 
      
      La
      Ley : Las liquidaciones de
      expensas contendrán: "Datos del consorcio, con el Nº de C.U.I.T. y
      Clave de Identificación en el Sindicato Único de Trabajadores de
      Edificios de Renta y Horizontal".
      
      La
      denuncia: En junio, julio, agosto y septiembre de 2016 "se
      habría omitido denunciar la Clave de Identificación en el Sindicato
      Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal". 
      
      El
      descargo: "...surgen, a veces, olvidos como incluir la clave del
      SUTERH, el cual fue subsanado en el mes de octubre de 2016...". 
      
      La
      sentencia: "La inobservancia de las formalidades exigidas por la
      ley para la conformación de las liquidaciones de expensas impiden otorgar
      certeza a los consorcistas acerca de la justificación de los importes
      cobrados y su asociación al detalle reflejado en las liquidaciones de
      gastos, como así también obstaculiza el control de la gestión del
      administrador del edificio". 
      
      El
      inciso e) del artículo 10º 
      
      La
      Ley : Las liquidaciones de
      expensas contendrán: "detalle de los pagos por suministros,
      servicios y abonos a contratistas, indicando nombre de la empresa,
      dirección, Nº de C.U.I.T o C.U.I.L., Nº de matrícula, trabajo
      realizado, elementos provistos, importe total y en su caso, cantidad de
      cuotas y número de cuota que se abona".
      
      La
      denuncia: "En las liquidaciones de junio 2016 surge el rubro ‘trabajos
      de mantenimiento’ por el que se habría pagado un anticipo de $ 8.220,
      por trabajo de calefacción sin denunciarse nombre de la empresa,
      dirección, Nº de CUIT o CUIL, Nº de matrícula; en la liquidación de
      julio de 2016 en igual rubro se habría pagado a [xxx]
      SRL, por trabajo de plomería sin indicar CUIT; por último en la
      liquidación de septiembre de 2016 en Rubro ‘Varios’ se habrían
      pagado honorarios al Dr. [xxx] y al estudio [xxx]
      sin indicarse números de matrículas". 
      
      El
      descargo: Scampini sostuvo que "el gasto de $ 8.220 impugnado,
      fue anulado a la siguiente expensa y fue pasado directamente por el total,
      cargándolo correctamente en ese momento con nombre de la empresa,
      domicilio, CUIT, trabajo realizado y hasta número de factura; al dato del
      CUIT del proveedor [xxx] SRL. por el gasto de $ 10.000,
      la omisión fue subsanada en las expensas de setiembre/2016 agregándose
      dicho dato al resumen de las expensas, y cumpliendo allí con todos los
      demás datos solicitados por dicho inciso; por último respecto a la
      liquidación de septiembre/ 2016 sostiene que dichas contrataciones fueron
      anteriores a su gestión por parte del consejo de propietarios para poder
      plasmar la desvinculación del anterior colega del consorcio, haciendo
      llegar a la administración las facturas de dichos honorarios abonados por
      ellos para su reembolso. En la misma factura/recibo no figura el número
      de matrícula del profesional". 
      
      La
      sentencia: "Pese a sus dichos, de la prueba acompañada y del
      reconocimiento del sumariado queda acreditada la infracción por cuanto el
      subsanar las omisiones en liquidaciones posteriores no lo exime de
      responsabilidad, como así tampoco la circunstancia de que la información
      que provenga de terceros sea incompleta, por cuanto es responsabilidad del
      administrador confeccionar las liquidaciones con los datos que fija la
      ley". 
      
      Artículo
      12º 
      
      La
      Ley : "Declaración
      jurada: Los administradores inscriptos en el Registro creado por esta ley,
      deben presentar anualmente un informe con el siguiente contenido, el que
      tendrá carácter de declaración jurada...".
      
      La
      denuncia: "El sumariado no habría presentado la declaración
      jurada para el consorcio de French [xxx] de esta Ciudad,
      en los periodos 2014, 2015 y 2016, en infracción al artículo
      imputado". 
      
      El
      descargo: "El imputado en su descargo que sólo le corresponde la
      DDJJ 2016 desde 01/06/2016 a la fecha, por no pertenecer las anteriores a
      su gestión; Que refirió además que según lo establecido en el Manual
      de Procedimiento para la presentación de Declaraciones Juradas
      2014/2015/2016 (redactado por el GCBA), a fin de obtener las matrículas
      del Registro Público de Administradores de Consorcios debe cumplimentarse
      la primera etapa, que es la renovación de la matrícula del administrador
      propiamente dicha, para luego pasar a la segunda, que es la incorporación
      del consorcio como administrado de dicho matriculado, consistente en la
      presentación de dicho consorcio para el año respectivo. Que también,
      sostiene que al día de la fecha, aún el RPA no ha cumplimentado la
      primera etapa, habiéndose presentado toda la documentación requerida, en
      tiempo y forma. Cuando el RPA habilite la segunda etapa, se presentará la
      declaración jurada del consorcio para el año 2016. De todos modos esa
      documentación se acompaña a este escrito, para que no se interprete como
      medida dilatoria, la no presentación de la misma...". 
      
      La
      sentencia: "La falta de presentación de las declaraciones
      juradas cuya obligatoriedad impone el artículo 12 de la Ley 941, impide
      el debido control administrativo sobre las matrículas otorgadas,
      sustrayendo al sumariado del contralor gubernamental..."    
      
      --- 
      [1]
      Consejo
      Profesional de Ciencias Económicas. 
      [2]
      Facebook APARA.
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       Índices
      de aumentos salariales para la propiedad horizontal 
      
      Las
      escalas salariales acumulan en el año más de un 56% 
      
        
      
      En
      enero de 2016 entre la escala salarial promedio de un encargado y una
      jubilación mínima había una diferencia de 5.700 pesos, en noviembre
      llegará a los 26.800 pesos. 
       
      
      [BPN-15/10/19]
      Durante el mes de octubre las escalas salariales de los trabajadores del
      sector de la propiedad horizontal subieron un 7,18% en promedio [1].
      Llevan acumulados en el año un 56,36%. En términos interanuales el
      incremento fue de 65,5%. Durante los primeros 10 meses del año -en
      promedio- los salarios crecieron un 57.93% con respecto al mismo período
      del año pasado. 
      
      INDEC 
      
      Mientras
      tanto -al momento de la redacción de esta nota [2]- en los
      meses de septiembre y octubre el Índice de Precios del Consumidor
      medido por el INDEC se estima que registrará aumentos mensuales de
      un 5.8% y 4,4%, como consecuencia los aumentos interanuales
      serían de un 53,65% y 52,2% respectivamente y los
      acumulados anuales de un 37,68% y un 43,74%. 
      
      Jubilados 
      
      Por
      su parte, los jubilados que pagan expensas y cobran el haber mínimo
      llevan un incremento anual acumulado del 48,64% y un aumento
      interanual del 60,21%. En octubre noviembre año pasado
      cobraban 8.637,10 pesos mensuales, en diciembre 9.309,10 y en octubre
      13.837,50. 
      
      Las
      escalas salariales en dólares 
      
      Este
      mes la redacción de Pequeñas Noticias analizó la evolución del
      promedio de las escalas salariales desde enero de 2016 hasta el último
      día de septiembre de 2019 en dólares [3]. Si bien a grandes
      rasgos desde 2016 el salario de este sector acompaña con holgura el
      Índice de Precios del Consumidor, en dólares se observan dos etapas con
      respecto a la moneda estadounidense: hasta junio de 2018 los salarios se
      apreciaron y a partir del siguiente mes se depreciaron. 
       El
      primer día de 2016 el promedio de la escala salarial de un encargado
      permanente con/sin vivienda de las cuatro categorías era de 746 dólares
      (1 u$s = $13,44) mientras que el último día de septiembre de 2019 fue de
      622 dólares (1u$s = $56). Tomando ese periodo de punta a punta el
      promedio de las escalas salariales disminuyó un 19.89%. 
      Al
      año siguiente a causa de una disparada del valor del dólar que pasó a
      cotizar 17,55 pesos por unidad, los ingresos de los trabajadores de este
      sector se vieron degradados en un 23,42%. 
      Al
      mes siguiente, marzo de 2016, había recuperado lo perdido y ganado un
      poco más. Desde entonces y hasta junio de 2018 el promedio de las escalas
      salariales estuvo por encima de aquel valor inicial con un pico máximo de
      1.025 dólares en febrero de 2017 (1 u$s = $15,65). 
      En
      julio de 2018, la escala salarial en estudio estaba en 720 y dos meses
      después –en septiembre- tocaba un piso histórico de 554 dólares. En
      julio de 2019 ya había superado los 746 dólares iniciales llegando a los
      807 dólares. 
      La
      devaluación del día posterior al resultado adverso al oficialismo en las
      elecciones PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y
      Obligatorias) redujo el valor de las escalas salariales de un promedio
      de 807 dólares a 674. Mientras que el dólar promedio de julio era de
      43,15 por unidad en agosto subió a 51,7, 
      
      El
      incremento mensual 
      
      Durante
      octubre el incremento mensual de las escalas salariales de los encargados
      de edificios aumentó en un 14,5%. Este aumento es a
      consecuencia del "bono" de 2.500 pesos que otorgó el Gobierno
      nacional < ver
      nota>. Mientras que en
      septiembre el promedio de las escalas salariales era de 34.843 pesos y en
      octubre es de 37.343 pesos mensuales.
      
      El
      incremento acumulado 
      
      Desde
      el primer día del año hasta el último de octubre las escalas salariales
      habrán crecido un 56,36%. El último mes del año pasado el
      promedio de las escalas salariales fue de 23.882 pesos mensuales. 
      
      El
      incremento interanual 
      
      Desde
      octubre de 2018 y hasta el mismo mes de 2019 las escalas salariales en
      promedio aumentaron un 65,5%. En octubre de 2018 el promedio
      de las escalas salariales era de 22.564 pesos mensuales. 
      
      El
      incremento promedio 
      
      Por
      último, durante los primeros 10 meses del año –en promedio- los
      salarios crecieron un 57.93% con respecto al mismo período
      del año pasado    
      
      --- 
      [1]
      Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
      de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
      cada mes. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y septiembre
      de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto haya sido
      inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional mediante el
      Decreto 561/2019. 
      [2]
      15 de octubre de 2019. 
      [3]
      Para calcular el valor del dólar de cada mes se promedió el valor de
      compra y venta del primero y del último día hábil de cada mes. 
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       Desayuno
      de trabajo organizado por Banco Roela 
      
      Sevitz
      y Corzo ayudan a administrar en tiempo de crisis 
      
        
      [BPN-15/10/19]
      El pasado 19 de septiembre, la Dra. Diana Sevitz alertó que en
      tiempos de crisis los administradores deben dialogar, observar la
      realidad, capacitarse permanentemente, replantear sus propios métodos y
      encarar la reingeniería de aquellos aspectos de su empresa que no se
      adaptan a los tiempos que corren. Recordó que el nuevo Código Civil y
      Comercial establece que las expensas prescriben a los dos años. Aconsejó
      fechas de pagos diferenciadas sobre todo para facilitar el cumplimiento de
      los adultos mayores. 
      Este
      análisis lo realizó junto a la Cra. Liliana Corzo durante la
      disertación que ambas realizaron a sala llena sobre el tema
      "Administrado en tiempo de crisis" en la UCEMA (Universidad
      del Centro de Estudios Macroeconómicos de Argentina). La actividad se
      realizó en el marco de un desayuno de trabajo organizado por el Banco
      Roela  quien explicó la forma de aprovechar las novedades que
      implementó en su servicio integral de recaudación online "SIRO". 
      La
      misma disertación se repetirá el miércoles 13 de noviembre a las 16
      horas en la ciudad de Rosario, el jueves 14 de noviembre a la misma hora
      en la ciudad de Córdoba y el lunes 25 de noviembre a las 18:30 horas en
      la ciudad de La Plata. 
      
      La
      entrevista 
      
      Pequeñas
      Noticias  le realizó a la
      Dra. Sevitz una breve entrevista en la que abordó algunos de los temas
      críticos que deben afrontar los administradores en estos tiempos
      difíciles por los que transitan los consorcios:
      
      Pequeñas
      Noticias: ¿Cómo se administra en tiempo de crisis? 
      
      Diana
      Sevitz: Utilizando todas las herramientas que tienen los
      administradores para predecir y redireccionar recursos con cabal
      conocimiento de las necesidades y falencias de su cliente "el
      consorcio". El administrador debe abrirse más que nunca al diálogo y
      observar detenidamente la realidad y, de ser necesario, debe estar en
      condiciones de replantearse sus propios métodos y encarar la
      reingeniería de aquellos aspectos de su empresa que no se adaptan a los
      tiempos que corren. Por supuesto, debe capacitarse permanentemente para
      realizar no sólo mejor su tarea sino también con la mayor paciencia y
      calma. 
      
      PB:
      ¿Cómo afrontar la cobranza? 
      
      DS:
      Hay que organizarse para saber que a lo mejor empezarán a tener una
      cartera de morosos un poco más abultada que hace unos años por la
      coyuntura inflacionaria y por algunos morosos seriales que deberían ser
      fácilmente detectable por los administradores expertos. 
      
      El
      Código Civil 
      DS:
      Hay que tener en cuenta -y quiero remarcarlo- que el Código Civil y
      Comercial a partir de agosto de 2015 estableció una nueva prescripción
      de las expensas que tiene plazo de dos años para poder reclamarlas por
      vía judicial. Una forma de prepararse para esta "crisis"
      (Crisis para los chinos es oportunidad) es revisar, como digo yo, "el
      parque de morosidad", conocer quién realmente no puede abonar y
      quién es un moroso serial. 
      
      Fechas
      de pago 
      DS:
      Hay que repensar la posibilidad de establecer diferentes fechas de pago
      -para facilitar la cobranza- en especial en edificios en donde viven
      adultos mayores que perciben sus haberes, en muchos caso, del 1 al 10 de
      cada mes. El establecimiento de las distintas fechas de pago, puede muy
      bien decidirse en una asamblea, no requiriendo ninguna mayoría especial,
      a mi criterio, dado que no es una cláusula estatutaria. Y así podríamos
      hacer un aporte a los jubilados que son considerados "los mejores
      pagadores". 
      
      La
      correcta imputación 
      DS:
      Tal como dije, se viene tiempos complicados en cuanto a la recaudación de
      expensas y no es de extrañar que comiencen a pagarse las mismas por los
      medios electrónicos habilitados, en cada consorcio, en forma parcial, o
      lo que es vulgarmente llamado "pago a cuenta". El administrador
      deberá tener especial cuidado al confeccionar el recibo, dado que, de
      imputarlo incorrectamente, podría liberar al propietario de intereses
      futuros que pudieran haber correspondido. En este aspecto he observado que
      algunos administradores se encuentran huérfanos del conocimiento acerca
      de estos tipos de modalidad, por lo que sugiero antes de emitirlo,
      consultarlo con su abogado de confianza    
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       ENCARGADO PERMANENTE
      / SUPLENCIAS: Vivo en Recoleta - Amplia experiencia en el rubro -
      Zonas más trabajadas: Recoleta, Palermo, Almagro, Balvanera, San Nicolas - Nombre:
      Juan Carlos Tacacho - Llamar al teléfono: (11) 3357-0531 las 24 hs. - Localidad: Recoleta / CABA - Correo electrónico:
      j_ranking@hotmail.com
      
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        ENCARGADO DE
      EDIFICIO: Hola soy Leandro y hago suplencias de encargado o ayudante de
      edificio. Tengo experiencia, soy educado y responsable. Horario full time.
      Si es necesario doy numero de referencia - Nombre:  Leandro Tomassoni - Llamar al teléfono:
      (11) 3042-0945 o (0237) 463-6316 de 8 a 23 hs. - Localidad: Paso del Rey /
      Pcia. de Buenos Aires - Correo electrónico: marianaliendro23@gmail.com
      
      
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       ENCARGADO
      EDIFICIO: Busco trabajo en la CABA como encargado, suplencias o franquero - Nombre:
       Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono: (11) 3814-0928 -
      Localidad: CABA / Buenos Aires - Correo electrónico:  avui1967@gmail.com
      
      
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       CUIDADOS DE PERSONAS Y NIÑOS DAMA DE COMPAÑÍA: Señora muy responsable con experiencia en cuidados de niños y personas. Trato cordial con experiencia y referencias - Nombre:
       Mirta Camino - Llamar al teléfono: (11) 6486-1310 durante
      todo el dia - Localidad: Villa del Parque / CABA - Correo electrónico:   mirtasavoy@hotmail.com
      
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       EMPLEADA EN ADMNISTRACION DE
      CONSORCIOS: Soy administradora de consorcios matriculada. No administro ninguno. Hace 2 años que estoy desempleada y necesito trabajar. Tengo 46 años
      - Nombre:  Edith Tuschi - Llamar al teléfono: (15) 2752-8814
      de 9 a 20:00 horas - Localidad: CABA - Correo electrónico: edithtuschi@gmail.com
      
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       ENCARGADO O SUPLENTE DE PEQUEÑOS, MEDIANOS Y GRANDES
      CONSORCIOS: Busco trabajo preferentemente en Capital Federal. Tengo experiencia en conserjería de edificios tanto de pequeños como medianos y grandes. Referencias comprobables. - Nombre:
      Ricardo Milano - Llamar al teléfono: (15)2251-8835 de 9 a 20 hs. - Localidad:
      CABA / Buenos Aires - Correo electrónico:   milano.ricardo88@gmail.com
      
       
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       ASISTENTE
      ADMINISTRATIVO: Busco trabajo como asistente, colaborador, suplencias
      preferentemente part time al medio dia. Soy estudiante universitario.
      Tengo experiencia en el rubro dentro y fuera de la oficina (pagos,cobros,
      bancos y trabajos en unidades funcionales) - Nombre: Pablo A. Isasmendi 
      - Llamar al teléfono: (011)(15)
      5823-5200  de 13 a 17 hs. - Localidad: Floresta / CABA - Correo
      electrónico:
        pablo_bht@yahoo.com.ar
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       Cámara
      Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal 
      
      CASIPH
      comenzó a organizar encuentros de capacitación 
      
        
      
      El
      predidente de CASIPH da la bienvenida a los presentes e introduce a los
      abogados Ana María Vila y Bartolomé Ángel Orfila. 
      
       
      [BPN-15/10/19]
      El pasado 18 de septiembre, la Cámara Argentina de Sistemas
      Informáticos de Propiedad Horizontal (CASIPH) organizó un
      encuentro en el que disertaron la Dra. Ana María Vila y el Dr. Bartolomé
      Ángel Orfila sobre la interpretación de los reglamentos
      preexistentes al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y el Cr. Pablo
      Adrián Schwarz sobre la responsabilidad del administrador sobre las
      retenciones obligatorias previsionales y a proveedores. 
      Bajo
      el título "Domine el ejercicio cotidiano de la profesión y evite
      problemas" más de 110 administradores se reunieron en una sala del
      Abasto Hotel Buenos Aires para actualizar sus conocimientos en temas
      específicos de su profesión. 
      
      Pequeñas
      Noticias realizó una breva entrevista a Gabriel Rollandi,
      presidente de la entidad: 
      
      ¿Cuántos
      cursos de actualización hicieron? 
      
      El
      encuentro del 18 de septiembre es el tercero organizado por CASIPH pero el
      primero orientado en forma directa al perfeccionamiento profesional del
      administrador. 
      Los
      dos anteriores tuvieron un enfoque más político institucional en el
      contexto de nuestra postura crítica frente a la ley del Gobierno porteño
      llamada "Plataforma Oficial Consorcio Participativo". 
      
      ¿Cuál
      es el objetivo de estos cursos de actualización? 
      
      En
      nuestra actividad como proveedores de servicios informáticos para
      administradores y consorcios estamos en contacto directo con la actividad
      y con los desafíos que enfrentan los administradores. 
      Estos
      desafíos son permanentes y crecientes y tienen su raíz en el avance de
      las regulaciones de los distintos estamentos y poderes del Estado y en los
      cambios sociales producto de diferentes coyunturas. 
      Tener
      contacto cotidiano con cientos de administradores nos pone en una
      posición de privilegio para encontrar puntos comunes que preocupan a los
      administradores. Y sobre estos puntos creemos que podemos hacer un aporte
      técnico y práctico que haga diferencia en los resultados profesionales
      de nuestros clientes. 
      
      ¿Cuándo
      fueron las reuniones y dónde? 
      
      Anteriormente
      al evento de septiembre de 2019 organizamos dos eventos multitudinarios en
      el Centro Armenio los días 15 de marzo y 24 de julio de 2018. 
      Dichos
      eventos fueron acompañados por todo el arco de la propiedad horizontal
      del país y mostró la enorme preocupación de administradores y
      consorcistas por lo que en su momento se calificó como la "mayor
      intromisión del Gobierno de la Ciudad" en la privacidad de las
      familias de Buenos Aires. 
      
      ¿Hasta
      ahora qué temas se trataron? 
      
      En
      el encuentro pasado 18 de septiembre se orientó la charla a temas de
      actualidad en la propiedad horizontal. 
      Particularmente
      se trató de una disertación del Estudio Vila Orfila acerca de la
      interpretación del Código Civil y Comercial y la aplicación a distintas
      situaciones de la realidad y la mejor armonización con los distintos
      reglamentos inscriptos antes y después de la sanción del nuevo código. 
      También
      tuvimos la presencia del Cr. Pablo Schwartz que puso al día a los
      administradores sobre obligaciones administrativas y fiscales. 
      Ofreció
      herramientas y conocimientos para que los administradores tengan mejores
      elementos a la hora de asegurarse excelencia en el ejercicio profesional    
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       SUTERH 
      
      Víctor
      Santa María habría comprado el 40% del Grupo América 
      
        
      
      Víctor
      Santa María, presidente del Partido Justicialista porteño, titular del
      SUTERH y –por intermedio del Grupo Octubre- dueño de Página/12, AM 750
      y otros medios. 
      
       
      [BPN-15/10/19]
      El pasado 25 de septiembre trascendió que Víctor Santa María
      habría adquirido el 40% del paquete accionario que el Grupo América
      está poniendo a la venta. Así lo develó ese día el sitio periodístico
      Expediente Político. 
      Textualmente
      el medio informó que "Claudio Belocopitt, el dueño de Swiss
      Medical Group, tomó la decisión de vender su paquete accionario en
      el multimedios América. Esas acciones que representan el 40% de la
      compañía, se las había comprado a Francisco De Narváez en el
      2017. El nuevo dueño es el ‘Zar sindical de los medios’, Víctor
      Santa María, quién compró el total de las acciones que tenía Belocopitt y
      con esto se hace con el mismo porcentaje que tienen los empresarios Daniel
      Vila y José Luis Manzano" [1]. 
      Días
      antes, Osvaldo Granados había adelantado la novedad en el programa
      "Primeras voces" aunque en ese momento especuló que Santa
      María podría adquirir el 30% del grupo mediático. Ese programa se emite
      por Radio Nihuil, que conduce Andrés Gabrielli, que
      pertenece al mismo grupo América. 
      Santa
      María es presidente del Partido Justicialista porteño, titular
      del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal
      (SUTERH) y –por intermedio del Grupo Octubre- dueño de Página/12,
      AM 750 y otros < vínculo>.
      El
      Grupo América es la segunda corporación multimediática más importante
      del país. Está conformado por 40 empresas que están presentes en 17
      provincias argentinas. América TV es la principal compañía del grupo y
      el tercer canal de TV abierta más visto del país. Por su parte, A24
      también accedió al podio de los canales netamente informativos. 
      Según
      Granados, Santa María también le compraría parte del capital accionario
      del Grupo América perteneciente al empresario Belocopitt. Éste por su
      parte, había comprado en febrero de 2017 entre el 40 y el 50 por ciento
      del Grupo que estaba en poder de un fideicomiso que había armado el
      empresario Francisco de Narváez luego de que la AFIP comenzara a
      investigar su patrimonio. 
      El
      Grupo posee en 17 provincias argentinas seis señales de televisión
      abierta, 14 estaciones FM, 13 portales en Internet y dos diarios.
      Actualmente son sus dueños Claudio Belocopitt (40%), la familia Vila
      (30%) y José Luis Manzano (30%). 
      Mientras
      tanto Santa María arrastra una larga lucha gremial con los trabajadores
      de Página/12. El 2 de septiembre pasado, la Comisión Interna de Página
      12 denunció que el Grupo Octubre pretende pagarles a los trabajadores una
      deuda que arrastra desde mayo del año pasado en 10 cuotas [2]. 
      Anteriormente,
      el 7 de junio, una encuesta que la comisión gremial interna de SiPreBA
      realizó durante el mes de marzo entre los trabajadores del medio arrojó
      que el 51,13% de los trabajadores de Página/12 "no tienen garantías
      de estabilidad ni derechos básicos", el 96,24% está poco satisfecho
      o nada satisfecho con su retribución económica, el 68,4% de los
      encuestados tiene otro trabajo además de su jornada en el diario y para
      el 83,5% la llegada del Grupo Octubre a la conducción del diario no
      implicó ascender ni cambiar de puesto [3]. 
      El
      año pasado, exactamente el 5 de diciembre, un colaborador de ese diario, Ezequiel
      Boetti, informó que "directivos de Página/12 le informaron a un
      grupo reducido de editores que la empresa presentó ante la Secretaría de
      Trabajo el pedido de Procedimiento Preventivo de Crisis. Todavía no está
      aprobado y seguramente por protocolo sea citada la UTPBA (Unión
      de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires), que es el sindicato con
      personería gremial, para dar su aval", y agregó: "Según
      informaron a los editores, no habría despidos sino un reordenamiento de
      la organización del trabajo en materia de horarios y funciones. Fue
      pedido por seis meses y podría haber, según anunciaron, retiros
      voluntarios" [4]. 
      Si
      bien el conflicto nace poco después de adquirir el diario y para
      finalizar en alguna parte es de destacar que el pasado 19 de septiembre de
      2018, por primera vez en 32 años, Página/12 no acompañó el desayuno de
      sus lectores. Según Santa María, en su calidad de empleador, el matutino
      porteño no estuvo en los kioscos debido a que "un paro sorpresivo de
      los trabajadores de prensa en reclamo de mejoras salariales hizo imposible
      realizar la edición impresa". Los trabajadores no consideraron que
      fue sorpresivo, denunciaron a lo largo del 2018 varios tipos de
      irregularidades y quejas. Las tres más urgentes son la falta de pago de
      haberes correspondientes al 2017, el incumplimiento del acuerdo paritario
      del 2018 y el cierre de suplementos con el consiguiente despido de
      personal [5]    
      
      --- 
      [1]
      Expediente Político del 25/09/19: "Víctor
      Santa María se queda con el 40% de América". 
      [2]
      BPN Nº 664 del 13/09/19: "Santa
      María quiere pagar su deuda de 2018/2019 en 10 cuotas". 
      [3]
      BPN Nº 658 del 13/06/19: "Más
      del 50% de los trabajadores sin estabilidad ni derechos básicos". 
      [4]
      BPN Nº 646 del 13/12/18: "Santa
      María pidió Procedimiento Preventivo de Crisis". 
      [5]
      BPN Nº 641 del 11/10/18: "Los
      trabajadores de Página|12 vs. su empleador 'progre'".
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       Página/12 
      
      Verbitsky
      desmintió las tres afirmaciones de Santa María 
      
        
      [BPN-15/10/19]
      El pasado 7 de octubre, el periodista Horacio Verbitsky desmintió
      que cobró un millón y medio de dólares por su alejamiento de Página/12,
      que su desvinculación del medio se produjo en el marco de un retiro
      voluntario y que debió retirarse por cualquier otra razón que no fuera
      la censura que le impuso Víctor Santa María a notas relacionadas
      con el blanqueo a familiares del presidente Mauricio Macri. Así lo hizo
      saber Perfil ese mismo día [1]. 
      De
      esa forma le respondió al titular del Sindicato Único de Trabajadores
      de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) y presidente del Partido
      Justicialista de la CABA que ese mismo día había afirmado en el
      marco de una entrevista que concedió al programa Salvemos Kamchatka
      [2] que no existió censura contra Verbitsky en Página/12:
      "Él se ajustó al retiro voluntario que tenía Página/12 y se
      llevó en ese momento casi un millón y medio de dólares de
      indemnización y la verdad es que no tuvo ningún problema. Fue una salida
      acordada", explicó. 
      A
      mediados de septiembre la redacción de Pequeñas Noticias
      preguntó a delegados de Página/12 si existía censura en el medio y si
      bien, en principio, respondieron que "es lo usual en empresas de
      comunicación de este tipo" cuando se les observó puntualmente que
      no se publican notas de investigación serias sobre corrupción en la CABA
      respondieron que en la redacción corría el rumor de que había un pacto
      entre el jefe de Gobierno porteño y el titular del sindicato de los
      encargados pero que no podían aportar pruebas [3]. 
      
      No
      fue un millón y medio 
      
      Sobre
      el monto de la indemnización el periodista aclaró: "El monto que se
      pagó fue el que correspondía a la indemnización por despido sin causa
      de acuerdo al salario mensual y la cantidad de años trabajados. El cobro
      fue en 12 cuotas en pesos. Cuando comenzaron a pagarse las cuotas el
      dólar estaba $17,45. Un año después cotizaba a $38,90. Ni siquiera
      tomando la cotización de la cuota uno la suma total alcanzaría el
      equivalente a un millón y medio de dólares. El total, tomando en cuenta
      la devaluación, está por debajo de un tercio de esa suma. Con ese dinero
      banqué El Cohete a la Luna, que ya va a cumplir dos años, y donde puedo
      seguir diciendo con absoluta libertad todo lo que se me ocurre". 
      
      No
      fue un retiro voluntario 
      
      Verbitsky
      desmintió que su alejamiento del diario se debiera a un retiro voluntario
      y puntualizó: "En el mismo período [en el medio] no hubo ningún
      retiro voluntario de redactores o columnistas destacados". 
      
      No
      renunció a Página/12 
      
      Sobre
      este tema y según Perfil, lo primero que aclaró Verbitsky es que no
      tenían ninguna razón para abandonar el diario: "¿Qué motivo
      podría tener yo para irme del diario donde trabajé 30 años, desde su
      número cero?", preguntó y señaló: "Las afirmaciones de Santa
      María no hacen más que confirmar que pagó para sacarse de encima a un
      periodista que publicaba información que no podía publicar porque lo
      amenazaban con detenerlo". 
      En
      su relato sobre las circunstancias de la censura que habría ejercido la
      dirección del periódico sobre sus notas develó otros aspectos inéditos
      hasta ahora: "El director de Página/12, Ernesto Tiffenberg,
      me dijo que Santa María estaba muy asustado por una causa que tenía el
      doctor Glock [4] (de esta forma se refiere el periodista a Claudio
      Bonadio) y que había un acuerdo por el cual podían publicar
      noticias sobre él, pero sin títulos ni fotos. Revisen la colección del
      diario en 2017 y van a comprobar la veracidad de lo que estoy
      diciendo", y agregó: "Por entonces, tampoco publicaban fotos de
      Cristina Kirchner, salvo muy pequeñas, en algunas ocasiones
      excepcionales, como la visita de Dilma Rousseff, que les
      interesaba ellos"    
      
      --- 
      [1]
      Perfil del 7/10/19: "Verbitsky:
      ‘Santa María me censuró porque tenía miedo de ir preso’". 
      [2]
      Salvemos Kamchatka del 7/10/19. "Víctor
      Santa María negó que la salida de Verbitsky de Página 12 haya estado
      relacionada con presiones de Macri: "Fue un retiro voluntario de un
      millón y medio de dólares". 
      [3]
      BPN Nº 664 del 13/09/19: "Santa
      María quiere pagar su deuda de 2018/2019 en 10 cuotas". 
      [4]
      La compañía austríaca Glock Perfection alcanzó su fama a comienzos de
      los años 80, cuando sacó al mercado la Glock 17. Fue la primera pistola
      en hacer un uso intensivo de materiales sintéticos como los polímeros,
      que utilizó para la empuñadura de sus armas. Fue revolucionaria porque
      posee una gran sencillez de uso; no tiene seguro externo, a pesar de que
      hay tres sistemas diferentes para que la pistola no se dispare al ser
      golpeada o caerse al suelo accidentalmente. Unas 100 fuerzas armadas y de
      seguridad del mundo usan alguno de los 50 modelos de pistolas que hoy
      fabrica Glock. 
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       Campaña
      presidencial 2019 
      
      El
      Frente de Todos devolvió a Santa María su medio millón de pesos 
      
        
      [BPN-15/10/19]
      El pasado 8 de octubre, el Frente de Todos devolvió el medio
      millón de pesos que había donado el 12 de agosto Víctor Santa María
      a través de Edificar SA para la campaña a presidente de la
      Nación, Alberto Fernández en las últimas PASO. 
      Santa
      María, parte de la mesa chica de Alberto Fernández [1],
      es presidente del Partido Justicialista porteño, es titular del SUTERH
      (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal)
      y la FATERyH (Federación Argentina Trabajadores de Edificios de
      Renta y Horizontal). 
      Es
      de destacar que los principales accionistas de esta empresa de seguros son
      precisamente el SUTERH y la FATERyH. El inciso h) del
      artículo 15º de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos (Nº
      26.215) establece taxativamente que "los partidos políticos no
      podrán aceptar o recibir, directa o indirectamente, ni
      tampoco se permitirán como aportes privados al Fondo Partidario
      Permanente [...] contribuciones o donaciones de asociaciones
      sindicales, patronales y profesionales". 
      El
      Frente de Todos aseguró que los fondos en discusión "no se usaron
      en la campaña" de las últimas PASO; y los devolvieron mediante su
      cuenta oficial registrada en el Banco Credicoop. 
      Ahora
      la Justicia deberá determinar si los fondos que el Frente de Todos
      recibió de Edificar SA fueron utilizados en el transcurso de las PASO.
      Finalizada la auditoría la Cámara Electoral emitirán un dictamen que
      elevarán a la jueza electoral María Servini de Cubría. 
      Para
      el caso de comprobarse infracciones se pueden sancionar tanto al partido
      político como el donante y el responsable económico-financiero que
      hubiera utilizado las donaciones en infracción. Las multas son pesadas. 
      El
      artículo 62º de la mencionada Ley 26.215 establece que los partidos
      políticos "serán sancionados con la pérdida del derecho a recibir
      contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual,
      por un plazo de uno a cuatro años, y los fondos para financiamiento
      público de las campañas electorales por una a dos elecciones, los
      partidos políticos cuando. [...] recibieran donaciones, aportes o
      contribuciones en violación a lo dispuesto por los artículos 15º, [...]
      de esta ley". 
      Por
      otra parte el artículo 66º ordena que "será sancionada con multa
      de igual monto que la contribución o donación y hasta el décuplo de
      dicho monto, la persona humana o jurídica que efectuare donaciones a los
      partidos políticos en violación a las prohibiciones que establecen los
      artículos 15º [...] de la presente ley". 
      
      Un
      poco de historia 
      
      La
      historia de Víctor Santa María, el SUTERH, la FATERyH y las empresas de
      seguras que crearon es accidentada: 
      El
      26 de marzo de 1996 la Superintendencia de Seguros de la Nación otorgó
      una autorización para operar a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo
      Interacción SA mediante Resolución N° 24.440 del 26 de marzo de
      1996. 
      El
      20 de mayo de 2016, la SSN dictó medidas cautelares de Inhibición
      General de Bienes y emplazó a Interacción ART para presentar un plan de
      regularización. 
      El
      23 de mayo, según informó La Nación en una nota [2] el 2 de
      julio, "el Gobierno denunció en la Justicia a Interacción SA",
      aunque en otra nota [3] publicada el mismo día, puntualizó
      que era Víctor Santa María el que "enfrentaba una nueva
      causa". Esta denuncia la habría presentado Edgardo Podjarny,
      Superintendente de Seguros de la Nación, y está a cargo del juez federal
      Carlos Bonadío. 
      El
      29 de junio, Interacción ART presentó un plan de regularización
      patrimonial. 
      El
      18 de julio, la SSN resolvió disponer para Interacción ART una
      Inhibición General de Bienes a través de la Resolución 39.935 (B.O:
      20/07/16). Además le rechazó el plan de regularización patrimonial. 
      El
      20 de julio, Víctor Santa María declaró a Télam [4] que se
      trataba de un "error contable" producto del déficit que tenía
      la empresa y que ya se había solucionado. 
      El
      25 de julio, se llevó a cabo una Asamblea Extraordinaria donde los socios
      de Interacción ART determinaron unánimemente la disolución de la ART. 
      El
      27 de julio, Interacción SA había presentado las fotocopias del Acta de
      la Asamblea Extraordinaria en donde sus socios (SUTERH, FATERyH y Baninver
      SA) por decisión unánime determinaron la disolución de la empresa y le
      habían solicitado a la SSN que disponga la revocación y su liquidación
      forzosa. 
      El
      18 de agosto, los trabajadores de Interacción ART paralizaron sus
      actividades durante las primeras tres horas de esa jornada laboral
      exigiendo una respuesta sobre el futuro de sus puestos de trabajo. Según
      el Sindicato del Seguro, esta medida se tomó porque "la situación
      actual por la que está atravesando la compañía es de extrema
      gravedad", y agregó: "las resoluciones que ha tomado la
      Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) sobre la operatoria normal
      y habitual de la empresa ha dejado en incierta situación el futuro de los
      trabajadores y de los asegurados". 
      El
      19 de agosto, a través de la Resolución N° 39.993, la Superintendencia
      de Seguros de la Nación (SSN) había dispuesto revocar la autorización
      para operar y la liquidación forzosa de Interacción ART "por
      no cumplir con las condiciones mínimas de viabilidad, atento que carece
      del respaldo de capital exigido por las normativas vigentes". 
      El
      6 de octubre, secuestraron, golpearon y robaron al Superintendente de
      Seguros de la Nación, Edgardo Podjarny. Su entorno vinculó el episodio
      con un "apriete" relacionado con su función pública. El
      funcionario fue el responsable de la liquidación de Interacción SA, la
      Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) que pertenecía al SUTERH y la
      FATERyH, conducidos por Víctor Santa María. 
      El
      21 de octubre de 2016, la empresa Interacción Seguros SA cambió
      su nombre a Edificar Seguros SA [5]    
      
      --- 
      [1]
      AIM del 19/09/19: "Quién
      es quién: La mesa chica de Alberto". 
      [2]
      La Nación del 02/08/16:"El
      Gobierno denunció un faltante millonario en la ART de un gremio". 
      [3]
      La Nación del 02/08/16: "Víctor
      Santa María, el zar sindical de los medios y la cultura". 
      [4]
      Télam del 20/07/16: "Santa
      María atribuyó a una "demonización" política la inhibición
      de bienes de la ART del SUTERH". 
      [5]
      BPN Nº 597 del 13/03/17: "Interacción
      SA ahora es Edificar Seguros SA" 
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       Correo
      de Opinión 
      
      Socios
      de negocios 
      por el Sr. Juan Mauricio Araujo
      
      Estimado
      Sr. Director: 
      Una
      democracia moderna está compuesta de dos fuerzas: el oficialismo y la
      oposición. De ésta última participan un partido predominante y otros
      más pequeños. Los dos primeros pueden representar el 70, 80 o 90% de la
      población. 
      En
      su libro "Constitución, poder y control", Ricardo Haro
      sostiene: "La vigencia de un régimen democrático exige la
      existencia de uno o más partidos políticos de oposición, que no sólo
      disputen el acceso al poder con el que lo ocupa, sino que discutan con él
      las soluciones políticas a los requerimientos sociales". 
      Pero,
      ¿qué pasa si en una ciudad determinada no hay oposición porque los
      líderes del oficialismo y la oposición en lugar de contendientes se ven
      como socios de negocios? Pues no sólo ya no se disputa poder, sino que no
      hay quien le ponga límites al gobierno en turno para mantener el
      equilibrio entre las intenciones de la autoridad y el apego a la
      legalidad. 
      Esa
      es la situación, Sr. Director, que se vive en la Ciudad Autónoma de
      Buenos Aires. La oposición en la Ciudad de Buenos Aires está
      representada por el presidente del Partido Justicialista porteño, Víctor
      Santa María, mientras que el oficialismo, por su parte por la última
      expresión viva de Cambiemos, Horacio Rodríguez Larreta. 
      ¿Qué
      pasaría si ambos, en lugar de representar a las fuerzas que confiaron en
      ellos, se hubieran puesto de acuerdo en ciertos negocios fundamentales y
      "jugaran" el rol de opositores? 
      Es
      muy fácil, los medios oficialistas no hablarían del máximo referente de
      la oposición y los medios opositores criticarían al oficialismo en
      cuestiones generales de forma –y no de fondo- para no complicar los
      negocios en curso. También, ambos líderes intercederían ante sus
      propias bases y sus referentes para sostener la figura de su supuesto
      adversario bajo la consigna de una "conducción abierta o
      dialoguista" o una "oposición responsable". Y por último
      ambos se votarían todas las leyes que ya negociaron y en las que a cada
      uno recibe una porción del pastel. Uno los negocios inmobiliarios que le
      son tan caros y el otro aquellos relacionados con la propiedad horizontal
      sector, en el que –como Ud. dice- tiene intereses concretos. 
      Sí
      Sr. Director, después de tanto prolegómeno aparece la propiedad
      horizontal, los consorcios de propietarios o como Ud. quiera llamarlos.
      Para mí los pobres giles que pagamos las expensas. 
      ¿No
      le llamó la atención que Santa María impulsó a Filmus –un perdedor
      de elecciones serial- como candidato a jefe de Gobierno? ¿Qué en las
      actuales elecciones sacó de la manga a dos ignotos de la política para
      competir con Rodríguez Larreta habiendo en la ciudad tantos cuadros
      políticos moderados de trayectoria? 
      ¿No
      le pareció raro que la Ley que impuso el curso del SERACARH que ingresa
      anualmente muchísimo dinero a las arcas del sindicato, la impulsó Zago
      un legislador del PRO? 
      ¿Se
      dio cuenta que la Ley Muñoz fue votada en la Legislatura por el
      oficialismo de Cambiemos? 
      ¿Prestó
      atención que la Ley Carrillo que pretende entregar los datos laborales,
      comerciales, privados de propietarios e inquilinos al Gobierno de la
      ciudad fue aprobada con los votos del Bloque peronista que había creado
      Santa María? 
      No
      quiero abundar en detalles pero las contraprestaciones parece ser que
      fueron la creación de la Agencia de Bienes de la CABA contra la Ley
      Muñoz. Ud. mismo lo publicó en su oportunidad, búsquelo. 
      Es
      así como una mano lava la otra y la gente paga las facturas. 
      Por
      supuesto que esto es una gran estafa política. Los votantes de Larreta no
      confiaron en él para que haga posibles los proyectos de Santa María en
      sus propios consorcios y los que votan al partido del cual Santa María es
      presidente no lo hacen para que los sueños de Larreta se hagan realidad. 
      El
      arte de estos dos personajes es hacer creer a sus propios referentes que
      están consustanciados con los ideales de sus propios partidos. Para
      Alberto Fernández, Santa María debe ser es un "cumpa" y para
      Mauricio Macri, Rodríguez Larreta un baluarte. Sin embargo me gustaría
      ser mosca para escuchar a esos dos conversar cuando en la privacidad de
      algún encuentro "de trabajo" se toman un cafecito. 
      Cuando
      Macri se enoja con Santa María, Clarín saca en tapa que las expensas
      suben por culpa de los encargados o recuerdan el caso de Stangalini y
      Rodríguez Larreta debe interceder. Cuando un periodista de Página/12
      publica algo "pesado" que no le gusta al oficialismo, Santa
      María le pide que pare la mano y al final debe renunciar. 
      Así
      que, Sr. Director, sepa que vote a quien vote al final van a ganar los dos
      y probablemente la propiedad horizontal lo sienta sobre su propio lomo
      durante los próximos cuatro años    
      
        
           | 
          
             Juan
            Mauricio Araujo 
            (23/09/2019) 
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       Correo
      de Lectores 
      
      Quiere
      saber cómo liquida el aguinaldo el SUTERH 
      Hola
      Fabi: 
      Soy
      Alejandro. Fui alumno tuyo en la UFLO (Universidad de Flores) en los
      cursos de sueldos. Espero que estén bien. 
      Te
      molesto por lo siguiente: tengo un propietario que quiere saber cómo
      liquida el aguinaldo el SUTERH. Yo ya se lo expliqué mil veces pero él
      quiere algún escrito que le diga como el SUTERH liquida el aguinaldo. 
      ¿Hay
      algún lugar donde yo pueda obtener algo de esto explicado por el SUTERH? 
      Bueno
      espero comentarios. 
      Muchas
      gracias por todo. 
      Besossssss. 
      Alejandro 
      
      (14/10/2019) 
      
      ¡¡¡Hola
      Alejandro!!! ¡¡¡Cuánto tiempo que pasó!!! ¡¡¡Ni me lo
      recuerdes!!!!  
      Con
      respecto a tu consulta no es que el SUTERH tenga una forma de liquidar
      diferente al resto.  
      La
      liquidación del aguinaldo y otras precisiones surgen de los artículos
      121º, 122º y 123º de la Ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo).  
      Para
      que no haya dudas, te copio aquí el texto de los mismos: 
      
        
          | 
             CAPITULO
            III 
            Del
            sueldo anual complementario 
            (Nota
            Infoleg: ver Ley Nº 23.041 B.O. 4/1/1984 y su decreto reglamentario
            Nº 1.078/1984 B.O. 12/4/1984) 
            Art.
            121. —Concepto. Se entiende por sueldo anual complementario la
            doceava parte del total de las remuneraciones definidas en el
            Artículo 103 de esta ley, percibidas por el trabajador en el
            respectivo año calendario. 
            Art.
            122. —Epocas de pago. 
            El
            sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la
            primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con
            vencimiento el 18 de diciembre de cada año. 
            El
            importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo
            del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual
            devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que
            culminan en los meses de junio y diciembre de cada año. 
            A
            fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario,
            el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de
            diciembre. Si dicha estimación no coincidiere con el salario
            efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota
            del sueldo anual complementario. 
            La
            diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota
            abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de
            diciembre. 
            (Artículo
            sustituido por Art. 1° de la Ley N° 27.073 (BO: 20/1/2015).  | 
         
       
      
      Espero que te sea de utilidad esta información y te mando un saludo
      grandote!
       MFL    
       | 
     
    
      
 
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          | 
       ACCABA:
      
      Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 
      ACoPH:
      
      Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata). 
      ACRA:
      
      Arbitros de Consumo de la República Argentina. 
      ADEPROH:
      
      Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
      Propiedad Horizontal RA. 
      AFIP:
      
      Administración Federal de Ingresos Públicos. 
      AGIP:
      
      Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. 
      AIERH:
      
      Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal. 
      AIPH:
      
      Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
      AIPH. 
      APARA:
      Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina. 
      APH:
      Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal. 
      API:
      
      Asocición Propietarios de Inmuebles. 
      APIPH:
      
      Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal. 
      APBR:
      
      Asociación de Propietarios de Bienes Raíces. 
      APROPHMAR:
      
      Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata. 
      CAAC:
      Confederación Argentina de
      Administradores de Consorcios. 
      CABA:
      
      Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 
      CACCyC:
      
      Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas. 
      CAPHBByZ:
      
      Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
      Zona. 
      CAPHPBA:
      
      Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires. 
      CAPHyAI:
      
      Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias. 
      CAPRA:
      
      Cámara de Propietarios de la República Argentina. 
      CASIPH:
      Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal. 
      CCT:
      
      Convenio Colectivo de Trabajo. 
      CDI:
      Clave de Identificación. 
      CECAF:
      Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines. 
      CEDDDA:
      Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental. 
      CGPC:
      
      Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As. 
           | 
          
       CIA:
      
      Cámara Inmobiliaria Argentina. 
      COAPLA:
      
      Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina. 
      CEPRARA:
      Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina 
      CUCICBA:
      
      Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA. 
      CUIL:
      
      Clave Única de Identificación Laboral. 
      CUIT:
      
      Clave Única de Identificación Tributaria. 
      FAC:
      
      Federación Argentina de Consorcios. 
      FAPHRA:
      Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina 
      FATERyH:
      
      Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal. 
      FECIBA:
      
      Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires. 
      FEDECO:
      
      Federación de Asociaciones de Consorcios. 
      FRA:
      
      Fundación Reunión de Administradores. 
      ICI:
      
      Instituto de Capacitación Inmobiliaria. 
      INADI:
      
      Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo. 
      IxE:
      Indignados por expensas. 
      LCPH:
      
      Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal. 
      RCD:
      Red de Consorcistas Damnificados. 
      ReDeCo:
      Reafirmación de los Derechos del Consorcista. 
      SEARA:
      Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina. 
      SERACARH:
      Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal. 
      SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires. 
      SUTERH:
      
      Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal. 
      UADI:
      
      Unión Administradores de Inmuebles. 
      UCRA:
      
      Unión de Consorcistas de la República Argentina. 
      UITEC:
      Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
       ULAI:
      Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
       UMIPH:
      
      
      Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
            | 
         
       
 
  
    | 
   Boletín
  de Pequeñas Noticias
   Número
  de Edición:
  666 [
  DCLXVI ] [1ª Edición] 
  Fecha
  de publicación: 15 de Octubre de
  2019 
  Director
  y propietario:
  
  Claudio García de Rivas 
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  sociales: Página
  Facebook,
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