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Defensa
y Protección del Consumidor porteño.
Se
fue Carlos Traboulsi y llegó Alejandro Pérez
A
mediados de abril Carlos Traboulsi renunció a su cargo de director
general de Protección y Defensa del Consumidor porteño y asumió
Alejandro Pérez en su reemplazo
En su primer acto oficial Pérez recibió a 140 postulantes que se
presentaron para rendir el examen presencial obligatorio para inscribirse
en el RPA.
[BPN-15/05/26]
El pasado 22 de abril, el jefe de Gobierno de la CABA, Jorge Macri,
aceptó la renuncia de Carlos Lionel Traboulsi al cargo de director
general de Defensa y Protección del Consumidor y designó en su
reemplazo a Alejandro Pérez. Según el Decreto 162 (BO: 24/04/26),
la dimisión de Traboulsi se hizo efectiva el 16 de abril y su sucesor
asumió las funciones al día siguiente.
El
primer acto público oficial de Pérez tuvo lugar el 28 de abril, día en
el que recibió a 140 postulantes que rindieron el examen...
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Sindicato
de Empleados de Administradores
SEARA
logró un nuevo acuerdo salarial
Las
tres entidades de administradores acordaron con el sindicato de CABA que
agrupa a sus empleados un aumento del 13,1% en tres tramos, combinando
porcentajes y sumas fijas remunerativas
El pacto aún está pendiente de ratificación y homologación.
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Impuesto
inmobiliario de partes comunes
El
descuento del 40% habrá que tramitarlo en el SERACARH
Entre
otros datos, para tramitar el descuento que otorgó el Código Fiscal los
consorcios deberán informar el número de partida de sus unidades
funcionales
El SERACARH deberá invertir en instalaciones, equipamiento, personal y
sistemas en forma totalmente gratuita.
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Consejo
Deliberante de Sata Rosa/La Pampa
Santa
Rosa aprobó la creación de un Registro de Administradores
Una
concejala del PRO afirmó que este proyecto no es sancionatorio, que
organizará un canal claro de comunicación entre el consorcio y el estado
local, y permitirá saber quién es el administrador de cada consorcio
La iniciativa habría sido presentada por el Frente Justicialista
Pampeano.
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Medios
Consorcios
360 ganó por segunda vez el premio Rio de los Pájaros
Es
el séptimo galardón que obtiene el programa periodístico sobre
propiedad horizontal
El equipo festejó junto a sus oyentes durante la emisión del viernes 1º
de mayo
Este año, la estatuilla representó al cardenal de copete rojo, símbolo
de la identidad cultural del litoral.
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Colegio
Público de Abogados de la Capital Federal
La
matrícula bajará en un 18,5%
Tanto
el presidente actual como su sucesora anunciaron una reducción en la
matrícula anual que los abogados deben abonar al Colegio
Adelantaron que los profesionales con menos de dos años de antigüedad
estarán exentos del pago
Estas medidas entrarán en vigencia durante el próximo ejercicio.
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Programa
porteño voluntario
Se
reglamentó el etiquetado de eficiencia energética de viviendas
Permitirá
clasificar inmuebles residenciales según su requerimiento de energía
primaria
Se espera que aliente a los desarrolladores a ofrecer viviendas o
departamentos con un menos costo de mantenimiento energético:
electricidad y gas.
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Todavía
faltan tres homologaciones
Si
hasta fin de mayo no se formaliza un nuevo acuerdo y no se homologan los
tres últimos acuerdos, las escalas salariales volverán a perder contra
la inflación mensual, la acumulada anual y la interanual
El haber mínimo de los jubilados que pagan expensas ganará levemente en
el incremento mensual pero perderá en el acumulado anual y la interanual.
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Correo
de Opinión
Carta abierta a Jorge Macri
por Andrés Zulberti
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Rincón
Solidario
No convocó a asamblea ni presentó la rendición de cuentas
por
la Dra. Diana Sevitz
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Gacetillas
Encuentro
en la Comuna 14
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño.
Se
fue Carlos Traboulsi y llegó Alejandro Pérez

Alejandro
Pérez, director general de Defensa y Protección del Consumidor (foto:
redes sociales)
[BPN-15/05/26]
El pasado 22 de abril, el jefe de Gobierno de la CABA, Jorge Macri,
aceptó la renuncia de Carlos Lionel Traboulsi al cargo de director
general de Defensa y Protección del Consumidor y designó en su
reemplazo a Alejandro Pérez. Según el Decreto 162 (BO: 24/04/26),
la dimisión de Traboulsi se hizo efectiva el 16 de abril y su sucesor
asumió las funciones al día siguiente.
El
primer acto público oficial de Pérez tuvo lugar el 28 de abril, día en
el que recibió a 140 postulantes que rindieron el examen presencial
obligatorio para inscribirse en el Registro Público de Administradores
(RPA). En dicha oportunidad, el funcionario anunció que aprobaron
127 aspirantes, lo que representa un 90,7% del total.
Alejandro
Pérez en detalle
El
nuevo director es licenciado en Administración Pública, está casado y
tiene dos hijos. Entre 2002 y 2006, fue empleado judicial del Fuero
Contencioso Administrativo y Tributario, y se desempeñó como
director ejecutivo del Parque 3 de Febrero durante las gestiones de
Aníbal Ibarra y Jorge Telerman. En 2007, fue nombrado
director general de Protección y Desarrollo Sostenible de Personas
Mayores.
Desde
2011 hasta 2019, Maximiliano Corach -actual subsecretario de
Gobierno y de cuya cartera depende Defensa del Consumidor- fue presidente
de la Comuna 14 durante dos mandatos consecutivos. Bajo su gestión, en
2015, Alejandro Pérez fue nombrado presidente de la Junta Comunal
14 en representación de Juntos por el Cambio.
En
2019, el medio Palermo Online publicó la opinión de Corach sobre
Pérez: "Hace 25 años Ale vino a la unidad básica que
teníamos en Gurruchaga y Córdoba a presentarse y pedir espacio para
armar una bolsa de trabajo. Desde entonces militamos juntos las calles de
Palermo; es un gran militante, un excelente funcionario y una gran persona
que se ganó su reconocimiento a base de esfuerzo y compromiso".
Posteriormente,
en abril de 2022, Pérez fue designado director general de
Representaciones de la Ciudad, bajo la órbita del Ministerio de Gobierno
de Horacio Rodríguez Larreta. Asimismo, desde septiembre de 2023,
conduce el programa de streaming Panorama Político.
El
funcionario saliente: Carlos Traboulsi
Traboulsi
había sido nombrado el 20 de diciembre de 2023 y ejerció el cargo
durante 2 años, 3 meses y 26 días. Durante su gestión, su Dirección
General debió afrontar 7.046 denuncias de consorcistas contra
administradores, las cuales resultaron en aproximadamente 869 sanciones.
Las cifras correspondientes a 2026 fueron inferidas según el promedio
anual y el tiempo transcurrido del año en curso.
Entre
sus medidas destacadas, creó y dio carácter obligatorio al Manual de
Buenas Prácticas Consorciales. También impuso la inclusión de un
código QR en las liquidaciones de expensas para facilitar el acceso a la
documentación respaldatoria. Finalmente, organizó reuniones para
reformar la Ley 941 -cuyo contenido no trascendió públicamente- e
instauró el examen presencial previo para la inscripción en el Registro
Público de Administradores  
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Sindicato
de Empleados de Administradores
SEARA
logró un nuevo acuerdo salarial

[BPN-15/05/26]
El pasado 22 de abril, el Sindicato de Empleados de Administradores
(SEARA) acordó con la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal
y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación
Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión
Administradores de Inmuebles (UADI) una recomposición salarial
para el trimestre abril/junio. El acta acuerdo todavía no fue ni
ratificada por los signatarios ni homologada por la Secretaría de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
En
detalle, se estableció un aumento del 2,5% y una suma fija remunerativa
de 60 mil pesos para abril; un incremento del 2,1% y una suma fija de 70
mil pesos para mayo; y un 2,1% junto a una suma fija de 80 mil pesos para
junio.
En
términos reales, el acuerdo representa un aumento respecto al mes
anterior del 7,12% para abril, del 2,77% para mayo y del 2,74% para junio.
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ESCALAS
SALARIALES |
|
Período |
Administrativo |
Cadete |
Bono |
Promedio |
Incremento |
|
marzo/2026 |
1.342.987,55 |
1.095.237,19 |
|
1.219.112 |
2,10
% |
|
abril/2026 |
1.372.533,27 |
1.119.332,40 |
60.000 |
1.305.933 |
7,12
% |
|
mayo/2026 |
1.401.356,47 |
1.142.838,38 |
70.000 |
1.342.097 |
2,77
% |
|
junio/2026 |
1.430.784,96 |
1.166.837,99 |
80.000 |
1.378.811 |
2,74
% |
En
junio, las escalas salariales habrán acumulado un aumento del 26,66% en
lo que va del año y un 43,46% respecto al mismo mes del año anterior. En
tanto, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el
INDEC y que proyecta el Relevamiento de Expectativas de Mercado
(REM) prevé una inflación acumulada anual del 17,21% y una
interanual del 33,95%.
El
23 de abril SEARA presentó el acuerdo en la Secretaría de Trabajo para
homologar.
El
25 de abril, la CAPHyAI comunicó la novedad a sus asociados, aunque no
publicó una copia del acuerdo alcanzado. Las partes se comprometieron a
reunirse nuevamente en junio para analizar las variaciones económicas que
pudieran afectar las escalas salariales  
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Impuesto
inmobiliario de partes comunes
El
descuento del 40% habrá que tramitarlo en el SERACARH

[BPN-15/05/26]
El pasado 14 de abril, el administrador gubernamental de Ingresos
Públicos, Germán Krivocapich, estableció el procedimiento
para que los consorcios accedan a la bonificación del 40% del Impuesto
Inmobiliario en las áreas comunes de sus edificios.
En
primer término, la disposición delegó la tramitación del beneficio
fiscal en el Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la
Actividad de Renta y Horizontal (SERACARH). Esta entidad está
conformada por el SUTERH -el integrante de mayor peso político y
económico- y las tres entidades de administradores que firman los
convenios colectivos del sector (AIERH, CAPHyAI y UADI).
En
segundo lugar, se determinó la documentación que los administradores
deben presentar ante el SERACARH en representación de los consorcios:
-
Aunque la norma otorga el beneficio a quienes cuenten con al menos un
trabajador, la reglamentación exige detallar en una declaración jurada a
la totalidad del personal en relación de dependencia.
-
Se requiere una declaración jurada que precise el destino (vivienda u
oficina) de las unidades funcionales del inmueble.
-
Se exige copia de los formularios 931 presentados ante la Agencia de
Recaudación y Control Aduanero (ARCA) de todos los
empleados.
-
A pesar de que la bonificación es para el edificio, se exige el número
de partida de las unidades funcionales cuyo destino sea vivienda u
oficina.
El
29 de abril, la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y
Actividades Inmobiliarias) -entidad miembro del SERACARH- aclaró que
el beneficio es voluntario y que la AGIP aún debe determinar el método
de cálculo de la bonificación.
El
costo de la gestión
La
reglamentación, establecida por la Resolución 155/AGIP, se basa en un
acuerdo previo firmado entre la AGIP y el SERACARH el 7 de abril. Tras
analizar el texto original, se destacan los siguientes puntos:
-
El SERACARH deberá proveer, a su propio costo, el personal, el material,
los equipos e instalaciones necesarios para las tramitaciones, asumiendo
la responsabilidad exclusiva sobre los mismos.
-
El servicio del SERACARH será gratuito para el Gobierno de la CABA. Los
contratos derivados del convenio deben incluir una cláusula que aclare
que los fondos son provistos por el SERACARH, deslindando de
responsabilidad económica/financiera al GCBA.
-
El acuerdo entre las partes tendrá vigencia hasta el 7 de marzo de 2028 y
se prorrogará automáticamente por periodos anuales.
-
En nombre del SERACARH, firmó el convenio Patricia Fernández,
vicepresidenta del AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y
Horizontal)  
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Denuncias
contra administradores
Leve suba de las
sanciones pero se triplicaron las apelaciones

[BPN-15/05/26]
Durante 2025 la cantidad de disposiciones sancionatorias contra
administradores por faltas a la Ley 941 (Registro Público de
Administradores porteño) no acompañó el creciente número de
denuncias recibidas. También se redujo el total de sanciones que por este
mismo motivo fueron publicadas en el Boletín Oficial.
Por
otra parte, las apelaciones judiciales contra estas disposiciones se
triplicaron. Finalmente, aumentó de forma abrupta la cantidad de
ejecuciones fiscales iniciadas por el Gobierno porteño ante la Justicia
para intentar cobrar las multas que no fueron apeladas.
Este
informe ofrece un panorama general sobre las diferentes instancias del
proceso: desde que el vecino radica la denuncia hasta que la sanción
llega al Boletín Oficial, incluyendo las apelaciones y los intentos del
Estado por percibir los montos impagos.
Una
de cada ocho denuncias
Durante
2025, solo una de cada ocho denuncias contra administradores de consorcios
derivó en una sanción formal. Según datos oficiales, ese año se
realizaron 3.222 denuncias ante el RPA porteño, se ordenaron 385 (11,9%)
disposiciones sancionatorias y se publicaron 226 (7%).
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|
De
lo denunciado... |
|
Año |
Denuncias |
Disposiciones |
...se
dispuso |
...se
publicó |
|
2018 |
1.312 |
479 |
36,5
% |
19,7
% |
|
2019 |
1.984 |
515 |
26,0
% |
9,5
% |
|
2020 |
1.353 |
434 |
32,1
% |
18,0
% |
|
2021 |
1.943 |
493 |
25,4
% |
20,7
% |
|
2022 |
1.904 |
562 |
29,5
% |
24,8
% |
|
2023 |
2.115 |
457 |
21,6
% |
17,6
% |
|
2024 |
2.817 |
360 |
12,8
% |
9,9
% |
|
2025 |
3.222 |
385 |
11,9
% |
7,0
% |
Este
último porcentaje mantiene una tendencia decreciente desde 2022, año en
que se sancionó el 29,5% de las denuncias; la cifra bajó al 21,56% en
2023 y llegó al 12,8% en 2024.
Disposiciones
no publicadas
Durante
2025, el 41,3% de las multas ordenadas por Defensa y Protección del
Consumidor por infracciones a la Ley 941 no se publicaron en el Boletín
Oficial.
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Año |
Disposiciones |
Publicadas |
No
publicadas |
Porcentaje |
|
2018 |
479 |
258 |
221 |
46,1
% |
|
2019 |
515 |
188 |
327 |
63,5
% |
|
2020 |
434 |
244 |
190 |
43,8
% |
|
2021 |
493 |
403 |
90 |
18,3
% |
|
2022 |
562 |
473 |
89 |
15,8
% |
|
2023 |
457 |
373 |
84 |
18,4
% |
|
2024 |
360 |
280 |
80 |
22,2
% |
|
2025 |
385 |
226 |
159 |
41,3
% |
Este
indicador se incrementó de forma sostenida durante los últimos cuatro
años: en 2022 fue del 15,8%, en 2023 subió al 18,4% y en 2024 alcanzó
el 22,2%. El registro del año pasado fue el más alto desde la pandemia,
cuando se ubicó en el 43,8%.
Se
triplicaron las apelaciones judiciales
Las
apelaciones de los administradores inconformes con las sanciones del
Gobierno de la CABA pasaron de 42 en 2024 a 128 el año pasado. Esto
significa que una de cada tres sanciones fue judicializada, el porcentaje
más alto registrado desde 2018.
|
Año |
Disposiciones |
Judicializadas |
Porcentaje |
|
2018 |
479 |
116 |
24,2 % |
|
2019 |
515 |
117 |
22,7 % |
|
2020 |
434 |
24 |
5,5 % |
|
2021 |
493 |
102 |
20,7 % |
|
2022 |
562 |
127 |
22,6 % |
|
2023 |
457 |
79 |
17,3 % |
|
2024 |
360 |
42 |
11,7 % |
|
2025 |
385 |
128 |
33,2 % |
Récord
absoluto de ejecuciones fiscales
El
año pasado, el Gobierno porteño debió recurrir a la Justicia para
intentar cobrar el 94,8% de las sanciones que no fueron apeladas. Si bien
este porcentaje puede incluir multas impagas de ejercicios anteriores, la
cifra destaca por su magnitud.
|
Año |
Disposiciones |
Ejecución
Fiscal |
Porcentaje |
|
2019 |
515 |
300 |
58,3
% |
|
2020 |
434 |
16 |
3,7
% |
|
2021 |
493 |
40 |
8,1
% |
|
2022 |
562 |
111 |
19,8
% |
|
2023 |
457 |
509 |
111,4
% |
|
2024 |
360 |
92 |
25,6
% |
|
2025 |
385 |
365 |
94,8
% |
Los
datos
La
cantidad de denuncias y de disposiciones sancionatorias de 2025 fueron
provistas oficialmente por el Gobierno de la CABA. El número de sanciones
publicadas surge del Boletín Oficial porteño. Por último, los datos
sobre expedientes judiciales por apelaciones y ejecuciones fiscales fueron
suministrados por el Poder Judicial  
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Consejo
Deliberante de Sata Rosa/La Pampa
Santa
Rosa aprobó la creación de un Registro de Administradores

Intendente
de Santa Rosa, Luciano di Nápoli (Partido Justicialista)
[BPN-15/05/26]
El pasado 30 de abril, el Concejo Deliberante de la ciudad de Santa
Rosa aprobó una ordenanza que crea el Registro de Administradores
y Administradoras de Consorcios de Propiedad Horizontal local. La
iniciativa, fue presentada por el Frente Justicialista Pampeano y
según sus creadores busca formalizar la actividad en un contexto de
creciente desarrollo urbano.
Un
canal de comunicación con el estado local
La
concejala Fernanda Oddi (PRO) destacó que el proyecto no
posee un carácter sancionatorio, sino que tiene como objetivo organizar
un canal de comunicación directo entre los consorcios y el municipio.
Según explicó la funcionaria: "Es una respuesta concreta al
crecimiento de la propiedad horizontal. Este registro permitirá
identificar quién es el administrador de cada edificio y establecer un
vínculo claro con el Estado, sin invadir competencias que no nos son
propias".
Antecedentes
y facultades de fiscalización
El
proyecto original fue ingresado el 22 de mayo del año pasado por cuatro
concejales del oficialismo provincial bajo el número 2025-141-1 y
difundido por Pequeñas Noticias en junio de ese mismo año [ vínculo].
Uno
de los puntos más relevantes del texto inicial -específicamente en su
artículo 3º- establecía que el Estado local delegaría la facultad de
control y fiscalización en el Sindicato Único de Trabajadores de
Edificios de Renta y Horizontal (SUTERyH) de La Pampa. Bajo
esta redacción, el gremio tendría la potestad de informar a la autoridad
de aplicación sobre aquellos mandatarios que ejerzan la actividad sin
estar debidamente registrados, para que se tomen las medidas pertinentes.
No
obstante, debido a que el texto pudo haber sufrido modificaciones durante
su tratamiento en comisiones o en el recinto, se aguarda la publicación
de la ordenanza definitiva en el Boletín Oficial para confirmar el
alcance final de estas atribuciones  
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Pequeñas
Noticias
Se
pidieron aclaraciones sobre los facilitadores de asambleas

[BPN-15/05/26]
El pasado 29 de abril, Pequeñas Noticias cursó un pedido de
información pública dirigido a la Dirección General de Mediación y
Convivencia Vecinal (DGMyCV) porteña con el fin de obtener
precisiones sobre tres puntos centrales del nuevo Programa de
Facilitadores para Asambleas de Consorcios.
En
primer término, se solicitó aclarar si ya fue creado el Registro de
Facilitadores previsto en el artículo 6 de la Disposición
30/DGMCV/25, firmada el 3 de julio de 2025 por Adrián Nicolás De
Stefano. En caso afirmativo, se requirió conocer la fecha de su
creación o puesta en funcionamiento, así como el lugar y la forma en que
se puede consultar la nómina de profesionales habilitados y excluidos.
En
segundo lugar, se consultó si la DGMyCV diseñó e implementó el curso
de capacitación obligatorio que impone el artículo 5 de la mencionada
disposición. De ser así, se pidió informar la fecha de diseño, el
detalle de sus contenidos y cuáles son las entidades habilitadas para
dictarlo, incluyendo nombre, dirección y teléfono.
Por
último, se solicitó informar si los 39 facilitadores de asamblea
habilitados por De Stefano mediante las disposiciones
DI-2025-37-GCABA-DGMCV y DI-2025-42-GCABA-DGMCV cumplieron con los
requisitos de capacitación e inscripción al registro previstos por la
normativa vigente.
Antecedentes
El
3 de julio del año pasado, la Dirección General de Mediación y
Convivencia Vecinal reglamentó un nuevo servicio privado para los
consorcios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: los "facilitadores
para asambleas de copropietarios". La función de estos profesionales
es brindar apoyo técnico a los vecinos para el desarrollo de las
reuniones y gestionar los conflictos que puedan surgir durante el debate.
De
acuerdo con la Disposición 30, los facilitadores pueden ser contratados
por administradores o copropietarios para colaborar en la conducción de
las asambleas, con el fin de promover el diálogo constructivo y la
búsqueda de acuerdos. En caso de que un consorcio decida contratar este
servicio, la Dirección General designa al profesional mediante un sorteo,
procedimiento que busca garantizar la transparencia y la neutralidad en su
actuación.
Desde
el Gobierno porteño aclararon que estos facilitadores no actúan como
jueces ni inspectores. Se trata de profesionales capacitados para guiar la
reunión, asegurar que todas las voces sean escuchadas y asistir a las
partes para que alcancen consensos en un clima de respeto, con el objetivo
de transformar la asamblea en un espacio constructivo  
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Medios
Consorcios
360 ganó por segunda vez el premio Rio de los Pájaros

[BPN-15/05/26]
El pasado viernes 24 de abril, el programa radial Consorcios 360
obtuvo, por segunda vez consecutiva, el premio binacional Río de los
Pájaros en la categoría "Periodístico sobre propiedad
horizontal". La distinción es otorgada por la Fundación Paralelo
Turístico.
Al
inicio de la primera emisión de mayo, el equipo celebró el logro junto a
su audiencia. Al igual que el año anterior, la gala de premiación se
llevó a cabo en el salón de la Bodega Robinson, en la ciudad de
Concordia, Entre Ríos, con la asistencia de más de un centenar de
comunicadores.
En
el evento se destacó la presencia del actor Darío Lopilato, quien
asistió acompañado por su pareja, la concordiense María Irigaray.
Si bien el equipo de producción no pudo asistir en esta ocasión por
compromisos laborales, su conductor, Claudio García de Rivas,
aseguró que estarán presentes en la próxima edición en caso de
resultar nuevamente premiados.
Al
evaluar a Consorcios 360, el jurado destacó como una de sus
mayores fortalezas la representación de todos los sectores del ámbito
consorcial (propietarios, administradores, abogados y encargados). Según
el acta de premiación, esta pluralidad ofrece una visión integral que
permite a la audiencia una mejor vinculación con las temáticas tratadas.
La
identidad del galardón y el recorrido del programa
La
estatuilla de este año representó al cardenal de copete rojo, también
conocido como cardenal común. Esta ave, emblemática del Cono Sur y
especialmente de Argentina, fue elegida por la organización debido a que
simboliza la identidad cultural del litoral y el vínculo entre ambas
orillas del río Uruguay.
Con
esta distinción, el programa suma siete premios en sus tres años y medio
de trayectoria. Su historial incluye el premio Raíces (2024), el
premio internacional Destino... Malvinas (2025), el Faro de Oro
de Mar del Plata (2023, 2024 y 2025) y su primera estatuilla del Río de
los Pájaros, obtenida también en 2025  
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AYUDANTE/LIMPIEZA DE VIDRIOS/LIMPIEZA
PARTICULAR.: Buenas tardes a todos, nuevamente me postulo para dichos
puestos. Soy una persona comprometida con el trabajo, responsable, cuento con referencias comprobables y responsabilidad de clientes. Estoy a disposición para responder cualquier inquietud. Desde ya muchas gracias por su atención. - Nombre:
Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 2637-7686
de 9 a 22 hs. - Localidad: Capital Federal (Palermo) / CABA - Correo electrónico:
fer.metal.83@gmail.com
/ ferchumetal@gmail.com [22/04/26]
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EMPLEDADA
ADMINISTRATIVA: Amplia experiencia en el rubro y mi busqueda es para
tareas administrativas con referencias comprobables y disponibilidad (part
time). Soy jubilada de CABA - Nombre: Susana Ramos - Llamar al teléfono:
(11) 6059-9887 - Correo electrónico: olga22su@yahoo.com
[20/01/26]
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Elecciones
Colegio Público de Abogados de la Capital Federal
Contundente
derrota de la lista de Eduardo Awad

[BPN-15/05/26]
El pasado 22 de abril, la lista 69, "Los que vemos el Colegio",
liderada por Eduardo Awad, consiguió solo el 5,42% de los votos en
las elecciones del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal
(CPACF). Por su parte, Jorge Rizzo -quien fuera su
compañero de fórmula en la agrupación "Gente de Derecho"-
logró una aceptación del 24,9%. Finalmente, Alejandra García se
consagró ganadora al frente de la lista 67, "Unidad en defensa de
la abogacía", con el 47,38% de los votos de los matriculados,
una diferencia de 22,5 puntos porcentuales por encima del segundo puesto.
Los
comicios del CPACF cobraron relevancia para el sector de la propiedad
horizontal debido a que el Dr. Awad preside una entidad de consorcistas y
cuenta con una extensa trayectoria en la defensa de sus derechos.
Mientras
que 7.843 abogados optaron por la lista oficialista, Rizzo obtuvo el
respaldo de 4.122 matriculados y Awad alcanzó apenas 897. Las elecciones
se desarrollaron durante el martes 21 y el miércoles 22 de abril. El
nivel de participación en relación con el padrón fue del 19,1%: de un
total de 86.524 empadronados, votaron 16.554 profesionales.
La
denuncia de Awad
El
4 de mayo, Awad difundió un video en su cuenta de Facebook titulado
" Déjense
de robar". En la
publicación, denunció que las elecciones fueron ganadas por sectores que
promueven que las sucesiones sean tramitadas por escribanos. El
expresidente de la institución intimó a los ganadores a "sacarse la
careta" y admitir que están de acuerdo en renunciar a esa
incumbencia profesional.
Finalmente,
el abogado cuestionó la legitimidad de los resultados: "Digan eso,
señores del Colegio Público de Abogados que acaban de ganar las
elecciones por una... no sé si... no quiero decir por qué las ganaron,
pero ustedes saben muy bien cómo las ganaron", concluyó  
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Colegio
Público de Abogados de la Capital Federal
La
matrícula bajará en un 18,5%

[BPN-15/05/26]
El pasado 4 de mayo, el titular del Colegio Público de Abogados de la
Capital Federal (CPACF) y su sucesora anunciaron que, durante
el próximo ejercicio, el valor de la matrícula bajará un 18,5% y que
los nuevos profesionales no tributarán durante sus dos primeros años de
ejercicio. Así lo informaron diversos medios especializados del sector.
El
presidente actual, Ricardo Gil Lavedra, señaló que "desde el
próximo ejercicio, la matrícula tendrá una disminución en su valor
para cooperar con los profesionales en tiempos difíciles", mientras
que la presidenta electa, Alejandra García, afirmó que la
reducción responde a una administración que evitó trasladar la crisis a
los matriculados.
El
valor de la matrícula, que hoy se sitúa en 2,7 UMA (Unidad de Medida
Arancelaria) y representa $ 249.701, pasaría a costar 2,2 UMA, es decir,
$ 203.460 por año. Esto significa una reducción de $ 46.241 anuales. En
moneda extranjera, el costo pasaría de u$s 180 a u$s 147.
Tomando
como base los 86.524 empadronados que informó el CPACF durante las
elecciones de abril y el valor de la matrícula actual, el presupuesto del
Colegio solo por este concepto sería de 21,6 mil millones de pesos o 15,6
millones de dólares. En el próximo ejercicio, ese presupuesto se
reduciría, como mínimo, a 17,6 mil millones de pesos o 12,7 millones de
dólares. A ese valor habrá que restarle las matrículas bonificadas de
los abogados noveles.
La
presidenta electa explicó que en 2018 la matrícula había alcanzado un
pico de 5,77 UMA ($ 533.621 a valor actual) y en los últimos años se
mantuvo en 2,4 UMA ($ 221.957 a valor actual). Por último, según los
datos proporcionados por matriculados, este año el valor se ubicó en 2,7
UMA  
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Partido
de General Pueyrredón
El
Concejo Deliberante pospuso 18 meses la adecuación de los ascensores

[BPN-15/05/26]
El pasado 15 de mayo, El Concejo Deliberante de General
Pueyrredón aprobó un proyecto del Poder Ejecutivo que extiende en 18
meses los plazos de adecuación tecnológica y de seguridad de los
ascensores. La iniciativa, impulsada por el intendente interino Agustín
Neme, argumentó que la prórroga es necesaria debido a demoras
técnicas, falta de insumos y el impacto de la crisis económica.
Antecedentes
y cumplimiento de la normativa
La
Ordenanza
22.663, sancionada en abril
de 2016, estableció originalmente un plazo de ocho años para que los
edificios actualizaran sus instalaciones de transporte vertical con nuevas
tecnologías de seguridad. En 2024, ese período fue prorrogado por dos
años adicionales debido al complejo contexto económico.
Entre
las tareas obligatorias se encuentran el recambio de los controles de
maniobra y la instalación de cerraduras electromecánicas, considerados
componentes clave para garantizar la seguridad de los usuarios. Según
datos oficiales del expediente, en Mar del Plata funcionan cerca de
800 ascensores que transportan a diario a unas 360 mil personas. Sin
embargo, hasta la fecha, solo el 50% de las unidades habrían completado
la renovación.
Justificación
técnica y nuevos plazos
La
Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano justificó la solicitud
de prórroga por una combinación de factores. El organismo señaló una
alta demanda simultánea de adecuaciones, sumada a demoras en la
provisión de insumos y componentes importados, lo que ha afectado
directamente los tiempos de ejecución.
De
aprobarse el proyecto en el Concejo Deliberante, los propietarios
de los edificios dispondrán de un plazo de 60 días para presentar un
cronograma de obras ante el Departamento de Electromecánica. En
dicho documento se deberán detallar las tareas pendientes y los plazos
previstos, en coordinación con las empresas de mantenimiento responsables
 
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Programa
porteño voluntario
Se
reglamentó el etiquetado de eficiencia energética de viviendas

[BPN-15/05/26]
El pasado 30 de abril, la subsecretaria de Ambiente de la CABA, Natalia
Persini, aprobó el procedimiento de etiquetado de eficiencia
energética de viviendas. Esta normativa permitirá clasificar los
inmuebles residenciales según su requerimiento de energía primaria.
La
medida, que rige desde su publicación en el Boletín Oficial,
establece los protocolos para que propietarios y desarrolladores obtengan
una calificación oficial sobre el desempeño energético de sus unidades
funcionales o proyectos de obra. Hasta el momento, el mercado inmobiliario
local carecía de un mecanismo unificado que permitiera a los ciudadanos
conocer las prestaciones de un inmueble antes de comprarlo o alquilarlo.
Con esta herramienta, los potenciales usuarios podrán prever cuánta
energía requerirá la vivienda para ser habitada.
La
adhesión al programa es de carácter voluntario. En la Resolución
12/SSAMB y sus anexos I,
II
y III
se estandariza la información sobre el consumo en el sector residencial,
alineando a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Programa
Nacional de Etiquetado de Viviendas (ProNEV), creado por la
Resolución 5/2023 de la Secretaría de Energía de la Nación.
Detalles
a destacar
El
sistema se aplica tanto a viviendas unifamiliares como a unidades
funcionales en edificios bajo el régimen de propiedad horizontal. El
trámite puede iniciarse para proyectos de obra nueva, remodelaciones
(rehabilitaciones y reformas) o para viviendas ya concluidas.
Para
llevar a cabo los relevamientos, se estableció un registro oficial de
profesionales habilitados -arquitectos, ingenieros civiles y maestros
mayores de obras- quienes deben acreditar una capacitación específica.
Solo aquellos inscriptos en esta nómina y en el registro nacional pueden
emitir la documentación técnica válida.

El
indicador central de la etiqueta será el índice de prestaciones
energéticas (IPE), calculado en kWh/m² año. Este valor
determina la "clase" de eficiencia del inmueble tras analizar la
envolvente térmica (muros, techos y aberturas) y las instalaciones fijas
de climatización y agua caliente.
El
proceso no concluye con la carga de datos del profesional: la Dirección
General Política y Estrategia Ambiental (DGPolEA) debe auditar
y validar la documentación a través del Aplicativo Informático
Nacional (AEV) antes de emitir la etiqueta definitiva. La
Subsecretaría de Ambiente actuará como el organismo certificador de la
eficiencia del parque habitacional de la Ciudad.
La
etiqueta tendrá vigencia desde su fecha de emisión y podrá actualizarse
si el propietario realiza mejoras que optimicen el desempeño de la
unidad. Se espera que esta herramienta sea de interés para compradores e
inquilinos, además de incentivar a los desarrolladores a adoptar medidas
constructivas que reduzcan los costos de mantenimiento energético en
electricidad y gas  
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Ley
de Modernización Laboral
Se
reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral

[BPN-15/05/26]
El pasado 30 de abril, el presidente de la Nación, Javier Milei,
reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL),
establecido en el Título XX de la Ley
N° 27.802 de Modernización
Laboral. Este sistema otorga beneficios impositivos al sector privado
para promover la contratación registrada mediante una reducción
sustancial de costos laborales.
Tanto
los consorcios de propietarios —en su calidad de empleadores— como las
administraciones de consorcios pueden ser beneficiarios de esta medida.
Alcance
y beneficiarios del sistema
Según
los considerandos del Decreto
315, el régimen busca
incentivar la contratación de personas en situaciones de vulnerabilidad o
informalidad. El programa incluye a:
-
Trabajadores que no poseían una relación laboral registrada al 10 de
diciembre de 2025.
-
Personas desempleadas durante los seis meses previos al alta laboral.
-
Monotributistas que no hayan tenido empleo registrado en el sector privado
en los últimos seis meses o al 10 de diciembre de 2025.
-
Exempleados del sector público nacional, provincial o municipal.
Beneficios
para el empleador
El
incentivo principal consiste en una reducción de las alícuotas de las
contribuciones patronales a un 5% durante los primeros 48 meses de la
nueva relación laboral. Esta alícuota se distribuye de la siguiente
manera:
-
2%: Destinado al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Fondo
Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares.
-
3%: Destinado al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados (INSSJP).
En
comparación con el régimen vigente de la Ley 27.541, que establece
alícuotas de entre el 18% y el 20,40% para la Seguridad Social, el RIFL
representa una disminución significativa en la carga tributaria.
Asimismo, se destaca que, si el trabajador obtiene ingresos adicionales
por otras actividades tras iniciar la relación, el empleador mantiene los
beneficios del régimen.

Requisitos
para los empleadores
Pueden
acceder al RIFL los empleadores del sector privado comprendidos en la Ley
de Contrato de Trabajo, la Ley N° 22.250 y la Ley de Trabajo Agrario.
Aquellos
inscriptos en la ARCA antes del 10 de diciembre de 2025 pueden aplicar el
beneficio al 100% de su nómina, mientras que quienes se hayan inscripto
con posterioridad solo podrán hacerlo sobre el 80% de la misma. Para la
registración formal, se deberá utilizar el código 710 "Régimen de
incentivo para la Formalización Laboral – Ley 27.802".
Plazos,
vigencia y exclusiones
El
período para realizar nuevas incorporaciones comenzó el 1° de mayo de
2026 y se extenderá hasta el 30 de abril de 2027 inclusive.
El
beneficio puede cesar por incumplimiento de obligaciones legales o por
causales de exclusión automáticas instrumentadas por la ARCA. En caso de
caducidad, el empleador deberá reintegrar las contribuciones no abonadas,
con sus respectivos intereses y sanciones. Cabe aclarar que la
contribución mensual al Fondo de Asistencia Laboral (FAL) continúa
siendo obligatoria  
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Todavía
faltan tres homologaciones

[BPN-15/05/26]
Si no se formaliza un nuevo acuerdo para este mes y no se homologan los
tres últimos acuerdo durante la segunda quincena de este mes, en mayo el
promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios perderá
-2,3 puntos porcentuales (pp) contra la inflación mensual, -31,58 pp
contra el acumulado anual y -29,60 pp en la medición interanual.
Para
comparar las escalas salariales del sector, se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En los casos que correspondió, se sumaron viáticos y los bonos
acordados en paritarias o por el Poder Ejecutivo nacional, incluyendo los
bonos del 20% que ahora se pagan en junio y diciembre.
Acuerdos
salariales pendientes de homologación
De
meses anteriores quedan tres homologaciones faltantes. Para los cálculos
de este mes no se tomaron en cuenta los siguientes acuerdos:
1.-
Acuerdo del 9 de septiembre: Otorgó un aumento del 1,8%
para septiembre, 1,7% para octubre, y 1,6% para noviembre, más un bono de
50 mil pesos para esos meses, viáticos para las funciones sin vivienda
(con excepciones) y la integración del bono de 50 mil pesos a las escalas
salariales.
2.-
Acuerdo del 30 de diciembre: Otorgó un aumento del 2% para
enero, 1,8% para febrero, y 1,7% para marzo, más un bono de 120 mil pesos
para cada uno de esos meses. El expediente no avanzó porque adolece de
faltas formales.
3.-
Acuerdo del 1º de abril: Incorporó 20 mil pesos a las
escalas salariales para los trabajadores de jornada completa y 10 mil
pesos para aquellos de media jornada, sobre dicha base aplicó un
incremento del 2% y redujo la suma fija de 120 mil pesos a 100 mil pesos
los cuales deberán calcularse de forma proporcional a las categorías de
trabajo.
El
incremento mensual
En
mayo el promedio de las escalas salariales no presentará cambios. Este
mes el promedio de las escalas será de 900.237 pesos mensuales.
El
acumulado anual
En
mayo, el promedio de las escalas salariales se mantendrá en un -16,67%
menor con respecto a diciembre del año pasado.
Esto
se debe a que, como todos los años, en enero no se cobró el bono del 20%
que se pagó en diciembre, lo que provocó una baja brusca en los
promedios de las escalas salariales durante el primer mes del año.
Durante el último mes del año pasado, el promedio era de 1.080.284 pesos
mensuales.
La
medición interanual
El
incremento interanual de las escalas salariales desde mayo del año pasado
hasta el mismo mes de este año volverá a ser del 3,82%. El promedio de
las escalas salariales de mayo de 2025 fue de 867.118 pesos.
Inflación
(INDEC y BCRA)
Según
el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC,
la inflación de abril fue del 2,6% y para el Relevamiento de
Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central de la
República Argentina (BCRA), la inflación de mayo será del
2,3%.
Con
base en estos números, la inflación interanual de mayo será del 33,42%.

Jubilados
Haber
mínimo
El
haber mínimo de un jubilado que paga expensas en febrero será de
463.174,10 pesos brutos, a los que se les debe descontar la "Obra
social s/haberes PAMI".
Este
monto se debe a tres razones:
1.-
Se estableció en marzo del año pasado que el haber mínimo a partir de
julio se actualizaría todos los meses según la inflación del IPC del
INDEC (Decreto 274 del 22/03/24). Como la inflación de marzo fue del
3,4%, las jubilaciones de marzo aumentarán un 3,38% (Resolución 110 del
30 de abril).
2.-
Se volvió a otorgar un "Bono Extraordinario Previsional" de
hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 292 del 28 de abril.
En
dólares y contra la inflación
●
En dólares, este haber mínimo
representa 332,47 dólares al precio oficial o 329,66 dólares según el
mercado blue.
●
En mayo del año pasado, ese
haber fue de 366.481,75 pesos.
●
Este mes, el incremento mensual
del haber mínimo de la clase pasiva fue levemente positivo contra la
inflación del mes pasado (-0,55 pp), y negativo contra el acumulado anual
(-2,19 pp) y la medición interanual (-7,04 pp).
●
Si el haber mínimo de enero de
2016 (4.299,06 pesos o 312,98 dólares) hubiera aumentado al ritmo de la
inflación, este mes debería haber sido de 666.218,03 pesos mensuales
(u$s 479,35 promedio a valor oficial).
●
La pérdida total de un
jubilado desde enero de 2016 hasta abril de 2026 (siguiendo el ritmo de la
inflación y restando lo realmente percibido, incluidos los bonos y la
incidencia de los medios aguinaldos) es de aproximadamente -4.237.296,13
pesos (u$s -3.048,79)  
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Correo
de Opinión
El
básico del encargado no permanente con y sin vivienda por
Juan Manuel Armeñanzas

Estimados:
Escribo
para poner a consideración un punto de la escala de abril: el básico del
encargado no permanente con y sin vivienda que se calculó en base al mes
anterior más $20.000 (en lugar de +$10.000) + 2%. Teniendo en cuenta que
es media jornada, y lo que dice el texto...
|
"-Adicional
al básico de la cuarta categoría establecida en el Art. 6 del CCT
589/10 la suma de pesos veinte mil ($20.000) para el trabajador de
jornada completa y la de pesos diez mil ($10.000) para las restantes
categorías establecidas en el referido artículo, importes que
serán descontados de la suma fija remuneratoria pactada en el
acuerdo salarial de fecha diciembre 2025."
"-
Al importe así obtenido deberá calcularse un incremento del 2%
(dos por ciento) sobre el salario básico correspondiente al mes de
marzo de 2026 para la cuarta categoría establecida en el Art. 6 de
CCT 589/10, aplicándose a los adicionales de convenio y en forma
proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido
artículo, en concepto de remuneración del mes de abril de
2026." |
...
estaría mal calculado. ¿Será que uno puede ajustar el básico? ¿O
debemos ajustarnos al error de la escala? O tal vez yo me esté
equivocando en algún punto.
Hablé
al sindicato y me respondieron: "Usted no es afiliado, con usted no
vamos a hablar", y me cortaron. Hablé a la Cámara y me dijeron:
"Escríbale a la Secretaría de Trabajo, nosotros no podemos
responder eso". En fin, Argentina. Entiendo que la gente después
solo vote CAMBIAR, sea para donde sea.
Saludos,
|
|
Juan
Manuel Armeñanzas
(6/05/2026) |

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Correo
de Opinión
Carta
abierta a Jorge Macri por
Andrés Zulberti

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CABA,
14/05/26
Estimado
Jefe de Gobierno
Sr.
Jorge Marci
S
/
D
Asunto:
Desistir y derogar el SERACARH.
Ref.:
Artículo 412 del Código Fiscal – Bonificación del 40% del I.I.
al Consorcio de propietarios.
De
mi mayor consideración:
Como
le expresé en su visita en la Comuna 3 (Balvanera y San Cristóbal)
del 28/04, me pareció muy bien la bonificación del (40) cuarenta
por ciento sobre el Impuesto Inmobiliario establecido en el Código
Fiscal [1]. Algo reduce las expensas.
Sin
embargo, la Resolución 155/2026 de la AGIP [2] establece que dicha
bonificación será "respecto de los espacios comunes de uso
común en consorcios de propiedad horizontal destinados a vivienda u
oficina que registren, como mínimo, un empleado en relación de
dependencia, conforme las condiciones y requisitos que fije la
reglamentación".
Asimismo,
en su artículo 2°, indica que "La solicitud del
reconocimiento del beneficio fiscal, en los términos del artículo
412 del Código Fiscal, debe ser interpuesta por el/la
administrador/a del consorcio de propiedad horizontal mediante la
presentación de una nota dirigida al Servicio de Resolución
Adecuada de Conflictos para la Actividad de Renta y Horizontal
(SERACARH)...".
Independientemente
de las cuestiones técnicas que fije la reglamentación para
determinar los espacios comunes, le pregunto: ¿Qué tiene qué
hacer un tercero (el SERACARH) para intervenir en el trámite? ¿Por
qué se reduce el universo de edificios con empleados y no para los
123.000 consorcios en la CABA? [4].
En
el "Convenio de Complementación de Servicios" entre la
AGIP y el SERACARH [3], la Cláusula Quinta, último párrafo,
indica que "Los fondos necesarios para soíventar el
presente contrato son provistos por el SERACARH, no generando en
consecuencia responsabilidad ni obligación alguna a cargo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Existe
una frase en economía diciendo que "No existe tal cosa como un
almuerzo gratis, alguien lo tiene que pagar". [5]. ¿Y
quién lo paga? Lo paga el propio consorcista con el SERACARH
[6].
Por
ello, también, solicitó -tenga a bien- derogar la Ley 4.803 del
SERACARH.
Sin
otro particular, le saludo muy atentamente;
|
Andrés
Zulberti
DNI 92.013.843
AZ/adj.
(14/05/2026)
|
Notas:
[1]
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MHFGC-AGIP-155-26-7347.pdf
[2]
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-DEC-AJG-AJG-172-26-7359.pdf;
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PE-DEC-AJG-AJG-172-26-ANX.pdf
[3]
EX-2026-11521966-GCABA-AGIP; IF-2026-17750187-GCABA-AGIP (adjunto).
[4]
https://www.pequenasnoticias.com.ar/NotasDeTapa/2023/NotaDeTapa0760.asp
[5]
https://en.wikipedia.org/wiki/No_such_thing_as_a_free_lunch
[6]
https://www.pequenasnoticias.com.ar/NovedadesLaborales/2026/NovedadesLaborales_0816a.asp |

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Rincón
Solidario
No
convocó a asamblea ni presentó la rendición de cuentas por
la Dra. Silvia Marcela Bercovsky

¡Hola,
amigos!
Tengo
una consulta sobre nuestro nuevo administrador. A principios de mayo
cumplió un año desde su nombramiento, pero no convocó a asamblea ni
presentó la rendición de cuentas. Tampoco notificó que no fuera a
hacerlo. Sé que sigue administrando porque ya envió la liquidación de
este mes.
El
reglamento establece que su mandato es por un año. ¿La asamblea anual
que le exige la ley puede convocarla recién en mayo de 2027 sin
problemas? De todos modos, no presentó la rendición de su primer año.
¿Es legal este proceder?
En
el banco dicen que no le pedirán la renovación del mandato y que solo
solicitan el acta cuando se nombra a un nuevo administrador. En este caso,
¿está administrando "de hecho" por su cuenta?
Muchas
gracias,
José (CABA)
(11/05/2026)
Estimado
José:
El
administrador debe cumplir con el reglamento y los plazos que figuren en
él para convocar a asamblea ordinaria y rendir cuentas. Toda conducta
contraria al reglamento está fuera de norma.
El
vencimiento del plazo del mandato del administrador no produce el cese de
sus funciones, por lo tanto si no lo remueve una asamblea (convocada por
el consejo de propietarios, si lo hubiera, o autoconvocada conforme al
CCYC), seguirá siendo el administrador del consorcio.
En
CABA está establecido [*] “...Antes del cumplimiento del
plazo del mandato, el administrador debe llamar a asamblea para decidir
sobre su renovación y, de ser pertinente, el plazo por el que se llevará
a cabo. Cumplido el plazo de mandato, de no realizarse asamblea se da por
concluido el mismo bajo exclusiva responsabilidad del administrador,
quedando los consorcistas habilitados para autoconvocarse y dar solución
a la situación…”es decir, que efectivamente se pasa de un mandato de
“derecho” a un mandato de “hecho” hasta tanto sea removido por
asamblea convocada a tal efecto.
La
saluda Atte.
Silvia
Marcela Bercovsky  
---
La
Dra. Silvia Bercovsky (UBA) es abogada especializada en propiedad
horizontal y es parte del equipo del programa de radio Consorcios 360. Por
cualquier consulta se le puede enviar un correo a estusmb@gmail.com
o llamarla al teléfono (11) 5049-8440 en el horario de 9 a 20
hs.
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Rincón
Solidario
Somos
los mismo propietarios quienes limpiamos las partes comunes
por la Dra. Diana Sevitz

Hola
Tengo una consulta, la FATERyH nos intimó a pagar una cierta suma de
dinero por presunción de tener empleados en el consorcio.
Sin embargo,, esto no es verdad... Somos los mismo propietarios quienes
nos organizamos y limpiamos las partes comunes.
¿Cómo puedo demostrarlo?
Ro
(04/05/2026)
La
presunción de existencia de relación laboral invocada por FATERYH es rebatible.
Si se demuestra que las tareas de limpieza y vigilancia son realizadas por
los propios copropietarios, sin remuneración, sin subordinación y sin
cesión de vivienda, la exigencia puede rechazarse.
Documentación
imprescindible para probar la ausencia de vínculo laboral: acta de
asamblea o documento firmado donde conste la organización de los
propietarios para realizar las tareas; cronograma o lista con turnos y
firmas que identifiquen quién realizó cada tarea y cuándo; chats o
correos electrónicos contemporáneos que muestren la coordinación entre
vecinos; fotos o videos fechados que acrediten la realización de las
tareas por propietarios; estados de cuenta y expensas donde no figure
rubro "sueldos" ni pagos periódicos a una persona;
declaraciones juradas firmadas por varios copropietarios que confirmen la
ausencia de remuneración y subordinación; y extractos bancarios que
demuestren la inexistencia de transferencias por remuneraciones. En caso
de que alguien alegue vivienda cedida, aportar documentación que pruebe
su inexistencia.
Pasos
prácticos inmediatos: reunir y ordenar toda la prueba indicada; contestar
la intimación de FATERYH dentro del plazo aportando la documentación y
solicitando verificación o inspección in situ; acompañar la inspección
con propietarios como testigos; presentar recurso administrativo si la
intimación se mantiene; y, si existe riesgo de embargo o ejecución,
evaluar la interposición de una medida cautelar judicial con patrocinio
letrado.
Mensaje
para la publicación: Si los vecinos realizan voluntariamente y por turnos
las tareas sin pago ni subordinación, existen pruebas concretas que
pueden desvirtuar la presunción de FATERYH. Actuar con rapidez:
documentar, contestar la intimación y pedir inspección.
Dra.
Diana Sevitz  
---
La
Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal
y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa
de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre
temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le
puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar
o escribirle al WhatsApp +972 (55) 771-3909.
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
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CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
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Boletín
de Pequeñas Noticias®
1º
Edición
Nº DCCCXXIV
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