Pequeñas Noticias en la WEB

Buenos Aires, Argentina

Leer en la Web

15 de Mayo de 2026 - Nº 824

Defensa y Protección del Consumidor porteño.

Se fue Carlos Traboulsi y llegó Alejandro Pérez

A mediados de abril Carlos Traboulsi renunció a su cargo de director general de Protección y Defensa del Consumidor porteño y asumió Alejandro Pérez en su reemplazo En su primer acto oficial Pérez recibió a 140 postulantes que se presentaron para rendir el examen presencial obligatorio para inscribirse en el RPA.

[BPN-15/05/26] El pasado 22 de abril, el jefe de Gobierno de la CABA, Jorge Macri, aceptó la renuncia de Carlos Lionel Traboulsi al cargo de director general de Defensa y Protección del Consumidor y designó en su reemplazo a Alejandro Pérez. Según el Decreto 162 (BO: 24/04/26), la dimisión de Traboulsi se hizo efectiva el 16 de abril y su sucesor asumió las funciones al día siguiente.

El primer acto público oficial de Pérez tuvo lugar el 28 de abril, día en el que recibió a 140 postulantes que rindieron el examen...



Sindicato de Empleados de Administradores

SEARA logró un nuevo acuerdo salarial

Las tres entidades de administradores acordaron con el sindicato de CABA que agrupa a sus empleados un aumento del 13,1% en tres tramos, combinando porcentajes y sumas fijas remunerativas El pacto aún está pendiente de ratificación y homologación.

Impuesto inmobiliario de partes comunes

El descuento del 40% habrá que tramitarlo en el SERACARH

Entre otros datos, para tramitar el descuento que otorgó el Código Fiscal los consorcios deberán informar el número de partida de sus unidades funcionales El SERACARH deberá invertir en instalaciones, equipamiento, personal y sistemas en forma totalmente gratuita.


CONSORCIOS 360º: La brújula informativa de la propiedad horizontal


Denuncias contra administradores 

Leve suba de las sanciones pero se triplicaron las apelaciones

El año pasado la cantidad de disposiciones sancionatorias contra administradores por faltas a la Ley 941 no acompañó el creciente número de denuncias recibidas Una de cada tres sanciones fue apelada en la justicia El Gobierno porteño recurrió a la Justicia para tratar de cobrar más del 90% de las sanciones dispuestas.


Pequeñas Noticias

Se pidieron aclaraciones sobre los facilitadores de asambleas

El medio solicitó al Gobierno porteño que aclare tres puntos centrales sobre el nuevo Programa de Facilitadores para Asambleas de Consorcios La solicitud de información pública fue cursada a fines de abril.


Elecciones Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

Contundente derrota de la lista de Eduardo Awad

La lista "Los que vemos el Colegio", encabezada por el Dr. Eduardo Awad, obtuvo poco más del 5% de los votos, mientras que su excompañero de fórmula, Jorge Rizzo, alcanzó casi el 25% Awad sembró dudas sobre la transparencia del acto eleccionario y sus resultados a través de sus redes sociales.


Partido de General Pueyrredón

El Concejo Deliberante pospuso 18 meses la adecuación de los ascensores

El intendente interino había presentado un proyecto de ordenanza en ese sentido Argumentó que se debe a demoras técnicas, falta de insumos y el impacto de la crisis económica Hasta ahora solo el 50% de las unidades habrían sido renovadas.


Ley de Modernización Laboral

Se reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral

Tanto los consorcios de propietarios -en su calidad de empleadores- como los administradores de consorcios pueden ser acreedores de este beneficio El incentivo principal consiste en una reducción de las alícuotas de las contribuciones patronales a un 5% durante los primeros 48 meses de la nueva relación laboral.


Correo de Opinión

El básico del encargado no permanente con y sin vivienda

por Juan Manuel Armeñanzas


Rincón Solidario

No convocó a asamblea ni presentó la rendición de cuentas

por la Dra. Silvia Marcela Bercovsky


Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados OFRECIDOS

Consejo Deliberante de Sata Rosa/La Pampa 

Santa Rosa aprobó la creación de un Registro de Administradores

Una concejala del PRO afirmó que este proyecto no es sancionatorio, que organizará un canal claro de comunicación entre el consorcio y el estado local, y permitirá saber quién es el administrador de cada consorcio La iniciativa habría sido presentada por el Frente Justicialista Pampeano.


Medios

Consorcios 360 ganó por segunda vez el premio Rio de los Pájaros

Es el séptimo galardón que obtiene el programa periodístico sobre propiedad horizontal El equipo festejó junto a sus oyentes durante la emisión del viernes 1º de mayo Este año, la estatuilla representó al cardenal de copete rojo, símbolo de la identidad cultural del litoral.


Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

La matrícula bajará en un 18,5%

Tanto el presidente actual como su sucesora anunciaron una reducción en la matrícula anual que los abogados deben abonar al Colegio Adelantaron que los profesionales con menos de dos años de antigüedad estarán exentos del pago Estas medidas entrarán en vigencia durante el próximo ejercicio.


Programa porteño voluntario

Se reglamentó el etiquetado de eficiencia energética de viviendas

Permitirá clasificar inmuebles residenciales según su requerimiento de energía primaria Se espera que aliente a los desarrolladores a ofrecer viviendas o departamentos con un menos costo de mantenimiento energético: electricidad y gas.


Índice de escalas salariales de encargados de edificios

Todavía faltan tres homologaciones

Si hasta fin de mayo no se formaliza un nuevo acuerdo y no se homologan los tres últimos acuerdos, las escalas salariales volverán a perder contra la inflación mensual, la acumulada anual y la interanual El haber mínimo de los jubilados que pagan expensas ganará levemente en el incremento mensual pero perderá en el acumulado anual y la interanual.


Correo de Opinión

Carta abierta a Jorge Macri

por Andrés Zulberti


Rincón Solidario

No convocó a asamblea ni presentó la rendición de cuentas

por la Dra. Diana Sevitz


Gacetillas

Encuentro en la Comuna 14

Vínculos a nuestras redes sociales


Defensa y Protección del Consumidor porteño.

Se fue Carlos Traboulsi y llegó Alejandro Pérez

Alejandro Pérez, director general de Defensa y Protección del Consumidor (foto: redes sociales)

Alejandro Pérez, director general de Defensa y Protección del Consumidor (foto: redes sociales)


[BPN-15/05/26] El pasado 22 de abril, el jefe de Gobierno de la CABA, Jorge Macri, aceptó la renuncia de Carlos Lionel Traboulsi al cargo de director general de Defensa y Protección del Consumidor y designó en su reemplazo a Alejandro Pérez. Según el Decreto 162 (BO: 24/04/26), la dimisión de Traboulsi se hizo efectiva el 16 de abril y su sucesor asumió las funciones al día siguiente.

El primer acto público oficial de Pérez tuvo lugar el 28 de abril, día en el que recibió a 140 postulantes que rindieron el examen presencial obligatorio para inscribirse en el Registro Público de Administradores (RPA). En dicha oportunidad, el funcionario anunció que aprobaron 127 aspirantes, lo que representa un 90,7% del total.

Alejandro Pérez en detalle

El nuevo director es licenciado en Administración Pública, está casado y tiene dos hijos. Entre 2002 y 2006, fue empleado judicial del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario, y se desempeñó como director ejecutivo del Parque 3 de Febrero durante las gestiones de Aníbal Ibarra y Jorge Telerman. En 2007, fue nombrado director general de Protección y Desarrollo Sostenible de Personas Mayores.

Desde 2011 hasta 2019, Maximiliano Corach -actual subsecretario de Gobierno y de cuya cartera depende Defensa del Consumidor- fue presidente de la Comuna 14 durante dos mandatos consecutivos. Bajo su gestión, en 2015, Alejandro Pérez fue nombrado presidente de la Junta Comunal 14 en representación de Juntos por el Cambio.

En 2019, el medio Palermo Online publicó la opinión de Corach sobre Pérez: "Hace 25 años Ale vino a la unidad básica que teníamos en Gurruchaga y Córdoba a presentarse y pedir espacio para armar una bolsa de trabajo. Desde entonces militamos juntos las calles de Palermo; es un gran militante, un excelente funcionario y una gran persona que se ganó su reconocimiento a base de esfuerzo y compromiso".

Posteriormente, en abril de 2022, Pérez fue designado director general de Representaciones de la Ciudad, bajo la órbita del Ministerio de Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta. Asimismo, desde septiembre de 2023, conduce el programa de streaming Panorama Político.

El funcionario saliente: Carlos Traboulsi

Traboulsi había sido nombrado el 20 de diciembre de 2023 y ejerció el cargo durante 2 años, 3 meses y 26 días. Durante su gestión, su Dirección General debió afrontar 7.046 denuncias de consorcistas contra administradores, las cuales resultaron en aproximadamente 869 sanciones. Las cifras correspondientes a 2026 fueron inferidas según el promedio anual y el tiempo transcurrido del año en curso.

Entre sus medidas destacadas, creó y dio carácter obligatorio al Manual de Buenas Prácticas Consorciales. También impuso la inclusión de un código QR en las liquidaciones de expensas para facilitar el acceso a la documentación respaldatoria. Finalmente, organizó reuniones para reformar la Ley 941 -cuyo contenido no trascendió públicamente- e instauró el examen presencial previo para la inscripción en el Registro Público de Administradores Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Contadora Viviana B. Grinberg

Administración Bernetti SRL


Sindicato de Empleados de Administradores

SEARA logró un nuevo acuerdo salarial

[BPN-15/05/26] El pasado 22 de abril, el Sindicato de Empleados de Administradores (SEARA) acordó con la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) una recomposición salarial para el trimestre abril/junio. El acta acuerdo todavía no fue ni ratificada por los signatarios ni homologada por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

En detalle, se estableció un aumento del 2,5% y una suma fija remunerativa de 60 mil pesos para abril; un incremento del 2,1% y una suma fija de 70 mil pesos para mayo; y un 2,1% junto a una suma fija de 80 mil pesos para junio.

En términos reales, el acuerdo representa un aumento respecto al mes anterior del 7,12% para abril, del 2,77% para mayo y del 2,74% para junio.

ESCALAS SALARIALES

Período

Administrativo

Cadete

Bono

Promedio

Incremento

marzo/2026

1.342.987,55

1.095.237,19

 

1.219.112

2,10 %

abril/2026

1.372.533,27

1.119.332,40

60.000

1.305.933

7,12 %

mayo/2026

1.401.356,47

1.142.838,38

70.000

1.342.097

2,77 %

junio/2026

1.430.784,96

1.166.837,99

80.000

1.378.811

2,74 %

En junio, las escalas salariales habrán acumulado un aumento del 26,66% en lo que va del año y un 43,46% respecto al mismo mes del año anterior. En tanto, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el INDEC y que proyecta el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) prevé una inflación acumulada anual del 17,21% y una interanual del 33,95%.

El 23 de abril SEARA presentó el acuerdo en la Secretaría de Trabajo para homologar.

El 25 de abril, la CAPHyAI comunicó la novedad a sus asociados, aunque no publicó una copia del acuerdo alcanzado. Las partes se comprometieron a reunirse nuevamente en junio para analizar las variaciones económicas que pudieran afectar las escalas salariales Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


 


Impuesto inmobiliario de partes comunes

El descuento del 40% habrá que tramitarlo en el SERACARH

[BPN-15/05/26] El pasado 14 de abril, el administrador gubernamental de Ingresos Públicos, Germán Krivocapich, estableció el procedimiento para que los consorcios accedan a la bonificación del 40% del Impuesto Inmobiliario en las áreas comunes de sus edificios.

En primer término, la disposición delegó la tramitación del beneficio fiscal en el Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Renta y Horizontal (SERACARH). Esta entidad está conformada por el SUTERH -el integrante de mayor peso político y económico- y las tres entidades de administradores que firman los convenios colectivos del sector (AIERH, CAPHyAI y UADI).

En segundo lugar, se determinó la documentación que los administradores deben presentar ante el SERACARH en representación de los consorcios:

- Aunque la norma otorga el beneficio a quienes cuenten con al menos un trabajador, la reglamentación exige detallar en una declaración jurada a la totalidad del personal en relación de dependencia.

- Se requiere una declaración jurada que precise el destino (vivienda u oficina) de las unidades funcionales del inmueble.

- Se exige copia de los formularios 931 presentados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) de todos los empleados.

- A pesar de que la bonificación es para el edificio, se exige el número de partida de las unidades funcionales cuyo destino sea vivienda u oficina.

El 29 de abril, la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) -entidad miembro del SERACARH- aclaró que el beneficio es voluntario y que la AGIP aún debe determinar el método de cálculo de la bonificación.

El costo de la gestión

La reglamentación, establecida por la Resolución 155/AGIP, se basa en un acuerdo previo firmado entre la AGIP y el SERACARH el 7 de abril. Tras analizar el texto original, se destacan los siguientes puntos:

- El SERACARH deberá proveer, a su propio costo, el personal, el material, los equipos e instalaciones necesarios para las tramitaciones, asumiendo la responsabilidad exclusiva sobre los mismos.

- El servicio del SERACARH será gratuito para el Gobierno de la CABA. Los contratos derivados del convenio deben incluir una cláusula que aclare que los fondos son provistos por el SERACARH, deslindando de responsabilidad económica/financiera al GCBA.

- El acuerdo entre las partes tendrá vigencia hasta el 7 de marzo de 2028 y se prorrogará automáticamente por periodos anuales.

- En nombre del SERACARH, firmó el convenio Patricia Fernández, vicepresidenta del AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



 Denuncias contra administradores 

Leve suba de las sanciones pero se triplicaron las apelaciones

[BPN-15/05/26] Durante 2025 la cantidad de disposiciones sancionatorias contra administradores por faltas a la Ley 941 (Registro Público de Administradores porteño) no acompañó el creciente número de denuncias recibidas. También se redujo el total de sanciones que por este mismo motivo fueron publicadas en el Boletín Oficial.

Por otra parte, las apelaciones judiciales contra estas disposiciones se triplicaron. Finalmente, aumentó de forma abrupta la cantidad de ejecuciones fiscales iniciadas por el Gobierno porteño ante la Justicia para intentar cobrar las multas que no fueron apeladas.

Este informe ofrece un panorama general sobre las diferentes instancias del proceso: desde que el vecino radica la denuncia hasta que la sanción llega al Boletín Oficial, incluyendo las apelaciones y los intentos del Estado por percibir los montos impagos.

Una de cada ocho denuncias

Durante 2025, solo una de cada ocho denuncias contra administradores de consorcios derivó en una sanción formal. Según datos oficiales, ese año se realizaron 3.222 denuncias ante el RPA porteño, se ordenaron 385 (11,9%) disposiciones sancionatorias y se publicaron 226 (7%).

 

De lo denunciado...

Año

Denuncias

Disposiciones

...se dispuso

...se publicó

2018

1.312

479

36,5 %

19,7 %

2019

1.984

515

26,0 %

9,5 %

2020

1.353

434

32,1 %

18,0 %

2021

1.943

493

25,4 %

20,7 %

2022

1.904

562

29,5 %

24,8 %

2023

2.115

457

21,6 %

17,6 %

2024

2.817

360

12,8 %

9,9 %

2025

3.222

385

11,9 %

7,0 %

Este último porcentaje mantiene una tendencia decreciente desde 2022, año en que se sancionó el 29,5% de las denuncias; la cifra bajó al 21,56% en 2023 y llegó al 12,8% en 2024.

Disposiciones no publicadas

Durante 2025, el 41,3% de las multas ordenadas por Defensa y Protección del Consumidor por infracciones a la Ley 941 no se publicaron en el Boletín Oficial.

Año

Disposiciones

Publicadas

No publicadas

Porcentaje

2018

479

258

221

46,1 %

2019

515

188

327

63,5 %

2020

434

244

190

43,8 %

2021

493

403

90

18,3 %

2022

562

473

89

15,8 %

2023

457

373

84

18,4 %

2024

360

280

80

22,2 %

2025

385

226

159

41,3 %

Este indicador se incrementó de forma sostenida durante los últimos cuatro años: en 2022 fue del 15,8%, en 2023 subió al 18,4% y en 2024 alcanzó el 22,2%. El registro del año pasado fue el más alto desde la pandemia, cuando se ubicó en el 43,8%.

Se triplicaron las apelaciones judiciales

Las apelaciones de los administradores inconformes con las sanciones del Gobierno de la CABA pasaron de 42 en 2024 a 128 el año pasado. Esto significa que una de cada tres sanciones fue judicializada, el porcentaje más alto registrado desde 2018.

Año

Disposiciones

Judicializadas

Porcentaje

2018

479

116

24,2 %

2019

515

117

22,7 %

2020

434

24

5,5 %

2021

493

102

20,7 %

2022

562

127

22,6 %

2023

457

79

17,3 %

2024

360

42

11,7 %

2025

385

128

33,2 %

Récord absoluto de ejecuciones fiscales

El año pasado, el Gobierno porteño debió recurrir a la Justicia para intentar cobrar el 94,8% de las sanciones que no fueron apeladas. Si bien este porcentaje puede incluir multas impagas de ejercicios anteriores, la cifra destaca por su magnitud.

Año

Disposiciones

Ejecución Fiscal

Porcentaje

2019

515

300

58,3 %

2020

434

16

3,7 %

2021

493

40

8,1 %

2022

562

111

19,8 %

2023

457

509

111,4 %

2024

360

92

25,6 %

2025

385

365

94,8 %

Los datos

La cantidad de denuncias y de disposiciones sancionatorias de 2025 fueron provistas oficialmente por el Gobierno de la CABA. El número de sanciones publicadas surge del Boletín Oficial porteño. Por último, los datos sobre expedientes judiciales por apelaciones y ejecuciones fiscales fueron suministrados por el Poder Judicial Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



 Consejo Deliberante de Sata Rosa/La Pampa 

Santa Rosa aprobó la creación de un Registro de Administradores

Intendente de Santa Rosa, Luciano di Nápoli (Partido Justicialista)

Intendente de Santa Rosa, Luciano di Nápoli (Partido Justicialista)


[BPN-15/05/26] El pasado 30 de abril, el Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa aprobó una ordenanza que crea el Registro de Administradores y Administradoras de Consorcios de Propiedad Horizontal local. La iniciativa, fue presentada por el Frente Justicialista Pampeano y según sus creadores busca formalizar la actividad en un contexto de creciente desarrollo urbano.

Un canal de comunicación con el estado local

La concejala Fernanda Oddi (PRO) destacó que el proyecto no posee un carácter sancionatorio, sino que tiene como objetivo organizar un canal de comunicación directo entre los consorcios y el municipio. Según explicó la funcionaria: "Es una respuesta concreta al crecimiento de la propiedad horizontal. Este registro permitirá identificar quién es el administrador de cada edificio y establecer un vínculo claro con el Estado, sin invadir competencias que no nos son propias".

Antecedentes y facultades de fiscalización

El proyecto original fue ingresado el 22 de mayo del año pasado por cuatro concejales del oficialismo provincial bajo el número 2025-141-1 y difundido por Pequeñas Noticias en junio de ese mismo año [vínculo].

Uno de los puntos más relevantes del texto inicial -específicamente en su artículo 3º- establecía que el Estado local delegaría la facultad de control y fiscalización en el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERyH) de La Pampa. Bajo esta redacción, el gremio tendría la potestad de informar a la autoridad de aplicación sobre aquellos mandatarios que ejerzan la actividad sin estar debidamente registrados, para que se tomen las medidas pertinentes.

No obstante, debido a que el texto pudo haber sufrido modificaciones durante su tratamiento en comisiones o en el recinto, se aguarda la publicación de la ordenanza definitiva en el Boletín Oficial para confirmar el alcance final de estas atribuciones Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Consorcios 360, el programa periodístico más completo y popular sobre propiedad horizontal.


Pequeñas Noticias

Se pidieron aclaraciones sobre los facilitadores de asambleas

[BPN-15/05/26] El pasado 29 de abril, Pequeñas Noticias cursó un pedido de información pública dirigido a la Dirección General de Mediación y Convivencia Vecinal (DGMyCV) porteña con el fin de obtener precisiones sobre tres puntos centrales del nuevo Programa de Facilitadores para Asambleas de Consorcios.

En primer término, se solicitó aclarar si ya fue creado el Registro de Facilitadores previsto en el artículo 6 de la Disposición 30/DGMCV/25, firmada el 3 de julio de 2025 por Adrián Nicolás De Stefano. En caso afirmativo, se requirió conocer la fecha de su creación o puesta en funcionamiento, así como el lugar y la forma en que se puede consultar la nómina de profesionales habilitados y excluidos.

En segundo lugar, se consultó si la DGMyCV diseñó e implementó el curso de capacitación obligatorio que impone el artículo 5 de la mencionada disposición. De ser así, se pidió informar la fecha de diseño, el detalle de sus contenidos y cuáles son las entidades habilitadas para dictarlo, incluyendo nombre, dirección y teléfono.

Por último, se solicitó informar si los 39 facilitadores de asamblea habilitados por De Stefano mediante las disposiciones DI-2025-37-GCABA-DGMCV y DI-2025-42-GCABA-DGMCV cumplieron con los requisitos de capacitación e inscripción al registro previstos por la normativa vigente.

Antecedentes

El 3 de julio del año pasado, la Dirección General de Mediación y Convivencia Vecinal reglamentó un nuevo servicio privado para los consorcios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: los "facilitadores para asambleas de copropietarios". La función de estos profesionales es brindar apoyo técnico a los vecinos para el desarrollo de las reuniones y gestionar los conflictos que puedan surgir durante el debate.

De acuerdo con la Disposición 30, los facilitadores pueden ser contratados por administradores o copropietarios para colaborar en la conducción de las asambleas, con el fin de promover el diálogo constructivo y la búsqueda de acuerdos. En caso de que un consorcio decida contratar este servicio, la Dirección General designa al profesional mediante un sorteo, procedimiento que busca garantizar la transparencia y la neutralidad en su actuación.

Desde el Gobierno porteño aclararon que estos facilitadores no actúan como jueces ni inspectores. Se trata de profesionales capacitados para guiar la reunión, asegurar que todas las voces sean escuchadas y asistir a las partes para que alcancen consensos en un clima de respeto, con el objetivo de transformar la asamblea en un espacio constructivo Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Medios

Consorcios 360 ganó por segunda vez el premio Rio de los Pájaros

[BPN-15/05/26] El pasado viernes 24 de abril, el programa radial Consorcios 360 obtuvo, por segunda vez consecutiva, el premio binacional Río de los Pájaros en la categoría "Periodístico sobre propiedad horizontal". La distinción es otorgada por la Fundación Paralelo Turístico.

Al inicio de la primera emisión de mayo, el equipo celebró el logro junto a su audiencia. Al igual que el año anterior, la gala de premiación se llevó a cabo en el salón de la Bodega Robinson, en la ciudad de Concordia, Entre Ríos, con la asistencia de más de un centenar de comunicadores.

En el evento se destacó la presencia del actor Darío Lopilato, quien asistió acompañado por su pareja, la concordiense María Irigaray. Si bien el equipo de producción no pudo asistir en esta ocasión por compromisos laborales, su conductor, Claudio García de Rivas, aseguró que estarán presentes en la próxima edición en caso de resultar nuevamente premiados.

Al evaluar a Consorcios 360, el jurado destacó como una de sus mayores fortalezas la representación de todos los sectores del ámbito consorcial (propietarios, administradores, abogados y encargados). Según el acta de premiación, esta pluralidad ofrece una visión integral que permite a la audiencia una mejor vinculación con las temáticas tratadas.

La identidad del galardón y el recorrido del programa

La estatuilla de este año representó al cardenal de copete rojo, también conocido como cardenal común. Esta ave, emblemática del Cono Sur y especialmente de Argentina, fue elegida por la organización debido a que simboliza la identidad cultural del litoral y el vínculo entre ambas orillas del río Uruguay.

Con esta distinción, el programa suma siete premios en sus tres años y medio de trayectoria. Su historial incluye el premio Raíces (2024), el premio internacional Destino... Malvinas (2025), el Faro de Oro de Mar del Plata (2023, 2024 y 2025) y su primera estatuilla del Río de los Pájaros, obtenida también en 2025 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

AYUDANTE/LIMPIEZA DE VIDRIOS/LIMPIEZA PARTICULAR.: Buenas tardes a todos, nuevamente me postulo para dichos puestos. Soy una persona comprometida con el trabajo, responsable, cuento con referencias comprobables y responsabilidad de clientes. Estoy a disposición para responder cualquier inquietud. Desde ya muchas gracias por su atención. - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 2637-7686 de 9 a 22 hs. - Localidad: Capital Federal (Palermo) / CABA - Correo electrónico: fer.metal.83@gmail.com / ferchumetal@gmail.com [22/04/26]

EMPLEDADA ADMINISTRATIVA: Amplia experiencia en el rubro y mi busqueda es para tareas administrativas con referencias comprobables y disponibilidad (part time). Soy jubilada de CABA - Nombre: Susana Ramos - Llamar al teléfono: (11) 6059-9887 - Correo electrónico: olga22su@yahoo.com  [20/01/26]

En caso de encontrar trabajo o desear dar de baja/modificar el aviso notificar al correo pequenasnoticias@gmail.com


Elecciones Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

Contundente derrota de la lista de Eduardo Awad

[BPN-15/05/26] El pasado 22 de abril, la lista 69, "Los que vemos el Colegio", liderada por Eduardo Awad, consiguió solo el 5,42% de los votos en las elecciones del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF). Por su parte, Jorge Rizzo -quien fuera su compañero de fórmula en la agrupación "Gente de Derecho"- logró una aceptación del 24,9%. Finalmente, Alejandra García se consagró ganadora al frente de la lista 67, "Unidad en defensa de la abogacía", con el 47,38% de los votos de los matriculados, una diferencia de 22,5 puntos porcentuales por encima del segundo puesto.

Los comicios del CPACF cobraron relevancia para el sector de la propiedad horizontal debido a que el Dr. Awad preside una entidad de consorcistas y cuenta con una extensa trayectoria en la defensa de sus derechos.

Mientras que 7.843 abogados optaron por la lista oficialista, Rizzo obtuvo el respaldo de 4.122 matriculados y Awad alcanzó apenas 897. Las elecciones se desarrollaron durante el martes 21 y el miércoles 22 de abril. El nivel de participación en relación con el padrón fue del 19,1%: de un total de 86.524 empadronados, votaron 16.554 profesionales.

La denuncia de Awad

El 4 de mayo, Awad difundió un video en su cuenta de Facebook titulado "Déjense de robar". En la publicación, denunció que las elecciones fueron ganadas por sectores que promueven que las sucesiones sean tramitadas por escribanos. El expresidente de la institución intimó a los ganadores a "sacarse la careta" y admitir que están de acuerdo en renunciar a esa incumbencia profesional.

Finalmente, el abogado cuestionó la legitimidad de los resultados: "Digan eso, señores del Colegio Público de Abogados que acaban de ganar las elecciones por una... no sé si... no quiero decir por qué las ganaron, pero ustedes saben muy bien cómo las ganaron", concluyó Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

La matrícula bajará en un 18,5%

[BPN-15/05/26] El pasado 4 de mayo, el titular del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) y su sucesora anunciaron que, durante el próximo ejercicio, el valor de la matrícula bajará un 18,5% y que los nuevos profesionales no tributarán durante sus dos primeros años de ejercicio. Así lo informaron diversos medios especializados del sector.

El presidente actual, Ricardo Gil Lavedra, señaló que "desde el próximo ejercicio, la matrícula tendrá una disminución en su valor para cooperar con los profesionales en tiempos difíciles", mientras que la presidenta electa, Alejandra García, afirmó que la reducción responde a una administración que evitó trasladar la crisis a los matriculados.

El valor de la matrícula, que hoy se sitúa en 2,7 UMA (Unidad de Medida Arancelaria) y representa $ 249.701, pasaría a costar 2,2 UMA, es decir, $ 203.460 por año. Esto significa una reducción de $ 46.241 anuales. En moneda extranjera, el costo pasaría de u$s 180 a u$s 147.

Tomando como base los 86.524 empadronados que informó el CPACF durante las elecciones de abril y el valor de la matrícula actual, el presupuesto del Colegio solo por este concepto sería de 21,6 mil millones de pesos o 15,6 millones de dólares. En el próximo ejercicio, ese presupuesto se reduciría, como mínimo, a 17,6 mil millones de pesos o 12,7 millones de dólares. A ese valor habrá que restarle las matrículas bonificadas de los abogados noveles.

La presidenta electa explicó que en 2018 la matrícula había alcanzado un pico de 5,77 UMA ($ 533.621 a valor actual) y en los últimos años se mantuvo en 2,4 UMA ($ 221.957 a valor actual). Por último, según los datos proporcionados por matriculados, este año el valor se ubicó en 2,7 UMA Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Partido de General Pueyrredón

El Concejo Deliberante pospuso 18 meses la adecuación de los ascensores

[BPN-15/05/26] El pasado 15 de mayo, El Concejo Deliberante de General Pueyrredón aprobó un proyecto del Poder Ejecutivo que extiende en 18 meses los plazos de adecuación tecnológica y de seguridad de los ascensores. La iniciativa, impulsada por el intendente interino Agustín Neme, argumentó que la prórroga es necesaria debido a demoras técnicas, falta de insumos y el impacto de la crisis económica. 

Antecedentes y cumplimiento de la normativa

La Ordenanza 22.663, sancionada en abril de 2016, estableció originalmente un plazo de ocho años para que los edificios actualizaran sus instalaciones de transporte vertical con nuevas tecnologías de seguridad. En 2024, ese período fue prorrogado por dos años adicionales debido al complejo contexto económico.

Entre las tareas obligatorias se encuentran el recambio de los controles de maniobra y la instalación de cerraduras electromecánicas, considerados componentes clave para garantizar la seguridad de los usuarios. Según datos oficiales del expediente, en Mar del Plata funcionan cerca de 800 ascensores que transportan a diario a unas 360 mil personas. Sin embargo, hasta la fecha, solo el 50% de las unidades habrían completado la renovación.

Justificación técnica y nuevos plazos

La Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano justificó la solicitud de prórroga por una combinación de factores. El organismo señaló una alta demanda simultánea de adecuaciones, sumada a demoras en la provisión de insumos y componentes importados, lo que ha afectado directamente los tiempos de ejecución.

De aprobarse el proyecto en el Concejo Deliberante, los propietarios de los edificios dispondrán de un plazo de 60 días para presentar un cronograma de obras ante el Departamento de Electromecánica. En dicho documento se deberán detallar las tareas pendientes y los plazos previstos, en coordinación con las empresas de mantenimiento responsables Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Programa porteño voluntario

Se reglamentó el etiquetado de eficiencia energética de viviendas

[BPN-15/05/26] El pasado 30 de abril, la subsecretaria de Ambiente de la CABA, Natalia Persini, aprobó el procedimiento de etiquetado de eficiencia energética de viviendas. Esta normativa permitirá clasificar los inmuebles residenciales según su requerimiento de energía primaria.

La medida, que rige desde su publicación en el Boletín Oficial, establece los protocolos para que propietarios y desarrolladores obtengan una calificación oficial sobre el desempeño energético de sus unidades funcionales o proyectos de obra. Hasta el momento, el mercado inmobiliario local carecía de un mecanismo unificado que permitiera a los ciudadanos conocer las prestaciones de un inmueble antes de comprarlo o alquilarlo. Con esta herramienta, los potenciales usuarios podrán prever cuánta energía requerirá la vivienda para ser habitada.

La adhesión al programa es de carácter voluntario. En la Resolución 12/SSAMB y sus anexos I, II y III se estandariza la información sobre el consumo en el sector residencial, alineando a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Programa Nacional de Etiquetado de Viviendas (ProNEV), creado por la Resolución 5/2023 de la Secretaría de Energía de la Nación.

Detalles a destacar

El sistema se aplica tanto a viviendas unifamiliares como a unidades funcionales en edificios bajo el régimen de propiedad horizontal. El trámite puede iniciarse para proyectos de obra nueva, remodelaciones (rehabilitaciones y reformas) o para viviendas ya concluidas.

Para llevar a cabo los relevamientos, se estableció un registro oficial de profesionales habilitados -arquitectos, ingenieros civiles y maestros mayores de obras- quienes deben acreditar una capacitación específica. Solo aquellos inscriptos en esta nómina y en el registro nacional pueden emitir la documentación técnica válida.

El indicador central de la etiqueta será el índice de prestaciones energéticas (IPE), calculado en kWh/m² año. Este valor determina la "clase" de eficiencia del inmueble tras analizar la envolvente térmica (muros, techos y aberturas) y las instalaciones fijas de climatización y agua caliente.

El proceso no concluye con la carga de datos del profesional: la Dirección General Política y Estrategia Ambiental (DGPolEA) debe auditar y validar la documentación a través del Aplicativo Informático Nacional (AEV) antes de emitir la etiqueta definitiva. La Subsecretaría de Ambiente actuará como el organismo certificador de la eficiencia del parque habitacional de la Ciudad.

La etiqueta tendrá vigencia desde su fecha de emisión y podrá actualizarse si el propietario realiza mejoras que optimicen el desempeño de la unidad. Se espera que esta herramienta sea de interés para compradores e inquilinos, además de incentivar a los desarrolladores a adoptar medidas constructivas que reduzcan los costos de mantenimiento energético en electricidad y gas Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Ley de Modernización Laboral

Se reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral

[BPN-15/05/26] El pasado 30 de abril, el presidente de la Nación, Javier Milei, reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), establecido en el Título XX de la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral. Este sistema otorga beneficios impositivos al sector privado para promover la contratación registrada mediante una reducción sustancial de costos laborales.

Tanto los consorcios de propietarios —en su calidad de empleadores— como las administraciones de consorcios pueden ser beneficiarios de esta medida.

Alcance y beneficiarios del sistema

Según los considerandos del Decreto 315, el régimen busca incentivar la contratación de personas en situaciones de vulnerabilidad o informalidad. El programa incluye a:

- Trabajadores que no poseían una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025.

- Personas desempleadas durante los seis meses previos al alta laboral.

- Monotributistas que no hayan tenido empleo registrado en el sector privado en los últimos seis meses o al 10 de diciembre de 2025.

- Exempleados del sector público nacional, provincial o municipal.

Beneficios para el empleador

El incentivo principal consiste en una reducción de las alícuotas de las contribuciones patronales a un 5% durante los primeros 48 meses de la nueva relación laboral. Esta alícuota se distribuye de la siguiente manera:

- 2%: Destinado al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares.

- 3%: Destinado al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).

En comparación con el régimen vigente de la Ley 27.541, que establece alícuotas de entre el 18% y el 20,40% para la Seguridad Social, el RIFL representa una disminución significativa en la carga tributaria. Asimismo, se destaca que, si el trabajador obtiene ingresos adicionales por otras actividades tras iniciar la relación, el empleador mantiene los beneficios del régimen.

Requisitos para los empleadores

Pueden acceder al RIFL los empleadores del sector privado comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley N° 22.250 y la Ley de Trabajo Agrario.

Aquellos inscriptos en la ARCA antes del 10 de diciembre de 2025 pueden aplicar el beneficio al 100% de su nómina, mientras que quienes se hayan inscripto con posterioridad solo podrán hacerlo sobre el 80% de la misma. Para la registración formal, se deberá utilizar el código 710 "Régimen de incentivo para la Formalización Laboral – Ley 27.802".

Plazos, vigencia y exclusiones

El período para realizar nuevas incorporaciones comenzó el 1° de mayo de 2026 y se extenderá hasta el 30 de abril de 2027 inclusive.

El beneficio puede cesar por incumplimiento de obligaciones legales o por causales de exclusión automáticas instrumentadas por la ARCA. En caso de caducidad, el empleador deberá reintegrar las contribuciones no abonadas, con sus respectivos intereses y sanciones. Cabe aclarar que la contribución mensual al Fondo de Asistencia Laboral (FAL) continúa siendo obligatoria Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Índice de escalas salariales de encargados de edificios

Todavía faltan tres homologaciones

[BPN-15/05/26] Si no se formaliza un nuevo acuerdo para este mes y no se homologan los tres últimos acuerdo durante la segunda quincena de este mes, en mayo el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios perderá -2,3 puntos porcentuales (pp) contra la inflación mensual, -31,58 pp contra el acumulado anual y -29,60 pp en la medición interanual.

Para comparar las escalas salariales del sector, se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En los casos que correspondió, se sumaron viáticos y los bonos acordados en paritarias o por el Poder Ejecutivo nacional, incluyendo los bonos del 20% que ahora se pagan en junio y diciembre.

Acuerdos salariales pendientes de homologación

De meses anteriores quedan tres homologaciones faltantes. Para los cálculos de este mes no se tomaron en cuenta los siguientes acuerdos:

1.- Acuerdo del 9 de septiembre: Otorgó un aumento del 1,8% para septiembre, 1,7% para octubre, y 1,6% para noviembre, más un bono de 50 mil pesos para esos meses, viáticos para las funciones sin vivienda (con excepciones) y la integración del bono de 50 mil pesos a las escalas salariales.

2.- Acuerdo del 30 de diciembre: Otorgó un aumento del 2% para enero, 1,8% para febrero, y 1,7% para marzo, más un bono de 120 mil pesos para cada uno de esos meses. El expediente no avanzó porque adolece de faltas formales.

3.- Acuerdo del 1º de abril: Incorporó 20 mil pesos a las escalas salariales para los trabajadores de jornada completa y 10 mil pesos para aquellos de media jornada, sobre dicha base aplicó un incremento del 2% y redujo la suma fija de 120 mil pesos a 100 mil pesos los cuales deberán calcularse de forma proporcional a las categorías de trabajo.

El incremento mensual

En mayo el promedio de las escalas salariales no presentará cambios. Este mes el promedio de las escalas será de 900.237 pesos mensuales.

El acumulado anual

En mayo, el promedio de las escalas salariales se mantendrá en un -16,67% menor con respecto a diciembre del año pasado.

Esto se debe a que, como todos los años, en enero no se cobró el bono del 20% que se pagó en diciembre, lo que provocó una baja brusca en los promedios de las escalas salariales durante el primer mes del año. Durante el último mes del año pasado, el promedio era de 1.080.284 pesos mensuales.

La medición interanual

El incremento interanual de las escalas salariales desde mayo del año pasado hasta el mismo mes de este año volverá a ser del 3,82%. El promedio de las escalas salariales de mayo de 2025 fue de 867.118 pesos.

Inflación (INDEC y BCRA)

Según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, la inflación de abril fue del 2,6% y para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central de la República Argentina (BCRA), la inflación de mayo será del 2,3%.

Con base en estos números, la inflación interanual de mayo será del 33,42%.

Jubilados

Haber mínimo

El haber mínimo de un jubilado que paga expensas en febrero será de 463.174,10 pesos brutos, a los que se les debe descontar la "Obra social s/haberes PAMI".

Este monto se debe a tres razones:

1.- Se estableció en marzo del año pasado que el haber mínimo a partir de julio se actualizaría todos los meses según la inflación del IPC del INDEC (Decreto 274 del 22/03/24). Como la inflación de marzo fue del 3,4%, las jubilaciones de marzo aumentarán un 3,38% (Resolución 110 del 30 de abril).

2.- Se volvió a otorgar un "Bono Extraordinario Previsional" de hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 292 del 28 de abril.

En dólares y contra la inflación

En dólares, este haber mínimo representa 332,47 dólares al precio oficial o 329,66 dólares según el mercado blue.

En mayo del año pasado, ese haber fue de 366.481,75 pesos.

Este mes, el incremento mensual del haber mínimo de la clase pasiva fue levemente positivo contra la inflación del mes pasado (-0,55 pp), y negativo contra el acumulado anual (-2,19 pp) y la medición interanual (-7,04 pp).

Si el haber mínimo de enero de 2016 (4.299,06 pesos o 312,98 dólares) hubiera aumentado al ritmo de la inflación, este mes debería haber sido de 666.218,03 pesos mensuales (u$s 479,35 promedio a valor oficial).

La pérdida total de un jubilado desde enero de 2016 hasta abril de 2026 (siguiendo el ritmo de la inflación y restando lo realmente percibido, incluidos los bonos y la incidencia de los medios aguinaldos) es de aproximadamente -4.237.296,13 pesos (u$s -3.048,79) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Correo de Opinión

El básico del encargado no permanente con y sin vivienda por Juan Manuel Armeñanzas

Estimados:

Escribo para poner a consideración un punto de la escala de abril: el básico del encargado no permanente con y sin vivienda que se calculó en base al mes anterior más $20.000 (en lugar de +$10.000) + 2%. Teniendo en cuenta que es media jornada, y lo que dice el texto...

"-Adicional al básico de la cuarta categoría establecida en el Art. 6 del CCT 589/10 la suma de pesos veinte mil ($20.000) para el trabajador de jornada completa y la de pesos diez mil ($10.000) para las restantes categorías establecidas en el referido artículo, importes que serán descontados de la suma fija remuneratoria pactada en el acuerdo salarial de fecha diciembre 2025."

"- Al importe así obtenido deberá calcularse un incremento del 2% (dos por ciento) sobre el salario básico correspondiente al mes de marzo de 2026 para la cuarta categoría establecida en el Art. 6 de CCT 589/10, aplicándose a los adicionales de convenio y en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo, en concepto de remuneración del mes de abril de 2026."

... estaría mal calculado. ¿Será que uno puede ajustar el básico? ¿O debemos ajustarnos al error de la escala? O tal vez yo me esté equivocando en algún punto.

Hablé al sindicato y me respondieron: "Usted no es afiliado, con usted no vamos a hablar", y me cortaron. Hablé a la Cámara y me dijeron: "Escríbale a la Secretaría de Trabajo, nosotros no podemos responder eso". En fin, Argentina. Entiendo que la gente después solo vote CAMBIAR, sea para donde sea.

Saludos,

Juan Manuel Armeñanzas

(6/05/2026)

Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Correo de Opinión

Carta abierta a Jorge Macri por Andrés Zulberti

CABA, 14/05/26

Estimado Jefe de Gobierno

Sr. Jorge Marci

S                   /                 D

 

Asunto: Desistir y derogar el SERACARH.

Ref.: Artículo 412 del Código Fiscal – Bonificación del 40% del I.I. al Consorcio de propietarios.

 

De mi mayor consideración:

Como le expresé en su visita en la Comuna 3 (Balvanera y San Cristóbal) del 28/04, me pareció muy bien la bonificación del (40) cuarenta por ciento sobre el Impuesto Inmobiliario establecido en el Código Fiscal [1]. Algo reduce las expensas.

Sin embargo, la Resolución 155/2026 de la AGIP [2] establece que dicha bonificación será "respecto de los espacios comunes de uso común en consorcios de propiedad horizontal destinados a vivienda u oficina que registren, como mínimo, un empleado en relación de dependencia, conforme las condiciones y requisitos que fije la reglamentación".

Asimismo, en su artículo 2°, indica que "La solicitud del reconocimiento del beneficio fiscal, en los términos del artículo 412 del Código Fiscal, debe ser interpuesta por el/la administrador/a del consorcio de propiedad horizontal mediante la presentación de una nota dirigida al Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Renta y Horizontal (SERACARH)...".

Independientemente de las cuestiones técnicas que fije la reglamentación para determinar los espacios comunes, le pregunto: ¿Qué tiene qué hacer un tercero (el SERACARH) para intervenir en el trámite? ¿Por qué se reduce el universo de edificios con empleados y no para los 123.000 consorcios en la CABA? [4].

En el "Convenio de Complementación de Servicios" entre la AGIP y el SERACARH [3], la Cláusula Quinta, último párrafo, indica que "Los fondos necesarios para soíventar el presente contrato son provistos por el SERACARH, no generando en consecuencia responsabilidad ni obligación alguna a cargo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Existe una frase en economía diciendo que "No existe tal cosa como un almuerzo gratis, alguien lo tiene que pagar". [5]. ¿Y quién lo paga? Lo paga el propio consorcista con el SERACARH [6].

Por ello, también, solicitó -tenga a bien- derogar la Ley 4.803 del SERACARH.

Sin otro particular, le saludo muy atentamente;

Andrés Zulberti
DNI 92.013.843
AZ/adj.
(14/05/2026)

Notas:

[1] https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MHFGC-AGIP-155-26-7347.pdf

[2] https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-DEC-AJG-AJG-172-26-7359.pdf; https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PE-DEC-AJG-AJG-172-26-ANX.pdf

[3] EX-2026-11521966-GCABA-AGIP; IF-2026-17750187-GCABA-AGIP (adjunto).

[4] https://www.pequenasnoticias.com.ar/NotasDeTapa/2023/NotaDeTapa0760.asp

[5] https://en.wikipedia.org/wiki/No_such_thing_as_a_free_lunch

[6] https://www.pequenasnoticias.com.ar/NovedadesLaborales/2026/NovedadesLaborales_0816a.asp

  Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Rincón Solidario

No convocó a asamblea ni presentó la rendición de cuentas por la Dra. Silvia Marcela Bercovsky

Dra. Silvia Marcela Bercovsky

¡Hola, amigos!

Tengo una consulta sobre nuestro nuevo administrador. A principios de mayo cumplió un año desde su nombramiento, pero no convocó a asamblea ni presentó la rendición de cuentas. Tampoco notificó que no fuera a hacerlo. Sé que sigue administrando porque ya envió la liquidación de este mes.

El reglamento establece que su mandato es por un año. ¿La asamblea anual que le exige la ley puede convocarla recién en mayo de 2027 sin problemas? De todos modos, no presentó la rendición de su primer año. ¿Es legal este proceder?

En el banco dicen que no le pedirán la renovación del mandato y que solo solicitan el acta cuando se nombra a un nuevo administrador. En este caso, ¿está administrando "de hecho" por su cuenta?

Muchas gracias,
José (CABA)
(11/05/2026)

Estimado José:

El administrador debe cumplir con el reglamento y los plazos que figuren en él para convocar a asamblea ordinaria y rendir cuentas. Toda conducta contraria al reglamento está fuera de norma.

El vencimiento del plazo del mandato del administrador no produce el cese de sus funciones, por lo tanto si no lo remueve una asamblea (convocada por el consejo de propietarios, si lo hubiera, o autoconvocada conforme al CCYC), seguirá siendo el administrador del consorcio.

En CABA está establecido [*] “...Antes del cumplimiento del plazo del mandato, el administrador debe llamar a asamblea para decidir sobre su renovación y, de ser pertinente, el plazo por el que se llevará a cabo. Cumplido el plazo de mandato, de no realizarse asamblea se da por concluido el mismo bajo exclusiva responsabilidad del administrador, quedando los consorcistas habilitados para autoconvocarse y dar solución a la situación…”es decir, que efectivamente se pasa de un mandato de “derecho” a un mandato de “hecho” hasta tanto sea removido por asamblea convocada a tal efecto.

La saluda Atte.

Silvia Marcela Bercovsky Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

La Dra. Silvia Bercovsky (UBA) es abogada especializada en propiedad horizontal y es parte del equipo del programa de radio Consorcios 360. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a estusmb@gmail.com o llamarla al teléfono (11) 5049-8440 en el horario de 9 a 20 hs.


Rincón Solidario

Somos los mismo propietarios quienes limpiamos las partes comunes por la Dra. Diana Sevitz

Dra Diana Sevitz

Hola
Tengo una consulta, la FATERyH nos intimó a pagar una cierta suma de dinero por presunción de tener empleados en el consorcio. 
Sin embargo,, esto no es verdad... Somos los mismo propietarios quienes nos organizamos y limpiamos las partes comunes. 
¿Cómo puedo demostrarlo?
Ro
(04/05/2026)

La presunción de existencia de relación laboral invocada por FATERYH es rebatible. Si se demuestra que las tareas de limpieza y vigilancia son realizadas por los propios copropietarios, sin remuneración, sin subordinación y sin cesión de vivienda, la exigencia puede rechazarse.

Documentación imprescindible para probar la ausencia de vínculo laboral: acta de asamblea o documento firmado donde conste la organización de los propietarios para realizar las tareas; cronograma o lista con turnos y firmas que identifiquen quién realizó cada tarea y cuándo; chats o correos electrónicos contemporáneos que muestren la coordinación entre vecinos; fotos o videos fechados que acrediten la realización de las tareas por propietarios; estados de cuenta y expensas donde no figure rubro "sueldos" ni pagos periódicos a una persona; declaraciones juradas firmadas por varios copropietarios que confirmen la ausencia de remuneración y subordinación; y extractos bancarios que demuestren la inexistencia de transferencias por remuneraciones. En caso de que alguien alegue vivienda cedida, aportar documentación que pruebe su inexistencia.

Pasos prácticos inmediatos: reunir y ordenar toda la prueba indicada; contestar la intimación de FATERYH dentro del plazo aportando la documentación y solicitando verificación o inspección in situ; acompañar la inspección con propietarios como testigos; presentar recurso administrativo si la intimación se mantiene; y, si existe riesgo de embargo o ejecución, evaluar la interposición de una medida cautelar judicial con patrocinio letrado.

Mensaje para la publicación: Si los vecinos realizan voluntariamente y por turnos las tareas sin pago ni subordinación, existen pruebas concretas que pueden desvirtuar la presunción de FATERYH. Actuar con rapidez: documentar, contestar la intimación y pedir inspección.

Dra. Diana Sevitz Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o escribirle al WhatsApp +972 (55) 771-3909.


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


Boletín de Pequeñas Noticias®

1º Edición Nº DCCCXXIV

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redes sociales: Página Facebook, Grupo Facebook Pequeñas Noticias, Grupo Facebook Comunidad Consorcial, Twitter, Instagram

Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (11) 5981-3791 - E-mail: pequenasnoticias@gmail.com - URL´s: www.pequenasnoticias.com.ar - Horario: 10 a 17 hs.


Datos personales del suscripto:

Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*!

E-mail: !*EMAIL*!


Los suscriptos de Pequeñas Noticias están protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos)


Si quiere suscribir, en forma gratuita a un amigo al Boletín de Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: suscripcion@PequenasNoticias.com.ar con la palabra SUSCRIPCIÓN GRATUITA en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos conoció y, por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la suscripción envíenos un e-mail desde el e-mail de su suscripción con las palabras CANCELAR SUSCRIPCIÓN en el asunto del mensaje.


Tanto las notas firmadas como los avisos publicitarios pagos y las gacetillas de prensa son responsabilidad de sus autores y no necesariamente representan la opinión del editor. Registro de Propiedad Intelectual en trámite. 9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus respectivos dueños y/o representantes legales.


Socio fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

En este boletín se ha procurado utilizar un lenguaje inclusivo. Sin embargo, a fin de facilitar la lectura no se incluyen recursos como la “@”, la "e" o “x”. Las notas firmadas reflejan las opiniones de sus autores y no necesariamente las de Pequeñas Noticias - La presencia tanto de las publicidades como de las gacetillas de prensa no implican juicio de valor sobre los productos y/o servicios que puedan ofrecer - Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización escrita de Pequeñas Noticias.

Vínculos a nuestras redes sociales